INSTALACIÓN ELECTRICA Cláusulas de Ejemplo

INSTALACIÓN ELECTRICA a- Suministro e instalación puestas electricas
INSTALACIÓN ELECTRICA. 2.11.1 Suministro e instalación de red eléctrica + luminarias La instalación eléctrica se debe realizar nueva en su totalidad, desde la alimentación desde el medidor hasta cada puesta eléctrica, incluyendo cableado y colocación de artefactos, llaves xx xxxxx, diferenciales y todo lo necesario para el correcto funcionamiento de la misma. La instalación en tabiques es embutida, con ductos corrugados para instalaciones eléctricas, en cielorrasos o sectores donde es imposible sea embutida será aparente con ductos DAISA, los cables deben ser antillama y tableros xx xxxx carbonato (se previeron 3 salas de tableros, 2 en Planta Baja y otro en Planta Alta). Los materiales utilizados deberán ser los autorizados por U.T.E. La empresa adjudicataria suministrará e instalará luminarias modelo paneles Led de 60x60 cm en oficinas y paneles Led 20x20 cm en baños de marca reconocida previa aprobación por el D.O. La temperatura de la luz 5000ºk mínimo y el nivel de iluminación a brindar en oficinas debe ser de 500 a 800 lx y en baños de 100 lx. En servicio higiénico universal la empresa adjudicataria suministrará e instalará extractor de aire helicoidal en tabique de forma de ventilar dicho baño, el mismo quedará conectado a interruptores eléctricos, que se accionan al prender la luz. L1- Panel Led 60x60 cm L2- Panel Led 20x20 cm En el sector del galpón se suministrara y colocará luminarias Led (L3) con un nivel de iluminación de 800 lx. L3- Proyector Led Circular - Poseer antecedentes en instalaciones de similares características. - Estar autorizada por UTE para tramitar y ejecutar instalaciones eléctricas. - Contar con un representante técnico con título de Ingeniero Tecnológico, Ingeniero Eléctrico/Electricista o Técnico Instalador, con firma autorizada. - Los trabajos serán ejecutados por personal competente y propio de la Empresa Instaladora.
INSTALACIÓN ELECTRICA. La misma consiste en: • cableado de todos los conductores necesarios para la correcta puesta en marcha y funcionamiento del ascensor a instalar. De no poder utilizarse la actual canalización, se deberá ejecutar una nueva, acorde a las reglamentaciones vigentes. Provisión y colocación de tablero seccional, el mismo consiste en: • Característica : 1(Uno) Tablero Seccional para Sala de Maquina (TS.S.M) metálico modular y de construcción de acuerdo a las normas del G.C.B.A. • Contendrá : El gabinete será del tipo de exterior y los materiales y detalles constructivos responderá en sus características mecánicas y eléctricas a la norma IRAM 2181/85 y a las normas complementarias allí detalladas. Con grado de protección IP41 (IRAM 2044).
INSTALACIÓN ELECTRICA. A) Contactos eléctricos adicionales: El expositor los deberá solicitar con el montador institucional, los contactos adicionales que requieran a 110V. B) Carga adicional: El expositor deberá contratar directamente con Expo Guadalajara necesidades superiores a 220V. C) Energía Eléctrica nocturna: Si requiere electricidad por las noches durante los días del evento, deberá ser contratada directamente con el Recinto. D) Protección de Equipos: Le recomendamos que instale por su cuenta, un regulador de voltaje y eventualmente equipo de respaldo. El Comité Organizador no se hace responsable por fluctuaciones en voltaje, fallas o daños eléctricos en equipo o accesorios de El EXPOSITOR.
INSTALACIÓN ELECTRICA. Las instalaciones eléctricas que se requieran realizar para alimentar los sistemas de seguridad electrónica, deben cumplir el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas RETIE y el Código eléctrico colombiano NTC 2050. Las acometidas y las salidas de instalaciones internas se alambrarán utilizando conductores con aislamiento de colores según lo estipulado por el RETIE Todos los aparatos a utilizar como interruptores, tomacorrientes con polo a tierra y salidas de los sistemas de comunicaciones serán de color naranja.

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  • INSTALACIÓN No aplica.

  • Subasta electrónica Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No.

  • Contrato fijo de plantilla 1. El contrato fijo de plantilla es el que conciertan empresario y trabajador para la prestación laboral de éste en la empresa por tiempo indefinido. Ésta será la modalidad normal de contratación a realizar por empresarios y trabajadores en todos los centros de trabajo de carácter permanente. 2. Con el objeto de fomentar la contratación indefinida, se podrá usar esta modalidad contractual en los supuestos previstos en la legislación vigente.

  • Licitación electrónica Se admite la presentación de ofertas por medios electrónicos: NO Tablón de anuncios electrónico como medio de comunicación de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada:

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA A la recepción de las obras a su terminación concurrirá el responsable del contrato, si se hubiese nombrado, o un facultativo designado por la Administración representante de ésta, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Dentro del plazo de tres meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato. Si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante y representante de ésta, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta y comenzando entonces el plazo de garantía. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato. Se establece un plazo de garantía de un año a contar desde la fecha de recepción de las obras. Dentro del plazo de quince días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo responsabilidad por vicios ocultos, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de sesenta días. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía, el director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía. Si la obra se arruina con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios que se manifiesten durante un plazo de quince años a contar desde la recepción.

  • Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Formalizado el contrato el adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el Ayuntamiento, antes del inicio de la obra, previo informe del Coordinador en materia de seguridad y salud o de la Dirección facultativa de la Obra, si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se comunicará a la Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de la obra.

  • Medios auxiliares, equipos y herramientas Útiles de la máquina o del equipo de trabajo. • Mantenimiento y verificaciones, manual del fabricante, características de los principales elementos, dispositivos de seguridad, documentación, sistemas de elevación, etc.

  • Descanso semanal El personal tendrá derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio (treinta y seis horas) sin interrupción. Dicho descanso deberá coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada cuatro semanas, excepto para aquel personal con contratos específicos de fin de semana. En ningún caso podrá ser solapado por el día de descanso compensatorio devengado por haber trabajado durante un día festivo. Con independencia de lo establecido anteriormente, se respetará cualquier fórmula que se haya pactado o se pacte entre la empresa y la representación unitaria o sindical del personal o, en su defecto, el personal.

  • EQUIPOS Lowi entregará al Cliente el Equipo y todos los elementos necesarios que permitan el correcto funcionamiento del Servicio. Lowi podrá modificar las características técnicas del Equipo que facilita al Cliente, informándole de ello a través de su página web xxx.xxxx.xx (la Web) y a través de su Servicio de Atención al Cliente. Para la provisión del Servicio xx Xxxxx Ancha a través de Fibra, Xxxx cede al Cliente en régimen de comodato (cesión gratuita) el Equipo durante la vigencia del Contrato. Sin perjuicio de lo anterior, Xxxx se reserva el derecho, en cualquier momento, a cobrar al Cliente un alquiler mensual por el Equipo que verá reflejado en su factura o a vendérselo, debiendo para ello comunicárselo en el momento de la contratación del servicio, y para los clientes existentes y, en cualquiera de ambos casos, comunicar este hecho al Cliente con al menos un mes de antelación. Xxxx se encargará del mantenimiento del Equipo y de su sustitución en caso de avería. El Cliente se obliga a devolver x Xxxx el Equipo cedido en un estado de uso y conservación adecuado a la correcta utilización del mismo, previa solicitud xx Xxxx en cualquier momento y, en todo caso, en el plazo de un (1) mes posterior a la baja del Servicio de Fibra. Si el Cliente no devuelve en dicho plazo el Equipo cedido, deberá abonar x Xxxx la cantidad de cien (100) euros. En caso de que Xxxx haga entrega de un router auto instalable, el Cliente deberá seguir las instrucciones de instalación facilitadas por Lowi. Xxxx pone a disposición del Cliente un software de ayuda a la instalación, pero no será responsable de los daños o alteraciones que, con motivo de su ejecución, pudieran ocasionarse en el sistema informático del Cliente (configuración, software y/o hardware) o en los documentos y ficheros almacenados en su sistema informático. Lowi, empleando los medios que considere necesarios en cada momento, reparará las averías que se produzcan en el Equipo facilitado para la provisión del ServiciodeFibra, asumiendo el coste siempre y cuando se hubieran producido por causas no imputables al Cliente. En caso de que el Cliente detecte una avería en el equipo o un mal funcionamiento del Servicio de Fibra deberá ponerse en contacto con el servicio de atención técnica xx Xxxx llamando al número 121 (1456 desde fuera de la red Vodafone). El Cliente será responsable del buen uso del Servicio y del Equipo, así como de la utilización de los mismos para su exclusivo uso particular, sin poder cederlos sin consentimiento expreso xx Xxxx a terceros y comprometiéndose a controlar el uso y los accesos realizados a los mismos.