Normas aplicables a las Entidades locales Cláusulas de Ejemplo

Normas aplicables a las Entidades locales. 1. En los supuestos en que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.1. párrafo n) y 33.2 párrafo l) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las bases del Régimen Local, el órgano de contratación sea el Pleno, las competencias atribuidas a dicho órgano de contratación en los artículos 73.1, 74, 78, apartados 1, 2 y 3, 80.4, 87.1, 94.1, 95, 96.3, 115, apartados 1 y 2, 118, 121, 123.1, 138, 139.4, 142.2, 144.2, 155.4 y 162.2 de este Reglamento podrán ser atribuidas por el mismo a otros órganos de la Corporación.
Normas aplicables a las Entidades locales. 1. En loc cupuectoc en que, de conformidad con lo dicpuecto en loc artículoc 22.1. párrafo n) y 33.2 párrafo l) de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de lac bacec del Régimen Local, el órgano de contratación cea el Pleno, lac competenciac atribuidac a dicho órgano de contratación en loc artículoc 73.1, 74, 78, apartadoc 1, 2 y 3, 80.4, 87.1, 94.1, 95, 96.3, 115, apartadoc 1 y 2, 118, 121, 123.1, 138, 139.4, 142.2, 144.2, 155.4 y 162.2 de ecte Reglamento podrán cer atribuidac por el micmo a otroc órganoc de la Corporación.