Patrimonio Cultural Cláusulas de Ejemplo

Patrimonio Cultural a) El Inversionista declara conocer las Leyes Aplicables relacionadas con la protección del Patrimonio Cultural de la Nación, y se obliga a darles estricto cumplimiento. b) El Inversionista deberá cumplir con las siguientes disposiciones: i. Toda obra de edificación nueva, ampliación, demolición, restauración, refacción o de cualquier otro tipo, requiere, para su ejecución, de la Autorización previa de la Autoridad Competente, de conformidad con lo establecido en las Leyes Aplicables relacionadas con la protección del Patrimonio Cultural de la Nación. ii. Si, durante la Fase de Construcción, se hallara algún resto arqueológico o histórico; tales como, fósiles, antigüedades, restos humanos, entre otros, el Inversionista será responsable de suspender toda actividad en el área del 85 Su aplicación deberá definirse por la Entidad dependiendo de si el Proyecto a ser desarrollado tiene posibles implicaciones a nivel de patrimonio cultural. hallazgo y notificar a la Autoridad Competente, la Entidad y al Supervisor dentro del plazo máximo de [tres (3)] Días Hábiles, los cuales deberán contarse a partir del Día Hábil siguiente del referido hallazgo. El Inversionista deberá establecer barreras de protección en torno a los restos arqueológicos o históricos hallados en el Sitio y/o Obras que conforman el Proyecto dentro del plazo máximo de [cinco (5)] Días Hábiles contados a partir del Día Hábil siguiente al hallazgo y proceder conforme a lo establecido en las Leyes Aplicables relacionadas con protección del Patrimonio Cultural de la Nación. En caso el Inversionista incumpla cualquiera de estas obligaciones, se aplicará la penalidad prevista en el Anexo 3 (Mecanismo de Pago). iii. Si el resto arqueológico o histórico fuera un elemento no aislado, la Entidad se hará cargo de las gestiones correspondientes ante la Autoridad Competente para su posterior rescate, debiendo el Inversionista reubicar o replantear las Obras que pudieran verse afectadas por el hallazgo. Si la reubicación o el replanteamiento de las obras requieren la adquisición de Predios Adicionales, la adquisición tales Predios Adicionales estará a cargo de la Entidad, y el costo de la adquisición de los Predios Adicionales, ya sea por enajenación voluntaria o expropiación, será asumido por la Entidad de conformidad con lo previsto en la cláusula 7.1 i) (Bienes del Proyecto; Disposiciones Generales). En ningún caso, el Inversionista podrá adquirir título o derecho alguno sobre el material o resto arqueológi...
Patrimonio Cultural. Riesgos cubiertos o coberturas:
Patrimonio Cultural. Las Partes llevarán a cabo todas las acciones de cooperación tendientes a impedir la importación, exportación y transferencia ilícitas de los bienes que integran su respectivo patrimonio cultural. Asimismo, realizarán las acciones conducentes para la devolución de dichos bienes importados o exportados ilícitamente.
Patrimonio Cultural a. Protección del patrimonio cultural en el diseño y la ejecución del proyecto La EIAS, los procesos de consulta a las comunidades y las revisiones de campo indican que no existe patrimonio cultural ni ningún sitio arqueológico específicos que pudieran sufrir los impactos del Proyecto. Xxxxxxx contrató a arqueólogos para participar en
Patrimonio Cultural a) El Inversionista declara conocer las Leyes y Disposiciones Aplicables relacionadas con la protección del Patrimonio Cultural de la Nación y se obliga a darles estricto cumplimiento. b) En caso de ser necesario y/o aplicable, el Inversionista debe obtener de la Autoridad Competente los Certificados de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA) correspondientes, los cuales deben ser obtenidos por el Inversionista como requisito para el inicio de la Fase de Construcción. c) Toda obra de edificación nueva, ampliación, demolición, restauración o de cualquier otro tipo que involucre a un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, requiere para su ejecución, de autorización previa de la Autoridad Competente de conformidad con lo establecido en las Leyes y Disposiciones Aplicables en materia de protección del Patrimonio Cultural de la Nación. En estos casos, la obtención de las autorizaciones arqueológicas correspondientes será responsabilidad del Inversionista, debiendo observar las disposiciones del Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2014-MC y demás Leyes y Disposiciones Aplicables. d) En ningún caso el Inversionista podrá adquirir título o derecho alguno sobre el Resto Arqueológico o Histórico hallado.

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  • Procedimiento de Apertura de Sobres La apertura de Sobres se realizará en acto público en presencia del Comité de Compras y Contrataciones y xxx Xxxxxxx Público actuante, en la fecha, lugar y hora establecidos en el Cronograma de Licitación. Una vez pasada la hora establecida para la recepción de los Sobres de los Oferentes/Proponentes, no se aceptará la presentación de nuevas propuestas, aunque el acto de apertura no se inicie a la hora señalada.

  • Habilitación empresarial En el caso de que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial de conformidad con lo dispuesto en el apartado 13 del Anexo I al presente pliego, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma.

  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

  • Tratamiento de datos de carácter personal Por tratamiento de datos de carácter personal se entenderán las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables. En el caso de que el contrato conlleve tratamiento de datos de carácter personal o el acceso de la empresa contratista o subcontratista a datos de este carácter, se estará a lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo sexta de TRLCSP, y a las siguientes reglas: 1. La contratista únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento. 2. Los datos personales objeto del tratamiento serán utilizados, única y exclusivamente, para la realización del objeto del contrato, no pudiendo ser destinados a finalidad diferente a la señalada. 3. Ninguno de los datos personales tratados como consecuencia de este contrato será facilitado a terceros. A tal efecto, la contratista se compromete a no revelar, transferir, ceder o comunicar dichos datos o los ficheros creados con los mismos, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su visualización, a ningún tercero. 4. La contratista y todo el personal que intervengan en la prestación objeto del contrato quedan obligados por el deber xx xxxxxxx a que se refiere el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Este deber perdurará aún después de que el contrato se haya extinguido bien por su cumplimiento bien por su resolución. 5. La contratista se compromete a adoptar las medidas técnicas, administrativas y organizativas exigidas por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal tratados para la realización de los trabajos objeto de este contrato: a) A este respecto, la empresa deberá entregar al órgano de contratación antes del inicio de los trabajos una relación con el nombre, apellidos, funciones y lugar donde van a desarrollar el trabajo de todo el personal que tenga acceso a los datos de carácter personal. Si durante el curso de la ejecución del contrato fuera necesario incorporar o dar de baja a personal, la empresa adjudicataria entregará una nueva relación en un plazo máximo de una semana desde que sucediera este hecho. Tanto la empresa adjudicataria como todo el personal que figure en estas relaciones deberán comprometerse formalmente por escrito a mantener el secreto profesional con respecto a los datos tratados.

  • DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS En todo lo no previsto en la presente Acta de Compromiso, resultan aplicables el Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográfica y audiovisual y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2020-MC, el T.U.O. de la Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Código Civil; las BASES; y, toda norma que resulte aplicable.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Forma de presentación

  • Contrato de Seguro Documento donde se establecen los términos y condiciones celebradas entre el Contratante y la Compañía, así como los derechos y obligaciones de las partes. Este documento está integrado por las condiciones generales, la carátula de la Póliza, la Solicitud de Seguro y Endosos que se agreguen, los cuales constituyen prueba del Contrato de Seguro. Este Contrato de Seguro está constituido por: a) Las declaraciones del Solicitante Titular proporcionadas por escrito en la solicitud del seguro. b) La Póliza. c) Las cláusulas adicionales o endosos, los cuales son documentos que modifican o condicionan en cualquier sentido los alcances del contrato. d) Las Condiciones Generales. e) Cualquier otro documento que hubiera sido materia para la celebración del mismo.

  • Tratamiento de datos personales De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado queda informado y da su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de datos de titularidad de La Positiva, ubicado en su domicilio indicado en la presente póliza. La Positiva utilizará estos datos, conjuntamente con otros que se pongan a disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y evaluar la calidad del servicio. Asimismo, La Positiva utilizará los datos personales con fines publicitarios y comerciales a fin de remitir al Asegurado información sobre productos y servicios en el mercado financiero y de seguros que considere de su interés. El Asegurado reconoce y acepta que La Positiva podrá encargar el tratamiento de los datos personales a un tercero, y que se podrá realizar un procesamiento automatizado o no con dichos terceros por temas técnicos o comerciales. Los datos proporcionados serán incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece y/o terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. Los datos suministrados por el Asegurado son esenciales para las finalidades indicadas. Las bases de datos donde se almacena la información cuentan con estrictas medidas de seguridad. En caso el Asegurado decida no proporcionarlos, no será posible la prestación de servicios por parte La Positiva. Conforme x xxx, el Asegurado está facultado a ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición que se detallan en xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, mediante el procedimiento que se indica en dicha dirección electrónica.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.