OTRAS CONDICIONES PARTICULARES Cláusulas de Ejemplo

OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. I.9.1 Procedimiento para la aprobación de los entregables
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. En Madrid, a .......... de .............................................. del 20........ POR LICENCIATARIO
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. Los intervinientes conocen y aceptan el contenido de las Condiciones Particulares y Condiciones Generales adjuntas y anexos del Contrato que han sido leídas y aceptadas en su integridad y sin excepciones por el Arrendatario y el /los Fiadores y en prueba de conformidad lo firman en tantos ejemplares como partes intervienen. cve: BOE-A-2022-13511 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en tantos ejemplares como partes intervienen en el lugar y fecha indicados Ver fecha Intervención Notarial/ Ver lugar y fecha firma al pie/ Ver firma digital. En ** a ** de ** de ** En ** a ** de ** de ** En ** a ** de ** de ** El/Los Arrendatario/s El/Los Fiador/es El Arrendador REVERSO NO UTILIZABLE pág nº.—de— MODELO R-VCS IMPRESO Nº...... Descripción / otros datos de identificación / Accesorios /** Matrícula** N. Fabricación/Serie/Chasis:** Marca y modelo** Nive (opcional)** Valor declarado a efectos registrales** Descripción / otros datos de identificación / Accesorios /** Matrícula** N. Fabricación/Serie/Chasis:** Marca y modelo** Nive (opcional)** Valor declarado a efectos registrales** Descripción / otros datos de identificación / Accesorios /** Matrícula** N. Fabricación/Serie/Chasis:** Marca y modelo** Nive (opcional)** Valor declarado a efectos registrales** Descripción / otros datos de identificación / Accesorios /** Matrícula** N. Fabricación/Serie/Chasis:** Marca y modelo** Nive (opcional)** Valor declarado a efectos registrales** cve: BOE-A-2022-13511 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx En prueba de conformidad, firman las partes el presente contrato en tantos ejemplares como partes intervienen en el lugar y fecha indicados Ver fecha Intervención Notarial/ Ver lugar y fecha firma al pie/ Ver firma digital. En ** a ** de ** de ** En ** a ** de ** de ** En ** a ** de ** de ** El/Los Arrendatario/s El/Los Fiador/es El Arrendador REVERSO NO UTILIZABLE pág nº.—de— MODELO R-VCS IMPRESO Nº...... Nombre / Denominación social** NIF** Correo electrónico y teléfono (opcional)** Domicilio social** Datos registralesRegistro Mercantil de **, Tomo **, Folio **, Sección **, Hoja **, Inscripción ** Representante**, con NIF **, en calidad de ** debidamente facultado en virtud de escritura pública de fecha **, otorgada ante el notario de ** D./Dña. **, con número ** de orden de su protocolo. Inscrito en el Registro Mercantil de (Ver datos registrales de la sociedad). Domicilio social** Datos registralesRegistro Mercantil de...
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. Respecto a la CAD 1 2013 0075 de daño eléctrico, se aplicará un límite de UF 1.000 por evento. - Rehabilitación del Monto Asegurado: en caso de siniestro, el monto asegurado se rehabilitará en forma automática por una (1) vez sin cobro de prima. En caso de existir una segunda rehabilitación, ésta no será automática y se cobrará al asegurado un cargo único por rehabilitación, manteniéndose la tasa de prima adjudicada durante la vigencia del contrato. - La CAD 1 2013 0076 se extiende a cubrir los daños causados por vehículos motorizados, sus partes, piezas o carga, cuando sean de propiedad del deudor hipotecario o cuando sean operados o estén bajo su control o el de sus familiares o dependientes. - La CAD 1 2013 0074 cubrirá los daños materiales que sufran los bienes asegurados causados directamente por las obras y/o faenas de construcción o demolición de edificaciones en propiedades colindantes, con un sublímite del 10% del respectivo monto asegurado. - No obstante las exclusiones señaladas en la CAD 1 2013 0077, las pólizas se extenderán a cubrir filtraciones de aguas lluvias, los daños por roturas, desbordamiento, saturación o inundación xx xxxxxxx o bajadas de aguas lluvias, inundación xx xxxxxxxx, subterráneos y lozas, desbordamiento o roturas de lavatorios, baños, lavaplatos, u otros artefactos similares, existentes en el edificio donde se encuentre el bien asegurado, incluyendo los propios del asegurado; los daños que la rotura o el desbordamiento pudieran producir en las cañerías o estanques mismos del edificio y la descarga o filtración de sistemas de sprinklers o rociadores. La cobertura comprende los daños por agua en general sobre la materia asegurada, y por aquellos daños provocados a terceros, se incluyen instalaciones del inmueble existentes en subterráneos y adicionalmente se cubrirán los daños materiales provocados por la búsqueda y/o ubicación de la rotura o desbordamiento y los daños que se puedan producir en las cañerías, desagües y alcantarillados del mismo edificio o de la materia asegurada. Se dará expresa cobertura a cañerías de conducción de agua. Asimismo no se tomará en consideración el hecho que la materia asegurada hubiera estado ocupada o desocupada al momento del siniestro. - Se cubrirán los daños causados por bomberos hasta UF 500 por ubicación. - Las pólizas cubrirán los gastos en que incurra el asegurado para evitar la extensión y propagación de un siniestro y para proveer el salvamento de los bienes asegurados, hasta un lím...
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. En apego a la cláusula II.1 deberá garantizarse la calidad de los insumos de acuerdo al pliego de condiciones DELMEXM-01-2015 en el apartado 3. Si alguno de los suministros no se apegase a lo descrito en el pliego de condiciones, el órgano de contratación solicitará tan pronto tenga conocimiento de la discrepancia el cambio de aquel insumo para que el mismo se ajuste a lo solicitado en el pliego de condiciones. Por el Contratista, Firma[s]: Por el Órgano de Contratación, Firma[s]: Hecho en México, DF el de 2015 Hecho en México, DF el de 2015 Por duplicado en español.
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. En Madrid, a .......... de .............................................. del 20........ POR AGRUPACIÓN MUSICAL
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. I.9.1. Penalizaciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales I.9.2. Penalizaciones combinadas y daños y perjuicios. I.9.3. Cambio de cuenta bancaria I.9.4. Rescisión por parte de cualquiera de las partes contratantes
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. POR LICENCIATARIO
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. El contrato se sujetará, además, a las siguientes condiciones: 1) Quedará incluida la responsabilidad extracontractual por daños materiales y corporales causados involuntariamente a terceros, que pueda serle exigida a los asegurados por acciones u omisiones propias o de las personas por quienes esté legalmente obligado a responder, derivada de la organización y desarrollo de sus actos. 2) Serán terceros, a los efectos de la presente póliza, los propios falleros de las distintas Comisiones xx Xxxxx, respecto a los daños materiales en los que resultasen perjudicados. En el supuesto de que los falleros sean responsables, serán considerados como asegurados, siempre excluyendo la propia responsabilidad personal de los mismos. 3) Expresamente se entenderán incluidos en la cobertura de la Póliza: A. Los actos del personal al servicio de la organización en el desarrollo de las actividades que les han sido encomendadas. B. Los hechos ocurridos durante el acto o en acciones, y actividades, necesarias para la preparación o conclusión del mismo. C. Los daños que el Cuerpo de Bomberos pueda producir durante el acto de la Cremà de las Fallas, cualquiera que sea el mes en que se desarrolle el evento o durante las verbenas de San Xxxx, en interiores y exteriores de los inmuebles/fincas colindantes al monumento a quemar, que requieran la actuación del Cuerpo de Bomberos para aminorar las consecuencias que pudieran derivarse de estos actos. D. La responsabilidad derivada de la organización y desarrollo de festejos populares, verbenas, bailes públicos, actos deportivos y competiciones de cualquier clase a excepción de aquellas competiciones en las que participe cualquier tipo de vehículo a motor y/o de aquellos eventos para los que se precise un seguro obligatorio. E. La responsabilidad derivada de las pruebas, montaje y otros actos preparatorios de cualquier clase de eventos. F. La responsabilidad civil por daños a causa de fuegos de artificio manipulados o lanzados por los propios falleros, durante los actos programados, y expresamente, las salidas de aviso, masclets, trons de bac, ristras de traca por el suelo y rascadores, sin perjuicio de cualquier otro tipo de artificio pirotécnico no prohibido por la legislación aplicable vigente para ser manejado, manipulado y/o lanzado por los propios falleros. G. La responsabilidad civil por la utilización de tarimas, barracas, carpas y tribunas desmontables en los actos organizados o autorizados por el Ayuntamiento. H. La responsa...
OTRAS CONDICIONES PARTICULARES. I.9.1 No aplicable I.9.2 No aplicable I.9.3 Penalizaciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales