Common use of Justificación de la subvención Clause in Contracts

Justificación de la subvención. 10.1. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation se compromete a presentar en el plazo de tres meses desde la finalización de las actividades subvencionadas (31 xx xxxxx de 2024) la documentación relativa a la justificación de la subvención recibida, en base a lo que establece el título III de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.2. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation deberá justificar, en su totalidad, el coste íntegro de la actuación (no sólo el importe de la subvención otorgada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx), de acuerdo con el presupuesto que consta en la solicitud de la subvención presentada por la entidad. 10.3. La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación, en el registro electrónico del Ayuntamiento, en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización de las actividades subvencionadas, de una cuenta justificativa con aportación de informe de auditor o auditores de cuentas inscritas como ejercientes en el Registro oficial de auditores de cuentas. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx 10.4. La cuenta justificativa se presentará según el modelo normalizado 1412 “Comunicación de la justificación de subvenciones, becas y/o ayudas” de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que podrá encontrar en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxx. cat/portal/girona_es/serveis/e-registre/AaZ/1412.html, como mínimo la siguiente información: a) Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. También se tendrá que hacer constar las desviaciones que se hayan podido producir respecto a la memoria de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvención. b) Memoria económica justificativa sobre el coste de las actividades realizadas, en las que conste: - Relación clasificada de los gastos efectuados, por el importe total de la actuación (417.000€), con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la factura. - La relación debe ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, la documentación acreditativa del pago consistente en un extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, la documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor. Se aceptarán facturas, pero no facturas proforma o presupuestos. Sólo será necesario presentar las facturas y los justificantes de pago correspondientes al importe total de la subvención otorgada (65.000 €). - Detalle de la financiación final de los gastos de la actividad subvencionada, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones. - En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las entradas vendidas mediante el informe del sistema de ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad. - Acreditación de haber solicitado tres presupuestos en los casos previstos en el pacto relativo a gastos subvencionables. - En caso de subcontratación de empresas vinculadas, justificación precio ajustado a mercado. - Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de que el Ayuntamiento xx Xxxxxx las haga públicas en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. c) Memoria de difusión y publicidad. Este material debe presentarse digitalmente. 10.5. Un informe de revisión de la cuenta justificativa suscrita por un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que garantice, mediante un examen independiente, que el beneficiario de la ayuda ha realizado la acción subvencionada y ha cumplido los requisitos para que se pueda realizar el pago. El informe debe exponer de forma clara, objetiva y ponderada los hechos comprobados y las conclusiones obtenidas. En el supuesto de que el beneficiario no esté obligado a auditar las cuentas anuales, la designación del auditor la realizará este beneficiario. En caso de que el beneficiario esté obligado a encargar la auditoría de las cuentas anuales a un auditor sometido a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de auditoría de cuentas, será este mismo auditor quien revisará la memoria de actuación y la cuenta justificativo. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx Los auditores de cuentas, en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, deben actuar de conformidad con lo que establece la Orden EHA/1434/2007 de 17 xx xxxx por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones en el ámbito del sector público estatal, que prevé el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por el RD 887/2006, de 21 de julio. Los gastos de elaboración del informe de auditoría se consideran gastos subvencionables hasta un importe máximo de 3.000€. Cuando el importe del gasto subvencionable sea superior a las cuantías establecidas por la legislación vigente de contratación pública en relación con el contrato menor, el beneficiario debe justificar que ha solicitado al menos 3 ofertas a diferentes proveedores previamente a la contratación del compromiso salvo que por las características especiales del objeto del contrato no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Si el coste de la actuación resulta finalmente superior al previsto en la solicitud, la subvención se mantendrá en la cuantía otorgada inicialmente. En caso de que el coste justificado sea inferior al que consta en el presupuesto presentado, generando un saldo presupuestario positivo, la subvención se minorará proporcionalmente, aplicando sobre la cantidad concedida el porcentaje de desviación, y en los términos establecidos en el pacto 8.9. El centro gestor revisará la documentación justificativa y, si detecta errores o deficiencias deberá requerir al beneficiario que dentro del plazo de 10 días hábiles les enmiende o bien que presente las alegaciones que estime oportunas, con la indicación de que si no lo hiciera, se consideraría incumplida la obligación de justificación, con las consecuencias que se establecen en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.6. La no presentación de la justificación en los términos y plazos indicados podrán dar lugar a su minoración, revocación o reintegro, de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.7. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation pondrá a disposición del Ayuntamiento la documentación que le sea requerida para la comprobación y control de la actividad y de su gestión económica. Asimismo, también informará de las aportaciones recibidas a través de subvenciones directas, colaboraciones de entidades y empresas colaboradoras y de las condiciones en las que se concretan estas colaboraciones. 10.8. La entidad podrá solicitar una prórroga del plazo de justificación que no puede exceder de la mitad del plazo inicial, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros. La solicitud deberá realizarse mediante el modelo normalizado de prórroga de subvenciones.

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Samples: Convenio Regulador De Subvención

Justificación de la subvención. 10.1. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation entidad beneficiaria de la subvención habrá de justificar la realización de cada una de las acciones formativas comprendidas en el proyecto subvencionado, así como el efectivo cumplimiento del compromiso de contratación establecido en la cláusula decimoctava de este Convenio, y el empleo de los fondos públicos en las acciones de que se compromete a presentar trate en el plazo de tres meses meses, contado desde la finalización de la última de las actividades subvencionadas (31 xx xxxxx acciones formativas impartidas. La entidad beneficiaria estará obligada a utilizar, como medio de 2024) la documentación relativa a la justificación de los gastos ocasionados con motivo de la subvención recibidaconcedida, en base a lo que establece el título III de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.2. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation deberá justificar, en su totalidad, el coste íntegro de la actuación (no sólo el importe de la subvención otorgada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx), de acuerdo con el presupuesto que consta en la solicitud de la subvención presentada por la entidad. 10.3. La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación, en el registro electrónico del Ayuntamiento, en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización de las actividades subvencionadas, de una cuenta Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor o auditores de cuentas inscritas como ejercientes en el Registro oficial de auditores de cuentas. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats auditor/a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx 10.4. La cuenta justificativa se presentará según el modelo normalizado 1412 “Comunicación de la justificación de subvenciones, becas y/o ayudas” de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que podrá encontrar en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxx. cat/portal/girona_es/serveis/e-registre/AaZ/1412.html, como mínimo la siguiente información: a) Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. También se tendrá que hacer constar las desviaciones que se hayan podido producir respecto a la memoria de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvención. b) Memoria económica justificativa sobre el coste de las actividades realizadas, en las que conste: - Relación clasificada de los gastos efectuados, por el importe total de la actuación (417.000€), con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la factura. - La relación debe ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, la documentación acreditativa del pago consistente en un extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, la documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor. Se aceptarán facturas, pero no facturas proforma o presupuestos. Sólo será necesario presentar las facturas y los justificantes de pago correspondientes al importe total de la subvención otorgada (65.000 €). - Detalle de la financiación final de los gastos de la actividad subvencionada, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones. - En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las entradas vendidas mediante el informe del sistema de ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad. - Acreditación de haber solicitado tres presupuestos en los casos previstos en el pacto relativo a gastos subvencionables. - En caso de subcontratación de empresas vinculadas, justificación precio ajustado a mercado. - Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de que el Ayuntamiento xx Xxxxxx las haga públicas en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. c) Memoria de difusión y publicidad. Este material debe presentarse digitalmente. 10.5. Un informe de revisión de la cuenta justificativa suscrita por un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que garanticeprevista en el artículo 74 del Real Decreto 887/2006, mediante un examen independiente, que el beneficiario de la ayuda ha realizado la acción subvencionada y ha cumplido los requisitos para que se pueda realizar el pago. El informe debe exponer de forma clara, objetiva y ponderada los hechos comprobados y las conclusiones obtenidas. En el supuesto de que el beneficiario no esté obligado a auditar las cuentas anuales, la designación del auditor la realizará este beneficiario. En caso de que el beneficiario esté obligado a encargar la auditoría de las cuentas anuales a un auditor sometido a la Ley 22/2015 de 20 21 de julio, así como en el apartado 3.b del ANEXO II de auditoría la Orden TAS/718/2008, de cuentas7 xx xxxxx, será este mismo auditor quien revisará por la memoria que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de actuación y 23 xx xxxxx. El auditor/a llevará a cabo la revisión de la cuenta justificativo. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL justificativa con el alcance y contenido que se determina en la Resolución de 2 de noviembre de 2012, de la Directora del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, por la que se regula el contenido y alcance del informe a emitir en el seno de la justificación de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria y, en su caso, en lo que resulte aplicable, aquellas otras subvenciones gestionadas por el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx que sean financiadas por el Estado o por la propia Comunidad Autónoma Canaria (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica FirmadocB.O.C. nº 222 de 13/11/2012). El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi auditor/a deberá figurar inscrito en Censo de verificació podeu comprovar la validesa Auditores, regulado mediante Resolución de 2 de noviembre de 2012, de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx Los auditores de cuentasDirectora del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, deben actuar de conformidad con lo que establece la Orden EHA/1434/2007 de 17 xx xxxx por la que se aprueba la norma convocatoria para la creación de actuación un Censo de los auditores Auditores para la justificación de cuentas subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la realización normativa comunitaria, y en su caso, la justificación de aquellas otras subvenciones gestionadas por el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx que sean financiadas por el Estado o por la propia Comunidad Autónoma Canaria (B.O.C. nº 222 de 13/11/2012). La Asignación de los trabajos de revisión auditoría se desarrollará según lo previsto en el Resuelvo Cuarto de cuentas justificativas la Resolución de 2 de noviembre de 2012, de la Directora del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, por la que se aprueba la convocatoria para la creación de un Censo de Auditores para la justificación de subvenciones en el ámbito del sector público estatal, que prevé el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado cofinanciadas por el RD 887/2006Fondo Social Europeo y verificaciones previstas en la normativa comunitaria, y en su caso, la justificación de 21 aquellas otras subvenciones gestionadas por el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx que sean financiadas por el Estado o por la propia Comunidad Autónoma Canaria (B.O.C. nº 222 de julio13/11/2012). Los gastos derivados de elaboración la realización del informe auditor/a serán subvencionables con financiación adicional a cada acción formativa. Este gasto se abonará, siempre con un mínimo de auditoría se consideran gastos subvencionables hasta un importe máximo de 3.000€. Cuando el importe 535,00 euros por acción formativa, en función del gasto subvencionable sea superior a las cuantías establecidas por la legislación vigente de contratación pública en relación con el contrato menor, el beneficiario debe justificar que ha solicitado al menos 3 ofertas a diferentes proveedores previamente a la contratación del compromiso salvo que por las características especiales del objeto del contrato no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Si el coste de la actuación resulta finalmente superior al previsto en la solicitud, la subvención se mantendrá en la cuantía otorgada inicialmente. En caso de que el coste justificado sea inferior al que consta en el presupuesto presentado, generando un saldo presupuestario positivo, la subvención se minorará proporcionalmente, aplicando sobre la cantidad concedida el porcentaje de desviación, y en los términos establecidos en el pacto 8.9. El centro gestor revisará la documentación justificativa y, si detecta errores o deficiencias deberá requerir al beneficiario que dentro del plazo de 10 días hábiles les enmiende o bien que presente las alegaciones que estime oportunas, con la indicación de que si no lo hiciera, se consideraría incumplida la obligación de justificación, con las consecuencias que se establecen en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.6. La no presentación de la justificación en los términos y plazos indicados podrán dar lugar a su minoración, revocación o reintegrototal controlado, de acuerdo con a los porcentajes e importe máximos que se exponen a continuación: Hasta 50.000 euros 2,5 1.250 € Desde 50.001 hasta 100.000 2,0 2.250 € Desde 100.001 hasta 200.000 1,5 3.750 € Desde 200.001 hasta 500.000 1,0 6.750 € Desde 500.001 hasta 1.000.000 0,5 9.250 € Desde 1.000.001 en adelante 0,2 12.000 € Se realizará un informe por cada una de las acciones formativas, prorrateándose la Ordenanza general cantidad resultante de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.7. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation pondrá a disposición del Ayuntamiento la documentación que le sea requerida para la comprobación y control aplicar por tramos los importes obtenidos de la actividad tabla anterior, entre el número de cursos asignados a la entidad, siendo el producto resultante el importe máximo a imputar en concepto de gastos de auditoría por cada acción formativa, dado que el importe definitivo deberá calcularse, en todo caso, sobre el gasto efectivamente controlado, y el resultado final será prorrateado entre las acciones formativas en función del número de su gestión económicahoras de cada una de ellas. AsimismoCon relación a los gastos derivados del proyecto subvencionado, también informará de las aportaciones recibidas la entidad abonará los mismos a través de subvenciones directastransferencia bancaria cuando el importe de los mismos, colaboraciones de entidades y empresas colaboradoras y de las condiciones en las que se concretan estas colaboracionesconsiderados individualmente, supere los trescientos euros (300,00 €). 10.8. La entidad podrá solicitar una prórroga del plazo de justificación que no puede exceder de la mitad del plazo inicial, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros. La solicitud deberá realizarse mediante el modelo normalizado de prórroga de subvenciones.

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Samples: Convenio De Colaboración

Justificación de la subvención. 10.1. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation se compromete a presentar en el plazo de tres meses desde la finalización de las actividades subvencionadas (31 xx xxxxx de 2024) la documentación relativa a la justificación csv: BOA20210914014 El período elegible de la subvención recibidaque se establece en la cláusula cuarta, en base a lo que establece abarca todo el título III año 2021, por este motivo la justificación precisa para el pago de la ordenanza general de subvenciones aportación del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.2. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation deberá justificar, en su totalidad, el coste íntegro de la actuación (no sólo el importe de la subvención otorgada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx), de acuerdo con el presupuesto que consta Orga- nismo Autónomo prevista en la solicitud de la subvención presentada por la entidad. 10.3. La justificación de la subvención citada cláusula, se realizará mediante la presentación, en el registro electrónico del Ayuntamiento, en el plazo máximo presentación de 3 meses desde la finalización de las actividades subvencionadas, de una cuenta justificativa con aportación de informe de auditor o auditores de cuentas inscritas como ejercientes en el Registro oficial de auditores de cuentas. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx 10.4. La cuenta justificativa se presentará según el modelo normalizado 1412 “Comunicación de la justificación de subvenciones, becas y/o ayudas” de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que podrá encontrar en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxx. cat/portal/girona_es/serveis/e-registre/AaZ/1412.html, como mínimo la siguiente información: a) Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. También se tendrá que hacer constar las desviaciones que se hayan podido producir respecto a la memoria de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvención. b) Memoria económica justificativa sobre el coste de las actividades realizadas, en las que conste: - Relación clasificada correspondientes documentos justificativos de los gastos efectuados, por el importe total derivados de la actuación (417.000€)prestación del servicio desde 1 de enero a 31 de diciembre del año 2021, con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la factura. - La relación debe ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, la documentación acreditativa del pago consistente en un extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, la documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor. Se aceptarán facturas, pero no facturas proforma o presupuestos. Sólo será necesario presentar las facturas y los justificantes de pago correspondientes al importe total de la subvención otorgada (65.000 €). - Detalle de la financiación final de los gastos de la actividad subvencionada, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones. - En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las entradas vendidas mediante el informe del sistema de ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad. - Acreditación de haber solicitado tres presupuestos en los casos previstos en el pacto relativo a gastos subvencionables. - En caso de subcontratación de empresas vinculadas, justificación precio ajustado a mercado. - Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de que el Ayuntamiento xx Xxxxxx las haga públicas en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. c) Memoria de difusión y publicidad. Este material debe presentarse digitalmente. 10.5. Un informe de revisión de la cuenta justificativa suscrita por un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que garantice, mediante un examen independiente, que el beneficiario de la ayuda ha realizado la acción subvencionada y ha cumplido los requisitos para que se pueda realizar el pago. El informe debe exponer de forma clara, objetiva y ponderada los hechos comprobados y las conclusiones obtenidas. En el supuesto de que el beneficiario no esté obligado a auditar las cuentas anuales, la designación del auditor la realizará este beneficiario. En caso de que el beneficiario esté obligado a encargar la auditoría de las cuentas anuales a un auditor sometido a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de auditoría de cuentas, será este mismo auditor quien revisará la memoria de actuación y la cuenta justificativo. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx Los auditores de cuentas, en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, deben actuar de conformidad con lo que establece establecido en el artículo 22 de la Orden EHA/1434/2007 PRE/571/2016, de 17 13 xx xxxx por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas xxxxx, en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones relación con el anexo II del presente convenio. De conformidad con lo dispuesto en el ámbito del sector público estatal, que prevé el artículo 74 del Reglamento 31 de la Ley 38/200838/2003, de 17 de noviembre, general sólo serán subvencionables aquellos gastos que directa e indubitadamente estén relacio- nados con la prestación del servicio de subvencionesasesoría psicológica y atención social y educativa. Aquellos gastos de personal cuya presentación resulte obligatoria, aprobado así como los relativos a gastos fijos o periódicos, y aquellos que se encuentren comprometidos en firme, y cuyo abono se prevea realizar antes de finalizar el ejercicio económico a que se refiere el presente convenio, pero no pudiera justificarse antes de la fecha indicada por incompatibilidad de plazos, se sustituirán por un informe estimativo realizado por la persona competente, redac- tado en debida forma, en el RD 887/2006que se constate la cuantía y destino de cada uno de dichos gastos, los documentos que justifiquen dichos informes deberán presentarse antes de 21 28 de juliofebrero, inclusive, del ejercicio siguiente. De no ser así, se exigirá la devolución de las canti- dades no justificadas debidamente. Los gastos documentos justificativos junto con sus correspondientes memorias, deberán presen- tarse en la sede del Instituto Aragonés de elaboración la Mujer, antes del informe 8 de auditoría se consideran gastos subvencionables hasta un importe máximo noviembre, inclusive, del año de 3.000€. Cuando el importe vigencia del gasto subvencionable sea superior a las cuantías establecidas por la legislación vigente convenio, sin perjuicio de contratación pública en relación con el contrato menor, el beneficiario debe justificar que ha solicitado al menos 3 ofertas a diferentes proveedores previamente a la contratación del compromiso salvo que por las características especiales del objeto del contrato no exista lo establecido en el mercado suficiente número de entidades que lo realicen, presten párrafo anterior. Las cantidades no justificadas o suministren, o salvo que el gasto indebidamente justificadas en dicha fecha se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud entenderán renunciadas por parte de la subvención. Si Comarca, quedando anulado el coste compromiso de pago de las mismas por parte del Instituto Aragonés de la actuación resulta finalmente superior al previsto en la solicitud, la subvención se mantendrá en la cuantía otorgada inicialmente. En caso de que el coste justificado sea inferior al que consta en el presupuesto presentado, generando un saldo presupuestario positivo, la subvención se minorará proporcionalmente, aplicando sobre la cantidad concedida el porcentaje de desviación, y en los términos establecidos en el pacto 8.9. El centro gestor revisará la documentación justificativa y, si detecta errores o deficiencias deberá requerir al beneficiario que dentro del plazo de 10 días hábiles les enmiende o bien que presente las alegaciones que estime oportunas, con la indicación de que si no lo hiciera, se consideraría incumplida la obligación de justificación, con las consecuencias que se establecen en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx XxxxxxMujer. 10.6. La no presentación de la justificación en los términos y plazos indicados podrán dar lugar a su minoración, revocación o reintegro, de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.7. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation pondrá a disposición del Ayuntamiento la documentación que le sea requerida para la comprobación y control de la actividad y de su gestión económica. Asimismo, también informará de las aportaciones recibidas a través de subvenciones directas, colaboraciones de entidades y empresas colaboradoras y de las condiciones en las que se concretan estas colaboraciones. 10.8. La entidad podrá solicitar una prórroga del plazo de justificación que no puede exceder de la mitad del plazo inicial, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros. La solicitud deberá realizarse mediante el modelo normalizado de prórroga de subvenciones.

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Samples: Convenio De Colaboración

Justificación de la subvención. 10.11. Memoria económica. Consistente en: 1.1.- Una relación de los gastos correspondientes a la actividad o proyecto subvencionado que se presentan. El objeto de concesión de la subvención deberá coincidir con el descrito en esta cuenta justificativa. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation cuenta justificativa deberá ir firmada, bajo la responsabilidad del declarante, por el solicitante de la subvención, su representante, o el secretario de la entidad solicitante. A la cuenta justificativa se compromete le adjuntarán los siguientes documentos: A) Las facturas originales o fotocopias compulsadas expedidas a presentar nombre de la entidad perceptora de la subvención, en las que deberá constar: - Nombre o Razón Social del proveedor, NIF o CIF del proveedor y firma o recibo de haber percibido el plazo pago, importe de tres meses desde la finalización Factura e IVA (el IVA debe ir desglosado), identificación completa de las actividades subvencionadas (31 xx xxxxx la entidad que abone el importe, descripción suficiente del suministro o servicio, número y fecha de 2024) la documentación relativa a Factura. Todas aquellas facturas que no contengan los apartados anteriormente expuestos, no se incluirán en la justificación de la subvención recibida, en base a lo que establece el título III de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxsubvención. 10.2B) Los gastos de personal propio directamente vinculado en el Plan de acción anual. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation deberá justificarSe tendrán que presentar las nóminas de dicho personal, en su totalidad, el coste íntegro de pudiéndose imputar a la actuación (no sólo subvención el importe líquido/neto o el importe bruto de dichas nóminas, siendo necesario en este último caso la presentación además del recibo de liquidación de cotizaciones y la relación nominal de los trabajadores, así como las declaraciones de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (modelo 111). En ambas opciones sólo se podrán imputar las nóminas correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de noviembre de 2021. Las nóminas correspondientes a octubre y de noviembre de 2021 se considerarán únicamente por su importe líquido. Las pagas extras podrán considerarse únicamente por la parte proporcional de los meses que se justifiquen. Se establece un límite del 50% de la subvención otorgada concedida como límite a justificar por los gastos de personal. Deberá presentarse una declaración jurada indicando “que el Ayuntamiento xx Xxxxxx), importe justificado en gastos de acuerdo con el presupuesto que consta en personal se ha dedicado íntegramente a la solicitud realización de actividades de animación y promoción comercial.” C) Casos particulares: Justificantes acreditativos de la subvención presentada por concesión de los premios. Se presentará un certificado acreditativo de los premios concedidos indicando el concepto de los premios, el importe, el beneficiario (nombre apellidos y NIF) y la entidadforma de concesión de los premios. Se acompañará con una relación de los premiados, las tiendas en las que se ha hecho efectivo el premio (Con indicación del CIF) y el importe utilizado en cada una de ellas. 10.3. La justificación 1.2.- Justificante de la subvención se realizará pago: Se admitirán únicamente pagos realizados mediante la presentación, en el registro electrónico del Ayuntamiento, en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización de las actividades subvencionadas, de una cuenta justificativa con aportación de informe de auditor o auditores de cuentas inscritas como ejercientes en el Registro oficial de auditores de cuentas. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx 10.4. La cuenta justificativa se presentará según el modelo normalizado 1412 “Comunicación de la justificación de subvenciones, becas transferencia bancaria y/o ayudas” de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que podrá encontrar cheque nominativo con cargo bancario en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxx. cat/portal/girona_es/serveis/e-registre/AaZ/1412.html, como mínimo la siguiente información: a) Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. También se tendrá que hacer constar las desviaciones que se hayan podido producir respecto a la memoria de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvención. b) Memoria económica justificativa sobre el coste de las actividades realizadas, en las que conste: - Relación clasificada de los gastos efectuados, por el importe total de la actuación (417.000€), con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la factura. - La relación debe ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, la documentación acreditativa del pago consistente en un extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, la documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor. Se aceptarán facturas, pero no facturas proforma o presupuestos. Sólo será necesario presentar las facturas y los justificantes de pago correspondientes al importe total de la subvención otorgada (65.000 €). - Detalle de la financiación final de los gastos de la actividad subvencionada, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones. - En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las entradas vendidas mediante el informe del sistema de ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad. - Acreditación de haber solicitado tres presupuestos en los casos previstos en el pacto relativo a gastos subvencionables. - En caso de subcontratación de empresas vinculadas, justificación precio ajustado a mercado. - Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de que el Ayuntamiento xx Xxxxxx las haga públicas en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. c) Memoria de difusión y publicidad. Este material debe presentarse digitalmente. 10.5. Un informe de revisión de la cuenta justificativa suscrita por un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que garantice, mediante un examen independiente, acredite que el beneficiario de esa transferencia o cheque sea el titular de la ayuda ha realizado la acción subvencionada y ha cumplido los requisitos para factura que se pueda realizar abona. Transferencia bancaria: si la forma de pago es una transferencia bancaria, se justificará mediante el pago. El informe debe exponer resguardo del cargo de forma clarala misma, objetiva y ponderada los hechos comprobados y las conclusiones obtenidas. En debiendo figurar en el supuesto concepto de que la transferencia el beneficiario no esté obligado a auditar las cuentas anualesy el número de factura, o en su defecto, el concepto abonado. Cheque nominativo o pagaré: Si la designación forma de pago es un cheque o pagaré, éste deberá ir acompañado de la siguiente documentación: • Copia del auditor la realizará este beneficiario. En caso de que el beneficiario esté obligado a encargar la auditoría de las cuentas anuales a un auditor sometido cheque o pagaré • Copia del extracto bancario del cargo en cuenta correspondiente a la Ley 22/2015 de 20 de juliooperación justificada • En los casos en que no quede acreditado el concepto del gasto, de auditoría de cuentasdeberán aportar, será este mismo auditor quien revisará la memoria de actuación además, recibí firmado y la cuenta justificativo. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant sellado por el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx Los auditores de cuentas, proveedor en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, deben actuar de conformidad con lo que establece la Orden EHA/1434/2007 de 17 xx xxxx por la el que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones en el ámbito del sector público estatal, que prevé el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por el RD 887/2006, de 21 de julio. Los gastos de elaboración del informe de auditoría se consideran gastos subvencionables hasta un importe máximo de 3.000€. Cuando el importe del gasto subvencionable sea superior a las cuantías establecidas por la legislación vigente de contratación pública en relación con el contrato menor, el beneficiario debe justificar que ha solicitado al menos 3 ofertas a diferentes proveedores previamente a la contratación del compromiso salvo que por las características especiales del objeto del contrato no exista en el mercado suficiente especifique número de entidades que lo realicenfactura pagada, presten o suministren, o salvo que el gasto número y fecha del cheque. No se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Si el coste de la actuación resulta finalmente superior al previsto admitirán pagos en la solicitud, la subvención se mantendrá en la cuantía otorgada inicialmente. En caso de que el coste justificado sea inferior al que consta en el presupuesto presentado, generando un saldo presupuestario positivo, la subvención se minorará proporcionalmente, aplicando sobre la cantidad concedida el porcentaje de desviación, y en los términos establecidos en el pacto 8.9. El centro gestor revisará la documentación justificativa y, si detecta errores o deficiencias deberá requerir al beneficiario que dentro del plazo de 10 días hábiles les enmiende o bien que presente las alegaciones que estime oportunas, con la indicación de que si no lo hiciera, se consideraría incumplida la obligación de justificación, con las consecuencias que se establecen en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxefectivo. 10.6. La no presentación de la justificación en los términos y plazos indicados podrán dar lugar a su minoración, revocación o reintegro, de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.7. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation pondrá a disposición del Ayuntamiento la documentación que le sea requerida para la comprobación y control de la actividad y de su gestión económica. Asimismo, también informará de las aportaciones recibidas a través de subvenciones directas, colaboraciones de entidades y empresas colaboradoras y de las condiciones en las que se concretan estas colaboraciones. 10.8. La entidad podrá solicitar una prórroga del plazo de justificación que no puede exceder de la mitad del plazo inicial, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros. La solicitud deberá realizarse mediante el modelo normalizado de prórroga de subvenciones.

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Samples: Collaboration Agreement

Justificación de la subvención. 10.1. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation se compromete El Instituto Aragonés de Fomento, como beneficiario de la subvención, está obligado a presentar en el plazo de tres meses desde la finalización de las actividades subvencionadas (31 xx xxxxx de 2024) la documentación relativa a la justificación de la subvención recibidaconcedida por la Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, al amparo de este convenio, en base a lo el plazo y forma establecidos en esta cláusula octava. El plazo para presentar la justificación tendrá como fecha límite el día 30 de noviembre de 2015. Se admitirán gastos de inversión realizados desde la firma del convenio hasta el 30 de noviembre de 2015. Transcurrido este plazo sin que establece se haya presentado por el título III Instituto Ara- gonés de Fomento la justificación en la forma establecida en esta cláusula, la Sección de Fomento e Infraestructuras y Empleo del Área de Bienestar Social le requerirá para que en el plazo adicional e improrrogable de quince días hábiles sea presentada. La falta de presentación de la ordenanza general justificación en este plazo llevará aparejado el reintegro del anticipo y los intereses de subvenciones demora correspondientes, que surtirán efecto desde el momento del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.2. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation deberá justificar, en su totalidad, el coste íntegro de la actuación (no sólo el importe pago de la subvención otorgada por hasta la fecha en que se acuerde la procedencia de reintegro. De la no justificación en el Ayuntamiento xx Xxxxxx)plazo adicional, de acuerdo con el presupuesto que consta se derivarán las responsabilidades establecidas en la solicitud Ley General de la subvención presentada por la entidad. 10.3Subvenciones, y no eximirá al beneficiario de las sanciones que conforme a dicha ley correspondan. La justificación de la subvención ayuda se realizará mediante de conformidad con lo previsto en la presentaciónLey 38/2003, en de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el registro electrónico del AyuntamientoReal Decreto 887/2006, en de 21 de julio, por el plazo máximo que se aprueba el Reglamento de 3 meses desde la finalización Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subven- ciones y el artículo 32 de la Ordenanza general reguladora de las actividades subvencionadassubvenciones de la Diputa- ción Provincial xx Xxxxxxxx, de una cuenta justificativa con aportación de informe de auditor o auditores de cuentas inscritas como ejercientes presentando en el Registro oficial de auditores de cuentas. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa General de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx 10.4. La cuenta justificativa se presentará según Diputación Provincial xx Xxxxxxxx, o por cualquiera de los medios previstos en el modelo normalizado 1412 “Comunicación artículo 38 de la justificación Ley 30/1992, de subvenciones26 de noviembre, becas y/o ayudas” de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la siguiente documentación: A) Justificación de los gastos derivados de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que podrá encontrar en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxx. cat/portal/girona_es/serveis/e-registre/AaZ/1412.html, como mínimo ejecución de la siguiente información:obra. a) Memoria explicativa Oficio de remisión de la documentación de justificación de la subvención, firmada por el Presidente del Instituto Aragonés de Fomento. b) Una memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la finalidad conce- sión de la acción, actividad o proyecto subvencionadosubvención, con indicación de las actividades actuaciones realizadas y los resultados obtenidos. También se tendrá que hacer constar las desviaciones , suscrita por el Presidente del Instituto Aragonés de Fomento. c) Certificación expedida por el Secretario del Consejo de Dirección del Instituto Aragonés de Fomento, con el visto bueno del Presidente, en el que se hayan podido producir respecto a acredite: 1. Que se ha ejecutado el proyecto subvencionado y se ha cumplido la memoria finalidad que motivó la concesión de actividades y la subvención, en los términos recogidos en el presupuesto presentados en la solicitud de subvenciónpresente convenio. b) Memoria económica justificativa sobre el coste de las actividades realizadas, en las que conste: - Relación clasificada de 2. Que los gastos efectuados, por el importe total de la actuación inversión que se relacionan (417.000€), los cuales deberán constar debi- damente relacionados con identificación del proveedor, número de acreedor y del documento, su importe, concepto fecha de emisión y fecha de emisión pago, así como las desviaciones, en su caso, del pre- supuesto presentado inicialmente) son ciertos, que han sido destinados al cumpli- miento de la facturafinalidad objeto del convenio y que se encuentran debidamente apro- bados, contabilizados y liquidados. 3. - La Una relación debe ir acompañada detallada de las facturas otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la obra subvencionada, con indicación del importe y procedencia o, en su caso, men- ción expresa de que no se han recibido otras subvenciones. d) Facturas, certificaciones de obra o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa yincorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado anterior, que deberán ser originales o fotocopias debidamente compulsadas por persona con fe pública. Además, de la documentación acreditativa acreditación in- dividualizada del pago consistente en un extracto bancario o, en de cada certificación mediante los documentos bancarios origi- nales o fotocopias debidamente compulsadas correspondientes. e) Proyecto técnico que ha servido de base a la ejecución de la inversión financiada a través de este convenio. csv: BOA20150220012 En el caso de pago que no se justifique la totalidad del presupuesto previsto en efectivo, la documentación acreditativa el apartado pri- mero de la percepción del importe por cláusula cuarta, si se considerase que se ha cumplido la finalidad de acuerdo con la normativa reguladora de subvenciones, se considerará la parte del acreedor. Se aceptarán facturas, pero no facturas proforma o presupuestos. Sólo será necesario presentar las facturas y los justificantes de pago correspondientes al importe total proporcional de la subvención otorgada (65.000 €). - Detalle de la financiación final de los gastos de la actividad subvencionadasubven- ción, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones. - En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las entradas vendidas mediante siendo requisito imprescindible el informe del sistema de ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad. - Acreditación de haber solicitado tres presupuestos en los casos previstos en el pacto relativo a gastos subvencionables. - En caso de subcontratación de empresas vinculadas, justificación precio ajustado a mercado. - Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de que el Ayuntamiento xx Xxxxxx las haga públicas en cumplimiento de las obligaciones establecidas reguladas en el pre- sente convenio. Al objeto de establecer la proporcionalidad, servirá de referencia para la determinación final del importe de la subvención el presupuesto del proyecto de ejecución presentado por el solicitante, derivado del proyecto técnico presentado, según lo establecido en la Ley 19/2014cláusula oc- tava, apartado a), y financiado al amparo de 29 de diciembreeste convenio, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. c) Memoria de difusión y publicidad. Este material debe presentarse digitalmente. 10.5. Un informe de revisión de la cuenta justificativa suscrita por un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que garantice, mediante un examen independiente, que el beneficiario de la ayuda ha realizado la acción subvencionada y ha cumplido los requisitos para que se pueda realizar el pago. El informe debe exponer de forma clara, objetiva y ponderada los hechos comprobados y las conclusiones obtenidas. En el supuesto de que el beneficiario no esté obligado a auditar las cuentas anuales, la designación del auditor la realizará este beneficiario. En caso de que el beneficiario esté obligado a encargar la auditoría de las cuentas anuales a un auditor sometido a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de auditoría de cuentas, será este mismo auditor quien revisará la memoria de actuación y la cuenta justificativo. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx Los auditores de cuentas, en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, deben actuar de conformidad con lo que establece establecido en la Orden EHA/1434/2007 cláusula cuarta. B) Justificación de 17 xx xxxx la creación de empleo y asentamiento empresarial. El Instituto Aragonés de Fomento, como beneficiario de la subvención, tendrá la obligación de justificar la finalidad para la cual se concede esta subvención y, en concreto, el asenta- miento empresarial y la creación de empleo, siendo su incumplimiento causa de reintegro de la subvención percibida en los términos expresados en la normativa reguladora de las sub- venciones. Para justificar la finalidad, deberá presentar la siguiente documentación: a) Certificación expedida por la el Secretario del Consejo de Dirección del Instituto Aragonés de Fomento, con el visto bueno del Presidente, en el que se aprueba acredite: - Que se ha producido el asentamiento de empresa/as en la norma nave para la cual se ha destinado la subvención objeto de actuación este convenio, durante el plazo de cumplimiento de la finalidad establecido en la cláusula segunda. En la certificación deberá constar una relación detallada de las empresas instaladas con los datos de identificación y fechas durante las que han permanecido instaladas en la nave en cuestión. - Relación detallada de los auditores puestos de cuentas trabajo que han sido creados por las empresas instaladas en la nave objeto de subvención, acreditando el número de puestos de tra- bajo creados, fechas de inicio y finalización de contrato. b) Documentación acreditativa de la instalación de la empresa/as en la nave objeto de subvención: - Copia del contrato o contratos de arrendamiento suscritos. La Diputación Provincial xx Xxxxxxxx podrá solicitar cuantos documentos aclarativos pre- cise en orden a la realización de la valoración de la documentación presentada. Asimismo, podrá requerir al responsable del Instituto Aragonés de Fomento la subsanación de las defi- ciencias observadas en la justificación. El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención en los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones términos esta- blecidos en el ámbito del sector público estatalconvenio, que prevé o la justificación insuficiente de la misma, llevará aparejado el rein- tegro en las condiciones previstas en el artículo 74 del Reglamento 37 de la Ley 38/200838/2003, de 17 de noviembre, general General de subvenciones, aprobado por el RD 887/2006, de 21 de julioSubvenciones. Los gastos de elaboración del informe de auditoría se consideran gastos subvencionables hasta un importe máximo de 3.000€. Cuando el importe del gasto subvencionable sea superior a las cuantías establecidas por la legislación vigente de contratación pública en relación con el contrato menor, el beneficiario debe justificar que ha solicitado al menos 3 ofertas a diferentes proveedores previamente a la contratación del compromiso salvo que por las características especiales del objeto del contrato no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Si el coste de la actuación resulta finalmente superior al previsto en la solicitud, la subvención se mantendrá en la cuantía otorgada inicialmente. En caso de que el coste justificado sea inferior al que consta en el presupuesto presentado, generando un saldo presupuestario positivo, la subvención se minorará proporcionalmente, aplicando sobre la cantidad concedida el porcentaje de desviación, y en los términos establecidos en el pacto 8.9. El centro gestor revisará la documentación justificativa y, si detecta errores o deficiencias deberá requerir al beneficiario que dentro del plazo de 10 días hábiles les enmiende o bien que presente las alegaciones que estime oportunas, con la indicación de que si no lo hicieraAsimismo, se consideraría entenderá incumplida la obligación de justificaciónjustificar cuando la Diputación Provin- cial, con las consecuencias en sus actuaciones de comprobación o control financiero, detectara que en la justifica- ción realizada por el beneficiario se hubieran incluido gastos que no respondieran a la acti- vidad subvencionada, que no hubieran supuesto un coste susceptible de subvención, que hubieran sido ya financiadas por otras subvenciones o recursos, o que se establecen en hubieran justificado mediante documentos que no reflejaran la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.6. La no presentación de la justificación en los términos y plazos indicados podrán dar lugar a su minoración, revocación o reintegro, de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.7. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation pondrá a disposición del Ayuntamiento la documentación que le sea requerida para la comprobación y control de la actividad y de su gestión económica. Asimismo, también informará realidad de las aportaciones recibidas a través de subvenciones directas, colaboraciones de entidades y empresas colaboradoras y de las condiciones en las que se concretan estas colaboracionesoperaciones. 10.8. La entidad podrá solicitar una prórroga del plazo de justificación que no puede exceder de la mitad del plazo inicial, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros. La solicitud deberá realizarse mediante el modelo normalizado de prórroga de subvenciones.

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Samples: Convenio De Colaboración

Justificación de la subvención. 10.11. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation se compromete a presentar en el plazo de tres meses desde la finalización de las actividades subvencionadas (31 xx xxxxx de 2024) la documentación relativa a la justificación de la subvención recibida, en base a lo que establece el título III de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.2. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation deberá justificar, en su totalidad, el coste íntegro de la actuación (no sólo el importe de la subvención otorgada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx), de acuerdo con el presupuesto que consta en la solicitud de la subvención presentada por la entidad. 10.3. La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación, en el registro electrónico del El Ayuntamiento, en el plazo máximo de 3 meses cuarenta y cinco días hábiles, computados desde el día siguiente a la finalización del proyecto subvencionado o desde el día de las actividades subvencionadassu finalización extemporánea, de una cuenta justificativa con aportación de informe de auditor o auditores de cuentas inscritas como ejercientes en el Registro oficial de auditores de cuentas. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar deberá presentar ante la validesa Dirección General de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx 10.4. La cuenta justificativa se presentará según el modelo normalizado 1412 “Comunicación Comunidad de Madrid competente en materia de empleo la justificación de subvenciones, becas y/o ayudas” las condiciones impuestas y de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxxconsecución de los objetivos previstos. 2. La justificación se realizará mediante la modalidad acreditación por módulos, que podrá encontrar de conformidad con los módulos establecidos en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxxapartado 2 de la cláusula quinta y de acuerdo con lo previsto en los artículos 69 y 76 a 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. 3. cat/portal/girona_es/serveis/Siempre que se hayan realizado las acciones de “Diagnóstico individualizado y elaboración del perfil”, el “Diseño del itinerario individual y personalizado de empleo (IPE)”, las acciones “formativas en contenidos transversales” y las acciones de “Información y asesoramiento sobre la contratación y las medidas de apoyo a la activación, la contratación e inserción en la empresa“, se considerará como participante finalizado a la hora de justificar la subvención para gastos relacionados en las letras a), b), c), d), e-registre/AaZ/1412.html) e i) de la cláusula tercera. No se subvencionarán acciones correspondientes a participantes que, como mínimo por cualquier causa, no hayan concluido su itinerario personalizado. 4. La justificación del cumplimiento de las actuaciones subvencionadas y de los gastos realizados comprendidos en las letras a), b), c), d), e) e i) de la cláusula tercera de este convenio estará integrada por la siguiente informacióndocumentación, según Xxxxx XXXX: a) Memoria explicativa Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la finalidad concesión de la acción, actividad o proyecto subvencionadosubvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. También se tendrá La memoria incluirá información sobre el número de jóvenes que hacer constar las desviaciones han concluido los itinerarios, el tipo y número de acciones que se hayan podido producir respecto a la memoria ha realizado cada uno de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvenciónellos. b) Memoria Una memoria económica justificativa sobre el del coste de las actividades realizadas, realizadas en las que conste: - Relación clasificada función de los gastos efectuados, por el importe total de la actuación (417.000€), con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la factura. - La relación debe ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, la documentación acreditativa del pago consistente en un extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, la documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor. Se aceptarán facturas, pero no facturas proforma o presupuestos. Sólo será necesario presentar las facturas y los justificantes de pago correspondientes al importe total de la subvención otorgada (65.000 €). - Detalle de la financiación final de los gastos de la actividad subvencionada, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones. - En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las entradas vendidas mediante el informe del sistema de ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad. - Acreditación de haber solicitado tres presupuestos en los casos previstos en el pacto relativo a gastos subvencionables. - En caso de subcontratación de empresas vinculadas, justificación precio ajustado a mercado. - Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de que el Ayuntamiento xx Xxxxxx las haga públicas en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. c) Memoria de difusión y publicidad. Este material debe presentarse digitalmente. 10.5. Un informe de revisión de la cuenta justificativa suscrita por un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentasresultados obtenidos, que garanticecontendrá, mediante un examen independiente, que el beneficiario de la ayuda ha realizado la acción subvencionada y ha cumplido como mínimo los requisitos para que se pueda realizar el pago. El informe debe exponer de forma clara, objetiva y ponderada los hechos comprobados y las conclusiones obtenidas. En el supuesto de que el beneficiario no esté obligado a auditar las cuentas anuales, la designación del auditor la realizará este beneficiario. En caso de que el beneficiario esté obligado a encargar la auditoría de las cuentas anuales a un auditor sometido a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de auditoría de cuentas, será este mismo auditor quien revisará la memoria de actuación y la cuenta justificativo. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx Los auditores de cuentas, en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, deben actuar de conformidad con lo que establece la Orden EHA/1434/2007 de 17 xx xxxx por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones en el ámbito del sector público estatal, que prevé el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por el RD 887/2006, de 21 de julio. Los gastos de elaboración del informe de auditoría se consideran gastos subvencionables hasta un importe máximo de 3.000€. Cuando el importe del gasto subvencionable sea superior a las cuantías establecidas por la legislación vigente de contratación pública en relación con el contrato menor, el beneficiario debe justificar que ha solicitado al menos 3 ofertas a diferentes proveedores previamente a la contratación del compromiso salvo que por las características especiales del objeto del contrato no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Si el coste de la actuación resulta finalmente superior al previsto en la solicitud, la subvención se mantendrá en la cuantía otorgada inicialmente. En caso de que el coste justificado sea inferior al que consta en el presupuesto presentado, generando un saldo presupuestario positivo, la subvención se minorará proporcionalmente, aplicando sobre la cantidad concedida el porcentaje de desviación, y en los términos establecidos en el pacto 8.9. El centro gestor revisará la documentación justificativa y, si detecta errores o deficiencias deberá requerir al beneficiario que dentro del plazo de 10 días hábiles les enmiende o bien que presente las alegaciones que estime oportunas, con la indicación de que si no lo hiciera, se consideraría incumplida la obligación de justificación, con las consecuencias que se establecen en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.6. La no presentación de la justificación en los términos y plazos indicados podrán dar lugar a su minoración, revocación o reintegro, de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.7. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation pondrá a disposición del Ayuntamiento la documentación que le sea requerida para la comprobación y control de la actividad y de su gestión económica. Asimismo, también informará de las aportaciones recibidas a través de subvenciones directas, colaboraciones de entidades y empresas colaboradoras y de las condiciones en las que se concretan estas colaboraciones. 10.8. La entidad podrá solicitar una prórroga del plazo de justificación que no puede exceder de la mitad del plazo inicial, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros. La solicitud deberá realizarse mediante el modelo normalizado de prórroga de subvenciones.siguientes extremos:

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Samples: Convenio De Subvención

Justificación de la subvención. 10.18.1 De conformidad con lo establecido en la Base de Ejecución 34ª del Presupuesto 2021 (punto 5.5) el link donde se encuentra la Circular 2/2019 a la que habrá de ajustarse la Justificación de la presente Subvención por la entidad beneficiaria es el siguiente: 8.2 La justificación se ajustará a lo establecido en el artículo 30 la Ley General de Subvenciones y en los artículos 69 y siguientes del Reglamento que la desarrolla, así como a la Base 34ª (apartado 5.3) de las de Ejecución del vigente Presupuesto, que determinan: La asociación, entidad o particular subvencionado deberá aportar: 8.2.1 Una memoria técnica firmada que describa el proyecto realizado, el número de participantes, los resultados obtenidos y las desviaciones con respecto al proyecto original. 8.2.2 Una memoria económica firmada que incluya una cuenta justificativa con el listado pormenorizado de todos los gastos indicando número de factura, descripción, importe y CIF del proveedor e indicando la fecha en que las facturas han sido pagadas y al final de la relación se indicará el coste total. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation justificación se compromete realizará de todo el proyecto ejecutado, no solo de la parte subvencionada. 8.2.3 Copia de todas las facturas y copia de las transferencias de pago de las facturas de más de 2.500€. Las facturas deben tener la denominación de “factura”, con número, descripción de los servicios prestados, precios unitarios, IVA desglosado. Solo se admiten recibos en caso de premios otorgados y entradas a presentar espectáculos, cines, museos, teatros o billetes de tren, taxi y otros desplazamientos. También se admiten recibos en casos de impartición de cursos y charlas de forma esporádicas por los ponentes (no más de 75 horas al año, con retención de IRPF, copia del DNI y sin que se impartan por los propios socios o personal de las juntas directivas) Si se otorgan premios a personas físicas, se deberá practicar retención por IRPF y acompañarse copia del DNI delperceptor. 8.2.4 Declaración responsable de otros ingresos recibidos. 8.2.5 Prueba de haberse publicitado que este proyecto estaba subvencionado o financiado por el Ayuntamiento de Málaga u entedependiente. 8.2.6 Copia de haberse solicitado 3 presupuestos en caso de servicios o suministros contratados por importe de más de 14.999 € más IVA u obras por importe de más de 39.999 € másIVA. c86/Au+8U51U/1p3wvdZ7A== xxxxx://xxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/x00/Xx+0X00X/0x0xxxX0X== cumpla con los objetivos perseguidos que deberá ser al menos un50%). - justificar la subvención en plazo de 3 meses desde sufinalización - pagar las facturas a proveedores en plazo de 2 meses desdefinalización - poner publicidad del Ayuntamiento o ente que otorga lasubvención - solicitar 3 presupuestos en caso de gastos de determinados importes ya señalados. Para el abono del resto de la subvención correspondiente al 25%, es requisito indispensable la justificación del 100% del coste total de ejecución del proyecto en el plazo máximo de tres meses desde la finalización de las actividades subvencionadas (31 xx xxxxx de 2024) la documentación relativa a la justificación de la subvención recibida, en base a lo que establece el título III de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxeste convenio. 10.2. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation deberá justificar, en su totalidad, el coste íntegro de la actuación (no sólo el importe de la subvención otorgada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx), de acuerdo con el presupuesto que consta en la solicitud de la subvención presentada por la entidad. 10.3. La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación, en el registro electrónico del Ayuntamiento, en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización de las actividades subvencionadas, de una cuenta justificativa con aportación de informe de auditor o auditores de cuentas inscritas como ejercientes en el Registro oficial de auditores de cuentas. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx 10.4. La cuenta justificativa se presentará según el modelo normalizado 1412 “Comunicación de la justificación de subvenciones, becas y/o ayudas” de la Sede Electrónica del Ayuntamiento xx Xxxxxx, que podrá encontrar en el siguiente enlace xxxxx://xxx.xxxxxx. cat/portal/girona_es/serveis/e-registre/AaZ/1412.html, como mínimo la siguiente información: a) Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. También se tendrá que hacer constar las desviaciones que se hayan podido producir respecto a la memoria de actividades y el presupuesto presentados en la solicitud de subvención. b) Memoria económica justificativa sobre el coste de las actividades realizadas, en las que conste: - Relación clasificada de los gastos efectuados, por el importe total de la actuación (417.000€), con identificación del proveedor, número de documento, importe, concepto y fecha de emisión de la factura. - La relación debe ir acompañada de las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa y, la documentación acreditativa del pago consistente en un extracto bancario o, en el caso de pago en efectivo, la documentación acreditativa de la percepción del importe por parte del acreedor. Se aceptarán facturas, pero no facturas proforma o presupuestos. Sólo será necesario presentar las facturas y los justificantes de pago correspondientes al importe total de la subvención otorgada (65.000 €). - Detalle de la financiación final de los gastos de la actividad subvencionada, indicando la procedencia de los ingresos y subvenciones. - En caso de que parte de esta financiación provenga de la venta de entradas, se tendrán que acreditar las entradas vendidas mediante el informe del sistema de ventas contrastado con su aplicación a la contabilidad. - Acreditación de haber solicitado tres presupuestos en los casos previstos en el pacto relativo a gastos subvencionables. - En caso de subcontratación de empresas vinculadas, justificación precio ajustado a mercado. - Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la entidad, a efectos de que el Ayuntamiento xx Xxxxxx las haga públicas en cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. c) Memoria de difusión y publicidad. Este material debe presentarse digitalmente. 10.5. Un informe de revisión de la cuenta justificativa suscrita por un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que garantice, mediante un examen independiente, que el beneficiario de la ayuda ha realizado la acción subvencionada y ha cumplido los requisitos para que se pueda realizar el pago. El informe debe exponer de forma clara, objetiva y ponderada los hechos comprobados y las conclusiones obtenidas. En el supuesto de que el beneficiario no esté obligado a auditar las cuentas anuales, la designación del auditor la realizará este beneficiario. En caso de que el beneficiario esté obligado a encargar la auditoría de las cuentas anuales a un auditor sometido a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de auditoría de cuentas, será este mismo auditor quien revisará la memoria de actuación y la cuenta justificativo. CÒPIA DEL DOCUMENT ORIGINAL (Ref.: 8303701 RETZX-OVBMU-ZHV0S E00169A0C7C3D04ABD0F84ABB340B4E788020C66) generada amb l'aplicació informàtica Firmadoc. El documento está SIGNAT. Mitjançant el codi de verificació podeu comprovar la validesa de la firma digital dels documents signats a l'adreça web: xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxx_xxxxxxxxx Los auditores de cuentas, en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones, deben actuar de conformidad con lo que establece la Orden EHA/1434/2007 de 17 xx xxxx por la que se aprueba la norma de actuación de los auditores de cuentas en la realización de los trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones en el ámbito del sector público estatal, que prevé el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, general de subvenciones, aprobado por el RD 887/2006, de 21 de julio. Los gastos de elaboración del informe de auditoría se consideran gastos subvencionables hasta un importe máximo de 3.000€. Cuando el importe del gasto subvencionable sea superior a las cuantías establecidas por la legislación vigente de contratación pública en relación con el contrato menor, el beneficiario debe justificar que ha solicitado al menos 3 ofertas a diferentes proveedores previamente a la contratación del compromiso salvo que por las características especiales del objeto del contrato no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. Si el coste de la actuación resulta finalmente superior al previsto en la solicitud, la subvención se mantendrá en la cuantía otorgada inicialmente. En caso de que el coste justificado sea inferior al que consta en el presupuesto presentado, generando un saldo presupuestario positivo, la subvención se minorará proporcionalmente, aplicando sobre la cantidad concedida el porcentaje de desviación, y en los términos establecidos en el pacto 8.9. El centro gestor revisará la documentación justificativa y, si detecta errores o deficiencias deberá requerir al beneficiario que dentro del plazo de 10 días hábiles les enmiende o bien que presente las alegaciones que estime oportunas, con la indicación de que si no lo hiciera, se consideraría incumplida la obligación de justificación, con las consecuencias que se establecen en la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.6. La no presentación de la justificación en los términos y plazos indicados podrán dar lugar a su minoración, revocación o reintegro, de acuerdo con la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 10.7. La Fundación Cultural Circus Arts Foundation pondrá a disposición del Ayuntamiento la documentación que le sea requerida para la comprobación y control de la actividad y de su gestión económica. Asimismo, también informará de las aportaciones recibidas a través de subvenciones directas, colaboraciones de entidades y empresas colaboradoras y de las condiciones en las que se concretan estas colaboraciones. 10.8. La entidad podrá solicitar una prórroga del plazo de justificación que no puede exceder de la mitad del plazo inicial, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros. La solicitud deberá realizarse mediante el modelo normalizado de prórroga de subvenciones.

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