Modelo de negocio Cláusulas de Ejemplo

Modelo de negocio. En un modelo de negocio, se establecen las pautas a seguir para que el proyecto en el marco de una APP sea autosustentable y proporcione más valor a comparación de la manera tradicional de contratación. En ese sentido, el PARTICIPANTE ganador deberá interpretar los resultados de los estudios de viabilidad, los estudios de demanda, así como el techo presupuestario asignado al proyecto, entre otros insumos, para generar una propuesta de modelo de negocios financieramente adecuada y viable para el Gobierno del estado y la dinámica de la demanda del sector. El modelo deberá presentar esquemas para la atracción de diversos segmentos de clientes, delimitación de recursos turísticos que permitan generar productos y servicios turístico-culturales que incidan en el crecimiento y desarrollo económicos del sector, además de incorporar una propuesta de valor de cada uno de los componentes del proyecto, la estructuración de costos y modelos de financiamiento óptimos, e implementar estrategias de comunicación y marketing entre otras cuestiones vinculadas a la configuración del proyecto. Todo lo anterior deberá estar alineado a los resultados de viabilidad económica y financiera en el componente de “Análisis de conveniencia de una Asociación Pública Privada” hecho previamente para este proyecto.
Modelo de negocio. El R-IXP a desplegar en Ciudad de Panamá puede optar por uno de dos modelos de negocio alternativos: 1) la provisión de servicios de interconexión pura (como lo es el caso de CR-IX en Xxxxx Rica) o 2) la oferta de interconexión y la colocación (como lo es el caso del NAP de las Américas). El negocio de la interconexión pura es un modelo de peering neutral abierto de todos contra todos. El modelo de negocio interconexión y colocación, por otro lado, combina el negocio de data center con el de interconexión. En este sentido, el R-IXP no sólo funciona como punto de interconexión, sino que además presta servicios conexos de alojamiento. En este marco, pueden interconectarse desde grandes carriers, hasta pequeñas empresas que requieren de poco espacio (i.e., tan sólo unos pocos racks para el alojamiento de servidores). Con el propósito de evaluar el atractivo estratégico y financiero de estas dos opciones, el estudio de prefactibilidad evaluó cinco alternativas: • Negocio de interconexión pura: Los IXP ofrecen solamente servicio de peering, y capturan ingresos por membresía y venta de puertos; • Negocio de interconexión y co-ubicación arrendada: Al ingreso de interconexión, se ofrece también servicios de co-ubicación en base a capacidad arrendada a un data center en Panamá; • Negocio de interconexión y co-ubicación con data center Tier III10: Al ingreso de interconexión, se ofrece también servicios de colocación en base a un data center Tier III propio, construido en Panamá; • Negocio de interconexión y co-ubicación con data center Tier IV: Al ingreso de interconexión, se ofrece también servicios de co-ubicación en base a un data center Tier IV construido en Panamá; • Modelo Gradual: Este modelo contempla lanzar el negocio de interconexión y colocación con data center arrendado en el 2018, y migrar al negocio a un data center propio Tier III en el tercer año de operaciones. En el marco de la construcción del data center propio, la construcción de un data center Tier III en Panamá se plantea como competidor al NAP de las Américas para capturar una porción del tráfico latinoamericano que se interconecta hoy en Miami, lo cual genera costos adicionales de tráfico y latencia, exponiendo también a lo datos a las exigencias de la legislación de los Estados Unidos de América. Una comparación entre ambos muestra un cierto grado de paridad entre ambas infraestructuras, aunque el NAP de las Américas es claramente una infraestructura mucho más desarrollada. En el contexto ...
Modelo de negocio. El licitador presentará en su oferta su modelo de negocio para la explotación de redes similares a la del presente contrato. Los intereses del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx en cuanto al modelo de negocio son los siguientes: • El acceso a Internet de los ciudadanos y la disminución de la brecha digital. • La disponibilidad de un servicio de videovigilancia y alarmas para los ciudadanos, tanto en los núcleos urbanos como en los diseminados repartidos por el término municipal. • La mejora del tejido productivo local, ofreciendo servicios a comercios, PYMES, diseminados, etc. • La flexibilidad para ofrecer nuevos servicios y aplicaciones sobre redes IP. • El cumplimiento del marco regulatorio existente. El licitador debe incluir en su oferta los aspectos legales a tener en cuenta para la prestación del servicio.

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  • Plazo de Mantenimiento de Oferta Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de noventa (90) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.

  • PERÍODO DE COBERTURA El seguro cubrirá únicamente reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la póliza; no obstante, el reclamo puede ser presentado después de que la vigencia haya llegado a su término. Lo anterior sin perjuicio de los términos de prescripción previstos en la presente póliza.

  • Ámbito de aplicación Esta cláusula regula la solución de todas aquellas controversias que se deriven del presente Contrato, así como, aquellas relacionadas con la ejecución, interpretación, resolución, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato. No podrán ser materia de trato directo ni de arbitraje las decisiones del OSINERGMIN u otras Autoridades Gubernamentales Competentes que se dicten en ejecución de sus competencias administrativas atribuidas por norma expresa, cuya vía de reclamo es la vía administrativa.

  • MANTENIMIENTO DE OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los OFERENTES deberán mantener y garantizar los términos de su Oferta por un período de VEINTE (20) días a contar desde la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente por un lapso igual a la inicial, salvo que el OFERENTE manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la Garantía de Mantenimiento de Oferta con DIEZ (10) días de antelación al vencimiento del plazo (conforme Art. 95 punto 5) del Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21.

  • Coberturas de contratación opcional e. Reclamaciones por incumplimiento contractual por la compra, limpieza, restauración o alquiler de ajuar doméstico y personal, muebles, electrodomésticos, aparatos de imagen, sonido, electrónicos y objetos de arte. f. Reclamaciones derivadas de contratos laborales del servicio doméstico siempre que esté dado de alta en la Seguridad Social y al corriente de pago. ¿Qué no cubre? Además de las Exclusiones Generales de su Seguro, quedan excluidos: 1. Los gastos y honorarios por la intervención de peritos no autorizados por la compañía. 2. Las multas y sanciones que fueran impuestas directamente al asegurado. 3. Los hechos relacionados con la actividad profesional del asegurado. 4. El pago de los gastos de abogados o procuradores de su libre elección, cuando no hubiera comunicado previamente su designación por escrito a MM Xxxxx. 5. Los impuestos u otros pagos de carácter fiscal, derivados de la presentación de documentos públicos o privados. 6. Las reclamaciones que puedan formular los asegurados de una misma póliza entre sí o por cualquiera de éstos contra MM Hogar. 7. Las reclamaciones que se presenten transcurrido un año desde la extinción de este contrato. 8. Las reclamaciones derivadas de: a. Los vehículos automóviles a motor, aeronaves o embarcaciones de los que el asegurado ostente la condición de propietario, conductor u ocupante. b. Proyectos de construcción o derribo de la vivienda, urbanismo, concentración parcelaria y expropiación o los derivados sobre contratos de cesión de derechos sobre la vivienda. Límites COBERTURA CONTINENTE CONTENIDO Hasta 6.000€ por siniestro

  • PERIODO DE COBERTURA El seguro cubrirá únicamente reclamos por siniestros acaecidos durante la vigencia de la póliza, aun si el reclamo se presenta después de vencida esta vigencia y de conformidad con lo convenido por las partes. Lo anterior sin perjuicio de los términos de prescripción previsto en la presente póliza.

  • Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación.