Common use of NORMAS REGULADORAS Clause in Contracts

NORMAS REGULADORAS. El Medio de Pago “StarRessa Direct” se regirá por las normas y condiciones de utilización especificadas en estas Condiciones Generales de utilización de este Medio de Pago Comercial. Red Española de Servicios, S.A.U. (en adelante RESSA) se reserva el derecho de modificar las cláusulas y condiciones económicas del presente contrato para ajustarlas a las necesidades técnicas, exigencias y evolución del servicio. Las modificaciones se comunicarán al Cliente mediante su aparición en la web www.starressa. com o mediante su aparición en el correspondiente factura y entrarán en vigor a los quince días de su aparición en cualquier de estos medios, entendiéndose su aceptación por parte del Cliente con el uso del Medio de Pago por el Cliente, tras su publicación, sin que se hubiera procedido por éste a la resolución del presente contrato. El cliente acepta la no aplicación del art.22 de la L.S.P. a lo establecido en esta cláusula. A efectos de comunicaciones, se entenderán igualmente válidas las notificaciones efectuadas desde RESSA al correo electrónico facilitado con la solicitud de este Medio de Pago, desplegando plenos efectos desde la fecha de recepción de dicha comunicación. En el supuesto de que se habiliten nuevas direcciones de correo electrónico a efectos de comunicaciones, se reportarán válidas y eficaces las comunicaciones efectuadas desde RESSA a cualquiera de ellas. En caso de entidades jurídicas, RESSA considerará igualmente válidas las comunicaciones atendidas o recibidas desde el dominio institucional de la empresa, si existiese. Las presentes Condiciones Generales entrarán en vigor y desplegarán plenos efectos desde que el Medio de Pago pase por primera vez por el Terminal Cepsa ubicado en uno de los Establecimientos Adheridos y dicho Terminal acepte la operación o transacción efectuada. Asimismo, la utilización del Medio de Pago supone la aceptación por su Titular de las posibles modificaciones posteriores en las Condiciones Generales que le hayan notificado previamente. El titular deberá informar el dato de matrícula del vehículo. En caso de no facilitarlo, Xxxxx queda exonerada de toda responsabilidad sobre el uso del Medio de Pago, así como de la comunicación a la AEAT de los consumos del Gasóleo Profesional.

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Samples: elitetaxi.taxi, www.coleconomistes.cat, www.gremijardineria.cat

NORMAS REGULADORAS. El Medio de Pago «StarRessa Direct” Flotas» se regirá por las normas y condiciones de utilización especificadas en estas Condiciones Generales de utilización de este del Medio de Pago ComercialComercial «StarRessa Flotas». Red Española de Servicios, S.A.U. (en adelante RESSA) se reserva el derecho de modificar las cláusulas y condiciones económicas del presente contrato para ajustarlas a las necesidades técnicas, exigencias y evolución del servicio. Las modificaciones se comunicarán al Cliente mediante su aparición en la web www.starressa. com www.starressa.como o mediante su aparición en el correspondiente factura y entrarán en vigor a los quince días de su aparición en cualquier de estos medios, entendiéndose su aceptación por parte del Cliente con el uso del Medio de Pago por el Cliente, tras su publicación, sin que se hubiera procedido por éste a la resolución del presente contrato. El cliente acepta la no aplicación del art.22 de la L.S.P. a lo establecido en esta cláusula. A efectos de comunicaciones, se entenderán igualmente válidas las notificaciones efectuadas desde RESSA al correo electrónico facilitado con la solicitud de este Medio de Pago, desplegando plenos efectos desde la fecha de recepción de dicha comunicación. En el supuesto de que se habiliten nuevas direcciones de correo electrónico a efectos de comunicaciones, se reportarán válidas y eficaces las comunicaciones efectuadas desde RESSA x XXXXX a cualquiera de ellas. En caso de entidades jurídicas, RESSA considerará igualmente válidas las comunicaciones atendidas o recibidas desde el dominio institucional de la empresa, si existiese. Las presentes Condiciones Generales entrarán en vigor y desplegarán plenos efectos desde que el Medio de Pago pase por primera vez por el Terminal Cepsa ubicado en uno de los Establecimientos Adheridos y dicho Terminal acepte la operación o transacción efectuada. Asimismo, la utilización del Medio de Pago supone la aceptación por su Titular de las posibles modificaciones posteriores en las Condiciones Generales que le hayan notificado previamente. El titular deberá informar el dato de matrícula del vehículo. En caso de no facilitarlo, Xxxxx queda exonerada de toda responsabilidad sobre el uso del Medio de Pago, así como de la comunicación a la AEAT de los consumos del Gasóleo Profesional.

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Samples: www.feda.es

NORMAS REGULADORAS. El Medio de Pago «StarRessa Direct” Gasóleo Bonificado» se regirá por las normas y condiciones de utilización especificadas en estas Condiciones Generales de utilización de este Utilización del Medio de Pago Comercial«StarRessa Gasóleo Bonificado». Red Española de Servicios, S.A.U. (en adelante RESSA) se reserva el derecho de modificar las cláusulas y condiciones económicas del presente contrato para ajustarlas a las necesidades técnicas, exigencias y evolución del servicio. Las modificaciones se comunicarán al Cliente mediante su aparición en la web www.starressa. com o mediante su aparición en el correspondiente factura xxx.xxxxxxxxx.xxx y entrarán en vigor a los quince días de su aparición en cualquier de estos medios, entendiéndose su aceptación por parte del Cliente con el uso del Medio de Pago por el Cliente, tras su publicación, sin que se hubiera procedido por éste a la resolución del presente contrato. El cliente acepta la no aplicación del art.22 de la L.S.P. a lo establecido en esta cláusula. A efectos de comunicaciones, se entenderán igualmente válidas las notificaciones efectuadas desde RESSA al correo electrónico facilitado con la solicitud de este Medio de Pago, desplegando plenos efectos desde la fecha de recepción de dicha comunicación. En el supuesto de que se habiliten nuevas direcciones de correo electrónico a efectos de comunicaciones, se reportarán válidas y eficaces las comunicaciones efectuadas desde RESSA x XXXXX a cualquiera de ellas. En caso de entidades jurídicas, RESSA considerará igualmente válidas las comunicaciones atendidas o recibidas desde el dominio institucional de la empresa, si existiese. Las presentes Condiciones Generales entrarán en vigor y desplegarán plenos efectos desde que el Medio de Pago pase por primera vez por el Terminal Cepsa ubicado en uno de los Establecimientos Adheridos y dicho Terminal acepte la operación o transacción efectuada. Asimismo, la utilización del Medio de Pago supone la aceptación por su Titular de las posibles modificaciones posteriores en las Condiciones Generales que le hayan notificado previamente. El titular deberá informar el dato de matrícula del vehículo. En caso de no facilitarlo, Xxxxx queda exonerada de toda responsabilidad sobre el uso del Medio de Pago, así como de la comunicación a la AEAT de los consumos del Gasóleo ProfesionalBonificado.

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Samples: www.feac.es

NORMAS REGULADORAS. El Medio de Pago «StarRessa Direct” Flotas» se regirá por las normas y condiciones de utilización especificadas en estas Condiciones Generales de utilización de este del Medio de Pago ComercialComercial «StarRessa Flotas». Red Española de Servicios, S.A.U. (en adelante RESSA) se reserva el derecho de modificar las cláusulas y condiciones económicas del presente contrato para ajustarlas a las necesidades técnicas, exigencias y evolución del servicio. Las modificaciones se comunicarán al Cliente mediante su aparición en la web www.starressawww. com starressa.como o mediante su aparición en el correspondiente factura y entrarán en vigor a los quince días de su aparición en cualquier de estos medios, entendiéndose su aceptación por parte del Cliente con el uso del Medio de Pago por el Cliente, tras su publicación, sin que se hubiera procedido por éste a la resolución del presente contrato. El cliente acepta la no aplicación del art.22 de la L.S.P. a lo establecido en esta cláusula. A efectos de comunicaciones, se entenderán igualmente válidas las notificaciones efectuadas desde RESSA al correo electrónico facilitado con la solicitud de este Medio de Pago, desplegando plenos efectos desde la fecha de recepción de dicha comunicación. En el supuesto de que se habiliten nuevas direcciones de correo electrónico a efectos de comunicaciones, se reportarán válidas y eficaces las comunicaciones efectuadas desde RESSA x XXXXX a cualquiera de ellas. En caso de entidades jurídicas, RESSA considerará igualmente válidas las comunicaciones atendidas o recibidas desde el dominio institucional de la empresa, si existiese. Las presentes Condiciones Generales entrarán en vigor y desplegarán plenos efectos desde que el Medio de Pago pase por primera vez por el Terminal Cepsa ubicado en uno de los Establecimientos Adheridos y dicho Terminal acepte la operación o transacción efectuada. Asimismo, la utilización del Medio de Pago supone la aceptación por su Titular de las posibles modificaciones posteriores en las Condiciones Generales que le hayan notificado previamente. El titular deberá informar el dato de matrícula del vehículo. En caso de no facilitarlo, Xxxxx queda exonerada de toda responsabilidad sobre el uso del Medio de Pago, así como de la comunicación a la AEAT de los consumos del Gasóleo Profesional.

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Samples: circulares.faeburgos.org