MODIFICACIONES UNILATERALES. La EIF no podrá modificar unilateralmente los términos y condiciones pactadas en el presente contrato, salvo que dicha modificación beneficie al (a los) TITULAR(ES).
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Samples: Contrato De Depósito a Plazo Fijo, Contrato De Depósito a Plazo Fijo
MODIFICACIONES UNILATERALES. La EIF no podrá puede modificar unilateralmente los términos y condiciones pactadas en el presente contrato, salvo que dicha modificación beneficie al (a los) TITULAR(ESCLIENTE (S) FINANCIERO (S).
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Samples: servdmzw.asfi.gob.bo, servdmzw.asfi.gob.bo