Common use of MANDATO Clause in Contracts

MANDATO. Para la compra y venta de acciones, ETFs, bonos, títulos de crédito, cuotas de fondos de inversión abiertos o cerrados y en general todo tipo de valores de mercados extranjeros objeto del presente contrato, y de acuerdo con la circular número 1.046 de la CMF el Cliente deberá firmar un formulario por cada transacción de Valores que desee realizar a través de VECTOR CAPITAL. Por el presente instrumento, el Cliente como Mandante otorga un mandato especial, pero tan amplio como en derecho sea procedente y se requiera, a VECTOR CAPITAL, quien acepta en calidad de Mandatario, para que, a través de sus apoderados debidamente facultados al efecto, actuando a nombre y en representación del Mandante, pueda ejecutar los siguientes actos: 1. Firmar, suscribir y otorgar el Formulario a nombre y en representación del Mandante para cada una de las instrucciones de compra y venta de Valores, ya sean mediante instrucciones escritas o verbales, efectuadas por el Mandante; y 2. En general, el Mandatario estará facultado para firmar, suscribir y otorgar toda clase de instrumentos públicos y/o privados y para ejecutar todos y cada uno de los actos o contratos que sean necesarios para llevar a cabo las gestiones objeto del presente Mandato y dar cumplimiento a la circular 1046 de la CMF. El presente Xxxxxxx podrá ser ejecutado por el Mandatario en una o varias ocasiones y se otorga por un período indefinido de tiempo, pudiendo el Mandante revocar este Mandato previo aviso por escrito al Mandatario con a lo menos 30 días hábiles de anticipación, a la fecha en que se quiera poner término. El mandato a que esta cláusula se refiere será gratuito, no percibiendo el mandatario remuneración alguna por su ejecución. Asimismo, el mandante libera expresamente al Mandatario de la obligación de rendir cuenta de la ejecución de los encargos objeto del Mandato contenido en esta cláusula.

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MANDATO. Para la compra y venta de acciones, ETFs, bonos, títulos de crédito, cuotas de fondos de inversión abiertos o cerrados y en general todo tipo de valores de mercados extranjeros objeto del presente contrato, y de acuerdo con la circular número 1.046 de la CMF el Cliente deberá firmar un formulario por cada transacción de Valores que desee realizar a través de VECTOR CAPITAL. Por el presente instrumentoacto y para efectos que VECTOR CAPITAL pueda dar cumplimiento a sus obligaciones, el Cliente como Mandante otorga un mandato especial, pero tan amplio como en derecho sea procedente y se requiera, a VECTOR CAPITAL, CAPITAL quien acepta en calidad de Mandatarioacepta, para que, a través de sus apoderados debidamente facultados al efecto, actuando a nombre y nombre, en representación y por cuenta del MandanteCliente, pueda ejecutar los las siguientes actosactividades, dentro del ámbito de su intermediación: 1X. Xxxxxxxx las órdenes de colocación de cuotas de fondos mutuos y la intermediación de valores del Cliente, por los montos y condiciones que éste le indique. B. Realizar el cobro de intereses y en general, de cualquier rendimiento de todo tipo de valores que sean colocados e intermediados. C. Efectuar retiros desde las Cuentas del Cliente. D. Reinvertir las sumas que, por capital o rendimientos, VECTOR CAPITAL llegue a cobrar en nombre del Cliente, o que simplemente se encuentren como efectivo disponible en determinado momento. FirmarEn este último caso se invertirán las sumas de dinero en fondos mutuos de bajo riesgo, suscribir y otorgar conocidos universalmente como Money Market. X. Xxxxxxx total o parcialmente el Formulario presente mandato. Se deja constancia que el presente Xxxxxxx expresado en esta cláusula no será remunerado. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente deberá asumir los costos de las transacciones que VECTOR CAPITAL imparta a nombre y del Cliente en representación del Mandante cualquiera de los servicios contratados, cuyos costos están descritos en los Anexos respectivos. Tratándose de órdenes o instrucciones para cada una la compra de instrumentos, VECTOR CAPITAL se reserva el derecho a dar cumplimiento a las órdenes o instrucciones de compra y venta de Valores, ya sean mediante instrucciones escritas o verbales, efectuadas impartidas por el Mandante; y 2. En general, Cliente hasta que no se hubiere verificado la provisión de fondos líquidos y de inmediata disposición por el Mandatario estará facultado para firmar, suscribir y otorgar toda clase de instrumentos públicos y/o privados y para ejecutar todos y cada uno de los actos o contratos monto que sean necesarios sea necesario para llevar a cabo las gestiones objeto del presente Mandato y dar cumplimiento el encargo conferido. Dicha provisión de fondos se hará mediante transferencia o depósito en la cuenta corriente de VECTOR CAPITAL, la cual será indicada en su oportunidad. Dicho depósito o transferencia será abonado a la circular 1046 cuenta transaccional que el Cliente poseerá para efectuar solicitudes de la CMFoperaciones. El presente Xxxxxxx podrá ser ejecutado por el Mandatario en una o varias ocasiones y se otorga por un período indefinido de tiempo, pudiendo el Mandante revocar este Mandato previo aviso por escrito VECTOR CAPITAL rendirá cuenta al Mandatario con a lo menos 30 días hábiles de anticipación, a la fecha en que se quiera poner término. El mandato a que esta cláusula se refiere será gratuito, no percibiendo el mandatario remuneración alguna por su ejecución. Asimismo, el mandante libera expresamente al Mandatario de la obligación de rendir cuenta Cliente de la ejecución de del mandato descrito en la presente Cláusula en los encargos objeto términos establecidos en el artículo 2155 del Mandato contenido en esta cláusulaCódigo Civil.

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MANDATO. Para Con el objeto de documentar y facilitar el pago de las obligaciones del Apoderado o en su caso del sostenedor financiero frente a la compra Sociedad Educacional, que emanan del presente Contrato, éste procede a otorgar mandato especial a la Sociedad Educacional, el cual tendrá el carácter de irrevocable en los términos del artículo 241 del Código de Comercio, en tanto se mantengan vigentes las obligaciones emanadas de este Contrato, para que en su nombre y venta representación acepte letras de accionescambio y suscriba pagarés, ETFscon cláusulas de aceleración facultativas a su favor, bonosfijen domicilio, títulos de crédito, cuotas de fondos de inversión abiertos o cerrados prorroguen competencia y en general establezcan todo tipo de valores cláusulas, ya sean de mercados extranjeros objeto la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales, que fueren necesarias o estimaren pertinentes al efecto, otorgándole expresamente incluso la facultad de auto contratar. La Sociedad Educacional, por su parte, se compromete a suscribir los pagarés por el saldo insoluto, incluyendo capital, intereses, impuestos y demás gastos y cargos que se originen con motivo del o los créditos que correspondan a las cuotas adeudadas en virtud del presente contratoContrato, y que no hayan sido documentados previamente con pagarés. Del mismo modo, la suscripción de los mencionados títulos de crédito deberá sujetarse a las siguientes instrucciones: Uno/ Los pagarés señalarán, por concepto de capital, el monto actualizado a la fecha de suscripción del pagaré respectiva, que el Apoderado o sostenedor financiero adeude a la Sociedad Educacional en conformidad a lo expresado en este instrumento. Dos/ Los pagarés podrán ser por todo o parte de la deuda, a la vista o en cuotas, a la sola discreción de la Sociedad Educacional. En caso de suscribir pagarés pagaderos en cuotas, éstas no devengarán intereses. Tres/ La Sociedad Educacional podrá endosar, transferir o ceder el o los pagarés suscritos en ejercicio de este mandato sin limitaciones de ninguna especie. Cuatro/ La Sociedad Educacional tendrá la facultad de incorporar en el pagaré que se suscriba, la cláusula “devuelta sin gastos” o “sin obligación de protesto” o cualquiera otra equivalente por la que se exprese claramente que el tenedor del pagaré quedará relevado de la obligación de protestar el título por falta de pago. Cinco/ La Sociedad Educacional podrá incorporar en el o los pagarés que suscriba en ejercicio de este mandato la o las menciones que estime necesarias para que dicho(s) instrumento(s) quede(n) legalmente perfeccionado(s). Seis/ La Sociedad Educacional queda expresamente facultada para delegar este mandato en la o las persona(s) de su elección, sin previo aviso o comunicación alguna al Apoderado o al sostenedor financiero. El presente mandato no se extingue por la muerte del Apoderado o sostenedor financiero o mandante de acuerdo con la circular número 1.046 de la CMF lo previsto en el Cliente deberá firmar un formulario por cada transacción de Valores que desee realizar a través de VECTOR CAPITAL. Por el presente instrumento, el Cliente como Mandante otorga un mandato especial, pero tan amplio como en derecho sea procedente y se requiera, a VECTOR CAPITAL, quien acepta en calidad de Mandatario, para que, a través de sus apoderados debidamente facultados al efecto, actuando a nombre y en representación artículo 2.169 del Mandante, pueda ejecutar los siguientes actos: 1. Firmar, suscribir y otorgar el Formulario a nombre y en representación del Mandante para cada una de las instrucciones de compra y venta de Valores, ya sean mediante instrucciones escritas o verbales, efectuadas por el Mandante; y 2. En general, el Mandatario estará facultado para firmar, suscribir y otorgar toda clase de instrumentos públicos y/o privados y para ejecutar todos y cada uno de los actos o contratos que sean necesarios para llevar a cabo las gestiones objeto del presente Mandato y dar cumplimiento a la circular 1046 de la CMFCódigo Civil. El presente Xxxxxxx podrá ser ejecutado mandato es autónomo respecto del Contrato de prestación de servicios educacionales que por este mismo instrumento se celebra, y permanecerá vigente hasta que las obligaciones pecuniarias del Apoderado o sostenedor financiero para con la Sociedad Educacional queden íntegramente cumplidas. La suscripción de los títulos de crédito a que se refiere ésta cláusula bajo ninguna circunstancia puede estimarse como novación de las obligaciones pecuniarias que se establecen en este Contrato, pues sólo tiene como objeto documentar en título ejecutivo tales obligaciones y así facilitar su eventual cobro judicial. La Sociedad Educacional no tendrá derecho a recibir remuneración o retribución alguna por el Mandatario en una o varias ocasiones desempeño del encargo y se otorga por un período indefinido de tiempo, pudiendo el Mandante revocar este Mandato previo aviso por escrito al Mandatario con a lo menos 30 días hábiles de anticipación, a la fecha en que se quiera poner término. El mandato a que esta cláusula se refiere será gratuito, no percibiendo el mandatario remuneración alguna por su ejecución. Asimismo, el mandante libera expresamente al Mandatario estará liberada de la obligación de rendir cuenta de la ejecución de los encargos objeto del Mandato contenido en esta cláusulasu gestión.

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Educacionales

MANDATO. Para la compra y venta de acciones, ETFs, bonos, títulos de crédito, cuotas de fondos de inversión abiertos o cerrados y en general todo tipo de valores de mercados extranjeros objeto del presente contrato, y de acuerdo con la circular número 1.046 de la CMF el Cliente deberá firmar un formulario por cada transacción de Valores que desee realizar a través de VECTOR CAPITAL. Por el presente instrumentoacto y para efectos que VECTOR CAPITAL pueda dar cumplimiento a sus obligaciones, el Cliente como Mandante otorga un mandato especial, pero tan amplio como en derecho sea procedente y se requiera, a VECTOR CAPITAL, CAPITAL quien acepta en calidad de Mandatarioacepta, para que, a través de sus apoderados debidamente facultados al efecto, actuando a nombre y nombre, en representación y por cuenta del MandanteCliente, pueda ejecutar los las siguientes actosactividades, dentro del ámbito de su intermediación: 1A. Ejecutar las órdenes de colocación de cuotas de fondos mutuos y la intermediación de valores del Cliente, por los montos y condiciones que éste le indique. B. Realizar el cobro de intereses y en general, de cualquier rendimiento de todo tipo de valores que sean colocados e intermediados. C. Efectuar retiros desde las Cuentas del Cliente. D. Reinvertir las sumas que, por capital o rendimientos, VECTOR CAPITAL llegue a cobrar en nombre del Cliente, o que simplemente se encuentren como efectivo disponible en determinado momento. FirmarEn este último caso se invertirán las sumas de dinero en fondos mutuos de bajo riesgo, suscribir y otorgar conocidos universalmente como Money Market. E. Delegar total o parcialmente el Formulario presente mandato. Se deja constancia que el presente Xxxxxxx expresado en esta cláusula no será remunerado. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente deberá asumir los costos de las transacciones que VECTOR CAPITAL imparta a nombre y del Cliente en representación del Mandante cualquiera de los servicios contratados, cuyos costos están descritos en los Anexos respectivos. Tratándose de órdenes o instrucciones para cada una la compra de instrumentos, VECTOR CAPITAL se reserva el derecho a dar cumplimiento a las órdenes o instrucciones de compra y venta de Valores, ya sean mediante instrucciones escritas o verbales, efectuadas impartidas por el Mandante; y 2. En general, Cliente hasta que no se hubiere verificado la provisión de fondos líquidos y de inmediata disposición por el Mandatario estará facultado para firmar, suscribir y otorgar toda clase de instrumentos públicos y/o privados y para ejecutar todos y cada uno de los actos o contratos monto que sean necesarios sea necesario para llevar a cabo las gestiones objeto del presente Mandato y dar cumplimiento el encargo conferido. Dicha provisión de fondos se hará mediante transferencia o depósito en la cuenta corriente de VECTOR CAPITAL, la cual será indicada en su oportunidad. Dicho depósito o transferencia será abonado a la circular 1046 cuenta transaccional que el Cliente poseerá para efectuar solicitudes de la CMFoperaciones. El presente Xxxxxxx podrá ser ejecutado por el Mandatario en una o varias ocasiones y se otorga por un período indefinido de tiempo, pudiendo el Mandante revocar este Mandato previo aviso por escrito VECTOR CAPITAL rendirá cuenta al Mandatario con a lo menos 30 días hábiles de anticipación, a la fecha en que se quiera poner término. El mandato a que esta cláusula se refiere será gratuito, no percibiendo el mandatario remuneración alguna por su ejecución. Asimismo, el mandante libera expresamente al Mandatario de la obligación de rendir cuenta Cliente de la ejecución de del mandato descrito en la presente Cláusula en los encargos objeto términos establecidos en el artículo 2155 del Mandato contenido en esta cláusulaCódigo Civil.

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