LICITACIÓN DESIERTA Y CANCELACIÓN Cláusulas de Ejemplo

LICITACIÓN DESIERTA Y CANCELACIÓN. Se deberá declarar desierta esta Licitación, cuando: X. Xxxxxxx persona se hubiere registrado para participar en la Apertura de Propuestas; o B. Una vez realizada la apertura técnica, no se cuente con, por lo menos, una Propuesta que reúna los requisitos de las presentes Bases o que los precios no fueran aceptables. El Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento de Bienes Muebles y Contratación de Servicios podrá cancelar la Licitación, cuando: A. Se presenten casos fortuitos o fuerza mayor; B. Se extinga la necesidad para adquirir o arrendar los bienes muebles o contratar la prestación de servicios; o C. Se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Erario Estatal.
LICITACIÓN DESIERTA Y CANCELACIÓN. SE DEBERÁ DECLARAR DESIERTA ESTA LICITACIÓN, CUANDO: A. NINGUNA PERSONA SE HUBIERE REGISTRADO PARA PARTICIPAR EN LA APERTURA DE PROPUESTAS; O B. UNA VEZ REALIZADA LA APERTURA TÉCNICA, NO SE CUENTE CON, POR LO MENOS, UNA PROPUESTA QUE REÚNA LOS REQUISITOS DE LAS PRESENTES BASES O QUE LOS PRECIOS NO FUERAN ACEPTABLES A. SE PRESENTEN CASOS FORTUITOS O FUERZA MAYOR, DEBIDAMENTE ACREDITADOS; B. SE EXTINGA LA NECESIDAD PARA ADQUIRIR O ARRENDAR LOS BIENES MUEBLES O CONTRATAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS; O C. SE PUDIERA OCASIONAR UN DAÑO O PERJUICIO AL ERARIO ESTATAL.
LICITACIÓN DESIERTA Y CANCELACIÓN. Se deberá declarar desierta esta licitación, cuando: A) Ninguna persona se hubiere registrado para participar en la apertura de propuestas; B) Una vez realizada la apertura técnica, no se cuente con, por lo menos, una propuesta que reúna los requisitos de las presentes bases; C) Que los precios no fueran aceptables en base a los xxx xxxxxxx. A) Se presenten casos fortuitos o fuerza mayor; B) Se extinga la necesidad para adquirir o arrendar los bienes muebles o contratar la prestación de servicios; C) Se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al erario estatal.
LICITACIÓN DESIERTA Y CANCELACIÓN. Se deberá declarar desierta esta Licitación, cuando: X. Xxxxxxx persona se hubiere registrado para participar en la Apertura de Propuestas; o B. Una vez realizada la apertura técnica, no se cuente con, por lo menos, una Propuesta que reúna los requisitos de las presentes Bases o que los precios no fueran aceptables. A. Se presenten casos fortuitos o fuerza mayor; B. Se extinga la necesidad para adquirir o arrendar los bienes muebles o contratar la prestación de servicios; o C. Se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Erario Estatal.

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  • LICITACIÓN DESIERTA No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego (Art. 151.3 TRLCSP).

  • CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN Se podrá cancelar la presente Licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, cuando: 1. Se presente caso fortuito o fuerza mayor; o 2. Cuando existan circunstancias justificadas, que modifiquen o extingan la necesidad objeto de la Licitación, o que de continuarse con el procedimiento licitatorio, se ocasionaría algún daño o perjuicio a la Dependencia o Entidad solicitante.

  • DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Se podrá declarar desierta la licitación cuando: 32.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación; 32.2. Los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para CFE o convenientes si así lo considera la convocante; o 32.3. Ninguna proposición sea recibida a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.

  • Devolución y cancelación de la garantía definitiva Aprobada la liquidación del contrato, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva y trascurrido, en su caso, el plazo de garantía de los servicios determinado en el apartado 5 del Anexo I al presente pliego, se dictará acuerdo de devolución de aquélla. Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, o seis meses en el caso de que el importe del contrato sea inferior a 100.000 euros, o cuando las empresas licitadoras reúnan los requisitos de pequeña o mediana empresa (definida según lo establecido en el Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 xx xxxxxx de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado y no estén controladas directa o indirectamente por otra empresa que no cumpla tales requisitos), sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 65.3 del RGLCAP. En el supuesto de que se hubiesen establecido recepciones parciales, se estará a lo indicado en el apartado 4 del Anexo I al presente pliego respecto de la cancelación parcial de la garantía.

  • CANCELACIÓN DE LA FIANZA Para la liberación de esta póliza de fianza, es requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la contratante. La fianza de cumplimiento se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el contrato.

  • Información Específica De La Licitación “Los recursos presupuestarios a ejercer con motivo de la presente licitación, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente el Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para el Instituto Mexicano del Seguro Social.” A efecto de dar cumplimiento a lo que dispone la Ley del Seguro Social (LSS) en sus artículos 261, 262, 268, fracción VI, 273, y Tercero Transitorio de la reforma del 12 xx xxxxxx de 2004, el IMSS debe elaborar anualmente los cuatro documentos que se indican enseguida: i) Estados Financieros Auditados; ii) Informe al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión Sobre la Situación Financiera y los Riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social; iii) Informe Financiero y Actuarial; y, iv) Estudio actuarial para valuar la suficiencia financiera del fondo destinado a cubrir los pagos futuros de las pensiones provenientes de los trabajadores del IMSS que fueron contratados bajo las condiciones del “Convenio Adicional para las Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de Base de Nuevo Ingreso”, conforme al artículo 286 K de la LSS. Para elaborar los documentos de referencia, con corte al 31 de diciembre de 2012, se requerirá contar con los siguientes estudios actuariales y financieros: Valuación Actuarial del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP) y Prima de Antigüedad e Indemnizaciones de los Trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social, Bajo la Norma de Información Financiera D-3 (NIF D-3) “Beneficios a los Empleados”, al 31 de diciembre 2012 y proyecciones para 2013. Estudio Actuarial para Medir la Suficiencia Financiera de la Subcuenta 2 del Fondo para el Cumplimiento de Obligaciones Laborales de Carácter Legal o Contractual (FCOLCLC), al 31 de diciembre de 2012. Auditoría a la Valuación Financiera y Actuarial del Instituto Mexicano del Seguro Social, al 31 de diciembre de 2012.

  • Datos de la Licitación (DDL) Esta sección contiene disposiciones específicas para la Contratación del Servicios, y complementa la Sección I, Instrucciones a los Oferentes.

  • Proceso de Licitación Procedimiento Restringido Tramitación Ordinaria Presentación de la oferta Electrónica Sistema de Contratación No aplica Detalle de la Licitación: Entidad Adjudicadora Tipo de Administración Administración General del Estado Actividad Principal 2 - Defensa Tipo de Entidad Adjudicadora Órgano de Contratación Perfil del Contratante Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España ES618 Contacto Teléfono 000000000 Fax 000000000 Correo Electrónico xxx00xxxxxxxxxxxx@xxx.xx Proveedor de Pliegos Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Proveedor de Información adicional Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Plazo de Obtención de Pliegos Hasta el 03/02/2021 a las 23:59 Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Recepción de Ofertas Jefatura de la Sección Económico Administrativa 24 de la Base Aérea xx Xxxxx Dirección Postal Base Aérea xx Xxxxx - Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx-Xxxxx x/n (41530) Morón de la Frontera España Plazo de Presentación de Oferta Hasta el 19/02/2021 a las 23:59 Observaciones: Este contrato no está sujeto a regulación armonizada al no superar el umbral del art. 20.1 LCSP. Se ha señalado la pestaña se XXXX a efectos de publicación en el DOUE conforme a la disposición trigésimo sexta LCSP.

  • CLASIFICACIÓN DE LOS LICITADORES Para ser adjudicatario del presente contrato no es preciso estar en posesión de clasificación empresarial alguna, sin perjuicio de acreditar la correspondiente solvencia económica, financiera y técnica, por los medios establecidos en la cláusula 4.2 del presente pliego.

  • Licitación Pública De conformidad con el art. 2 de la ley 1150 de 2007, la licitación pública es la regla general de la contratación y las demás modalidades constituyen la excepción. Se contrata por esta modalidad:  Cuando el objeto del contrato sea complejo y de mayor cuantía.  Cuando el contrato sea de obra y de mayor cuantía  Cuando el objeto a contratar incluya además de servicios de consultoría, otras prestaciones como diseño y construcción de obra, etc. Cuando se trate de contratos de concesión Procedimiento: a) Análisis del sector relativo al objeto del contrato. El Municipio debe efectuar un análisis del sector relativo al objeto del proceso contractual desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica y de análisis de riesgo. Así mismo es su obligación, dejar constancia de este análisis en el expediente del proceso contractual (art. 15 Decreto 1510 de 2013). b) Elaboración de los Estudios y documentos previos. Agotados los pasos incluidos en la planeación de la contratación (determinación de la necesidad de contratar, estudios, diseños, planos, licencias, permisos o autorizaciones, consulta de precios xx xxxxxxx etc., y expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal) la Secretaría de Despacho (Oficina Gestora) responsable del proceso, elabora el documento denominado Estudios y documentos previos, siguiendo el cumplimiento de los requisitos señalados en el art. 20 del Decreto 1510 de 2013 y el Manual para la identificación y cobertura del riesgo implementado por la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente, publicada con la Circular No. 5 de 16 de Septiembre de 2013 . c) Convocatoria a Veedurías d) Designación del Comité evaluador. Art. 27 del Decreto 1510 de 2013. e) Publicación de avisos en la web del Municipio xxx.Xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en el SECOP, con intervalos entre dos y cinco días calendario, art. 224 del Decreto 19 de 2012 f) Aviso de convocatoria. Debe reunir los requisitos previstos en el art. 21 del Decreto 1510 de 2013. g) Publicación del Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones. –Art. 19 del Decreto 1510 de 2013 h) Observaciones al Proyecto xx xxxxxx de condiciones. Conforme a lo previsto en el art. 23 del Dec.1510 de 2013, de acuerdo al cronograma de la contratación, contenido en el proyecto xx xxxxxx y dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación, el Municipio recibirá observaciones al proyecto, las cuales serán íntegramente respondidas. Tanto las observaciones como las respuestas serán publicadas en el SECOP i) Acto Administrativo de Apertura. Debe llenar los requisitos establecidos en el art. 24 del Dec.1510 de 2013. j) Pliego de condiciones definitivo. El pliego de condiciones definitivo debe contener los requisitos mínimos exigidos en el art. 22 del Decreto 1510 de 2013. El Municipio podrá incluir modificaciones al pliego de acuerdo con observaciones recibidas al proyecto o las que requiera la administración k) Visita técnica al lugar de ejecución del contrato si a ello hubiere lugar. Si el Municipio lo encuentra pertinente, determinará la fecha de la visita dentro del cronograma de actividades del proceso contractual señalado en el pliego. l) Audiencia de asignación de riesgos. Es de carácter obligatorio. El Municipio debe presentar el análisis de riesgos efectuado, la Matriz de riesgos incluida en el pliego para realizar la revisión de la asignación de riesgos definitiva. (arts.17y39Dec.1510de2013) En esta audiencia se puede tratar el tema relacionado con el contenido y alcance xxx xxxxxx de condiciones, solo a solicitud de un interesado. m) Plazo de la licitación. Comprende el momento a partir del cual se pueden presentar propuestas, hasta el cierre de la licitación. (art. 30 No. 5 ley 80 de 1993). Este plazo debe estar definido en el cronograma del proceso licitatorio. n) Observaciones al pliego de condiciones definitivo. De acuerdo al cronograma de la contratación, la entidad recibirá observaciones al pliego, las cuales serán íntegramente respondidas. Tanto las observaciones como las respuestas serán publicadas en el SECOP. o) Modificación al pliego de condiciones. El pliego podrá ser modificado mediante adendas, conforme lo dispuesto en el Art. 25 del Decreto 1510 de 2013