MESA DE COORDINACIÓN Cláusulas de Ejemplo

MESA DE COORDINACIÓN. En orden a lograr una adecuada y eficiente vinculación entre la Fundación y el SERVICIO, las partes acuerdan constituir una mesa destinada a velar por el correcto y oportuno cumplimiento de este convenio, y fomentar ámbitos de cooperación recíproca, atendiendo a la concordancia de objetivos y al rol público que ambas instituciones desempeñan. La Mesa de Coordinación precitada será convocada por el SERVICIO y deberá reunirse al menos dos veces al año, la segunda de ellas a más tardar en el mes de noviembre de 2021. Esta mesa deberá revisar la programación de actividades para el año 2022. Dicha programación será evaluada por el SERVICIO para efectos de coordinar acciones tendientes a fortalecer la gestión de la Fundación. La Mesa estará constituida, al menos, por las siguientes personas o quienes éstas designen en su representación: a) El/la Presidente/a del Directorio de la Fundación. b) El/la Director/a Ejecutivo/a de la Fundación. c) El Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, el Jefe de la División de Planificación y Presupuesto o quien estos designen. De los acuerdos adoptados en las reuniones de la Mesa se dejará constancia en acta suscrita por todos los asistentes.
MESA DE COORDINACIÓN. En orden a lograr una adecuada y eficiente vinculación entre la Corporación y el Servicio, las partes acuerdan constituir una mesa destinada a velar por el correcto y oportuno cumplimiento de este convenio, y fomentar ámbitos de cooperación recíproca, atendiendo a la concordancia de objetivos y al rol público que ambas instituciones desempeñan. La Mesa de Coordinación precitada será convocada por el Servicio y deberá reunirse al menos dos veces al año, la segunda de ellas a más tardar en el mes de noviembre de 2023. La Mesa estará constituida, al menos, por las siguientes personas o quienes éstas designen en su representación: a) El/la Presidente/a del Directorio de la Corporación. b) El/la Director/a Ejecutivo/a de la Corporación. c) El Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, el Jefe de la División de Planificación y Presupuesto o quien estos designen
MESA DE COORDINACIÓN. En orden a lograr una adecuada y eficiente vinculación entre el Museo y el Servicio, las partes acuerdan constituir una mesa destinada a velar por el correcto y oportuno cumplimiento de este convenio, y fomentar ámbitos de cooperación recíproca, atendiendo a la concordancia de objetivos y al rol público que ambas instituciones desempeñan. La Mesa de Coordinación precitada será convocada por el Servicio y deberá reunirse al menos dos veces al año, la segunda de ellas a más tardar en el mes de noviembre de 2023. La Mesa estará constituida, al menos, por las siguientes personas o quienes éstas designen en su representación: a) El/la Presidente/a del Directorio del Museo. b) El/la Director/a Ejecutivo/a del Museo. c) El Director Nacional del Patrimonio Cultural, el Jefe de la División de Planificación y Presupuesto o quien éstos designen.
MESA DE COORDINACIÓN. En orden a lograr una adecuada y eficiente vinculación entre la Fundación y el Servicio, las partes acuerdan constituir una mesa destinada a velar por el correcto y oportuno cumplimiento de este convenio, y fomentar ámbitos de cooperación recíproca, atendiendo a la concordancia de objetivos y al rol público que ambas instituciones desempeñan. La Mesa de Coordinación precitada será convocada por el Servicio y deberá reunirse al menos dos veces al año, la segunda de ellas a más tardar en el mes de noviembre de 2023. a) El/la Presidente/a del Directorio de la Fundación. b) El/la Director/a Ejecutivo/a de la Fundación. c) El Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, el Jefe de la División de Planificación y Presupuesto o quien estos designen
MESA DE COORDINACIÓN. En orden a lograr una correcta y eficiente vinculación entre las partes que suscriben el presente Convenio, FOJI y Fundación CorpArtes se obligan a constituir una mesa destinada a coordinar la adecuada programación de las actividades y demás efectos a que diere lugar la correcta administración del presente acuerdo, así como a adoptar las soluciones y decisiones de gestión necesarias para su adecuado funcionamiento y evaluar el correcto desarrollo del mismo. La Mesa de Coordinación estará constituida por dos miembros de cada parte los que quedarán completamente individualizados al momento de la suscripción de este Convenio. La Mesa de Coordinación se reunirá las veces que sus miembros estimen convenientes para dar cabal cumplimiento a la presente convención, con especial cuidado de cumplir con las actividades programadas en el cuerpo de este documento. La Mesa de Coordinación estará constituida por las siguientes personas: i. Fundación CorpArtes 1 Responsable: Xxxxxxxxx Xxxxx-Xxxxx Cargo: Director de Comunicación y Márketing Teléfono: E-mail: Xxxxxxxxx.xxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx Fundación CorpArtes 2 Responsable: Xxxx Xxxxx Xxxxx Cargo: Director Técnico y Producción Teléfono: E-mail: xxxxxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxx.xx ii. FOJI 1 Responsable: Xxxxxxx Xxxxx Cargo: Director Área Musical Teléfono: E-mail: xxxxxx@xxxx.xx FOJI 2 Responsable: Xxxxxx Xxxx-Xxx Cargo: Jefa Área de Extensión Musical Teléfono: E-mail: xxxxxxxx@xxxx.xx De los acuerdos adoptados por la Mesa de Coordinación se dejará constancia en un documento el que deberá ser suscrito por todos los asistentes y adjuntado al presente Convenio. Los miembros de la Mesa de Coordinación no tienen personería suficiente para efectuar modificaciones a las obligaciones esenciales expresadas en este Convenio o bien que modifiquen trascendentalmente el alcance del presente documento, el cual solo puede ser modificado por quienes lo suscriben o bien quien está mandatado para tales efectos.

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