Obligaciones tributarias e impositivas. El CONCESIONARIO queda obligado al pago de todos los impuestos, contribuciones y tasas que recaigan sobre los Bienes de la Concesión. Tanto la reversión como la devolución anticipada de bienes que por cualquier causa realice el CONCESIONARIO al CONCEDENTE estará inafecta de todo tributo, carga, gravamen, pago de compensación alguna al CONCESIONARIO, o derecho real o de cualquier naturaleza, creado o por crearse, según lo previsto por el Artículo 22º del TUO.
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Obligaciones tributarias e impositivas. El CONCESIONARIO queda obligado al pago de todos los impuestosgravámenes, contribuciones y tasas e impuestos que recaigan sobre los Bienes de la Concesión. Tanto la reversión como la devolución anticipada de bienes que por cualquier causa realice el CONCESIONARIO al CONCEDENTE estará inafecta de todo tributo, carga, gravamen, pago de compensación alguna al CONCESIONARIO, o derecho real o de cualquier naturaleza, creado o por crearse, según lo previsto por el Artículo 22º del TUO.
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Obligaciones tributarias e impositivas. El CONCESIONARIO queda obligado al pago de todos los impuestosgravámenes, contribuciones y tasas e impuestos que recaigan sobre los Bienes bienes de la ConcesiónConcesión cuya posesión se ha transferido. Tanto la reversión como la devolución anticipada de bienes que por cualquier causa realice el CONCESIONARIO al CONCEDENTE estará inafecta de todo tributo, carga, gravamen, pago de compensación alguna al CONCESIONARIO, o derecho real o de cualquier naturaleza, creado o por crearse, según lo previsto por el Artículo 22º del TUO.
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