OBJETO DEL CONVENIO. El objeto del presente convenio es instrumentar el régimen de colaboración entre el Ayuntamiento xx Xxxxxx y Cámara de Comercio para fomentar la reactivación económica del tejido empresarial turolense a través de la implementación de “Bonos de reactivación económica de venta cruzada”. El objetivo es estimular e impulsar las compras dinamizando el tejido comercial, empresarial y hostelero mediante la creación de bonos de aportación económica a través del sistema de “venta cruzada” a canjear obligatoriamente una parte en establecimientos hosteleros y la otra en el resto de establecimientos de la ciudad xx Xxxxxx con actividad empresarial diferente, considerando a los establecimientos inscritos en esta iniciativa los beneficiarios del convenio. La aportación económica realizada por el Ayuntamiento se destinará a financiar los gastos y estructura fija del establecimiento o empresa, no el bien o servicio entregado al adquirente xxx xxxx. Por ello la subvención municipal no constituirá la contraprestración de ninguna operación imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada son aquellos con los que los clientes obtienen un saldo extra de forma gratuita, concretamente 25 euros, añadidos al importe xxx xxxx que compre por valor de 50 euros, obteniendo un bono de 75 euros, de los cuales 50 euros se gastarán en un primer establecimiento y 25 euros en un segundo establecimiento. Pueden adquirirlos todas las personas que deseen apoyar a los comercios, servicios profesionales y hosteleros de nuestra ciudad y además esto les supone una pequeña ayuda económica a ellos mismos para mantener sus posibilidades de consumo. El consumidor anticipa el dinero con tarjeta a través de la pasarela de pago, y para canjearlo debe acudir al establecimiento presentando su DNI. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada estarán vigentes desde la firma del convenio, y una vez pagados, podrán canjearse en los establecimientos hasta el 31 de diciembre de 2021.
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Samples: Convenio De Colaboración
OBJETO DEL CONVENIO. El objeto Objeto del presente convenio Convenio es instrumentar promover la información sobre Créditos Hipotecarios que comercializa el régimen Banco, ofreciéndola al Notario para que a su vez la pueda trasmitir a aquellos interesados en oportunidad en que se le requiera el asesoramiento en materia de colaboración entre contratación inmobiliaria.- En consecuencia, durante la vigencia del presente Convenio, el Ayuntamiento xx Xxxxxx Banco mantendrá permanentemente informado a los Notarios, de las distintas líneas de créditos hipotecarios que comercialice, de modo que éstos puedan a su vez trasmitírselas a sus requirentes, en el marco del asesoramiento en materia de contratación inmobiliaria.- Si el Notario contare con el asentimiento del interesado, podrá indicar al Banco, por las vías que se instrumenten, el nombre, apellido teléfono o dirección de e-mail del potencial cliente bancario, para que el respectivo agente bancario lo contacte y Cámara defina con el interesado el proceso bancario a seguir.- Si el interesado optare por contratar con el Banco el respectivo crédito, al Notario que lo hubiera presentado (en adelante “el Notario presentante”), el Banco deberá adjudicarle el trámite correspondiente para que autorice la respectiva escritura de Comercio para fomentar la reactivación económica mutuo con garantía hipotecaria, bajo las previsiones del tejido empresarial turolense presente convenio.- En cualquier supuesto, deberán quedar a través salvo los derechos xxx Xxxxxxx designado en Boleto de Compraventa, en los términos de la implementación de “Bonos de reactivación económica de venta cruzada”. El objetivo es estimular e impulsar las compras dinamizando el tejido comercial, empresarial y hostelero mediante la creación de bonos de aportación económica a través del sistema de “venta cruzada” a canjear obligatoriamente una parte en establecimientos hosteleros y la otra en el resto de establecimientos de la ciudad xx Xxxxxx con actividad empresarial diferente, considerando a los establecimientos inscritos en esta iniciativa los beneficiarios del convenio. La aportación económica realizada por el Ayuntamiento se destinará a financiar los gastos y estructura fija del establecimiento o empresa, no el bien o servicio entregado al adquirente xxx xxxx. Por ello la subvención municipal no constituirá la contraprestración de ninguna operación imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada son aquellos con los que los clientes obtienen un saldo extra de forma gratuita, concretamente 25 euros, añadidos al importe xxx xxxx que compre por valor de 50 euros, obteniendo un bono de 75 euros, de los cuales 50 euros se gastarán en un primer establecimiento y 25 euros en un segundo establecimiento. Pueden adquirirlos todas las personas que deseen apoyar a los comercios, servicios profesionales y hosteleros de nuestra ciudad y además esto les supone una pequeña ayuda económica a ellos mismos para mantener sus posibilidades de consumo. El consumidor anticipa el dinero con tarjeta a través de la pasarela de pago, y para canjearlo debe acudir al establecimiento presentando su DNI. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada estarán vigentes desde la firma del convenio, y una vez pagados, podrán canjearse en los establecimientos hasta el 31 de diciembre de 2021Ley 25.093.
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Samples: Convenio Para La Escrituracion De Créditos Hipotecarios
OBJETO DEL CONVENIO. El presente Convenio tiene por objeto del presente convenio es instrumentar el régimen de regular la colaboración entre el Ayuntamiento xx Xxxxxx la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y la Cámara Oficial de Comercio Comercio, Industria, Servicio y Navegación de Santa Xxxx de Tenerife (en adelante, entidad colaboradora) para fomentar la reactivación económica del tejido empresarial turolense gestión y tramitación de subvenciones con carácter de emergencia a través las empresas y personas autónomas para mitigar los perjuicios económicos derivados de la implementación de “Bonos de reactivación económica de venta cruzada”. El objetivo es estimular e impulsar las compras dinamizando el tejido comercial, empresarial y hostelero mediante la creación de bonos de aportación económica a través del sistema de “venta cruzada” a canjear obligatoriamente una parte en establecimientos hosteleros y la otra en el resto de establecimientos persistencia de la ciudad xx Xxxxxx con paralización de la actividad empresarial diferentedurante el primer trimestre del año 2023, considerando ocasionados por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, así como la entrega, a los establecimientos inscritos en esta iniciativa los beneficiarios del convenio. La aportación económica realizada por el Ayuntamiento se destinará a financiar los gastos las personas y estructura fija del establecimiento o empresa, no el bien o servicio entregado al adquirente xxx xxxx. Por ello la subvención municipal no constituirá la contraprestración de ninguna operación imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada son aquellos con los que los clientes obtienen un saldo extra de forma gratuita, concretamente 25 euros, añadidos al importe xxx xxxx que compre por valor de 50 euros, obteniendo un bono de 75 eurosentidades beneficiarias, de los cuales 50 euros se gastarán en un primer establecimiento y 25 euros en un segundo establecimiento. Pueden adquirirlos todas las personas que deseen apoyar a los comercios, servicios profesionales y hosteleros de nuestra ciudad y además esto les supone una pequeña ayuda económica a ellos mismos para mantener sus posibilidades de consumo. El consumidor anticipa el dinero con tarjeta a través fondos recibidos de la pasarela Dirección General de pagoPromoción Económica destinados a la concesión de las subvenciones reguladas en la Orden de 23 xx xxxx de 2023, de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, que regula la concesión de subvenciones con carácter de emergencia a las empresas y personas autónomas para canjearlo debe acudir al establecimiento presentando mitigar los perjuicios económicos derivados de la persistencia de la paralización de la actividad durante el primer trimestre del año 2023, ocasionados por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma (BOC n.º 105, de 1.6.2023). Por entidad colaboradora se entiende, de conformidad con el artículo 12 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre, aquella que, actuando en nombre y por cuenta del órgano concedente a todos los efectos relacionados con la subvención, entregue y distribuya los fondos públicos a las beneficiarias cuando así se establezca en las bases reguladoras, o colabore en la gestión de la subvención sin que se produzca la previa entrega y distribución de los fondos recibidos. Estos fondos, en ningún caso, se considerarán integrantes de su DNI. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada estarán vigentes desde la firma del convenio, y una vez pagados, podrán canjearse en los establecimientos hasta el 31 de diciembre de 2021patrimonio.
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Samples: www.mpr.gob.es
OBJETO DEL CONVENIO. El objeto del presente convenio es instrumentar el régimen de colaboración entre tiene por objeto la concesión de una subvención directa y nominativa al CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS, por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021. Uno de los fines de este Instituto es la divulgación y promoción del deporte y para ello, con el Ayuntamiento xx Xxxxxx y Cámara objetivo de Comercio para fomentar la reactivación económica del tejido empresarial turolense a través práctica deportiva, el IMD ha decidido apoyar al Club Deportivo Voleibol Guaguas, por su participación en la Superliga Masculina de Voleibol durante la temporada 2020/2021. Dentro de la implementación competición deportiva de “Bonos alto rendimiento y, por lo que se refiere a los denominados deportes de reactivación económica equipo, juegan un papel fundamental los clubes deportivos, integrados en la estructura de venta cruzada”la organización deportiva determinada por la legislación vigente en la materia. El objetivo es estimular e impulsar Los clubes deportivos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el deporte de Canarias, en adelante L1/2019, se configuran como asociaciones privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y capacidad de obrar, formadas por personas físicas, integrados en las compras dinamizando federaciones deportivas canarias que correspondan, y cuyos objetivos básicos son el tejido comercialfomento, empresarial y hostelero mediante la creación de bonos de aportación económica a través del sistema de “venta cruzada” a canjear obligatoriamente una parte en establecimientos hosteleros el desarrollo y la otra práctica continuada de la actividad deportiva dentro del ámbito federado. Para participar en competiciones de carácter oficial deben inscribirse en la federación deportiva correspondiente. Los clubes deportivos, por tanto, tienen una importancia decisiva en el resto deporte de establecimientos competición por su contribución a la elevación del nivel de sus deportistas y equipos, movidos por el objetivo de obtener los mejores resultados en las correspondientes modalidades deportivas. Las ayudas a los clubes deportivos de la ciudad xx Xxxxxx con actividad empresarial diferentese configuran así, considerando como instrumentos básicos de apoyo para los mejores equipos y, por lo tanto, para el fomento y promoción del deporte en nuestro ámbito territorial, por ello distinguimos entre equipos de primera o segunda categoría nacional. Tener jugadores de referencia en las máximas categorías sirve sin duda alguna de estímulo para los más pequeños, que ven en ellos un referente, alguien a quien admirar e imitar. Por tanto, apoyando a los establecimientos inscritos en esta iniciativa los beneficiarios equipos de las máximas categorías, indirectamente se está apoyando también al fomento del conveniodeporte base. La aportación económica realizada por historia del Club Deportivo Voleibol Guaguas, con CIF nº X00000000, comenzó en 1996 cosechando como logros deportivos: • 5 Campeonatos de Superliga Masculina de Voleibol. • 6 Copas de su Majestad el Ayuntamiento se destinará a financiar los gastos y estructura fija Rey. • 1 Supercopa de España. • 1 Participación en la Final Four de la Copa de Europa. Este proyecto cuenta con la experiencia de miembros que formaron parte de la triunfante época del establecimiento o empresa, no el bien o servicio entregado al adquirente xxx xxxx. Por ello la subvención municipal no constituirá la contraprestración de ninguna operación imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada son aquellos con los que los clientes obtienen un saldo extra de forma gratuita, concretamente 25 euros, añadidos al importe xxx xxxx que compre por valor de 50 euros, obteniendo un bono de 75 euros, Club en las décadas de los cuales 50 euros se gastarán en un primer establecimiento 80 y 25 euros en un segundo establecimiento. Pueden adquirirlos todas las personas que deseen apoyar a los comercios, servicios profesionales y hosteleros de nuestra ciudad y además esto les supone una pequeña ayuda económica a ellos mismos para mantener sus posibilidades de consumo90. El consumidor anticipa el dinero con tarjeta a través club reconoce la importancia de la pasarela diversidad en su constitución y apoya la inclusión de pagola mujer en el sector deportivo por que cuenta en su órgano institucional con presencia femenina. Y el equipo técnico lo conforman personas de gran experiencia y valor en al ámbito deportivo. En la plantilla se ha contado con jugadores canarios, nacionales y extranjeros de primer nivel con experiencia en la Superliga Masculina. El CLUB DEPORTIVO VOLEIBOL GUAGUAS manifiesta la necesidad de contar con el apoyo de las administraciones públicas para canjearlo debe acudir al establecimiento presentando su DNI. Los bonos participación en la Superliga Masculina de reactivación económica de venta cruzada estarán vigentes desde Voleibol durante la firma del convenio, y una vez pagados, podrán canjearse en los establecimientos hasta el 31 de diciembre de 2021temporada 2020/2021.
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OBJETO DEL CONVENIO. El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre las dos partes intervinientes para el funcionamiento del Centro de Testaje -situado en la Finca de “Xxxxxx Xxxxxxxx”-, como Centro de Valoración Individual de Reproductores Bovinos Jóvenes, con la finalidad de llevar a cabo en el mismo el control de rendimientos y de valoración de los reproductores inscritos en el Libro Genealógico de la Raza Limusina, dentro de las ganaderías ubicadas en la Comunidad xx Xxxxxxxx y León. Asimismo, se busca potenciar el carácter experimental de la explotación de la Finca de “Xxxxxx Xxxxxxxx” y dar a conocer sus instalaciones como centro de fomento de actividades agropecuarias, dando mayor difusión a las posibilidades que sus dependencias ofrecen de cara a la celebración de cursos, conferencias, reuniones, así como para la realización de proyectos fin xx xxxxxxx, investigación y aquellos otros actos que sirvan de difusión dentro del sector agrario salmantino. Aporta temporalmente, durante el tiempo de vigencia del Convenio, las instalaciones del Centro de Testaje, que constan de un cobertizo de 45 x 7,50 m. con cubierta a un agua y con una altura mínima de 3 m. en uno de sus extremos, partido en dos, con una zona central destinada a oficina de control y acceso a la zona de manejo -situada en el patio de ejercicio- de 47 x 12,50 m., donde se ubican una manga sanitaria con mueco, una báscula de pesaje para 1.500 kg. y un muelle para carga y descarga. La Diputación Provincial en ningún caso financiará las actividades que la Asociación de Criadores de Limusín de Castilla y León efectúe como consecuencia de la ejecución del presente convenio es instrumentar el régimen de colaboración entre el Ayuntamiento xx Xxxxxx y Cámara de Comercio para fomentar Convenio, siendo esta última la reactivación económica del tejido empresarial turolense a través de la implementación de “Bonos de reactivación económica de venta cruzada”. El objetivo es estimular e impulsar las compras dinamizando el tejido comercial, empresarial y hostelero mediante la creación de bonos de aportación económica a través del sistema de “venta cruzada” a canjear obligatoriamente una parte en establecimientos hosteleros y la otra en el resto de establecimientos de la ciudad xx Xxxxxx con actividad empresarial diferente, considerando a los establecimientos inscritos en esta iniciativa los beneficiarios del convenio. La aportación económica realizada por el Ayuntamiento se destinará a financiar que asuma todos los gastos y estructura fija que se deriven del establecimiento o empresa, no el bien o servicio entregado al adquirente xxx xxxx. Por ello la subvención municipal no constituirá la contraprestración de ninguna operación imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada son aquellos con los que los clientes obtienen un saldo extra de forma gratuita, concretamente 25 euros, añadidos al importe xxx xxxx que compre por valor de 50 euros, obteniendo un bono de 75 euros, de los cuales 50 euros se gastarán en un primer establecimiento y 25 euros en un segundo establecimiento. Pueden adquirirlos todas las personas que deseen apoyar a los comercios, servicios profesionales y hosteleros de nuestra ciudad y además esto les supone una pequeña ayuda económica a ellos mismos para mantener sus posibilidades de consumo. El consumidor anticipa el dinero con tarjeta a través de la pasarela de pago, y para canjearlo debe acudir al establecimiento presentando su DNI. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada estarán vigentes desde la firma del convenio, y una vez pagados, podrán canjearse en los establecimientos hasta el 31 de diciembre de 2021mismo.
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OBJETO DEL CONVENIO. El objeto Objeto del presente convenio Xxxxxxxx es instrumentar promover la información sobre Créditos Hipotecarios que comercializa el régimen Banco, ofreciéndola al Notario para que a su vez la pueda trasmitir a aquellos interesados en oportunidad en que se le requiera el asesoramiento en materia de colaboración entre contratación inmobiliaria.- En consecuencia, durante la vigencia del presente Convenio, el Ayuntamiento xx Xxxxxx Banco mantendrá permanentemente informado a los Notarios, de las distintas líneas de créditos hipotecarios que comercialice, de modo que éstos puedan a su vez trasmitírselas a sus requirentes, en el marco del asesoramiento en materia de contratación inmobiliaria.- Si el Notario contare con el asentimiento del interesado, podrá indicar al Banco, por las vías que se instrumenten, el nombre, apellido teléfono o dirección de e-mail del potencial cliente bancario, para que el respectivo agente bancario lo contacte y Cámara defina con el interesado el proceso bancario a seguir.- Si el interesado optare por contratar con el Banco el respectivo crédito, al Notario que lo hubiera presentado (en adelante “el Notario presentante”), el Banco deberá adjudicarle el trámite correspondiente para que autorice la respectiva escritura de Comercio para fomentar la reactivación económica mutuo con garantía hipotecaria, bajo las previsiones del tejido empresarial turolense presente convenio.- En cualquier supuesto, deberán quedar a través salvo los derechos xxx Xxxxxxx designado en Boleto de Compraventa, en los términos de la implementación de “Bonos de reactivación económica de venta cruzada”. El objetivo es estimular e impulsar las compras dinamizando el tejido comercial, empresarial y hostelero mediante la creación de bonos de aportación económica a través del sistema de “venta cruzada” a canjear obligatoriamente una parte en establecimientos hosteleros y la otra en el resto de establecimientos de la ciudad xx Xxxxxx con actividad empresarial diferente, considerando a los establecimientos inscritos en esta iniciativa los beneficiarios del convenio. La aportación económica realizada por el Ayuntamiento se destinará a financiar los gastos y estructura fija del establecimiento o empresa, no el bien o servicio entregado al adquirente xxx xxxx. Por ello la subvención municipal no constituirá la contraprestración de ninguna operación imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada son aquellos con los que los clientes obtienen un saldo extra de forma gratuita, concretamente 25 euros, añadidos al importe xxx xxxx que compre por valor de 50 euros, obteniendo un bono de 75 euros, de los cuales 50 euros se gastarán en un primer establecimiento y 25 euros en un segundo establecimiento. Pueden adquirirlos todas las personas que deseen apoyar a los comercios, servicios profesionales y hosteleros de nuestra ciudad y además esto les supone una pequeña ayuda económica a ellos mismos para mantener sus posibilidades de consumo. El consumidor anticipa el dinero con tarjeta a través de la pasarela de pago, y para canjearlo debe acudir al establecimiento presentando su DNI. Los bonos de reactivación económica de venta cruzada estarán vigentes desde la firma del convenio, y una vez pagados, podrán canjearse en los establecimientos hasta el 31 de diciembre de 2021Ley 25.093.
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