Duración del tratamiento Cláusulas de Ejemplo

Duración del tratamiento. Los Datos Personales del Cliente se conservarán mientras el Servicio permanezca activo. UBILIBET y los sub-encargados se comprometen a mantener como mínimo las medidas técnicas y organizativas que se describen a continuación.
Duración del tratamiento. El importador de datos seguirá almacenando los datos personales de los pacientes del exportador de datos durante el periodo en que el Responsable del tratamiento utilice los servicios, a menos que el Responsable del tratamiento opte por eliminar antes los datos personales de sus pacientes. Además, el encargado del tratamiento podrá conservar los datos personales de conformidad con los requisitos legales aplicables. Xxxxxx Laboratories 00000 Xxxxxx Xxxx Xxxxx, Xxxxxx, California 91342 EE.UU., Proporcionar, operar y mantener la Red de Atención al Paciente Xxxxxx.xxx™ EE. UU. Cláusulas contractuales estándar de encargado del tratamiento a encargado del tratamiento Microsoft Azure 000 Xxxxxxxx Xxx XX - 00xx Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxx, 00000 EE. UU. Servicio de alojamiento Azure para datos cifrados a partir del 3T23 EE. UU. Documentos de licencia (xxxxxxxxx.xxx) Twilio 000 Xxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxxxxx, California 94105 EE. UU. Utilizada por Xxxxxx Heart Failure para el servicio automatizado de mensajes telefónicos descrito en el Aviso de privacidad de Xxxxxx. EE. UU. Five9 0000 Xxxxxx Xxxxx, Suite 350, San Xxxxx, California 94583 EE. UU. Utilizado por la División de Gestión de CardioRitmos como sistema de comunicaciones telefónicas basado en la nube para los servicios de asistencia de Xxxxxx. EE. UU. Salesforce 000 Xxxxxxx Xxxxxx, 0xx Xxxxx, Xxx Xxxxxxxxx, California 94105, Estados Unidos Sistema de gestión de las relaciones con los clientes utilizado por la División de Gestión de CardioRitmos xx Xxxxxx para prestar servicios de asistencia a los dispositivos SyncUp. EE. UU. MEDIDAS DE LA RED DE ATENCIÓN AL PACIENTE XX XXXXXX XXXXXX.XXX™ Xxxxxx y Xxxxxx.xxx están certificadas con la norma de Gestión de Seguridad de la Información ISO/IEC 27001:2013. La certificación de la ISO reconoce que Xxxxxx.xxx ha establecido procesos y normas que mantienen los niveles requeridos de confidencialidad, integridad y disponibilidad para los clientes. Una copia actual de la certificación ISO para Xxxxxx.xxx está disponible a petición. Xxxxxx ha puesto en práctica las siguientes medidas de seguridad técnicas y organizativas para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de sus sistemas y servicios de tratamiento: Las medidas tomadas por el proveedor de servicios en la nube líder en la industria xx Xxxxxx para impedir el acceso no autorizado a equipos de tratamiento de datos (por ejemplo, teléfonos, servidores de bases de dato...
Duración del tratamiento. La duración total del tratamiento de los Datos Personales del Usuario Final por parte de Brain en virtud del Contrato incluirá el Plazo, así como el período que transcurre desde la expiración del Plazo hasta la supresión de todos los Datos Personales del Usuario Final por parte de Brain de conformidad con el Contrato.
Duración del tratamiento. 1. El Banco tratará y conservará los Datos de Carácter Personal durante un plazo no superior al necesario en relación con los fines para los que son tratados.
Duración del tratamiento. El tratamiento por parte de la parte encargada solo se realizará durante el período especificado en la cláusula cuarta de este acuerdo.
Duración del tratamiento. Entrust tratará los Datos Personales durante la vigencia del Acuerdo, a menos que se acuerde lo contrario por escrito o según lo exijan las leyes aplicables.
Duración del tratamiento. La duración del Tratamiento será la del período de vigencia del contrato, según se indica en el Documento Transaccional (DT).
Duración del tratamiento. La duración del tratamiento es determinada por el CLIENTE, bien por el establecimiento en el Contrato de un periodo de custodia de los datos, de una duración determinada de los Servicios o bien por la renovación periódica de los Servicios solicitada por el CLIENTE.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX Un paseo por las calles de Al- corcón puede ser muy fructífe- ro, culturalmente hablando, si el caminante repara en las es- culturas que encuentra a cada paso. Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, y así hasta veinte escultores consa- grados distribuyen parte de su obra por la ciudad. “Me gustan las esculturas, pero muchas veces no entien- do qué quieren decir”, ase- gura un vecino de Al- corcón que pasea por el parque de La Xxxxxx. Esta es una concepción bastan- te habitual. Por eso, desde el Ayuntamien- to se pretende impul- sar el conocimiento de es- tas obras fomentando los pa- seos guiados. “La idea es comenzar por la es- cuelas y editar un ma- pa para que los visitan- tes puedan hace el recorrido por su cuenta”, asegura el al- calde de Alcor- xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx. Así, vecinos y turistas podrán disfrutar de otro tipo de museo. Xxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx se ofrecieron para hacer de Escultura de Júpiter en La Xxxxxx, de Xxxxx Xxxxxxxx XXXX XXXXXXXX/GENTE guías por este singular museo. Una operación policial en Al- corcón contra el tráfico de dro- gas en la ciudad concluyó con la detención de dos personas y la incautación de tres kilos de hachís y 7.600 euros en metáli- co. Los detenidos fueron sor- prendidos mientras realizaban un intercambio de droga por dinero en la calle Urano, del barrio San Xxxx xx Xxxxxxxx. El Centro de Difusión a la Inno- vación reanudará el próximo mes de julio, y ya hasta el mes de septiembre, sus actividades en favor de las pequeñas y me- dianas empresas locales, a tra- vés del servicio de información, asesoramiento y formación di- rigidos a la implantación de las nuevas tecnologías y sus activi- dades empresariales.

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), siendo un importe total de $XXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.