Liquidación de las obras. La liquidación definitiva de las obras deberá realizarse en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de Recepción de las obras, levantándose la correspondiente acta de liquidación en la que se establecerá el saldo resultante que corresponda con ocasión de la liquidación de los seguros, costes de los ensayos, etc. En el caso de obras cuyo valor estimado supere los doce millones de euros en las que las operaciones de liquidación y medición fueran especialmente complejas, el plazo para la aprobación de la certificación final será de 5 meses. En caso de que el saldo sea favorable al Contratista, éste se abonará en el plazo máximo de 1 mes a contar desde el Acta de Liquidación, en la misma forma que las certificaciones de obra. En el momento de la liquidación de las obras se facturará el 100% de la obra ejecutada, aun cuando pueda quedar pendiente la devolución de retenciones en concepto de garantías complementarias.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Liquidación de las obras. 95.1.- La liquidación definitiva de las obras deberá realizarse en el plazo máximo de tres meses 1 año a contar desde la fecha de Recepción de las obras, levantándose la correspondiente acta de liquidación en la que se establecerá el saldo resultante que corresponda con ocasión de la liquidación de los seguros, costes de los ensayos, etc. En el caso de obras cuyo valor estimado supere los doce millones de euros en las que las operaciones de liquidación y medición fueran especialmente complejas, el plazo para la aprobación de la certificación final será de 5 meses. …
95.2.- En caso de que el saldo sea favorable al Contratista, éste se abonará en el plazo máximo de 1 mes a contar desde el Acta de Liquidación, en la misma forma que las certificaciones de obra. .
95.3.- En el momento de la liquidación de las obras se facturará el 100% de la obra ejecutada, aun aún cuando pueda quedar pendiente la devolución de retenciones en concepto de garantías complementarias.
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Samples: Contract for Urbanization Works, Contract for Urbanization Works
Liquidación de las obras. 95.1.- La liquidación definitiva de las obras deberá realizarse en el plazo máximo de tres meses 1 año a contar desde la fecha de Recepción de las obras, levantándose la correspondiente acta de liquidación en la que se establecerá el saldo resultante que corresponda con ocasión de la liquidación de los seguros, costes de los ensayos, etc. En el caso de obras cuyo valor estimado supere los doce millones de euros en las que las operaciones de liquidación y medición fueran especialmente complejas, el plazo para la aprobación de la certificación final será de 5 meses. .
95.2.- En caso de que el saldo sea favorable al Contratista, éste se abonará en el plazo máximo de 1 mes a contar desde el Acta de Liquidación, en la misma forma que las certificaciones de obra. .
95.3.- En el momento de la liquidación de las obras se facturará el 100% de la obra ejecutada, aun cuando pueda quedar pendiente la devolución de retenciones en concepto de garantías complementarias.
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Samples: Contract for Urbanization Works