Energía eléctrica. El cálculo de redes eléctricas de baja tensión se realizará de acuerdo a los reglamentos electrotécnicos vigentes, al igual que las líneas de alta tensión, contemplando los siguientes aspectos:
Energía eléctrica. 1. La solicitud de electricidad tendrá que hacerse rellenando el Boletín de Inscripción n.º 1.
2. En sintonía con las medidas nacionales y europeas en pro de eficiencia energética y la preservación ambiental, los Expositores están obligados a usar solo aparatos de alta eficiencia energética para la iluminación de los stands de todas sus ferias y eventos.
3. La energía eléctrica se suministra en corriente alterna con frecuencia de 50 Hz y tensión de 220/380 voltios.
4. En Ferias y Eventos cuya organización no corra a cargo de Exponor, las instalaciones eléctricas en los stands, tienen que cumplir el Reglamento General de Seguridad de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión y tendrán que disponer de interruptores xx xxxxx general de tipo diferencial y de red de tierra de protección. El trabajo debe ser llevado a cabo por profesionales debidamente acreditados por la entidad oficial competente o por el sindicato de electricistas.
5. Las instalaciones eléctricas de los stands podrán, en cualquier momento, ser fiscalizadas por funcionarios de la Organización debidamente acreditados, pudiendo procederse al corte de energía eléctrica suministrada al stand se sus condiciones de seguridad no fueran satisfactorias o haya habido alteraciones inadecuadas en la instalación. En este último caso el responsable de la instalación eléctrica del stand, después de hacer las modificaciones adecuadas en sus instalaciones, podrá solicitar que su instalación se conecte de nuevo. Esta solo podrá hacerse después de volver a inspeccionar las instalaciones eléctricas del stand y del pago de la respectiva tasa de nueva conexión.
6. Los daños causados en las infraestructuras eléctricas no pertenecientes a los Expositores serán responsabilidad de la entidad que contrató los servicios de instalación eléctrica, debiendo esta proceder al pago inmediato de los costes inherentes a su reparación, después de presentar los respectivos comprobantes.
7. La Organización declina toda responsabilidad en caso de accidentes, pérdidas o daños causados por:
x. Xxxxxx de energía eléctrica ocurridos en la red pública de distribución de energía eléctrica de la EDP.
b. Variaciones de tensión originadas en el red pública de abastecimiento, incluyendo fenómenos de sobretensión de origen atmosférico u otros.
Energía eléctrica. Gas natural. Teléfono (para comunicación interna).
Energía eléctrica. A los efectos del alumbrado de la obra y el empleo de energía eléctrica para otros usos, el CONTRATISTA deberá gestionar ante quien corresponda la conexión de la red y de la instalación del medidor correspondiente. Todo ello cuando la obra se encuentre ubicada en el radio atendido por ese servicio. El gasto que demande la instalación y el consumo hasta la recepción provisional estará a cargo del CONTRATISTA.
Energía eléctrica. Las Partes en este acto reconocen que, simultáneamente a la firma de este Contrato, suscribieron el Memorándum de Entendimiento de Energía Eléctrica, cuyo texto se incluye como Anexo 6 de este Contrato, el que contiene los términos de los acuerdos de energía. La firma de dichos acuerdos es una Condición Necesaria incluida en la Fase 1 para la DFI.
Energía eléctrica. Gas natural. Teléfono (para comunicación interna). Limpieza profunda una vez al mes. Limpieza y desinfección de desagües. Mantenimiento general de la infraestructura y equipos de la ENTIDAD Área Destinada al Servicio: La ENTIDAD pondrá a disposición del PROVEEDOR, las dependencias correspondientes al área de cocina y comedor, en perfectas condiciones de uso y funcionamiento. Menaje y maquinaria para el área de cocina: El PROVEEDOR deberá contar con menaje y utensilios de cocina, como: fuentes, ollas, cuchillos, calderas, coladeras, espumaderas, asaderas, trinches y todo menaje utilizable en la preparación de alimentos, preferentemente xx xxxxx inoxidable. El PROVEEDOR, deberá contar para el inicio del SERVICIO con el siguiente menaje de cocina: Ollas de acero inoxidable Olla arroceras xx xxxxx inoxidable Ollas de presión. Sartenes de teflón. Juego de xxxxxxx xx xxxxx inoxidable. batidora manual.
Energía eléctrica. El consumo de energía eléctrica para la ejecución de la obra, así como también para la iluminación de que trata el inciso anterior, será costeado por la Contratante. A cargo del Contratista estará el tendido de las líneas provisorias, si el caso lo requiera, ajustadas a las exigencias de carácter técnico reglamentario para dichas instalaciones.
Energía eléctrica. Existe una línea aérea de media tensión que atraviesa los sectores y que deberá ser soterrada. También existen diversas líneas aéreas de baja tensión que alimentan a las viviendas existentes, tanto a las emplazadas en los Sectores tratados como a viviendas de los alrededores. Los tramos de estas líneas que caigan sobre los terrenos a urbanizar deberán ser desmontadas y deberá preverse el servicio de las viviendas que queden sin abastecimiento.
Energía eléctrica. Gastos Administrativos
Energía eléctrica. Se deberá remitir al PACETG-IE de instalaciones eléctricas de la Oficina de Arquitectura del Poder Judicial. Para la alimentación de fuerza motriz, se adoptará el criterio de instalar un tablero de obra con las protecciones necesarias reglamentarias. Este deberá estar a una altura mínima de 1,40 m. sobre nivel de terreno natural, protegido con puerta y llave. Todas las instalaciones auxiliares que se deban ejecutar: tablero, prolongación de red u otras serán por cuenta y cargo del Contratista.