Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
Claúsulas Sociales Ejecución NO SI NO NºEXPEDIENTE: 300/2017/02195 NºCONTRATO 201801131 ADJUDICATARIO: DILUS INSTRUMENTACION Y SISTEMAS S - A78487154 OBJETO CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACION PARA LA RENOVACION DE LOS EQUIPOS METEOROLOGICOS DEL SISTEMA DE VIGILANCIA, PREDICCION E INFORMACION DE LA CALIDAD DEL AIRE DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID PRESUPUESTO TOTAL 199.771,00 € IMPORTE ADJUDICACIÓN 199.771,00 € PLAZO 3,00 FECHA ADJUDICACIÓN 17/04/2018 FECHA FORMALIZACIÓN 21/05/2018 Clausulas Sociales Criterio Adj. Claúsulas Perspectiva Social Claúsulas Sociales Ejecución NO SI NO NºEXPEDIENTE: 300/2017/01602 NºCONTRATO 201801135 ADJUDICATARIO: LOS 8 GIRASOLES S. COOP. - F84415231 OBJETO CONSERVACION DE BALCONES DE EDIFICIOS MUNICIPALES (RESERVADO A CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO DA5TRLCSP). LOTE 4 PRESUPUESTO TOTAL 72.985,02 € IMPORTE ADJUDICACIÓN 54.491,14 € PLAZO 24,00 FECHA ADJUDICACIÓN 12/04/2018 FECHA FORMALIZACIÓN 09/05/2018 Claúsulas Perspectiva Social Clausulas Sociales Criterio Adj.
Obligaciones laborales y sociales En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista. El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el importe que se facturará por la realización del objeto contractual. La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento, así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA. En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A. Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre convenientemente cubierta. Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA, S.A.
Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.
Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. Asimismo el contratista estará obligado a observar el cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Corresponderá y será de cargo del contratista: a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del suministro. b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede, y los de materiales, personal, transporte, entrega y retirada de los bienes hasta el lugar y destino convenido, montaje, puesta en funcionamiento o uso y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. c) Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del suministro contratado, con el límite del 1% del precio total del contrato. d) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración. e) Toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.
REQUISITOS TÉCNICOS En el procedimiento de contratación el OFERENTE deberá presentar la siguiente documentación en papel membretado, con nombre y firma del representante o apoderado legal en la última hoja y rúbricas en el resto de las hojas que integren cada uno de los requisitos, además se deberá incluir el RFC, domicilio, correo electrónico y número telefónico de contacto: a) Propuesta técnica: Se describirán de manera clara y precisa las características técnicas de los bienes descritos conforme a lo establecido en el ANEXO UNO y DOS de las presentes ETAs, indicando el origen del bien. Asimismo, se deberá incluir la transcripción textual y completa de las presentes ETAs, por lo que se deberán incluir todas las hojas que lo conforman. b) El PROVEEDOR deberá de presentar un Programa de Fabricación de los Bienes por cada una de las PARTIDAS ofertadas. Dicho programa deberá contemplar el plazo máximo de los 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes al inicio de la contabilización del plazo de entrega de los bienes. De conformidad con lo establecido en los numerales 3.1. y 3.3., en los que se indica que se realizarán pruebas para que se verifique la calidad de los bienes cuando el PROVEEDOR tenga el 50% de los bienes terminados; el PROVEEDOR deberá notificar por escrito el cumplimiento de este porcentaje a la(s) PARTICIPANTE(S) DESIGNADA(S). La toma de muestras para las pruebas de calidad a los bienes se realizará en las instalaciones donde se fabriquen los bienes o en los domicilios que indique el PROVEEDOR de conformidad con el Programa de Fabricación de los Bienes entregado por los PROVEEDORES. Este porcentaje de avance no podrá exceder de los 90 (noventa) días naturales posteriores al inicio de la contabilización del plazo de entrega de los bienes. Los Programas de Fabricación de los Bienes se podrán agrupar por una, dos o más PARTIDAS cuyo proceso de fabricación sea el mismo y se deberá indicar el domicilio de las instalaciones donde se llevará a cabo la fabricación de los bienes, así como el domicilio para la toma de muestras para la verificación de la calidad de los bienes. c) Acreditar que cuenta con experiencia comprobable con al menos dos contratos y/o pedidos, los cuales deberán corresponder a bienes similares a los del objeto de la presente contratación y cuando menos del 25% de la suma de los volúmenes de las cantidades mínimas ofertadas. Para tal efecto, el OFERENTE deberá presentar copia de los contratos y/o pedidos del sector gubernamental o privado que haya celebrado en condiciones similares a las requeridas en las presentes ETAs; dichos contratos y/o pedidos podrán ser de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y/o 2023. La copia de los contratos y/o pedidos que presenten deberá permitir identificar de manera clara la vigencia, el objeto y las firmas de las partes. Así mismo, por cada contrato y/o pedido presentado, deberá acompañar la documentación que acredite que cumplió satisfactoriamente con las obligaciones contractuales a su cargo en dicho contrato y/o pedido, para lo cual deberá presentar documentos tales como carta de liberación de garantía, cartas de satisfacción, acta de entrega-recepción suscrita por la dependencia, entidad o ente del sector privado, en la que conste la entrega-recepción de los bienes a su entera satisfacción. d) Currículum, mediante el cual acredite que sus actividades comerciales y profesionales, estén relacionadas con la contratación descrita en las presentes ETAs. transcribiendo el objeto social de la empresa y enlistando los contratos presentados para acreditar la experiencia, que se solicitan en el inciso c) del numeral 4. e) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE mediante el cual manifieste que los bienes que entregarán, en caso de resultar adjudicados, cumplirán con la totalidad de las especificaciones técnicas establecidas en el ANEXO UNO y DOS de las presentes ETAs. f) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que los bienes ofertados están garantizados contra defectos o vicios ocultos, por un periodo mínimo de 12 (doce) meses, los cuales se contabilizarán a partir de la fecha de entrega a entera satisfacción en los lugares establecidos en el ANEXO CUATRO de las presentes ETAs. Asimismo, que su representada se compromete a reemplazar los bienes en un periodo máximo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de que se realice la notificación del motivo de rechazo por escrito o algún medio electrónico. En caso de no cumplir con este plazo establecido se hará acreedora a la aplicación de las penalizaciones que se hayan pactado en el contrato respectivo. g) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada asumirá la responsabilidad total que resulte de cualquier violación a las disposiciones legales inherentes a la propiedad intelectual, derechos de autor, o cualquier otra similar que surja con motivo de los bienes que oferte. h) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada, en caso de resultar adjudicada, cubrirá los gastos de las pruebas de calidad que se apliquen a los bienes de conformidad con lo estipulado en el numeral 3.3 Pruebas de calidad a los bienes, en los lugares establecidos en los Programas de Fabricación de los Bienes de los PROVEEDORES y que repondrá las piezas que se hayan utilizado para la evaluación de la calidad a fin de no modificar las cantidades de bienes solicitadas por las PARTICIPANTES. Adicional a que, en caso de que incumpla con las condiciones técnicas y de calidad establecidas en las presentes ETAs y en los ANEXO UNO, DOS y TRES, derivado del resultado obtenido de las pruebas, se obliga a reemplazar los bienes terminados para que se realice nuevamente el proceso de toma de muestras y el pago de la(s) prueba(s) que aplique(n). Esto no amplia ni modifica el plazo de entrega de los bienes establecido en el numeral 3.1. i) Escrito suscrito por el representante legal o persona facultada para comprometerse a nombre del OFERENTE, mediante el cual manifieste que su representada se compromete a que el personal que lleve a cabo la entrega de los bienes, dará el debido y exacto cumplimiento a los controles de acceso, así como a las medidas de seguridad y sanitarias que cada una de las PARTICIPANTES establezcan en los domicilios de entrega.
REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad. Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo. Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):
DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS “EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia. Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en los bienes o prestación de los servicios o arrendamiento, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
EXONERACIÓN DE LAS CARGAS LABORALES Y SOCIALES A LA ENTIDAD El PROVEEDOR corre con las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.
ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.