Fases Cláusulas de Ejemplo

Fases. El procedimiento de incorporación de nuevos proveedores debe desarrollar, como mínimo, las siguientes fases: a) Convocatoria b) Registro de participantes y presentación de ofertas c) Admisión y evaluación Página 3 de 8 d) Publicación de resultados e) Suscripción automática de Acuerdos Marco De considerarse etapas para el procedimiento, estas serán detalladas en el Anexo N° 01.
Fases. Debido a la importancia que tiene para la ejecución de este contrato la cualificación técnica de las entidades licitadoras aquellos proyectos técnicos de ejecución (apartado 9.3 de esta cláusula) cuya valoración global no supere el 50% de la puntuación de este apartado quedaran excluidos de la licitación y no se tendrá en cuenta la oferta económica presentada ni la documentación evaluable de forma automática.
Fases. Las Partes desarrollarán la implementación del Uso Flexible del Espacio Aéreo (FUA por sus siglas en inglés) en DOS (2) fases conforme se detalla en el Anexo del presente Convenio Específico.
Fases. En el ejercicio de la función de custodia por parte del Archivo Universitario, en lo que atañe al proceso de gestión documental, se distinguirán dos fases: la primera, en la que actuará como Archivo intermedio o central, y la segunda, en la que tendrá carácter de Archivo histórico.
Fases a) Iniciación. El Área o Departamento gestor elaborará la correspondiente propuesta de contratación, propuesta de autorización de gasto y pliego de prescripciones técnicas que hayan de regir la realización de la prestación. En el supuesto de contrato de obra se acompañará proyecto de obras visado por el Colegio Oficial competente, o cuando proceda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 LCSP, informe de la correspondiente oficina o unidad de supervisión de proyectos de la Administración del Gobierno de Cantabria . En el caso de contratos de servicios de los previstos en las categorías 17 a 27 del Anexo II de la LCSP, que tengan cuantía igual o superior a 206.000 euros, deberán observ arse las reglas establecidas en el articulo 116 para la definición y establecimiento de las prescripciones técnicas del objeto del contrato, siendo asimismo aplicable lo dispuesto en los artículos 117 a 120 de la misma norma. En la propuesta de contrataci ón se justificará la necesidad de proceder a la realización del contrato y se indicarán las empresas, como mínimo tres, a las que se podrá solicitar oferta, indicándose asimismo la propuesta de qué aspectos se consideran susceptibles de negociación para el Área o Departamento gestor. b) Bases de licitación. Tramitado el inicio del expediente, una vez comprobada la existencia de crédito para financiar la contratación, se elaborará el Pliego de Bases Jurídicas de la Contratación. El pliego, que podrá aprob arse por el órgano de contratación, previa o conjuntamente al gasto, recogerá, como mínimo: los criterios de selección de las empresas, los aspectos susceptibles de negociación y el orden decreciente de importancia atribuidos a los mismos, el procedimiento de presentación de ofertas, el régimen de admisión de variantes, la información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo, garantía que, en su caso, deben constituir los licitadores o el adjudicatario y los pactos y condiciones definito rias de los derechos y obligaciones de las partes del contrato. La participación en los procedimientos de licitación implicará el conocimiento y aceptación de todas las cláusulas establecidas en el pliego que tendrán carácter contractual y se consideran p arte integrante del contrato. c) Petición de ofertas y/o licitación. En el procedimiento negociado sin publicidad se procederá a solicitar al menos tres ofertas, de ser posible, remitiendo , en su caso, los pliegos elaborados a los empresarios a los que se solicit...
Fases. Son fases de la actividad contractual: - Fase Precontractual. Comprende los trámites hasta la adjudicación o declaratoria de desierto del proceso. - Fase de Celebración y Ejecución del Contrato. Comprende el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización del contrato, publicación y el control en su ejecución. - Fase Post-contractual. Comprende los trámites tendientes a efectuar la liquidación del contrato de mutuo acuerdo y su liquidación unilateral, según el caso. Igualmente comprende la realización de reclamaciones al contratista y su garante frente al incumplimiento de las obligaciones post- contractuales.
Fases. Por lo general, los encargos que incluyan ejecución de obras constarán de dos fases: - F1, 1ª fase: Redacción de la documentación necesaria para la definición de las obras. - F2, 2ª fase: Ejecución de las obras. El resto de los encargos tendrán una fase única, FU, excepto se especifique expresamente lo contrario en la Hoja de Xxxxxxx.
Fases. Las fases de ejecución del proyecto serán las siguientes: • Fase I: Definición de la idea y del proyecto expositivo en su conjunto, y desarrollo de los elementos y recursos que lo componen. • Fase II: Búsqueda documental y definición de la imagen gráfica. • Fase III: Producción del trabajo. • Fase IV: Montaje de la exposición.

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  • Clases El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales: a) Por nacimiento de hijo, dos (2) días corridos. b) Por matrimonio, diez (10) días corridos. c) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de padres, tres (3) días corridos. d) Por fallecimiento de hermano, un (1) día. e) Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria, dos (2) días corridos por examen, con un xxxxxx xx xxxx (10) días por año calendario.

  • Apéndices Procedimientos de Auditoría Aplicados

  • METODOLOGÍA Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO de la muestra establecida para las zonas homogéneas físicas, con avaluadores adscritos a la Lonja de propiedad Raíz de Barranquilla con RNA vigente, quienes tienen una amplia experiencia en la materia y conocimiento xxx xxxxxxx local. Se usaron los métodos valuatorios contenidos en la Resolución 620 de 2008, la cual es la que da las directrices metodológicas de los avalúos enmarcados en ley 388 de 1997 y reglamentados por el decreto 1420 de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación x xx xxxxxxx confrontado con investigación directa xxx xxxxxxx inmobiliario con expertos inmobiliarios de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residual, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos xx xxxxxxx se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos xx xxxxxxx en la zona de expansión, sobre esta cantidad se hicieron labores de depuración y se eligieron los datos más representativos, con información más completa y precisa. La fecha de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes de la aprobación de plan parcial y la fecha de avalúo para P2 se determinó en la fecha de aprobación del plan parcial o en la de su resolución o decreto modificatorio. En cuando los métodos valuatorios, y metodologías para el cálculo de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice lo siguiente:

  • INTEGRACIÓN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión. Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos: Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas. Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho. Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE. Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

  • Costo de las Bases Las presentes Bases no tendrán costo, por lo que para participar en este procedimiento de Licitación no es necesario cubrir derecho alguno.

  • BASES El presente documento, en conjunto con sus anexos y demás, mismos que contienen los conceptos, prevenciones, especificaciones, requisitos, motivos de descalificación y requerimientos, sobre los que se regirá la presente Licitación Pública Nacional y que serán aplicados para la contratación del servicio que se oferte.

  • ADENDAS La CCB podrá modificar o aclarar los términos de la invitación a través de adendas que publicará en la página web xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx.

  • Prescripción La facultad de la Dirección de la empresa para sancionar prescribirá para las faltas leves a los diez días, para las faltas graves a los veinte días y para las muy graves a los sesenta días a partir de la fecha en que aquélla tuvo conocimiento de su comisión y, en cualquier caso, a los seis meses de haberse cometido.

  • APROBACIÓN Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento, es indispensable que sea firmado por las partes interesadas, que EL CONTRATISTA entregue la fianza de cumplimiento y que posteriormente sea aprobado por el Comité Técnico del Fideicomiso Fidemixco, por medio de Acuerdo.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO La persona seleccionada como “EVALUADOR TECNICO” deberá cumplir las funciones que le asigne la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas, dentro de las cuales se encuentran las siguientes: - Revisar estudios y /o expedientes técnicos de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar. - Revisar los expedientes técnicos de las solicitudes de ampliaciones de plazo de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar; para el trámite de aprobación y ejecución de los mismos. - Revisar los expedientes técnicos de las solicitudes de las modificaciones financieras (adicionales y deductivas) de IOARR y de proyectos ejecutados en la modalidad de administración directa o contrata de obras públicas a ejecutar; para el trámite de aprobación y ejecución de los mismos. - Monitorear los proyectos de inversión en infraestructura vial y urbana aprobada en el Presupuesto Municipal del Ejercicio. - Coordinar el estudio de los proyectos de inversión pública con la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos. - Revisar las fichas de Actividad y de manteniendo. - Asesorar y absolver consultas al público usuario en los asuntos de su especialidad y competencia. - Elaborar estudios definitivos y expedientes técnicos a detalle, asimismo la evaluación de dichos estudios según decisión de la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas. - Participar como especialista en la formulación de proyectos - Emitir informes mensuales al Sub Gerente de Obras Publicas sobre la labor de los residentes y Supervisores en las Obras de Administración Directa. - Controlar y supervisar el proceso de ejecución de obras, haciendo que los proyectos sean ejecutados conforme a los expedientes técnicos y normatividad vigentes. - Controlar y evaluar, bajo responsabilidad la permanencia en los puestos de trabajo y el desempeño laboral del personal bajo su cargo (residentes y supervisores de obra). - Programar en forma oportuna, en forma conjunta con los supervisores y residentes de obra, la fecha de entrega terreno e inicio de obra. - Ejecutar y controlar programas de obras públicas por contrata o administración directa, emitiendo los informes técnicos sobre el avance físico de obras, liquidación de contratos de obra y recepción de obras correspondientes. - Otros que asigne la Sub Gerencia de Obras Publicas y Edificaciones Privadas.