INSPECCIÓN DEL DAÑO. Antes de que la persona autorizada por la Compañía haya inspeccionado el daño, el Asegurado no podrá reparar el bien dañado o alterar el aspecto del siniestro más allá de lo que sea absolutamente necesario para continuar el trabajo de construcción, sin perjuicio de lo indicado en los párrafos siguientes. El Asegurado está autorizado para tomar todas las medidas que sean estrictamente necesarias, pero no podrá hacer reparaciones o cambios que de alguna manera modifiquen el estado en que se encuentran los bienes asegurados después del siniestro, salvo autorización de la Compañía. Si el representante de la Compañía no efectúa la inspección dentro del término establecido de manera particular con la Compañía dependiendo de la naturaleza del siniestro, el Asegurado estará autorizado para hacer las reparaciones o reposiciones necesarias. En caso de siniestro y mientras no se haya fijado definitivamente el importe de la indemnización correspondiente, la Compañía podrá: A) penetrar en los edificios o predios en que ocurrió el siniestro para determinar su causa y extensión.
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Samples: Póliza De Seguro De Todo Riesgo De Obra Civil en Construcción, Póliza De Seguro De Todo Riesgo De Obra Civil
INSPECCIÓN DEL DAÑO. Antes de que la persona autorizada por la Compañía haya inspeccionado el daño, el Asegurado no podrá reparar el bien dañado o alterar el aspecto del siniestro más allá de lo que sea absolutamente necesario para continuar el trabajo de construcción, sin perjuicio de lo indicado en los párrafos siguientes. El Asegurado está autorizado para tomar todas las medidas que sean estrictamente necesarias, pero no podrá hacer reparaciones o cambios que de alguna manera modifiquen el estado en que se encuentran los bienes asegurados después del siniestro, salvo autorización expresa y por escrito de la Compañía. Si el representante de objeto siniestrado no ha sido examinado por la Compañía no efectúa la inspección dentro del término establecido de manera particular con los quince (15) días siguientes a haber recibido la Compañía dependiendo el aviso de la naturaleza del siniestro, el Asegurado estará autorizado queda facultado para hacer las reparaciones o reposiciones necesariasrepararlo, sin restricción alguna. En caso de siniestro y mientras no se haya fijado definitivamente el importe No obstante, debe conservar a disposición de la indemnización correspondiente, la Compañía podrá:
A) penetrar en los edificios o predios en que ocurrió el siniestro para determinar su causa y extensiónlas piezas dañadas.
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Samples: Insurance Contract, Insurance Contract
INSPECCIÓN DEL DAÑO. Antes de que la persona autorizada por la Compañía LA COMPAÑÍA haya inspeccionado el daño, el Asegurado EL ASEGURADO no podrá reparar repara el bien dañado o alterar el aspecto del siniestro más mas allá de lo que sea estricta y absolutamente necesario para continuar el trabajo de construcción, sin perjuicio de lo indicado en los párrafos siguientes. El Asegurado EL ASEGURADO está autorizado para tomar todas las medidas que sean estrictamente necesarias, pero no podrá hacer reparaciones o cambios que de alguna manera modifiquen el estado en que se encuentran los bienes asegurados después del siniestro, salvo autorización de la CompañíaLA COMPAÑÍA. Si el representante de la Compañía LA COMPAÑÍA no efectúa la inspección dentro del en un término establecido de manera particular con la Compañía dependiendo de la naturaleza del siniestroquince (15) días calendario, el Asegurado EL ASEGURADO estará autorizado para hacer las reparaciones o reposiciones necesarias. En caso de siniestro y mientras no se haya fijado definitivamente el importe de la indemnización correspondiente, la Compañía podrá:
A) penetrar en los edificios o predios en que ocurrió el siniestro para determinar su causa y extensión.
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