Common use of LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Clause in Contracts

LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. [Para todos los efectos que se deriven de este Contrato, las Partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia. / Para todos los efectos que se deriven de este Contrato, las Partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago. Cualquier dificultad o controversia que se produzca entre las Partes en relación a lo establecido en el presente instrumento, será sometida a arbitraje, conforme al Reglamento vigente del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de la Cámara de Comercio de Santiago A.G., que, formando parte de integrante de este instrumento, las Partes declaran conocer y aceptar. Las Partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, tan pronto reciba una solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe a un árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto al fallo, de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de esa Cámara, el que en todo caso deberá poseer el título de abogado. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, por lo cual las Partes renuncian expresamente a ello. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción.]

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Samples: Contrato De Mutuo De Dinero, Contrato De Mutuo De Dinero

LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. [Para Los términos y condiciones de la presente licencia se regirán e interpretarán bajo las leyes de la República Argentina. Cualquier controversia y/o disputa derivada de o relacionada con la presente licencia, su interpretación, ejecución, incumplimiento, etc. deberá ser sometida para su resolución, a elección de la parte que se considere con derecho al reclamo, ante la Cámara Arbitral de Cereales de la Bolsa de Comercio xx Xxxxxxx o la Cámara Arbitral de Cereales de Buenos Aires aceptando expresamente que Corteva Agriscience Argentina S.R.L. /M. S. Technologies Argentina S.R.L. podrán actuar como parte en el proceso de arbitraje, sea o no parte de esta licencia, en virtud de licenciatario de los Derechos de Propiedad Intelectual vinculados a la Tecnología Enlist®, renunciando irrevocablemente el PRODUCTOR a cuestionar dicha intervención en el proceso arbitral. Las partes se sujetan y aceptan los reglamentos y condiciones establecidos en la Reglamentación General aplicable a cada una de ellas; pactándose asimismo que la ejecución xxx xxxxx arbitral dictado se efectuará ante los Tribunales Nacionales Ordinarios en lo Comercial con asiento en la Ciudad de Buenos Aires. Las partes renuncian a interponer recurso de apelación contra el laudo que se dicte, así como a todos los efectos recursos que se deriven fueren susceptibles de este Contratoser renunciados, con la máxima amplitud permitida por ley. Cualquier controversia relacionada con los Derechos de Propiedad Intelectual, las Partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten partes acuerdan someterse a la jurisdicción de sus los Tribunales Ordinarios Federales Civiles y Comerciales con asiento en la Ciudad de JusticiaBuenos Aires. / Para todos los efectos que se deriven Asimismo, cualquier controversia y/o disputa derivada de este Contratoo relacionada con incumplimientos del PRODUCTOR a lo establecido por el Artículo 9, las Partes fijan su domicilio acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales Ordinarios en lo Comercial con asiento en la ciudad y comuna Ciudad de SantiagoBuenos Aires. Cualquier dificultad o controversia que se produzca entre las Partes en relación a lo establecido en el presente instrumento, será sometida a arbitraje, conforme al Reglamento vigente del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de la Cámara de Comercio de Santiago A.G., que, formando parte de integrante de este instrumentoEn cualquier caso, las Partes declaran conocer y aceptar. Las Partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, tan pronto reciba una solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe a un árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto al fallo, de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de esa Cámara, el que en todo caso deberá poseer el título de abogado. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, por lo cual las Partes partes renuncian expresamente a ello. El árbitro queda especialmente facultado cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles, salvo para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicciónel caso de medidas precautorias.]

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Samples: Licencia De Uso De Variedades Enlist®

LEY APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS. [Para Los términos y condiciones de la presente licencia se regirán e interpretarán bajo las leyes de la República Argentina. Cualquier controversia y/o disputa derivada de o relacionada con la presente licencia, su interpretación, ejecución, incumplimiento, etc. deberá ser sometida para su resolución, a elección de la parte que se considere con derecho al reclamo, ante la Cámara Arbitral de Cereales de la Bolsa de Comercio xx Xxxxxxx o la Cámara Arbitral de Cereales de Buenos Aires aceptando expresamente que Corteva Agriscience Argentina S.R.L. /M. S. Technologies Argentina S.R.L. podrán actuar como parte en el proceso de arbitraje, sea o no parte de esta licencia, en virtud de licenciatario de los Derechos de Propiedad Intelectual vinculados a la Tecnología Enlist®, renunciando irrevocablemente el PRODUCTOR a cuestionar dicha intervención en el proceso arbitral. Las partes se sujetan y aceptan los reglamentos y condiciones establecidos en la Reglamentación General aplicable a cada una de ellas; pactándose asimismo que la ejecución xxx xxxxx arbitral dictado se efectuará ante los Tribunales Nacionales Ordinarios en lo Comercial con asiento en la Ciudad de Buenos Aires. Las partes renuncian a interponer recurso de apelación contra el laudo que se dicte, así como a todos los efectos recursos que se deriven fueren susceptibles de este Contratoser renunciados, con la máxima amplitud permitida por ley. Cualquier controversia relacionada con los Derechos de Propiedad Intelectual, las Partes fijan su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten partes acuerdan someterse a la jurisdicción de sus los Tribunales Ordinarios de Justicia. / Para todos los efectos que se deriven de este Contrato, las Partes fijan su domicilio Federales Civiles y Comerciales con asiento en la ciudad y comuna Ciudad de SantiagoBuenos Aires. Cualquier dificultad Asimismo, cualquier controversia y/o controversia que se produzca entre las Partes en relación disputa derivada de o relacionada con incumplimientos del PRODUCTOR a lo establecido en el presente instrumento, será sometida a arbitraje, conforme al Reglamento vigente del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de la Cámara de Comercio de Santiago A.G., que, formando parte de integrante de este instrumento, las Partes declaran conocer y aceptar. Las Partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, tan pronto reciba una solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe a un árbitro mixto, es decir, arbitrador en cuanto al procedimiento y de derecho en cuanto al fallo, de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes y Mediaciones de esa Cámara, el que en todo caso deberá poseer el título de abogado. En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, por lo cual las Partes renuncian expresamente a ello. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción.]el

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Samples: Licensing Agreement