NATURALEZA DEL CONVENIO. Este convenio tiene naturaleza jurídica administrativa, y, en todo lo no previsto, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, publicada en el BOP xx Xxxxxx nº. 237, de 10 de diciembre de 2015, las Bases de Ejecución del Presupuesto del año 2023, y las restantes normas de derecho administrativo que, en su caso, serán de aplicación, y en su defecto, las restantes normas de Derecho Privado.
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NATURALEZA DEL CONVENIO. Este convenio tiene naturaleza jurídica administrativa, y, en todo lo no previsto, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, publicada en el BOP xx Xxxxxx nº. 237, de 10 de diciembre de 2015, las Bases de Ejecución del Presupuesto del año 20232022, y las restantes normas de derecho administrativo que, en su caso, serán de aplicación, y en su defecto, las restantes normas de Derecho Privado.
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NATURALEZA DEL CONVENIO. Este Éste convenio tiene naturaleza jurídica administrativa, y, en todo lo no previsto, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)Subvenciones, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, publicada en el BOP xx Xxxxxx nº. núm. 237, de 10 de diciembre de 2015, las Bases de Ejecución del Presupuesto del año 20232022, y las restantes normas de derecho administrativo que, en su caso, serán de aplicación, y en su defecto, las restantes normas de Derecho Privado.
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NATURALEZA DEL CONVENIO. Este convenio tiene naturaleza jurídica administrativa, y, en todo lo no previsto, le será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)Subvenciones, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico jurídico del Sector Público (LRJSP), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Subvenciones, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, publicada en el BOP xx Xxxxxx nº. núm. 237, de 10 de diciembre de 2015, las Bases de Ejecución del Presupuesto del año 20232021, y las restantes normas de derecho administrativo que, en su caso, serán de aplicaciónaplicables, y en su defecto, las restantes normas de Derecho Privadoprivado.
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