Descripción. El indicado en el apartado 3 del CR del presente PCAP, determinado conforme al artículo 99 de la LCSP, sin perjuicio de que el detalle, las características y la forma de hacer efectiva la prestación, serán los que se establecen en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Descripción a) CARACTERÍSTICAS ESTUDIO:
1. NOM-009-SCFI-1993- Instrumentos de medición esfigmomanómetros de columna de mercurio y de elemento sensor elástico para medir la presión sanguínea del cuerpo humano.
2. Leche en polvo o deshidratada como materia prima – Especificaciones y Método de prueba.
3. Instrumentos de medición- básculas de pesaje dinámico.
4. Medición de Flujo de Agua en Conductos Cerrados de Sistemas Hidráulicos – Medidores para Agua Potable Fría y Caliente-Requisitos Técnicos y Metrológicos (Cancelará a la NOM-012-SCFI-1994).
5. NOM-184-SCFI-2016, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización y/o prestación de los servicios de telecomunicaciones cuando utilicen una red pública de telecomunicaciones. 1 xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx.xxxx?xxxxxxxxx=00 y xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx/ El texto completo de cada uno de los anteproyectos de NOM´s se indica en el anexo I del presente Anexo 1 Anexo Técnico, el cual puede sufrir modificaciones derivado del consenso de los diferentes sectores que integran el trabajo del grupo encargado de su elaboración, conforme a lo dispuesto por los artículos 39 fracción V, 40, 46 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, las MIR deberán considerar estas adecuaciones, comprometiéndose la convocante a entregar la versión definitiva al licitante adjudicado al inicio de la prestación del servicio.
1) Analizar cada uno de los anteproyectos de NOM´s a fin de determinar el tipo de MIR que se requiere para cada uno de ellos.
2) Definir el problema y objetivos generales de cada anteproyecto de NOM´s.
3) Identificar posibles alternativas de los anteproyectos de NOM´s.
4) Identificar el impacto de la regulación de los anteproyectos de NOM´s.
5) Identificar toda la información para la elaboración de las MIR.
6) Elaborar el estudio costo-beneficio de cada uno de los anteproyectos de NOM´s.
7) Elaborar la MIR de cada uno de los anteproyectos de NOM´s con base en el análisis efectuado.
Descripción. La descripción del (los) lote(s) que le corresponda(n) al (a los) bien(es) propuesto(s) anotándola, conforme se indica en el anexo número 1 (uno) de estas bases. Nombre(s) del (os) 11 fabricante(s) Solo aplica licitantes distribuidores. En este espacio deberá anotar para cada uno de los servicios propuestos el nombre del fabricante 12 Nombre y firma del Representante legal. NOMBRE DEL SOLICITANTE R.F.C. DOMICILIO: FABRICANTE: NO APLICA DISTRIBUIDOR: R.F.C. LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚM. FECHA DÍA MES AÑO NOMBRE DEL LICITANTE R.F.C FABRICANTE DISTRIBUIDOR NÚMERO DE RECIBO DE COMPRA DE BASES SEP NÚMERO DE SERVICOS QUE PROPONE SUMA TOTAL DEL IMPORTE DE LOS SERVICIOS PROPUESTOS $ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DEL LICITANTE. Este formato es a manera enunciativa y el licitante podrá realizar su propuesta de acuerdo a sus necesidades siempre y cuando cumpla con lo requerimientos de la convocante en este anexo y lo establecido en el Anexo 1 (Técnico) en el apartado No. 6. En mi carácter de productor y/o fabricante, de conformidad con lo indicado en las bases de la presente licitación, bajo protesta de decir verdad, manifestamos a ustedes que nuestro distribuidor o comercializador autorizado a partir de esta fecha y hasta que la misma no sea cancelada, es la empresa (Nombre de la empresa participante), quien esta facultada para proponer nuestro(s) producto(s), así mismo manifestamos bajo protesta de decir verdad que conocemos y cumplimos con lo señalado en los documentos denominados en el inciso (a) y que garantizamos el abasto para cubrir las necesidades de la presente licitación en caso de ser adjudicado nuestro distribuidor o comercializador tanto en cantidad como en calidad de los productos propuestos en el inciso (b).
Descripción. Con respecto a la Liberalización de las inversiones – Acceso a los mercados, Trato nacional, Altos directivos y consejos de administración y Comercio transfronterizo de servicios – Acceso a los mercados: En CY: Se requiere la nacionalidad de un Estado miembro para los propietarios y accionistas mayoritarios de un centro de financiación privada. Los nacionales de Nueva Zelanda pueden obtener autorización del ministro (de Educación) con arreglo a la forma y las condiciones especificadas. Medidas: CY: Ley de Centros Docentes Privados de 2019 [N. 147(I)/2019], en su versión modificada; Ley sobre los Centros de Educación Superior de 1996 [n.º 67(I)/1996], en su versión modificada; Ley de Universidades Privadas (Establecimiento, Funcionamiento y Control) de 2005 [N. 109 (I)/2005], en su versión modificada; y Ley de garantía de calidad y acreditación en la educación superior y de creación y funcionamiento de una agencia de asuntos relacionados [Ν. 136(Ι)/2015], en su versión modificada. Con respecto a la Liberalización de las inversiones – Acceso a los mercados, Trato nacional y Comercio transfronterizo de servicios – Acceso a los mercados, Trato nacional: En BG: La prestación de servicios de enseñanza primaria y secundaria de financiación privada solo podrá ser ofertada por personas jurídicas autorizadas con arreglo al Derecho búlgaro o a la legislación de un Estado miembro. Asimismo, se podrán crear o transformar centros de educación infantil, primaria y secundaria extranjeros a petición de personas jurídicas extranjeras, de conformidad con los convenios y acuerdos internacionales pertinentes. Los centros de enseñanza superior extranjeros no podrán crear filiales en el territorio de Bulgaria. Dichos centros podrán crear facultades, departamentos, institutos y escuelas en Bulgaria, pero únicamente dentro de la estructura de los centros de enseñanza superior búlgaros y en cooperación con estos (CCP 921, 922). Medidas: BG: Ley de Educación Preescolar y Escolar; y Ley de Enseñanza Superior, apartado 4 de las disposiciones adicionales. Con respecto a la liberalización de las inversiones – Acceso a los mercados, Trato nacional: En SI: Únicamente podrán fundar centros privados de enseñanza primaria las personas eslovenas. El proveedor de estos servicios deberá establecer su domicilio social o una sucursal en Eslovenia (CCP 921). Medidas: SI: Ley de Organización y Financiación de la Educación (Boletín Oficial n.º 12/1996 de la República de Eslovenia) y sus revisiones, ...
Descripción. El archivo electrónico o sobre nº 1 será el correspondiente a la documentación administrativa y de solvencia que deberá presentar todo licitador. Su contenido y cumplimentación se ajustará a lo establecido en la Cláusula siguiente.
Descripción. El archivo electrónico o sobre nº 2 será el correspondiente a la documentación relativa a los criterios evaluables mediante fórmulas. Su contenido y cumplimentación se ajustará a lo establecido en la Cláusula siguiente.
Descripción. Esta cobertura deberá ser solicitada durante el periodo de vigencia de la presente póliza de seguro de Asistencia Sanitaria y a tenor de las definiciones que se detallan a continuación:
a) Segunda Opinión Médica de las patologías descritas dentro de este contrato en el apartado Segunda Opinión Médica con especialistas del máximo prestigio nacional e internacional. Sin necesidad de desplazamiento y con respuesta en un plazo xx xxxx días laborables, a contar desde la fecha en que el Asegurado envía cumplimentado el formulario de solicitud de Segunda Opinión Médica y la documentación correspondiente. Apoyo al paciente, si este lo estima oportuno, con posterioridad a la tramitación de la Segunda Opinión Médica.
b) Selección de expertos y centros hospitalarios: Selección y referencia de expertos médicos y centros hospitalarios nacionales e internacionales. Asesoramiento referente a la atención médica que recibirá en centros hospitalarios nacionales e internacionales.
c) En aquellos casos en los que el Asegurado considere oportuna la prestación de servicios médicos fuera de la lista de facultativos y centros concertados del Asegurador, se prestará un servicio de Administración de Gastos que consistirá en: Gestión de citas con médicos nacionales e internacionales fuera de la lista del Asegurador. Obtención de presupuestos y costes estimados de hospitalización. Trámites de admisión en hospitales nacionales e internacionales. Coordinación del traslado del paciente (reservas, ambulancia aérea y terrestre y servicio de traducciones).
Descripción. A) Características del servicio Consideraciones generales para la prestación del servicio a Equipos de aire acondicionado
a) El licitante adjudicado efectuará el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de conformidad con la periodicidad y actividades que se indican en este Anexo 1 Anexo Técnico, considerando lo siguiente:
b) Atenderá las 24 horas del día, durante la vigencia del instrumento jurídico, los reportes de mantenimiento correctivo que se requieran, en un plazo no mayor de 24 horas, posteriores a la recepción del mismo. Por su parte, el administrador del inmueble, firmará de recibido el trabajo realizado, a entera satisfacción.
c) El licitante adjudicado se obliga a dejar el lugar en donde se ejecutaron los trabajos en las mismas condiciones en que los recibió. Por consiguiente, se entenderá como no terminado el servicio en tanto la empresa no entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, etc. El tiempo que utilice la empresa en el cumplimiento de esta disposición correrá por su cuenta. En el supuesto de que la empresa se negará a hacer la limpieza del área, la Secretaría, por su conducto o mediante la contratación de terceros llevará a cabo los trabajos de limpieza correspondiente, corriendo a cargo de la empresa el pago de los mismos, quedando asentada esta circunstancia en la bitácora.
d) El licitante adjudicado realizará los estudios de mantenimiento mayor, en caso de existir daños o anomalías importantes en los equipos de aire acondicionado, que impidan su buen funcionamiento. Establecerá las medidas de mantenimiento contingentes que considere pertinentes, para el óptimo funcionamiento de los mismos. Por lo que el licitante adjudicado deberá entregar un informe detallado en el que exponga la situación existente de los equipos, con la justificación de la atención requerida, la propuesta de solución y el importe propuesto de la reparación, a fin de que la Secretaría proceda a su revisión para tomar la decisión pertinente.
Descripción. 1 Señalar la fecha de suscripción del documento. 2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.
Descripción. El acoso y la violencia se deben al comportamiento inaceptable de uno o más individuos y pueden adoptar diversas formas, algunas de las cuales se pueden identificar más fácilmente que otras. El ambiente del trabajo puede influir en la exposición de las personas al acoso y a la violencia, por lo que podríamos decir que: – Constituye acoso toda conducta sistemática y prolongada que se ejerce sobre una/s persona/s en el desempeño de su trabajo y que tenga como objetivo y/o consecuencia atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, degradante, humillante u ofensivo. – Existe violencia cuando uno o más trabajadores o directivos son agredidos en el seno de una relación de trabajo. El acoso y la violencia pueden ser realizadas por uno o más trabajadores, con el propósito o el efecto de violar la dignidad del superior o trabajador, afectando a su salud y/o creando un ambiente hostil en el trabajo.