ORDEN DE INICIO. Una vez haya sido firmado el Contrato correspondiente, BCyL S.A. emitirá la Orden de Inicio de los trabajos, estableciendo en ella un plazo para el comienzo de las obras, que será como mínimo xx XXXX (10) días, pudiendo en ese plazo autorizarse la ejecución de tareas preliminares. Dentro del plazo otorgado, las PARTES confeccionarán un “Acta de Inicio” a fin de establecer la fecha cierta de inicio de los plazos contractuales, firmada por el Inspector de Obra y el Representante Técnico del Contratista, considerándose que el Plan de Trabajos tiene vigencia a partir de la fecha establecida en dicha Acta. Si dicha Acta no se firmase, se considerará de pleno derecho que los plazos contractuales rigen automáticamente a partir del vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. No se podrá dar comienzo a los trabajos, sin previa autorización de la Empresa BCyL S.A. (Orden de Inicio), para lo cual el Contratista deberá tomar contacto inmediato con la Administración del Contrato /Inspección de Obra, una vez firmada la Orden de Inicio. El Contratista no podrá justificar atrasos originados en hechos o circunstancias cuyo efecto resultara conocido con más de TREINTA (30) días de antelación de la fecha en la cual el Contratista denuncia el atraso a BCyL S.A. Si por cualquier causa se produjeran alteraciones en el Plan de Trabajos, el Contratista deberá actualizar el mismo dentro de los Cinco (5) días subsiguientes; el nuevo Plan contemplará las modificaciones necesarias cada vez que la marcha de los trabajos lo exija o se lo indique el Comitente, a su solo juicio. Las nuevas programaciones que se efectúen sólo servirán para salvar las alteraciones ocurridas en el plan vigente y su aprobación de ningún modo servirá para justificar postergaciones en el plazo contractual de ejecución de las obras, salvo cuando fuera debidamente justificado por el Contratista y aprobado por el Comitente. Cuando fuere necesario realizar cambios o alteraciones o incorporar nuevos trabajos a los contratados, se indicará su relación con las actividades del programa de trabajos vigente, su plazo de ejecución y su incidencia en el plazo total de ejecución de la obra. La falta de cumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación de las penalidades previstas establecidas en la presente documentación. Sobre cada programación aprobada, el Comitente elaborará su correspondiente programación de pagos; en consecuencia, los plazos representarán la duración máxima de los compromisos asumidos por el Contratista y éste podrá acelerar el avance físico respecto a lo programado aunque, sin acuerdo previo de BCyL S.A., no podrá exigir una consecuente aceleración del programa de pagos.
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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública, Licitación Pública Nacional
ORDEN DE INICIO. Una vez haya sido firmado el Contrato emitida la Orden de Compra correspondiente, BCyL S.A. emitirá la Orden de Inicio de los trabajos, estableciendo en ella un plazo para el comienzo de las obras, que será como mínimo xxxxxx xx XXXX (10) días, pudiendo en ese plazo autorizarse la ejecución de tareas preliminares. Dentro del plazo otorgado, las PARTES confeccionarán un “Acta de Inicio” a fin de establecer la fecha cierta de inicio de los plazos contractuales, firmada por el Inspector de Obra y el Representante Técnico del Contratista, considerándose que el Plan de Trabajos tiene vigencia a partir de la fecha establecida en dicha Acta. Si dicha Acta no se firmase, se considerará de pleno derecho que los plazos contractuales rigen automáticamente a partir del vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior. No se podrá dar comienzo a los trabajos, sin previa autorización de la Empresa BCyL S.A. (Orden de Inicio), para lo cual el Contratista deberá tomar contacto inmediato con la Administración del Contrato /Inspección de Obra, una vez firmada la Orden de Inicio. El Contratista no podrá justificar atrasos originados en hechos o circunstancias cuyo efecto resultara conocido con más de TREINTA (30) días de antelación de la fecha en la cual el Contratista denuncia el atraso a BCyL S.A. Si por cualquier causa se produjeran alteraciones en el Plan de Trabajos, el Contratista deberá actualizar el mismo dentro de los Cinco (5) días subsiguientes; el nuevo Plan contemplará las modificaciones necesarias cada vez que la marcha de los trabajos lo exija o se lo indique el Comitente, a su solo juicio. Las nuevas programaciones que se efectúen sólo servirán para salvar las alteraciones ocurridas en el plan vigente y su aprobación de ningún modo servirá para justificar postergaciones en el plazo contractual de ejecución de las obras, salvo cuando fuera debidamente justificado por el Contratista y aprobado por el Comitente. Cuando fuere necesario realizar cambios o alteraciones o incorporar nuevos trabajos a los contratados, se indicará su relación con las actividades del programa de trabajos vigente, su plazo de ejecución y su incidencia en el plazo total de ejecución de la obra. La falta de cumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación de las penalidades previstas establecidas en la presente documentación. Sobre cada programación aprobada, el Comitente elaborará su correspondiente programación de pagos; en consecuencia, los plazos representarán la duración máxima de los compromisos asumidos por el Contratista y éste podrá acelerar el avance físico respecto a lo programado aunque, sin acuerdo previo de BCyL S.A., no podrá exigir una consecuente aceleración del programa de pagos.
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Samples: Licitación Pública Nacional
ORDEN DE INICIO. Una vez haya sido firmado Firmado el Contrato correspondientecontrato, BCyL S.A. emitirá el comitente dará la Orden de Inicio de los trabajos, estableciendo en ella un plazo para el comienzo de las obras, que será como mínimo xx XXXX (10) días, pudiendo en ese plazo autorizarse la ejecución de tareas preliminares. Dentro del plazo otorgado, las PARTES confeccionarán un “Acta de Inicio” a fin de establecer la fecha cierta orden de inicio de los plazos contractualestrabajos con una antelación mínima de cinco (5) días o la establecida en el P.C.P.; durante ese lapso, firmada por previa autorización del comitente, el Inspector contratista podrá efectuar algunos trabajos preliminares. El contratista queda obligado a comenzar los trabajos dentro del plazo que se establezca en el P.C.P. o en el Acta de Obra Inicio y el Representante Técnico del Contratista, considerándose que el Plan de Trabajos tiene vigencia serán contados a partir de la fecha establecida de esa orden, situación que se dejará asentada en dicha Actael Acta de Inicio. Si dicha Acta cumplido dicho plazo, el contratista no hubiera iniciado los trabajos, y siempre que no se firmasediera el caso previsto en el último párrafo del Artículo 50 de la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificatorias y complementarias, el comitente tendrá derecho a la rescisión del contrato, en cuyo caso el contratista perderá la garantía de cumplimiento del contrato y responderá por los daños y perjuicios causados. Si el comitente no ejerciera este derecho, el plazo de ejecución de obra se considerará de pleno derecho que los plazos contractuales rigen automáticamente computará a partir del vencimiento del plazo indicado en el párrafo anteriorActa de Inicio. No se podrá dar comienzo a PLIEG-2019-00519464-APN-SECOT#MTR PLIEGO DE CLAUSULASGENERALES Página 36 de 69 Asimismo, cuando el acta de inicio no pudiere labrarse por causas imputables al contratista y, ello impida la ejecución de los trabajos, sin el comitente podrá rescindir el contrato y adjudicar al que le siga en orden de mérito, previa autorización conformidad del respectivo oferente, y así sucesivamente. No corresponderá la aplicación de la Empresa BCyL S.A. (Orden de Inicio), para lo cual penalidades si el Contratista deberá tomar contacto inmediato con la Administración del Contrato /Inspección de Obra, una vez firmada la Orden de Inicio. El Contratista no podrá justificar atrasos originados en hechos segundo o circunstancias cuyo efecto resultara conocido con más de TREINTA (30) días de antelación de la fecha en la cual el Contratista denuncia el atraso a BCyL S.A. Si por cualquier causa se produjeran alteraciones los subsiguientes en el Plan orden de Trabajosmérito no aceptan la propuesta de adjudicación que hiciera la jurisdicción o entidad contratante en estos casos La verificación de incumplimientos por parte del contratista que den lugar a la rescisión del contrato, dará lugar al comitente a la posibilidad de continuar las obras con el proponente que siga en orden de conveniencia, en cuyo caso, se procederá de igual forma a lo consignado precedentemente. Firmado el contrato, el Contratista deberá actualizar presentar al Comitente el mismo dentro detalle de sus cómputos y presupuesto y los Cinco (5) días subsiguientes; análisis de precios de aquellos ítems que el nuevo Plan contemplará las modificaciones necesarias cada vez comitente considere necesario verificar. El presupuesto debe incluir todos los derechos, tasas y demás gravámenes fiscales y servicios que afecten la marcha construcción y el pago de los trabajos lo exija o se lo indique el Comitente, a su solo juicio. Las nuevas programaciones que se efectúen sólo servirán para salvar las alteraciones ocurridas en el plan vigente y su aprobación de ningún modo servirá para justificar postergaciones en el plazo contractual de ejecución de las obras, salvo medianerías cuando fuera debidamente justificado por el Contratista y aprobado por el Comitentecorresponda. Cuando fuere necesario realizar cambios o alteraciones o incorporar nuevos trabajos a los contratados, se indicará su relación con las actividades del programa de trabajos vigente, su plazo de ejecución y su incidencia en el plazo total de ejecución la documentación de la obra. La falta licitación incluya lista de cumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación de las penalidades previstas establecidas en la presente documentación. Sobre cada programación aprobadaítems, el Comitente elaborará cómputo y presupuesto del Contratista respetará su correspondiente programación de pagos; en consecuenciaorden y designación, agregando a continuación los plazos representarán la duración máxima de los compromisos asumidos por el Contratista y éste podrá acelerar el avance físico respecto a lo programado aunque, sin acuerdo previo de BCyL S.A., no podrá exigir una consecuente aceleración del programa de pagosque estime necesarios como complementos.
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Samples: Public Works Contract