Mínima Cuantía. Se encuentra establecida en el artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 solo se aplica para contratos cuyo valor no exceda del 10% de la menor cuantía de la Corporación, independiente de su objeto, la cual es establecida mediante resolución para cada vigencia fiscal o adicionada de conformidad al comportamiento del presupuesto en cada vigencia. Se deben elaborar unos estudios previos que deben contener lo siguiente: 1. La descripción sucinta de la necesidad que pretende satisfacer con la contratación. 2. La descripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios. 3. Las condiciones técnicas exigidas. 4. El valor estimado del contrato y su justificación. 5. El plazo de ejecución del contrato. 6. El certificado de disponibilidad presupuestal que respalda la contratación. Para la contratación de mínima cuantía, se debe adelantar el siguiente procedimiento: 1. Señalar en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía la siguiente información: La descripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios, las condiciones técnicas exigidas, el valor estimado del contrato y su justificación y, la forma como el interesado debe acreditar su capacidad jurídica y la experiencia mínima, si se exige esta última, y el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas. 2. Igualmente, se podrá exigir una capacidad financiera mínima cuando no se hace el pago contra entrega a satisfacción de los bienes, obras o servicios. Si se exige capacidad financiera debe indicarse cómo se hará la verificación correspondiente. 3. La invitación se hará por un término no inferior a un (1) día hábil. Si los interesados formulan observaciones o comentarios a la invitación, estos serán contestados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. 4. La Corporación debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las condiciones de la invitación, se verificará el cumplimento de los requisitos de la invitación de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente. 5. El informe de evaluación se debe publicar durante un (1) día hábil. 6. El ordenador del gasto debe aceptar la oferta de menor precio, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía. En la aceptación de la oferta, se debe informar al contratista el nombre del supervisor del contrato. 7. En caso de empate, la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo. 8. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Se podrán adquirir bienes en grandes superficies, entendidas estas, como aquellas determinadas por la Superintendencia de Industria y Comercio, hasta el monto establecido para la mínima cuantía y aplicando las siguientes reglas: 1. La invitación debe estar dirigida a por lo menos dos (2) Grandes Superficies y debe contener: a) la descripción técnica, detallada y completa del bien, identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios; b) la forma de pago; c) el lugar de entrega; d) el plazo para la entrega de la cotización que debe ser de un (1) día hábil; d) la forma y el lugar de presentación de la cotización, y e) la disponibilidad presupuestal. 2. La entidad estatal debe evaluar las cotizaciones presentadas y seleccionar a quien, con las condiciones requeridas, ofrezca el menor precio xxx xxxxxxx y aceptar la mejor oferta. 3. En caso de empate, la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo. 4. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Nota: El ordenador del gasto es libre de exigir o no garantías en el proceso de selección de mínima cuantía y en la adquisición en grandes superficies.
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Mínima Cuantía. Se encuentra establecida en Es la modalidad de selección prevista para la contratación de los bienes, servicios, consultorías y obras cuando el artículo 2.2.1.2.1.5.1 valor del Decreto 1082 de 2015 solo se aplica para contratos cuyo valor contrato no exceda del 10excede el 10 % de la menor cuantía de la CorporaciónAlcaldía, independiente en los términos previstos en la Ley 1474 de su objeto2011 y en la subsección 5 de la sección 1 del Decreto 1082 de 2015, o la norma que lo modifique, reglamente, adicione o complemente. Posee características especiales, como: • Procedimiento más corto y expedito. • Si se exige capacidad financiera, en la invitación se debe indicar como se hará la correspondiente verificación, así como cuál es el documento idóneo para acreditarla. • El criterio para seleccionar la oferta más favorable es el precio. • La Alcaldía podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta, y esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, siempre que la oferta satisfaga los requerimientos contenidos en la invitación pública. • En caso de empate a menor precio, la Entidad adjudicará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas. • La comunicación de aceptación junto con la oferta constituye para todos los efectos el contrato celebrado, con base en el cual se efectuará el respectivo registro presupuestal. • Siempre se evaluará al proponente que presente el menor precio, si no cumple con los requisitos exigidos se evaluará al siguiente y así sucesivamente. • La Alcaldía podrá exigir o no garantías según el nivel de riesgos del objeto a contratar. • No se exige la inscripción en el Registro Único de Proponentes. • No es establecida mediante resolución necesaria la expedición y publicación del aviso de convocatoria en el SECOP.
4.1.6.1 Adquisición de inmuebles Para adelantar procesos de adquisición de inmuebles la Alcaldía deberá seguir lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.4.10 del Decreto 1082 de 2015, de acuerdo con el cual, deberá: • Avaluar con una institución especializada el bien o los bienes inmuebles identificados que satisfagan las necesidades que tiene la Entidad; • Analizar y comparar las condiciones de los bienes inmuebles que satisfacen las necesidades identificadas y las opciones de adquisición, análisis que deberá tener en cuenta los principios y objetivos del sistema de compra y contratación pública; • La Entidad puede hacer parte de un proyecto inmobiliario para cada vigencia fiscal adquirir el bien inmueble que satisfaga la necesidad que ha identificado. En todo caso, debe justificarse claramente la razón de la escogencia de determinado inmueble habida cuenta sus características, ubicación, valor y demás condiciones que motiven a la Entidad. E
4.1.6.2 Arrendamiento de inmuebles Esta causal procede cuando la Alcaldía tiene la necesidad de tomar un bien inmueble en arrendamiento o adicionada de conformidad al comportamiento del presupuesto va a fungir como arrendador. Para ello tenga en cada vigencia. Se deben elaborar unos estudios previos que deben contener lo siguientecuenta los siguientes escenarios:
1. Cuando la Alcaldía funge como arrendador de un inmueble: luego de realizar el avaluó correspondiente y de validar las condiciones xxx xxxxxxx en el estudio previo, la entidad podrá contratar directamente con el propietario del mismo, para lo cual deberá verificar la titularidad y los gravámenes que pueda tener el bien a través del certificado de Tradición y libertad. Cuando la Alcaldía toma un inmueble en arrendamiento, el particular u otra entidad pública, le concede el uso y goce del bien y en contraprestación se deberá pagar un canon. Para esto, la Alcaldía deberá verificar las condiciones xxx xxxxxxx inmobiliario, analizar y comparar las condiciones de los bienes inmuebles que satisfacen las necesidades identificadas y las opciones de arrendamiento. La descripción sucinta Alcaldía tendrá en cuenta el documento tipo de contrato de arrendamiento de inmuebles publicado por Colombia Compra Eficiente, el cual debe adaptarse a las condiciones particulares del Proceso de Contratación y a los formatos internos de la necesidad que pretende satisfacer con la contrataciónEntidad. Este contrato no podrá tener cláusula de renovación automática.
2. La descripción del objeto Cuando la Alcaldía funge como arrendatario de un bien inmueble de su propiedad: la entidad podrá dar en arriendo bienes inmuebles fiscales de su propiedad, para lo cual deberá verificar las condiciones xxx xxxxxxx inmobiliario, analizar y comparar las condiciones de bienes inmuebles de similar naturaleza al de la entidad, y las opciones de arrendamiento en el mercado para fijar el canon de arrendamiento, el cual deberá ajustarse a contratar identificado precios acordes y proporcionales en relación con el cuarto nivel valor del Clasificador inmueble, en condiciones de Bienes igualdad y Serviciosgarantizando una escogencia objetiva.
3. Las condiciones técnicas exigidas.
4. El valor estimado arrendamiento de inmuebles de uso público no está prohibido de manera general por el sólo hecho de que otorga el uso y goce a favor de un particular, sino que, en cada caso, debe validarse el contenido específico del contrato y su justificación.
5. El plazo de ejecución del contrato.
6. El certificado de disponibilidad presupuestal para evitar que respalda la contratación. Para la contratación de mínima cuantía, se debe adelantar el siguiente procedimiento:
1. Señalar en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía la siguiente información: La descripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios, las condiciones técnicas exigidas, el valor estimado del contrato y su justificación y, la forma como el interesado debe acreditar su capacidad jurídica y la experiencia mínima, si se exige esta última, y el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas.
2. Igualmente, se podrá exigir una capacidad financiera mínima cuando no se hace el pago contra entrega a satisfacción de los bienes, obras o servicios. Si se exige capacidad financiera debe indicarse cómo se hará la verificación correspondiente.
3. La invitación se hará por un término no inferior a un (1) día hábil. Si los interesados formulan observaciones o comentarios prive a la invitación, estos serán contestados antes comunidad del vencimiento del plazo para presentar ofertasuso y goce público de manera permanente12.
4. La Corporación debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las condiciones de la invitación, se verificará el cumplimento de los requisitos de la invitación de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente.
5. El informe de evaluación se debe publicar durante un (1) día hábil.
6. El ordenador del gasto debe aceptar la oferta de menor precio, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía. En la aceptación de la oferta, se debe informar al contratista el nombre del supervisor del contrato.
7. En caso de empate, la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.
8. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Se podrán adquirir bienes en grandes superficies, entendidas estas, como aquellas determinadas por la Superintendencia de Industria y Comercio, hasta el monto establecido para la mínima cuantía y aplicando las siguientes reglas:
1. La invitación debe estar dirigida a por lo menos dos (2) Grandes Superficies y debe contener: a) la descripción técnica, detallada y completa del bien, identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios; b) la forma de pago; c) el lugar de entrega; d) el plazo para la entrega de la cotización que debe ser de un (1) día hábil; d) la forma y el lugar de presentación de la cotización, y e) la disponibilidad presupuestal.
2. La entidad estatal debe evaluar las cotizaciones presentadas y seleccionar a quien, con las condiciones requeridas, ofrezca el menor precio xxx xxxxxxx y aceptar la mejor oferta.
3. En caso de empate, la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.
4. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Nota: El ordenador del gasto es libre de exigir o no garantías en el proceso de selección de mínima cuantía y en la adquisición en grandes superficies.
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Samples: Manual De Contratación
Mínima Cuantía. Se encuentra establecida en La contratación de mínima cuantía es aquella que no excede el artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 solo se aplica para contratos cuyo valor no exceda del 10% de la menor cuantía de la Corporación, independiente entidad independientemente de su objetoobjeto y se tendrá en cuenta la oferta que tenga el menor valor, la cual es establecida mediante resolución para cada vigencia fiscal o adicionada se efectuara de conformidad al comportamiento con las siguientes reglas: En los articulo 84 y siguientes del presupuesto en cada vigencia. Se deben elaborar unos estudios previos decreto 1510 de 2013, se señala de manera expresa lo que deben contener lo siguiente:
1. La descripción sucinta los estudios previos para el caso de la necesidad que pretende satisfacer con la contratación.
2. La descripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios.
3. Las condiciones técnicas exigidas.
4. El valor estimado del contrato y su justificación.
5. El plazo de ejecución del contrato.
6. El certificado de disponibilidad presupuestal que respalda la contratación. Para la contratación de mínima cuantía, se debe adelantar . Ordena describir el siguiente procedimiento:
1. Señalar en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía la siguiente información: La descripción del objeto a contratar identificado con usando hasta el cuarto nivel nivel, (segmento, familia, clase y producto) del Clasificador clasificador de Bienes bienes y Serviciosservicios del Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) pueden ser consultados en: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/Xxxxxxxxxxxxx. El análisis del sector debe cubrir tres áreas, las condiciones técnicas exigidas, el valor estimado del contrato y su justificación y, la forma como el interesado debe acreditar su capacidad jurídica y la experiencia mínima, si se exige esta última, y el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas.
2a saber: Aspectos generales. Igualmente, se podrá exigir una capacidad financiera mínima cuando no se hace el pago contra entrega a satisfacción de los bienes, obras o servicios. Si se exige capacidad financiera debe indicarse cómo se hará la verificación correspondiente.
3. La invitación se hará por un término no inferior a un (1) día hábil. Si los interesados formulan observaciones o comentarios a la invitación, estos serán contestados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
4. La Corporación debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las condiciones de la invitación, se verificará el cumplimento de los requisitos de la invitación Estudio de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente.
5. El informe Estudio de evaluación se debe publicar durante un (1) día hábil.
6. El ordenador del gasto debe aceptar la oferta de menor precio, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en la invitación a participar en procesos de mínima cuantíademanda. En los aspectos generales: aquí la aceptación Entidad Estatales debe revisar los aspectos generales xxx xxxxxxx del bien o servicio que sean relevantes en el Proceso de contratación. Colombia Compra Eficiente recomienda analizar diferentes contextos que pueden tener alcance local, regional, nacional o internacional, dependiendo del proceso de contratación, como son: (i) Económico. (ii) Técnico. (iii) Regulatorio y, (iv) Otros. En el estudio de la oferta, las Entidades Estatales deben contestar las siguientes preguntas: ¿Quién vende? y ¿Cuál es la dinámica de producción, distribución y entrega de bienes o servicios? En el ítem denominado estudio de la demanda, La Entidad Estatal debe tener en cuenta las condiciones en las cuales ha adquirido en el pasado el bien o servicio objeto del Proceso de Contratación y cómo lo han hecho otras Entidades Estatales y las empresas privadas. Finalmente, es preciso indicar que la modalidad de selección del Proceso de Contratación no es relevante para determinar la procedencia o no del análisis del sector. Además en los estudios previos conforme se debe informar al contratista señala en el nombre numeral 3 del supervisor artículo 84 deberán quedar plasmados, todos los requisitos de calidad, cantidad, productos esperados, características tecnológicas, experiencia en caso de que se requiera, capacidad técnica y financiera etc., requisitos mínimos que deban cumplir los oferentes. El propósito de los requisitos habilitantes es establecer unas condiciones mínimas para los proponentes de tal manera que la Entidad Estatal sólo evalúe las ofertas de aquellos que están en condiciones de cumplir con el objeto del Proceso de Contratación. Las Entidades Estatales deben establecer los requisitos habilitantes de forma adecuada y proporcional a la naturaleza y valor del contrato.
7. En caso Los requisitos habilitantes exigidos deben guardar proporción con el objeto del contrato, su valor, complejidad, plazo, forma de empatepago y el Riesgo asociado al Proceso de Contratación. No habrá lugar a aclarar, completar o corregir la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero información para acreditar los requisitos habilitantes, en el tiempo.
8. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Se podrán adquirir bienes en grandes superficies, entendidas estas, como aquellas determinadas por la Superintendencia de Industria y Comercio, hasta el monto establecido para la mínima cuantía y aplicando las los siguientes reglascasos:
1. La invitación debe estar dirigida (i) El proponente pretenda demostrar circunstancias ocurridas con posterioridad a por lo menos dos (2) Grandes Superficies y debe contener: a) la descripción técnica, detallada y completa del bien, identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios; b) la forma de pago; c) el lugar de entrega; d) el plazo para la entrega de la cotización que debe ser de un (1) día hábil; d) la forma y el lugar fecha de presentación de la cotización, y e) la disponibilidad presupuestal.
2. La entidad estatal debe evaluar las cotizaciones presentadas y seleccionar a quien, con las condiciones requeridas, ofrezca el menor precio xxx xxxxxxx y aceptar la mejor oferta.
3. En caso de empate, la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.
4. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Nota: El ordenador del gasto es libre de exigir o no garantías en el proceso de selección de mínima cuantía y en la adquisición en grandes superficies.ofertas;
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Samples: Contrato Estatal
Mínima Cuantía. Se encuentra establecida en el artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 La entidad pública utilizará esta modalidad de 2015 solo se aplica selección para contratos las adquisiciones de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda del xxx xxxx (10% %) de la menor cuantía de la CorporaciónEntidad Pública, independiente independientemente de su objeto, cuyas reglas se determinan exclusivamente en el artículo 94 de la cual Ley 1474 de 2011 y en los artículos 2.2.1.2.1.5.1 y subsiguientes del Decreto 1082 de 2015. El único factor de ponderación es establecida mediante resolución el precio No son obligatorias las garantías No se requiere la inscripción en el RUP La oferta y la aceptación constituyen el contrato Es la más importante en el desarrollo cualquier proceso y particularmente para cada vigencia fiscal el tipo de contrato que nos ocupa porque su éxito facilita la ejecución de las siguientes etapas. En contraste, cualquier tipo de omisión que se cometen en esta etapa, tiene alta probabilidad de manifestarse en problemas, ya sea en actividades posteriores del proceso de selección o adicionada en el momento mismo de conformidad al comportamiento la ejecución del presupuesto futuro contrato, así como en cada vigenciala etapa postcontractual. Se Dentro de los aspectos incorporados resulta de primordial importancia en referente a la planeación contractual, ya que una de las falencias de los contratos, es precisamente la falta de planeación y la evidente improvisación de los funcionarios de turno para adjudicar a las carreras y de forma sesgada la contratación y es justamente en la etapa de fin de año donde se presentan los verdaderos contratos fuera de los parámetros legales, producto de la necesidad de utilizar los presupuestos y dar cumplimiento de los mismos a toda xxxxx. Teniendo en cuenta que el presente trabajo tiene como fundamento investigar y analizar las directrices Normativas y de autoridad que se deben elaborar unos estudios previos que deben contener lo siguienteseguir en los contratos de obra pública de infraestructural terrestre (vial), el presente título se desarrollará tomando como base dos líneas:
1. La descripción sucinta ) las directrices fijadas por la Agencia Nacional de Contratación Pública (Colombia Compra Eficiente) con respecto a este tipo de contrato y, 2) las disposiciones Normativas fijadas por la necesidad que pretende satisfacer con Ley 1682 de 2013, la contratacióncual tiene por objeto la adopción de medidas y disposiciones para los proyectos de infraestructura de transporte.
2. La descripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios.
3. Las condiciones técnicas exigidas.
4. El valor estimado del contrato y su justificación.
5. El plazo de ejecución del contrato.
6. El certificado de disponibilidad presupuestal que respalda la contratación. Para la contratación de mínima cuantía, se debe adelantar el siguiente procedimiento:
1. Señalar Planeación Guía para los procesos de contratación de obra pública/Colombia Compra Eficiente.
1.1. Fase de planeación. - Población beneficiada. - Estudios geológicos y geotécnicos cuando apliquen
1.2. Análisis del sector para obra pública.
1.3. Aspectos a considerar en la invitación a participar en procesos estimación de mínima cuantía la siguiente información: La descripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador Xxxxxxx
1.4. Pliego de Bienes condiciones y Servicios, las condiciones técnicas exigidas, el valor estimado minuta del contrato y su justificación y, la forma como el interesado debe acreditar su capacidad jurídica y la experiencia mínima, si se exige esta última, y el cumplimiento de las condiciones técnicas exigidas.
2. Igualmente, se podrá exigir una capacidad financiera mínima cuando no se hace el pago contra entrega a satisfacción de los bienes, obras o servicios. Si se exige capacidad financiera debe indicarse cómo se hará la verificación correspondiente.
3. La invitación se hará por un término no inferior a un (1) día hábil. Si los interesados formulan observaciones o comentarios a la invitación, estos serán contestados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
4. La Corporación debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor precio cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las condiciones de la invitación, se verificará el cumplimento de los requisitos de la invitación de la oferta con el segundo mejor precio, y así sucesivamente.
5. El informe de evaluación se debe publicar durante un (1) día hábil.
6. El ordenador del gasto debe aceptar la oferta de menor precio, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en la invitación a participar en procesos de mínima cuantía. En la aceptación de la oferta, se debe informar al contratista el nombre del supervisor del contrato.
7. En caso de empate, la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.
8. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Se podrán adquirir bienes en grandes superficies, entendidas estas, como aquellas determinadas por la Superintendencia de Industria y Comercio, hasta el monto establecido para la mínima cuantía y aplicando las siguientes reglas:
1. La invitación debe estar dirigida a por lo menos dos (2) Grandes Superficies y debe contener: a) la descripción técnica, detallada y completa del bien, identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios; b) la forma de pago; c) el lugar de entrega; d) el plazo para la entrega de la cotización que debe ser de un (1) día hábil; d) la forma y el lugar de presentación de la cotización, y e) la disponibilidad presupuestal.
2. La entidad estatal debe evaluar las cotizaciones presentadas y seleccionar a quien, con las condiciones requeridas, ofrezca el menor precio xxx xxxxxxx y aceptar la mejor oferta.
3. En caso de empate, la entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.
4. La oferta y su aceptación constituyen el contrato. Nota: El ordenador del gasto es libre de exigir o no garantías en el proceso de selección de mínima cuantía y en la adquisición en grandes superficies.obra pública
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Samples: Contract for Infrastructure Works