LICENCIAS CON GOCE XX XXXXXXX. Los trabajadores académicos tendrán derecho a disfrutar de licencias con goce xx xxxxxx, en los siguientes casos: 1. Hasta por ocho días hábiles en caso de enfermedad grave del cónyuge o hijos, debidamente comprobada. 2. Hasta por cinco días hábiles consecutivos para asuntos particulares debiéndose tramitar por el Jefe de Departamento al que esté adscrito, pudiéndose dirigir al inmediato jerárquico, en caso de que no se le atienda en forma oportuna. Estos permisos no podrán exceder de dos en un semestre. 3. Hasta por dos meses para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado que sean Pasantes de Licenciatura para la presentación de su examen profesional. Esta licencia podrá prorrogarse un mes más a 4. Para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado hasta por un semestre para la conclusión de la Tesis de Maestría o Doctorado o su respectivo examen de grado. 5. Se otorgarán licencias con goce xx xxxxxxx hasta por un año para estancias de investigación a los miembros del personal académico con grado de doctor. El Consejo Divisional decidirá sobre la solicitud que realice el interesado basado en el cumplimiento de los siguientes requisitos que serán avalados por la Dirección de Investigación y Posgrado de la Universidad: 5.1. Exista congruencia disciplinaria entre el área de trabajo del investigador y la investigación que realizará en su estancia. 5.2. Exista un proyecto de investigación avalado por la Institución receptora, del o los investigadores con los que trabajará el académico de la Universidad de Sonora, otorgándosele los créditos correspondientes a la Universidad de Sonora. 5.3. Se presente un plan de trabajo por parte del académico, avalado por el o los investigadores con los que laborará y la Institución receptora. 5.4. Exista aceptación de la institución receptora para que el trabajador académico realice su estancia de investigación. 5.5. Xxxxx transcurrido tres años o más de haber obtenido el grado de Doctor y haya laborado tres años consecutivos como académico, posteriores a la obtención de su grado de doctor. En caso de haber sido becado para la obtención de este grado, ya sea por la Universidad de Sonora u otro organismo que requiera el aval de la institución, por ser miembro de la misma, para el disfrute de esta licencia deberá laborar en la institución un tiempo igual al del disfrute de su beca, de acuerdo a los convenios suscritos para tal fin.
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LICENCIAS CON GOCE XX XXXXXXX. Los trabajadores académicos tendrán derecho a disfrutar de licencias con goce xx xxxxxx, xxxxxxx quincenal en los siguientes casos:
1. Hasta por ocho Por 5 días hábiles hábiles, en caso de enfermedad grave del hospitalización de padres, hijos, cónyuge o hijos, debidamente comprobadaconcubino (a).
2. Hasta por cinco Por 5 días hábiles consecutivos para asuntos particulares debiéndose tramitar por el Jefe caso de Departamento al que esté adscritomuerte de padres, pudiéndose dirigir al inmediato jerárquicohijos, cónyuge o concubino (a), y en el caso de que no se le atienda en forma oportuna. Estos permisos no podrán exceder la muerte sea de dos en un semestrehermanos, la licencia será otorgada por 3 días.
3. Hasta por dos meses para Por 3 días hábiles a los trabajadores académicos por tiempo indeterminado que sean Pasantes varones para el caso de Licenciatura para la presentación parto de su examen profesional. Esta licencia podrá prorrogarse un mes más acónyuge o concubina.
4. Por un día hábil para el cuidado de sus hijos menores de 12 años que reporten enfermedades que lo ameriten. Solo se podrá gozar de esta prestación dos veces al semestre por trabajador académico. Para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado hasta por un semestre para la conclusión puntos del uno al cuatro de esta cláusula, dentro de los tres días hábiles de la Tesis reincorporación al servicio, el trabajador académico acreditará el evento mediante los documentos que al efecto le sean expedidos por el ISSSTE o cualquier institución médica del sector salud, y para el caso de Maestría o Doctorado o su respectivo examen de gradodefunción con el acta oficial correspondiente.
5. Se otorgarán licencias Los trabajadores académicos agremiados al SITRAyD disfrutarán hasta de 9 días hábiles de permiso al año con goce xx xxxxxxx xxxxxxx, siendo hasta de 3 días cada permiso, para atender asuntos de carácter personal. El trámite deberá realizarse por conducto del sindicato, debiendo girar copia a la administración, con mínimo 3 días de anticipación. Limitándose a tres beneficiados por semana. Pudiendo rebasar el número de permisos solo en el caso de extrema urgencia de algún trabajador académico. Los permisos de extrema urgencia podrán solicitarse el mismo día a la administración, quedando sujetos a la autorización del director de plantel.
6. De hasta por un año tres días, por asistir el trabajador académico a diligencias judiciales o administrativas previo entrega del citatorio a la dirección del plantel siempre y cuando haya agotado sus días de permiso económico.
7. De hasta por tres días para estancias la realización de investigación a los miembros del personal académico con grado de doctor. El Consejo Divisional decidirá sobre gestiones necesarias ante la solicitud que realice el interesado basado en el cumplimiento de los siguientes requisitos que serán avalados por la Dirección de Investigación y Posgrado privación de la Universidad:
5.1. Exista congruencia disciplinaria entre el área libertad de trabajo del investigador y la investigación hijos, cónyuge y/o concubino, o padres, aportando los elementos de prueba que realizará acredite su intervención en su estancia.
5.2. Exista un proyecto de investigación avalado por la Institución receptora, del o los investigadores con los que trabajará el académico de la Universidad de Sonora, otorgándosele los créditos correspondientes primeros tres días posteriores a la Universidad de Sonora.
5.3. Se presente un plan de trabajo por parte del académicoreincorporación a sus actividades, avalado por el o los investigadores con los que laborará siempre y la Institución receptora.
5.4. Exista aceptación de la institución receptora para cuando se compruebe que el trabajador académico realice su estancia haya agotado sus días de investigación.
5.5permiso económico. Xxxxx transcurrido tres años o más de haber obtenido Para el grado de Doctor y haya laborado tres años consecutivos como académicocaso hermanos, posteriores quedará sujeta a la obtención de su grado de doctor. En caso de haber sido becado para la obtención de este grado, ya sea por la Universidad de Sonora u otro organismo que requiera el aval autorización de la institución, por ser miembro de la misma, para el disfrute de esta licencia deberá laborar en la institución un tiempo igual al dirección del disfrute de su beca, de acuerdo a los convenios suscritos para tal finplantel.
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LICENCIAS CON GOCE XX XXXXXXX. Los trabajadores académicos tendrán El personal académico tendrá derecho a disfrutar de licencias con goce xx xxxxxx, en los siguientes casos:
1. Hasta por ocho días hábiles en caso de enfermedad grave del cónyuge cónyuge, hijos o hijospadres, debidamente comprobada. Esta licencia se solicitará por escrito por el interesado o a través del Delegado Sindical respectivo, anexando la comprobación señalada, al Jefe de Departamento, quien, con base en la documentación, decidirá y comunicará por escrito al interesado y a la Dirección de Recursos Humanos, en un plazo que no excederá los dos días hábiles, contados a partir de que el jefe recibió la solicitud. En caso de que la solicitud sea urgente, porque la situación lo amerita, se le dará una respuesta en el menor tiempo posible. Cuando no exista respuesta por parte del Jefe de Departamento se entenderá que la licencia procede en los términos solicitados.
2. Hasta por cinco diez días hábiles consecutivos por semestre, distribuidos en un máximo de tres solicitudes que no podrán ser consecutivas. En ningún caso la solicitud excederá de 5 días hábiles. Esta licencia es para asuntos particulares debiéndose tramitar por el Jefe de Departamento al que esté adscrito, pudiéndose dirigir al inmediato jerárquico, en caso de que no se le atienda en forma oportuna. Estos permisos no podrán exceder de dos en un semestre.
3. Hasta por dos meses para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado que sean Pasantes de Licenciatura para la presentación de su examen profesional. Esta licencia podrá prorrogarse un mes más aa juicio del Consejo Divisional y estará sujeta al Reglamento que para tal efecto se elabore bilateralmente. En caso de no cumplir con el compromiso anterior, deberá efectuar la devolución de las remuneraciones que recibió, de la Universidad.
4. Para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado hasta por un semestre para la conclusión de la Tesis de Maestría o Doctorado o su respectivo examen de grado. Esta licencia podrá ser por un año en caso de que la descarga sea del 50% de la jornada completa en cada semestre.
5. Se otorgarán licencias con goce xx xxxxxxx hasta por un año para estancias de investigación a los miembros del personal académico con grado de doctor. El Consejo Divisional decidirá sobre la solicitud que realice el interesado basado en el cumplimiento de los siguientes requisitos que serán avalados por la Dirección Comisión de Investigación y Posgrado Presidentes de la Universidadacademias del Departamento de Adscripción del trabajador:
5.1. Exista congruencia disciplinaria entre el área de trabajo del investigador y la investigación que realizará en su estancia.
5.2. Exista un proyecto de investigación avalado por la Institución receptora, del o los investigadores con los que trabajará el académico de la Universidad de Sonora, otorgándosele los créditos correspondientes a la Universidad de Sonora.
5.3. Se presente un plan de trabajo por parte del académico, avalado por el o los investigadores con los que laborará y la Institución receptora.
5.4. Exista aceptación de la institución Institución receptora para que el trabajador académico realice su estancia de investigación.
5.5. Xxxxx transcurrido tres años o más de haber obtenido el grado de Doctor y haya laborado tres años consecutivos como académico, posteriores a la obtención de su grado de doctor. En caso de haber sido becado para
6. Hasta por cinco días hábiles en caso de fallecimiento del cónyuge, hijos o padres, debidamente comprobada.
7. Licencia con goce xx xxxxxxx a la madre trabajadora con hijos cuyas edades fluctúen entre cero y seis años. Esta licencia se solicitará por escrito por el interesado o a través del Delegado Sindical respectivo, en un plazo no mayor a tres días, anexando la constancia de cuidados maternos expedida por XXXXXXXXX, a la Jefatura de Departamento, quien la deberá turnar a la Dirección de Recursos Humanos para la obtención de este grado, ya sea por la Universidad de Sonora u otro organismo que requiera el aval de la institución, por ser miembro de la misma, para el disfrute de esta licencia deberá laborar en la institución un tiempo igual al del disfrute de su beca, de acuerdo a los convenios suscritos para tal finregistro.
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LICENCIAS CON GOCE XX XXXXXXX. Los trabajadores académicos tendrán derecho a disfrutar de licencias con goce xx xxxxxx, en los siguientes casos:
1. Hasta por ocho días hábiles en caso de enfermedad grave del cónyuge o hijos, debidamente comprobada. 1. Hasta por diez días hábiles en caso de enfermedad del cónyuge, hijos o padres, debidamente comprobada. No se acepta la modificación a este numeral. Esta licencia se solicitará por escrito por el interesado o a través del Delegado Sindical respectivo, anexando la comprobación señalada, al Jefe de Departamento, quien, con base en la documentación, decidirá y comunicará por escrito al interesado y a la Dirección de Recursos Humanos, en un plazo que no excederá los dos días hábiles, contados a partir de que el jefe recibió la solicitud. En caso de que la solicitud sea urgente, porque la situación lo amerita, se le dará una respuesta en el menor tiempo posible. Cuando no exista respuesta por parte del Jefe de Departamento se entenderá que la licencia procede en los términos solicitados. Esta licencia se ejercerá por el interesado(a) con solo notificar por escrito o por correo electrónico al Jefe de Departamento, quien comunicará por escrito a la Dirección de Recursos Humanos. En caso de ser necesario, la notificación la podrá realizar el delegado sindical respectivo a nombre del interesado(a). No se acepta la modificación de este párrafo.
2. Hasta por cinco días hábiles consecutivos para asuntos particulares debiéndose tramitar por el Jefe de Departamento al que esté adscrito, pudiéndose dirigir al inmediato jerárquico, en caso de que no se le atienda en forma oportuna. Estos permisos no podrán exceder de dos en un semestre. 2. Hasta por diez días hábiles por semestre, distribuidos en una o varias solicitudes, para asuntos particulares debiéndose tramitar por el Jefe de Departamento al que esté adscrito, pudiéndose dirigir al inmediato jerárquico, en caso de que no se le atienda en forma oportuna. No se acepta la modificación a este numeral. Esta licencia se solicitará por escrito por el interesado o el delegado sindical respectivo, ante el Jefe de Departamento, quien decidirá y comunicará por escrito al interesado y a la Dirección de Recursos Humanos en un plazo máximo de dos días hábiles, contados a partir de que el jefe de departamento recibió la petición. En caso de que no exista respuesta por parte del jefe de departamento se entenderá que la licencia procede en los términos solicitados. Esta licencia se ejercerá por el interesado(a) con solo notificar por escrito o por correo electrónico al Jefe de Departamento, quien comunicará por escrito a la Dirección de Recursos Humanos. En caso de ser necesario, la notificación la podrá realizar el delegado sindical respectivo a nombre del interesado(a). No se acepta la modificación de este párrafo.
3. Hasta por dos meses para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado que sean Pasantes de Licenciatura para la presentación de su examen profesional. Esta licencia podrá prorrogarse un mes más aa juicio del Consejo Divisional y estará sujeta al Reglamento que para tal efecto se elabore bilateralmente. En caso de no cumplir con el compromiso anterior, deberá efectuar la devolución de las remuneraciones que recibió, de la Universidad.
4. Para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado hasta por un semestre para la conclusión de la Tesis de Maestría o Doctorado o su respectivo examen de grado. Esta licencia podrá ser por un año en caso de que la descarga sea del 50% de la jornada completa en cada semestre. Esta licencia será concedida una sola vez por cada grado, siempre que demuestre que la tesis y el examen de grado se concluyeron en dicho período. Esta licencia será disfrutada por el maestro, del inicio de un semestre al inicio del siguiente, con el fin de no afectar los cursos de su Departamento. De no concluirse el trabajo para el cual se otorga la licencia, el beneficiario de esta prestación queda obligado a reintegrar los salarios devengados por dicha licencia, excepto que medie causa justificada, la cual deberá ser analizada y dictaminada por CMGFSPA.
5. Se otorgarán licencias con goce xx xxxxxxx hasta por un año para estancias de investigación a los miembros del personal académico con grado de doctor. El Consejo Divisional decidirá sobre la solicitud que realice el interesado basado en el cumplimiento de los siguientes requisitos que serán avalados por la Dirección Comisión de Investigación y Posgrado Presidentes de la Universidadacademias del Departamento de Adscripción del trabajador:
5.1. Exista congruencia disciplinaria entre el área de trabajo del investigador y la investigación que realizará en su estancia.
5.2. Exista un proyecto de investigación avalado por la Institución receptora, del o los investigadores con los que trabajará el académico de la Universidad de Sonora, otorgándosele los créditos correspondientes a la Universidad de Sonora.
5.3. Se presente un plan de trabajo por parte del académico, avalado por el o los investigadores con los que laborará y la Institución receptora.
5.4. Exista aceptación de la institución Institución receptora para que el trabajador académico realice su estancia de investigación.
5.5. Xxxxx transcurrido tres años o más de haber obtenido el grado de Doctor y haya laborado tres años consecutivos como académico, posteriores a la obtención de su grado de doctor. En caso de haber sido becado para la obtención de este grado, ya sea por la Universidad de Sonora u otro organismo que requiera el aval de la instituciónInstitución, por ser miembro de la misma, para el disfrute de esta licencia deberá laborar en la institución Institución un tiempo igual al del disfrute de su beca, de acuerdo a los convenios suscritos para tal fin. La Comisión Mixta General de Formación y Superación del Personal Académico elaborará los lineamientos para la asignación de las licencias establecidas en los puntos 3 y 4 de la presente Cláusula, en un plazo que no exceda 30 días hábiles, contados a partir de la firma de Convenio de la presente Revisión Contractual. Durante el goce de estas licencias el trabajador académico mantendrá todos los derechos y prestaciones.
6. Para los trabajadores académicos que por motivo de enfermedad de un hijo(a) presenten documento de cuidados maternos o paternos por parte del ISSSTESON o médico particular. No se acepta la inclusión de este numeral.
7. Para los trabajadores académicos con hijos(as) en el CDI, cuando éste suspenda sus servicios por cualquier motivo. No se acepta la inclusión de este numeral.
8. Hasta por diez días hábiles en caso de fallecimiento de un familiar en línea directa, debidamente comprobado. No se acepta la inclusión de este numeral.
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LICENCIAS CON GOCE XX XXXXXXX. Los trabajadores académicos tendrán derecho a disfrutar de licencias con goce xx xxxxxx, en los siguientes casos:
1. Hasta por ocho días hábiles en caso de enfermedad grave del cónyuge o hijos, debidamente comprobada.
2. Hasta por cinco días hábiles consecutivos para asuntos particulares debiéndose tramitar por el Jefe de Departamento al que esté adscrito, pudiéndose dirigir al inmediato jerárquico, en caso de que no se le atienda en forma oportuna. Estos permisos no podrán exceder de dos en un semestre.
3. Hasta por dos meses para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado que sean Pasantes de Licenciatura para la presentación de su examen profesional. Esta licencia podrá prorrogarse un mes más aa juicio del Consejo Divisional y estará sujeta al Reglamento que para tal efecto se elabore bilateralmente. En caso de no cumplir con el compromiso anterior, deberá efectuar la devolución de las remuneraciones que recibió, de la Universidad.
4. Para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado hasta por un semestre para la conclusión de la Tesis de Maestría o Doctorado o su respectivo examen de grado.
5. Se otorgarán licencias con goce xx xxxxxxx hasta por un año para estancias de investigación a los miembros del personal académico con grado de doctor. El Consejo Divisional decidirá sobre la solicitud que realice el interesado basado en el cumplimiento de los siguientes requisitos que serán avalados por la Dirección de Investigación y Posgrado de la Universidad:
5.1. 5.1 Exista congruencia disciplinaria entre el área de trabajo del investigador y la investigación que realizará en su estancia.
5.2. 5.2 Exista un proyecto de investigación avalado por la Institución receptora, del o los investigadores con los que trabajará el académico de la Universidad de Sonora, otorgándosele los créditos correspondientes a la Universidad de Sonora.
5.3. 5.3 Se presente un plan de trabajo por parte del académico, avalado por el o los investigadores con los que laborará y la Institución receptora.
5.4. 5.4 Exista aceptación de la institución receptora para que el trabajador académico realice su estancia de investigación.
5.5. Xxxxx 5.5 Hayan transcurrido tres años o más de haber obtenido el grado de Doctor y haya laborado tres años consecutivos como académico, posteriores a la obtención de su grado de doctor. En caso de haber sido becado para la obtención de este grado, ya sea por la Universidad de Sonora u otro organismo que requiera el aval de la institución, por ser miembro de la misma, para el disfrute de esta licencia deberá laborar en la institución un tiempo igual al del disfrute de su beca, de acuerdo a los convenios suscritos para tal fin.
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LICENCIAS CON GOCE XX XXXXXXX. Los trabajadores académicos tendrán derecho a disfrutar de licencias con goce xx xxxxxx, en los siguientes casos:
1. Hasta por ocho días hábiles en caso de enfermedad grave del cónyuge o hijos, debidamente comprobada.
2. Hasta por cinco días hábiles consecutivos para asuntos particulares debiéndose tramitar por el Jefe de Departamento al que esté adscrito, pudiéndose dirigir al inmediato jerárquico, en caso de que no se le atienda en forma oportuna. Estos permisos no podrán exceder de dos en un semestre.
3. Hasta por dos meses para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado que sean Pasantes de Licenciatura para la presentación de su examen profesional. Esta licencia podrá prorrogarse un mes más aa juicio del Consejo Divisional y estará sujeta al Reglamento que para tal efecto se elabore bilateralmente. En caso de no cumplir con el compromiso anterior, deberá efectuar la devolución de las remuneraciones que recibió, de la Universidad.
4. Para los trabajadores académicos por tiempo indeterminado hasta por un semestre para la conclusión de la Tesis de Maestría o Doctorado o su respectivo examen de grado. Esta licencia podrá ser por un año en caso de que la descarga sea del 50% de la jornada completa en cada semestre.
5. Se otorgarán licencias con goce xx xxxxxxx hasta por un año para estancias de investigación a los miembros del personal académico con grado de doctor. El Consejo Divisional decidirá sobre la solicitud que realice el interesado basado en el cumplimiento de los siguientes requisitos que serán avalados por la Dirección Comisión de Investigación y Posgrado Presidentes de la Universidadacademias del Departamento de Adscripción del trabajador:
5.1. Exista congruencia disciplinaria entre el área de trabajo del investigador y la investigación que realizará en su estancia.
5.2. Exista un proyecto de investigación avalado por la Institución receptora, del o los investigadores con los que trabajará el académico de la Universidad de Sonora, otorgándosele los créditos correspondientes a la Universidad de Sonora.
5.3. Se presente un plan de trabajo por parte del académico, avalado por el o los investigadores con los que laborará y la Institución receptora.
5.4. Exista aceptación de la institución receptora para que el trabajador académico realice su estancia de investigación.
5.5. Xxxxx transcurrido tres años o más de haber obtenido el grado de Doctor y haya laborado tres años consecutivos como académico, posteriores a la obtención de su grado de doctor. En caso de haber sido becado para la obtención de este grado, ya sea por la Universidad de Sonora u otro organismo que requiera el aval de la institución, por ser miembro de la misma, para el disfrute de esta licencia deberá laborar en la institución un tiempo igual al del disfrute de su beca, de acuerdo a los convenios suscritos para tal fin.
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