INSPECCIÓN VEHICULAR. La Institución tendrá en todo momento el derecho de inspeccionar o verificar la existencia y estado físico del Vehículo Asegurado a cualquier hora hábil y por medio de personas debidamente autorizadas por la misma. Si el Contratante o Asegurado impide u obstaculiza la inspección referida, la Institución se reserva el derecho de rescindir el contrato.
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Samples: Autoseguro Amplio, Autoseguro, Autoseguro Patrimonial
INSPECCIÓN VEHICULAR. La Institución tendrá en todo momento el derecho de inspeccionar o verificar la existencia y estado físico del Vehículo Asegurado a cualquier hora hábil y por medio de personas debidamente autorizadas por la misma. Si el Contratante o Asegurado Asegurado, impide u obstaculiza la inspección referida, la Institución se reserva el derecho de rescindir el contrato.
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Samples: Autoseguro Dinámico, Seguro De Autos Fronterizos Y Nacionalizados