PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES ESPECIFICACIONES Y MEMORIA TÉCNICA ANEXOS
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES ESPECIFICACIONES Y MEMORIA TÉCNICA ANEXOS
OBRA: EJECUCION DE ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, PARA EL REFORZAMIENTO DE LOS PIES DE FUNDACIONES XXX XXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - KM 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 y KM 295,000 - RAMAL CC - ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE
Licitación Pública Nacional BCyL N° 07/2015
SECCION 1 - CONDICIONES PARTICULARES SECCIÓN 2 - DATOS DEL LLAMADO
SECCIÓN 3 - ESPECIFICACIONES Y MEMORIA TÉCNICA SECCIÓN 4 - ANEXOS
Anexo I. PLANILLA DE COTIZACIÓN Anexo II. INCIDENCIA DE OBRA
Anexo III. ACTA DE CONSTANCIA DE VISITA AL LUGAR DE OBRA Anexo IV. CARTA DE PRESENTACIÓN LICITACION PÚBLICA NACIONAL
Anexo X. XXX Y DECLARACIÓN JURADA DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO Anexo VI. FORMULARIOS DE DECLARACIÓN JURADA
Anexo VII. CONTROL DE TERCEROS Anexo VIII. MODELO DE CERTIFICADO
Anexo IX. NOTA DE APROBACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE OBRA Anexo X. CARTELES DE OBRA
Anexo XI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN MATERIA AMBIENTAL Anexo XII. MODELO DE CONTRATO
Anexo XIII. METODOLOGÍA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Anexo XIV. ÍNDICE DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
SECCIÓN 1.
CONDICIONES PARTICULARES.
ARTÍCULO 1° - Objeto y Alcance de las Obras.
Belgrano Cargas y Logística S.A.(BCyL S.A.), con domicilio en Xx. Xxxxx Xx 0000, 0x Xxxx, XX 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Tel/Fax (000) 0000-0000, y C.U.I.T 30-71410144-3, llama a Licitación Pública Nacional para la contratación y ejecución de la obra “EJECUCION DE ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, PARA EL REFORZAMIENTO DE LOS PIES DE FUNDACIONES XXX XXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - KM 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 Y KM 295,000 - RAMAL CC - ROSARIO –
PROVINCIA DE SANTA FE”, la que se regirá por las presentes Condiciones Particulares en forma complementaria al Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras, al Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y a los demás documentos que integren esta Documentación Licitatoria.
El alcance de las obras de la presente Licitación Pública Nacional N° 07/2015, tiene por objeto la contratación de la mano de obra tanto operaria y especializada, como así también los correspondientes materiales y equipos que son necesarios para lograr una intervención en un todo de acuerdo a los principios, criterios y técnicas vigentes en las diversas especialidades, para llevar a cabo los trabajos de la obra.
ARTÍCULO 2° - Sistema y modalidad de contratación.
La modalidad de la contratación es del tipo mixta y combina el sistema de Ajuste Alzado y Unidad de Medida; con presupuesto oficial no detallado
En la Planilla de Cotización, que integra la presente como Anexo I de la Sección 4, se discriminan los ítems a contratar. El Oferente para formular su oferta económica deberá dejar constancia del monto total de las obras cotizadas.
La cotización deberá realizarse en pesos únicamente, utilizando dos decimales y discriminando solamente el IVA, y los oferentes deberán cotizar la totalidad de los ítems. Para cada ítem deberá guardarse estricta relación entre las cantidades, los precios unitarios y los precios totales del ítem.
Si el total cotizado por cada renglón, no se correspondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado.
Los Oferentes deberán detallar su oferta económica de acuerdo a la Planilla de Cotización y donde no podrán modificar la descripción de los trabajos, las unidades de medida, ni las cantidades respectivas que en esa Planilla se indican.
La Planilla Cotización está dividida en ítems, quedando entendido que esa división está hecha con el objeto de facilitar la medición de los trabajos y su posterior pago. Los Oferentes no deberán modificar el contenido de los ítems, como tampoco agrupar sub- ítems en ítems ni
viceversa. Los oferentes deberán cotizar sólo los ítems que se encuentran listados en la Planilla Cotización, sin variantes o alternativas que impliquen una modificación de la misma.
En los precios de cada ítem se considerarán incluidos todos los gravámenes, excepto el IVA, así como también todos los servicios, ingeniería de detalle, mano de obra, materiales, equipos y mantenimiento que sean necesarios prestar o proveer para llevar a cabo todos los trabajos y todas aquellas tareas y desembolsos que, aunque no estén indicados específicamente, resulten indispensables para que la Obra sea realizada en tiempo y forma previstos.
En el caso de entender el Oferente que para completar las obras resulta necesario algún elemento o gasto no explicitado en los ítems, el mismo deberá ser cotizado en forma implícita en los precios unitarios, pero sin alterar el enunciado original de esta Planilla de Cotización.
El Oferente deberá acompañar a su oferta con una Memoria Descriptiva y Anteproyecto (croquis) de los trabajos a realizar, con especificación del material a utilizar (tipo y cantidad), tomando como base lo especificado en el Presente Pliego y su evaluación de la obra. Además en una Planilla de Incidencia de Obra (ver Sección4 Anexo II), deberá colocar el cuadro de la Estructura de Precios, con los porcentajes de incidencia de la obra, en cada uno de los ítems detallados.
No se reconocerán ajustes en el monto del Contrato por diferencias entre el volumen real ejecutado en obra y el que se consigna en la Planilla de Cotización, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente aprobadas por BCyL S.A.
No se considerará como adicional, ni se aceptará variación del costo de la Obra por supuestos trabajos imprevistos que sean necesarios. Por lo tanto, el Contratista tomará a su cargo los riesgos propios de este tipo de obra.
BCyL S.A., unilateralmente, podrá aumentar las prestaciones contempladas en el Contrato hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) del monto del contrato original o disminuirlas hasta un DIEZ POR CIENTO (10%), en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. Para ese cometido, podrá autorizar también la ejecución de nuevos ítems que no se encuentren originalmente previstos, respetando, en la medida de lo posible, la estructura general de precios, gastos generales, beneficios, impuestos y costos de los materiales, insumos, mano de obra y equipos ya presentados por el Oferente.
Cuando resulte necesaria la determinación de nuevos valores para conformar el precio de ítems no previstos en el Contrato original, se tomarán como pautas de referencia, los valores y estructura de aquellos precios que sí se encontraban previstos, en el caso que los ítems previstos no puedan utilizarse como valores de referencia, el contratista deberá presentar el análisis cuantitativo y descriptivo de precios del nuevo ítem al comitente para su aprobación.
ARTÍCULO 3° - Clase de licitación – Documentación obligatoria
La presente licitación es de Etapa Múltiple. Los oferentes deberán presentar su propuesta en DOS (2) sobres entregados en conjunto en la fecha indicada para la recepción y apertura.
Las propuestas se presentarán, foliadas y debidamente firmadas y selladas en todas sus hojas por los representantes legal y técnico de los proponentes en “ORIGINAL”, “DUPLICADO” y “TRIPLICADO”.
Asimismo, los oferentes deberán ordenar el contenido de sus propuestas tal como lo establece el “Índice de Presentación de la Oferta”, obrante en el Anexo XIII del presente.
En el Sobre N° 1, el Oferente incluirá toda la documentación requerida en el ARTICULO Nº 19 del PBCG para el llamado, respetando la presentación el orden de ese articulado, salvo la DOCUMENTACIÓN INHERENTE A LA OFERTA ECONÓMICA que se indica en los incisos 26, 27 y 28 del citado artículo.
La documentación que -como mínimo- deberá contener el Sobre Nº 1 presentado por el Oferente será la detallada a continuación, bajo apercibimiento de tenerse por desestimada la Oferta, ante la ausencia de cualquiera de los siguientes documentos:
El Sobre 1 deberá contener, sin posibilidad de subsanación, la siguiente documentación:
1. Carta de Presentación (ANEXO IV).
2. Acta de Constancia de Visita a Obra (Anexo III).
3. Garantía de Mantenimiento de Oferta en formato original, (Art. 17 de la Sección 2 del presente Pliego). En caso de presentarla mediante una Póliza de Seguro de Caución, deberá contar con la certificación de firma por Escribano Publico.
4. Plan de Trabajos con su correspondiente Plan de Certificación y Curva de Inversión (Art.
10.12 de la Sección 1 del presente Pliego).
5. Nominación del Representante Técnico (Art. 18 de la Sección 1 del presente Pliego).
La inclusión en este sobre de todo dato o referencia directo o indirecto del que pueda establecerse la oferta económica del Oferente, implicará la desestimación automática de la oferta. Este sobre estará cerrado y llevará como únicas leyendas las siguientes:
Licitación Pública Nacional BCyL S.A. Nº 07/2015
“ejecucion de ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, pARA EL reforzamiento de los pies de fundaciones Xxx xXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - Km 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 y KM 295,000 - Ramal Cc - ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE”
(IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE) SOBRE N° 1–INFORMACION PARA CALIFICAR
Día y hora fijados para la apertura
En el Sobre N° 2 el Oferente incluirá la documentación inherente a la Oferta Económica (Artículo 19.26. PBCG Oferta Económica; Artículo 19.27. PBCG Planilla de Cotización de la Oferta Anexo I de la Sección 4; Artículo 19.28. PBCG Análisis de Precios Anexo II de la Sección 4-) respetando la presentación el orden de ese articulado.
Las ofertas que al momento de la apertura del Sobre N° 2 no contengan la totalidad de laesta documentación arriba detallada, en el Sobre 2 serán desestimadas automáticamente sin posibilidad de subsanación.
Este sobre estará cerrado y llevará como únicas leyendas las siguientes:
Licitación Pública Nacional BCyL S.A. Nº 07/2015
“ejecucion de ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, pARA EL reforzamiento de los pies de fundaciones Xxx xXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - Km 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 y KM 295,000 - Ramal Cc - ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE”
(IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE) SOBRE N° 2 – PROPUESTA ECONÓMICA
Día y hora fijados para la apertura
ARTÍCULO 4° - Requisitos Formales para la Presentación de las Ofertas.
4.1. Cada oferente deberá acompañar la información y documentación que a continuación se detalla, conforme el Artículo 19° del PBCG, con excepción de aquella correspondiente a los apartados a), b) y c) definidos seguidamente, que hubiera sido suministrada con anterioridad en otra oferta. En este caso, el Oferente deberá adjuntar una Declaración Jurada que detalle la Licitación en la cual se ha entregado dicha información y documentación y que la misma se encuentra plenamente válida y actualizada a la fecha.
La propuesta contendrá la siguiente documentación e información:
a) Documentación que acredita la Capacidad Legal del Oferente
a. i.- Personas físicas:
1.- Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estado civil y número de documento de identidad. Para el caso de presentarse un apoderado deberá acompañar copia del poder con facultades suficientes para obligar al Oferente, el cual deberá estar debidamente certificado por escribano público o autoridad competente.
2.- Denunciar dirección de correo electrónico (e-mail) a los efectos de esta presentación, a través de la cual serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones vinculadas al procedimiento de la presente licitación
3.- Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad (DNI), en donde consten los datos de la persona y el último domicilio registrado.
a. ii.- Personas Jurídicas:
1.- Denominación o Razón Social.
2.- Domicilio Legal y Constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3.- Denunciar dirección de correo electrónico (e-mail) a los efectos de esta presentación, a través de la cual serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones vinculadas al procedimiento de la presente licitación
4.- Contratos Constitutivos, Estatutos y modificatorias, en su caso debidamente certificados por escribano público o autoridad competente.
5.- Designación de Representante Legal y/o Apoderado con facultades suficientes para obligar al Oferente. Esta capacidad de representación o poder deberá resultar de los contratos sociales y/o estatutos y/o poderes y/o instrumentos adjuntos debidamente certificados por escribano público o autoridad competente
6.- Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de dirección, administración y fiscalización, y vencimiento de sus mandatos.
a. iii.- Personas jurídicas en formación:
1. Fecha y objeto del contrato constitutivo debidamente certificado por escribano público o autoridad competente.
2. Número de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscripción en el registro correspondiente.
3.- Denunciar dirección de correo electrónico (e-mail) a los efectos de esta presentación, a través de la cual serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones vinculadas al procedimiento de la presente licitación
a. iv.-. Agrupación de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas:
1. Identificación de las personas físicas o jurídicas que las integran y sus porcentajes de participación. En caso de tratarse de personas físicas deberán acreditar su identidad de conformidad a lo establecido en el punto a.i.2; y en el caso de personas jurídicas de conformidad a lo establecido en el punto a.ii.3.
2. Nómina de los actuales integrantes de los órganos de dirección, administración y fiscalización, y vencimiento de sus mandatos, de cada una de las personas jurídicas que han asumido el compromiso de conformar la UTE, en caso de corresponder.
3. Fecha del compromiso de constitución y su objeto debidamente certificado y legalizado por escribano público o autoridad competente.
4. Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.
5. Xxxxxxxxx Xxxxx x Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
6. Denunciar dirección de correo electrónico (e-mail) a los efectos de esta presentación, a través de la cual serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones vinculadas al procedimiento de la presente licitación
b) Número de Clave Única de Identificación Tributaria. (C.U.I.T.)
c) El Certificado Fiscal para contratar vigente expedido por AFIP. Aquellos Oferentes que no posean el certificado al momento de la presentación de ofertas podrán presentar con la misma, la solicitud de emisión de dicho certificado ante la AFIP el cual indefectiblemente deberá estar vigente al momento de la adjudicación conforme lo establecido en el Art. 9 de la Sección 1 del presente Pliego.
d) Carta de Presentación: En todos los casos los Oferentes deberán acompañar una carta de presentación con carácter de declaración jurada, firmada por el representante legal del Oferente en la que manifiesta la intención de participar en la presente licitación como Oferente y en la que acepta todas las condiciones xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales de Obra, del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y demás previsiones que rigen la licitación. Esta declaración se realizará utilizando el formulario incluido en el ANEXO IV del presente Xxxxxx.
e) Comprobante de Adquisición de los pliegos.
f) Acta de Constancia de Visita a Obra (ANEXO III).
g) Garantía de Mantenimiento de Oferta en formato original, conforme Artículo 17 de la Sección 2 del presente Pliego. En caso de presentarla mediante una Póliza de Seguro de Caución, deberá contar con la certificación de firma por Escribano Publico.
h) Habilidad: En todos los casos los Oferentes deberán acompañar una declaración jurada donde conste que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el Estado Nacional y/o sus entidades descentralizadas y/x XXXXXXXX CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. y/o Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y/o Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado y/o Administración General de Puertos Sociedad del Estado, de conformidad al ANEXO VI que forma parte integrante del presente Pliego. .
i) Judicial: En todos los casos los Oferentes deberán denunciar, con carácter de declaración jurada, conforme al ANEXO VI que forma parte integrante del presente pliego, sí mantienen o no juicios con el
ESTADO NACIONAL y/o sus entidades descentralizadas , y/x XXXXXXXX CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. y/o Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y/o Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado y/o Administración General de Puertos Sociedad del Estado individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.
j) Declaración Jurada sobre los materiales/servicios/obras involucrados en la presente licitación, en vistas al Régimen de Compre Argentino establecido en la Ley Nº 25.551, su Decreto Reglamentario Nº 1600/02 y normas complementarias (Anexo V)
Nota: Toda la documentación requerida en el presente documento que deba estar certificada por Escribano Público, deberá estar legalizada en caso de que el Escribano certificante pertenezca a una jurisdicción distinta a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
4.2. Subsanación de defectos de forma: Cuando la oferta tuviera defectos de forma, el oferente será intimado por la JEFATURA DE COMPRAS de la GERENCIA DE ABASTECIMIENTO a subsanarlos dentro del término de DOS (2) días. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada, sin más trámite.
ARTÍCULO 5° - Oferta Alternativa.
No se prevén ofertas alternativas.
ARTÍCULO 6° - Evaluación de las Ofertas
6.1 En la fecha y hora establecidas en el llamado, se procederá a la apertura de cada oferta presentada.
6.2 Durante UN (1) día hábil posterior al Acto de Apertura del Sobre Nº 1 y del Sobre Nº 2, según corresponda, los duplicados de las propuestas abiertas serán exhibidos en la sede xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A., a los fines que todos los Oferentes puedan examinarlas. Cumplido el mismo, se declarará concluido el período de vistas y las actuaciones quedarán reservadas para su evaluación. Las disposiciones del presente Artículo no serán de aplicación en relación al Sobre N° 2 respecto de los Oferentes que no hubieren resultado precalificados en el Sobre N° 1 o cuyas Ofertas hubieren sido declaradas inadmisibles, de conformidad con lo previsto en los Pliegos.
6.3 Cumplido dicho plazo del párrafo anterior, la COMISIÓN EVALUADORA se abocará al análisis de las ofertas, con el objetivo de determinar si las mismas cumplimentan los requisitos de la licitación, integran las correspondientes garantías y demuestran estar en condiciones de cumplimentar con el objeto del llamado en tiempo y forma, de manera de poder concluir que dichas ofertas resultan ADMISIBLES. A los efectos de determinar la admisibilidad de las ofertas, si resultase pertinente, la COMISIÓN EVALUADORA podrá considerar el grado de cumplimiento
exhibido por el Oferente en otras obligaciones contraídas con XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A. y/o sus accionistas.
6.4 En ese proceso de evaluación, la COMISIÓN EVALUADORA podrá requerir todas las aclaraciones, ratificaciones y rectificaciones que considere necesarias para determinar la admisibilidad. Asimismo, podrá realizar comprobaciones, ensayos, requerir estudios o análisis complementarios, solicitar referencias o realizar visitas a plantas o almacenes. Los gastos en todos los casos correrán por cuenta del Oferente. Los Oferentes deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios de la COMISIÓN EVALUADORA dentro del plazo DOS (2) días hábiles, caso contrario se procederá a su descalificación y a la devolución de la oferta.
No se requerirá o aceptará aclaración o información complementaria por parte de un Oferente que implique una alteración de la igualdad en la evaluación de las ofertas, o que represente una ventaja para quien formula la aclaración o complementación de la información dado el tiempo transcurrido con posterioridad a la fecha de apertura, el conocimiento adquirido de las demás ofertas o cualquier otra condición.
6.5 Como resultado de la evaluación, la COMISIÓN EVALUADORA elaborará un ACTA DE CALIFICACIÓN, en la que se informará las Ofertas Básicas consideradas ADMISIBLES y aquellas consideradas NO ADMISIBLES. Dicha ACTA DE CALIFICACIÓN, será notificada a todos los OFERENTES, fijándose en el mismo acto la fecha de apertura del SOBRE N° 2 de las ofertas admisibles.
6.6 LOS OFERENTES cuyas ofertas hayan sido declaradas NO ADMISIBLES dispondrán de CUATRO (4) días hábiles para retirar las mismas, al cabo de los cuales BCyL S.A. podrá proceder a su destrucción.
6.7 Dentro de los DOS (2) días hábiles siguientes a la notificación del Acta de Calificación, los Oferentes podrán formular las observaciones que estimen pertinentes, las cuales serán consideradas, si correspondiere, por BCyL S.A.
6.8 En la fecha y hora establecidas, se procederá a la apertura del SOBRE N° 2.
6.9 Cumplido el plazo previsto en el punto 6.2., la COMISIÓN EVALUADORA se abocará al estudio de las ofertas económicas que resulten del SOBRE N°2. En primera instancia aquellas ofertas económicas que resulten superiores al Presupuesto Oficial de la Obra indicado en la Sección 2 serán declaradas “NO ADMISIBLES” “in limine”. Con las restantes ofertas, la COMISIÓN EVALUADORA establecerá un orden de mérito de las ofertas, desde la oferta de menor precio hasta la de mayor precio.
Será también causa de declarar NO ADMISIBLE una oferta, si se observaran distorsiones en el precio unitario de los distintos ítems que se cotizan, sean por Unidad de Medida o Ajuste Alzado, independientemente del valor final de la oferta.
6.10 La COMISIÓN EVALUADORA emitirá el DICTAMEN DE EVALUACIÓN, el cual no será vinculante y proporcionará criterios suficientes para la toma de decisión de la adjudicación.
La toma de vista en ningún caso dará derecho al oferente a efectuar presentaciones en las actuaciones por el que se tramita esta contratación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o demoras en el proceso de contratación.
ARTÍCULO 7° - Adjudicación
7.1. La contratación de los trabajos objeto de la presente licitación será adjudicada a la oferta que cumpliendo con todos los requerimientos técnicos y formales resulte ser la de menor precio dentro del orden de mérito y la cotización más conveniente a sólo criterio xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A.
7.2 La adjudicación será notificada fehacientemente A/LOS ADJUDICATARIO/S y al resto de los oferentes, quienes podrán impugnar el acto de adjudicación dentro del plazo de TRES (3) días hábiles de notificados.
7.3 Estas impugnaciones deberán presentarse por escrito en Mesa de Entradas de BCyL S.A. y deberá adjuntar una Garantía de Impugnación equivalente a lo indicado en la Sección 2. La garantía de impugnación podrá ser ejecutada al primer requerimiento de BCyL X.X.xx no proceder la impugnación.
BCyL S.A responderá, por escrito en el plazo de CINCO (5) días hábiles a cada Oferente que haya formulado impugnaciones.
7.4. BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. podrá dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del presente, sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
ARTÍCULO 8° - Garantía de Cumplimiento de Contrato
BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA S.A. exigirá al oferente adjudicado una garantía de cumplimiento del contrato equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del mismo, (IVA incluido), que deberá presentar al momento de su firma.
ARTÍCULO 9° - Certificado Fiscal para Contratar
El Certificado Fiscal para contratar expedido por AFIP deberá ser presentado al momento de la adjudicación, en forma previa a la firma del Contrato.
Aquellos Oferentes que no posean el certificado al momento de la presentación de ofertas podrán presentar con la misma, la solicitud de emisión de dicho certificado ante la AFIP el cual indefectiblemente deberá estar vigente al momento de la adjudicación.
ARTÍCULO 10° - Plazo de los trabajos. Plan de Trabajos. Orden de Inicio
10.1. Plazo de Ejecución y Periodo de Garantía
El plazo de ejecución de las obras comprendidas en la presente contratación y el plazo de garantía entre la Recepción Provisoria de la Obra y la Recepción Definitiva se definen en la Sección 2 “Datos del Llamado”.
10.2. Plan de Trabajos.
El Oferente acompañará sus ofertas con un Plan de Trabajos detallado en concordancia con cada uno de los ítems que se detallan en la Planilla de Cotización que figura en el Pliego además de una Metodología Constructiva conforme a las características y plazo de la obra, los cuales serán analizados en la evaluación técnica de las ofertas.
El Oferente elaborará un Plan de Trabajos desarrollado por el método Xxxxx, que permita el análisis de la ejecución completa de la obra.
Dicho programa comprenderá la siguiente información:
Detalle de todas las actividades a desarrollar con indicación, para cada una de ellas, de la duración.
Detalle de las fechas de comienzo y finalización de cada actividad.
Programa de inversiones por actividades, sobre la base del programa de trabajos. Las inversiones serán imputadas en ese programa en correspondencia con el mes en que se ejecutan las respectivas tareas.
Plan de Certificación y Curva de Inversión
Las actividades en las que se proponga detallar la obra estarán perfectamente definidas y serán desagregadas en una cantidad adecuada de forma de permitir su rápida interpretación y tendrán una significación homogénea, con duraciones acordes con la característica del emprendimiento. Además, las actividades o la composición de varias de ellas serán compatibles con los rubros o ítem en los que se indique la cotización de la obra.
Se aclara que el plazo contractual está considerado sobre la base de una prestación de personal, herramental y equipos adecuados al trabajo a realizar.
La Comisión Evaluadora verificará que el Plan de Trabajos presentado en la oferta cumpla con lo expresado y demás requisitos necesarios para determinar que la oferta resulta admisible. Sin perjuicio de ello, en el período existente entre la adjudicación de la obra y la firma del Contrato, BCyL S.A. podrá formular observaciones o requerir aclaraciones y detalles adicionales del Plan de Trabajos y Curva de Inversiones Definitivo a ejecutar, así como la metodología que el Contratista utilizará para su ejecución, los cuales pasarán a formar la documentación de la presente contratación.
El Plan de Trabajos Definitivo será el que resulte de incorporar las observaciones del Comitente y de actualizar las fechas de acuerdo al Acta de Inicio. Luego de aprobado, se considerarán
fijadas todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar.
De comprobarse demoras por insuficiencia de los recursos que dispone el Contratista, se exigirá incrementar las cantidades de esos recursos o adecuar el equipamiento, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades previstas.
10.3 Orden de inicio.
Una vez haya sido firmado el Contrato correspondiente, BCyL S.A. emitirá la Orden de Inicio de los trabajos, estableciendo en ella un plazo para el comienzo de las obras, que será como mínimo xx XXXX (10) días, pudiendo en ese plazo autorizarse la ejecución de tareas preliminares.
Dentro del plazo otorgado, las PARTES confeccionarán un “Acta de Inicio” a fin de establecer la fecha cierta de inicio de los plazos contractuales, firmada por el Inspector de Obra y el Representante Técnico del Contratista, considerándose que el Plan de Trabajos tiene vigencia a partir de la fecha establecida en dicha Acta. Si dicha Acta no se firmase, se considerará de pleno derecho que los plazos contractuales rigen automáticamente a partir del vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
No se podrá dar comienzo a los trabajos, sin previa autorización de la Empresa BCyL S.A. (Orden de Inicio), para lo cual el Contratista deberá tomar contacto inmediato con la Administración del Contrato /Inspección de Obra, una vez firmada la Orden de Inicio.
El Contratista no podrá justificar atrasos originados en hechos o circunstancias cuyo efecto resultara conocido con más de TREINTA (30) días de antelación de la fecha en la cual el Contratista denuncia el atraso a BCyL S.A.
Si por cualquier causa se produjeran alteraciones en el Plan de Trabajos, el Contratista deberá actualizar el mismo dentro de los Cinco (5) días subsiguientes; el nuevo Plan contemplará las modificaciones necesarias cada vez que la marcha de los trabajos lo exija o se lo indique el Comitente, a su solo juicio. Las nuevas programaciones que se efectúen sólo servirán para salvar las alteraciones ocurridas en el plan vigente y su aprobación de ningún modo servirá para justificar postergaciones en el plazo contractual de ejecución de las obras, salvo cuando fuera debidamente justificado por el Contratista y aprobado por el Comitente.
Cuando fuere necesario realizar cambios o alteraciones o incorporar nuevos trabajos a los contratados, se indicará su relación con las actividades del programa de trabajos vigente, su plazo de ejecución y su incidencia en el plazo total de ejecución de la obra.
La falta de cumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la aplicación de las penalidades previstas establecidas en la presente documentación.
Sobre cada programación aprobada, el Comitente elaborará su correspondiente programación de pagos; en consecuencia, los plazos representarán la duración máxima de los compromisos asumidos por el Contratista y éste podrá acelerar el avance físico respecto a lo programado aunque, sin acuerdo previo de BCyL S.A., no podrá exigir una consecuente aceleración del programa de pagos.
ARTÍCULO 11° - Anticipo Financiero.
La presente obra prevé el pago de un Anticipo Financiero por un monto máximo equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) del monto del contrato, IVA incluido.
Para acceder al Anticipo Financiero, el Contratista deberá solicitarlo dentro de los QUINCE (15) días posteriores a la firma del Contrato, acompañando una fianza bancaria o póliza de seguro de caución a satisfacción del Comitente por el monto del anticipo solicitado y extendida a favor de BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, debiendo constituirse el fiador en liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división.
Las facturas correspondientes al Anticipo Financiero serán canceladas por BELGRANO CARGAS Y LOGÌSTICA S.A. dentro del plazo de quince (15) días posteriores de presentada a su satisfacción la documentación necesaria para su otorgamiento.
Para la devolución del Anticipo Financiero, BCyL S.A. procederá a realizar un descuento del DOCE POR CIENTO (12%) del monto total, IVA incluido, de los certificados de obra básicos aprobados en lo sucesivo. La suma de los importes descontados considerados a valores básicos del Contrato será equivalente a la suma anticipada.
Las facturas deberán ser presentadas oportunamente en Mesa de Entrada sita en Xxxxxxx Xxxxx Xx Xx 0000, 0x Xxxx, XX 0000 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 12° - Certificación de los trabajos – Presentación y pago de facturas.
Al final de cada mes calendario se realizará la medición de los trabajos realizados labrándose el Acta de Medición correspondiente.
El Contratista a través de su Representante Técnico está obligado a asistir a todas las mediciones de las obras ejecutadas así como a las recepciones de las mismas.
Durante la medición de las tareas, la Inspección y el Representante Técnico del Contratista evaluarán las tareas descriptas en la división por ítems y consignarán el avance correspondiente al período medido.
En las actas y cómputos de estas mediciones debe constar la conformidad del Contratista. En caso que el Contratista no estuviese conforme con las clasificaciones o mediciones de obra deberá manifestarlo por Acta en las fojas de medición.
La reserva deberá ser clara y precisa. Dentro del término de DOS (2) días hábiles administrativos justificará su disconformidad, detallando las razones que le asisten, sin cuyo requisito sus observaciones quedarán sin efecto, perdiendo todo derecho a reclamación ulterior.
El Contratista no tendrá derecho a reclamación alguna si no formulare las observaciones en la oportunidad mencionada en el párrafo precedente.
Conformada la medición por la Inspección de Obra y el Contratista, éste último preparará de acuerdo a sus resultados el Certificado Mensual de Avance de Obra, según modelo que se incorpora en al Anexo VIII, en el que se liquidarán los trabajos de acuerdo al Cómputo y Presupuesto aprobados.
Cada Certificado Mensual de Avance de Obra deberá ser acumulativo, es decir que comprenderá la totalidad de los trabajos ejecutados desde el comienzo de la obra hasta la fecha de la última medición y su valor parcial estará dado por su excedente sobre el total del Certificado anterior.
Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el Certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiere, la rectificación pertinente o difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo.
Los certificados constituirán en todos los casos documentos provisionales para el pago a cuenta, sujetos a posteriores rectificaciones, hasta tanto se produzca la medición y liquidación final y ésta sea aprobada por la Autoridad Competente, al momento de la Recepción Definitiva.
El Contratista deberá presentar a la Inspección de Obra que designe BCyL S.A., dentro de los primeros CINCO (5) días hábiles del mes siguiente al que correspondan los trabajos, CINCO (5) ejemplares de los certificados por él confeccionados para la conformidad de la Inspección de Obra, quien dispondrá de TRES (3) días hábiles para conformarlo o rechazarlo, conservando en cualquiera de los casos, una copia en su poder.
El Contratista deberá presentar el certificado conformado por la Inspección de Obra en la Sub Gerencia de Infraestructura - Obras, en original y dos (2) copias. La documentación mínima que deberá presentarse en esta instancia, constará de:
Memoria descriptiva de los trabajos realizados y detalle de las novedades del mes con eventual incidencia en el costo, plazo y calidad de las obras.
Detalle del avance físico de las obras, discriminado por ítem, en cantidades y porcentajes. Acta de Medición conformada por la Inspección de Obra.
Detalle del avance financiero de las obras, discriminado por ítem, en pesos. Certificado básico conformado por la Inspección de Obra.
Plan de Certificación y Curva de Inversión
Detalle de multas y penalidades aplicadas y pendientes de aplicar con indicación de los montos correspondientes.
Documentación fotográfica que ilustre los aspectos salientes de los trabajos ejecutados.
Inventario de Material Producido de Obra.
Nota de Aprobación de la Inspección de Obra (según XXXXX XX) de la Documentación presentada hasta aquí detallada, con indicación del monto a abonar.
Factura por el monto a abonar (original, copia y fotocopias necesarias).
La documentación deberá ajustarse a los formularios y modelos que indique la Inspección de Obra, o aquellos que se encuentren vigentes para BCyL S.A.
De no presentar los certificados en tiempo y forma, dentro de los DIEZ (10) días hábiles subsiguientes, la Inspección de Obra podrá bajo apercibimiento, certificar de oficio, sin recurso alguno, la cantidad que se considere conveniente.
Junto con el certificado de Obra, el Contratista deberá presentar la factura correspondiente, la que se ajustará a la legislación vigente, con fecha coincidente a la consignada en el certificado.
El pago del certificado se efectuará dentro de los Treinta (30) días corridos de la fecha de presentación en Sub Gerencia de Infraestructura – Obras de la documentación pertinente en forma completa. BCyL S.A., de no mediar circunstancias que así lo impidan, realizará las observaciones o eventual rechazo del Certificado dentro de los Diez (10) días hábiles desde que fuera presentado en Sub Gerencia de Infraestructura - Obras. Si se produjeran estas observaciones, el plazo de Treinta (30) días corridos para el pago volverá a regir íntegramente desde la fecha en que dichas observaciones fueran subsanadas por el Contratista, o se realizara una nueva presentación total o parcial de la documentación en Sub Gerencia de Infraestructura – Obras de BCyL S.A.
ARTÍCULO 13° - Fondo de Reparo
Del monto de cada certificado previo al descuento correspondiente al anticipo financiero y sumado el IVA, será retenido un CINCO POR CIENTO (5%) en concepto de Fondo de Reparo. Este fondo será aplicado a atender los gastos que pudieran demandarle a BCyL S.A. la corrección o enmienda de cualquier anomalía, defecto, desperfecto o vicio oculto que pudieran detectarse en los trabajos y/o materiales provistos por el Contratista; sea durante la realización de los trabajos como dentro del período de prueba o garantía; cuando se dé el caso que no sean resueltos sin pérdida de tiempo y de conformidad con la inspección de BCyL S.A.
De no mediar observación alguna, esta garantía será devuelta dentro de los TREINTA (30) días siguientes a la firma de la Recepción Definitiva.
Dicha retención podrá ser reemplazada por una póliza de seguro de caución emitida por una compañía a entera satisfacción de BCyL S.A. La misma deberá ser presentada certificada y legalizada por ante Escribano Público.
ARTÍCULO 14° - Redeterminación de Precios.
Será de aplicación al presente, la Metodología de Redeterminación de Precios aprobada por Belgrano Cargas y Logística S.A., la cual se adjunta al presente como Anexo XIII.
ARTÍCULO 15° - Subcontratación
El Contratista podrá encomendar a un tercero, en adelante denominado SUBCONTRATISTA, hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) de sus obligaciones, de manera transitoria o permanente, siempre y cuando sea informado x Xxxxxxxx Cargas y Logística S.A. al momento de presentar su Oferta, conjuntamente con toda la documentación del Subcontratista donde se acrediten los requisitos solicitados a los Oferentes. En base a dicha documentación, Belgrano Cargas y Logística S.A. se reserva el derecho de aceptar o rechazar dicha subcontratación.
El Contratista es el principal obligado ante Belgrano Cargas y Logística S.A. respecto de la ejecución global del contrato y el responsable de ejercer el debido control sobre los subcontratistas. Esta responsabilidad no podrá ser delegada en terceros.
El Contratista será el responsable de controlar y hacerle cumplir al Subcontratista todas las obligaciones y deberes que por la presente se ha obligado al Contratista, así como de todas las obligaciones emanadas del derecho del trabajo y los organismos de seguridad social conforme artículo 30º, Ley 20.744.y sus modificatorias. Cualquier incumplimiento, daño y perjuicio que se hubiere originado por acción u omisión - ya sea con dolo o culpa - por parte del Subcontratista hacia Belgrano Cargas y Logística S.A., será considerado al Contratista como responsable del mismo sin perjuicio del derecho que a éste le asista frente al Subcontratista.
ARTÍCULO 16° - Habilitaciones.
El Contratista deberá gestionar las habilitaciones, autorizaciones y/o permisos municipales, y/o provinciales y/o nacionales que correspondan, en cumplimiento con la normativa nacional, provincial y/o municipal en materia de higiene y seguridad.
La imposibilidad del Contratista en conseguir dichas habilitaciones, autorizaciones y/o permisos será causal de rescisión del presente, sin derecho a indemnización por parte de la Contratista.
ARTÍCULO 17° - Normativa Ambiental.
El Contratista será responsable de elaborar el ESTUDIO DE IMPACTOAMBIENTAL (EsIA) y su correspondiente PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL (PGA), gestionar su aprobación ante la autoridad competente e implementarlo adecuadamente, realizando todas las acciones de mitigación necesarias, todo esto de conformidad con lo establecido en el Anexo XI- Obligaciones del Contratista en Materia Ambiental de la Sección 4.
El EsIA y el PGA formulado por la Contratista deberán ser aprobados por la Inspección y visados por el Comitente previo a la presentación ante la Autoridad Competente. El Contratista realizará las gestiones necesarias ante las autoridades correspondientes, y/o ante particulares, con el fin de concretar en tiempo y forma la aprobación del EsIA y el PGA, así como de los permisos especiales, previamente al inicio de las obras.
La no aprobación o el no otorgamiento de los permisos y habilitaciones por las autoridades competentes en materia ambiental implicarán la rescisión del Contrato, sin derecho a reclamo entre las partes, salvo que se verificara que el Contratista no haya cumplido sus obligaciones para obtener la aprobación de que se trate.
El Contratista deberá remitir mensualmente toda la información necesaria que permita a la Inspección de obra la elaboración de informes periódicos, detallando el grado de ejecución del PGA y sus programas específicos, avance presupuestario, así como otros aspectos que lesean solicitados.
La Inspección verificará el cumplimiento de los programas que componen el Plan de Gestión Ambiental. El incumplimiento injustificado de lo estipulado en los Programas, de acuerdo a los objetivos y alcances indicados en la versión definitiva y aprobada del PGA, determinará la aplicación de una penalidad. La aplicación de una penalidad no exime de la obligatoriedad de componer, restaurar o compensar el daño ambiental causado por el Contratista, ni eximirá a éste de la aplicación de la legislación vigente.
En el caso de que fuera necesaria la contratación de una póliza de caución ambiental u otro tipo de seguro de ésta índole, BCyL S.A. oportunamente definirá las acciones a tomar en ese sentido, quedando a su cargo el costo de los eventuales seguros ambientales que se requieran.
ARTÍCULO 18° - Personal del Contratista en obra.
El Representante Técnico propuesto deberá ser idóneo y acreditar una experiencia mínima de:
DIEZ (10) años en la profesión en obras de similar Naturaleza.
UNA (1) obra de Naturaleza y Complejidad en construcción similar a la licitada.
UNA (1) obra Ferroviaria
El Representante Técnico propuesto no podrá estar desempeñándose como tal en otra obra contratada por BCyL S.A.
La presencia del Representante Técnico en obra deberá ser permanente durante la ejecución de los trabajos. Previa aprobación de la Inspección de Obra, el Representante Técnico podrá ser temporalmente reemplazado en obra por un Técnico capacitado, acreditando idénticos requisitos detallados en el primer párrafo del presente, para sustituirlo en las funciones que le competen, de su mismo nivel, de forma tal que no resienta la marcha de la Obra.
El Representante Técnico solo podrá ser sustituido previa conformidad de la Inspección de Obra.
Toda justificación de inasistencia del Representante Técnico o su sustituto, se hará por escrito ante la Inspección de Obra. Cuando a juicio de la Inspección de Obra no responda a razones justificadas, la ausencia del Representante Técnico y su reemplazo o la falta de comparecencia del primero cuando así se le requiera, dará motivo a la aplicación de la sanción correspondiente por ausencia del Representante Técnico.
El personal del Contratista deberá ser idóneo y suficiente para los trabajos a ejecutarse, y la Inspección de Obra podrá solicitar el reemplazo de cualquier empleado del Contratista que considere incompetente, o su asignación a otra tarea.
El personal dependiente del Contratista no tendrá vínculo laboral alguno con el Comitente.
ARTÍCULO 19° - Relación entre el Contratista y la Inspección de Obra.
El Comitente designará el personal de la Inspección de Obra y comunicará cuáles son las personas autorizadas para dar órdenes escritas con carácter de Inspección y cuáles están autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo permiso.
La Inspección tendrá libre acceso a los lugares xxx xxxxxxx y talleres donde se esté construyendo, instalando, fabricando, montando o reparando toda obra o material, para proceder a la fiscalización y verificación de la calidad de las tareas realizadas.
Cuando dichas tareas fueran efectuadas fuera del ámbito de la obra o en establecimientos de terceros, subcontratistas o proveedores, el Contratista tomará los recaudos contractuales con ellos, y les cursará las comunicaciones necesarias, para que la Inspección tenga libre acceso a esos lugares y cuente con todas las facilidades para llevar adelante su cometido, incluyendo su traslado de ida y regreso desde la obra.
Cuando la Inspección constatara defectos, errores, mala calidad de los materiales o deficientes procedimientos de trabajo, podrá ordenar al Contratista la reparación o el reemplazo de lo defectuoso, quedando a cargo del Contratista los gastos emergentes.
Si la Inspección no hubiera formulado, en su oportunidad, observaciones por materiales o trabajos defectuosos, no estará implícita la aceptación de los mismos, y la Inspección podrá ordenar las correcciones o reemplazos que correspondan, en el momento de evidenciarse las deficiencias, siendo también a cargo del Contratista el costo correspondiente.
El Contratista no podrá alegar descargos de responsabilidad por errores de interpretación de la documentación técnica, ni fundarse en incumplimientos por parte de su propio personal o proveedor, o excusarse por el retardo por parte de la Inspección en la comprobación xx xxxxxx, errores u omisiones.
Las comunicaciones entre las Partes se desarrollarán mediante los siguientes elementos:
19.1. Documentación de la obra
19.1.1. Libro de Órdenes de Servicio
Los libros de Órdenes de Servicio, tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro se redactarán las Órdenes de Servicio impartidas por la Inspección de Obra, que serán firmadas por el Inspector de Obras y por el Profesional Responsable de la Empresa como constancia de haber tomado conocimiento.
También se anotarán en él los resultados de los ensayos de materiales que se efectúen, como toda otra novedad que se registre durante la marcha de las obras.
19.1.2. Libro de Notas de Pedido
Los libros de Notas de Pedido, Tendrán hojas numeradas por triplicado. En este libro la Empresa Contratista asentará los pedidos de aprobación de las distintas etapas constructivas, observaciones que desee efectuar o pedidos de aclaración.
Respecto de los pedidos de aprobación, los mismos deberán ser firmados por su Representante de Obra y en dicho libro el Inspector procederá a su aceptación o rechazo, indicando las causas del mismo y firmando al pie.
19.1.3. Libro de Partes Diarios
El Contratista estará obligado a entregar diariamente a la Inspección, la que deberá conformarlo, el parte diario donde se consigne:
1) Número de personal ocupado: presentes y ausentes.
2) Gremios que trabajan, con indicación del número de personal ocupado.
3) Materiales ingresados a la obra; detalle, cantidad y fecha.
4) Trabajos realizados.
5) Condiciones atmosféricas.
6) Equipos en obra: características, cantidad y calidad.
Estos partes se confeccionarán por triplicado y quedarán dos ejemplares en poder del Inspector de Xxxx. Los formularios serán numerados correlativamente y provistos por el Contratista, previa aprobación por la Inspección de su texto.
ARTÍCULO 20° - Instrumental de Medición y Control
A efectos de la correcta ejecución y verificación de los trabajos, El Contratista deberá disponer de los equipos necesarios y suficientes para la medición y control por parte de la Inspección de Obra, cuando esta lo requiera.
Termómetros en cupón xx xxxx, compuesto por termómetro para riel según plano G.V.O. 267, graduado entre –30 ºC y +70 ºC, xx xxxxxx y alcohol con tubo protector de aluminio. Irá alojado en riel portador de termómetro según plano G.V.O. 491 que será idéntico al colocado en la vía, de 250 mm. de longitud con un orificio longitudinal en el eje de la cabeza xxx xxxx de 195 mm. de largo por 17 mm. de diámetro. También será necesario disponer de termómetros tipo infrarrojo y de contacto (imán)
Reglas xx xxxxxx y peralte tipo Matisa o similar; cantidad: Dos (2)
Bastón bola de 7 Kg para control del apisonado
Sondas para medir luz de junta según plano G.V.O. 492, en forma de cuña de 1 mm. hasta 20 mm., cantidad: Dos (2);
Chapascalibradasparalaregulacióndeluces,encantidadesyespesoresnecesarios
Reglas metálicas para control de soldaduras, de 1 m. de longitud, según plano G.V.O. 488; cantidad: Dos (2);
Plantillas metálicas para el control de la posición de los agujeros y entalle de los durmientes
Nivel tipo automático con círculo horizontal 28X mínimo. Además para el replanteo de ángulos y para el levantamiento taquimétrico en terreno plano será necesario disponer de una estación total. Los instrumentos ofrecidos debe ser de último diseño y producción normal. El nivel ofrecido deberá contar con las siguientes características técnicas mínimas: el aumento del anteojo no debe ser inferior a 28X; la distancia de visado más corta no debe ser superior a 1,2 m.; la abertura del objetivo deberá oscilar en los 30 mm.; a una distancia de 250 m. se debe apreciar el centímetro; a una distancia de 100 m. se debe apreciar el milímetro; la constante de multiplicación debe ser 100 (cien); la constante de adición debe ser 0 (cero); el diámetro del círculo azimutal debe ser de aproximadamente 60 mm.; la graduación del círculo horizontal debe ser de 360º; el error medio por kilómetro de nivelación doble no debe ser superior a 2mm.; la imagen debe ser real y directa. A titulo ilustrativo se menciona el Xxxxx Xxxxx – AE.7 – Aumento 30 X – Precisión +/- 1 mm (desviación típica en 1 Km de nivelado doble). Con respecto a la Estación Total se menciona también a titulo ilustrativo un aparato Nikon – NIVO C. Serie 5 C de precisión angular 5” – Aumento 30 X – precisión medición distancia +/- 2 mm + (2 ppm). Se debe prever de un trípode para cada instrumento con patas extensibles; peso máximo del instrumento 2 Kg;
Cintas de 25 m. tipo ruleta, alojada en caja metálica forrada en cuerina o material similar, la cinta tendrá graduación métrica en centímetros; cantidad: Dos (2);
Cinta 50 m. tipo agrimensor, estará marcada cada 0,20 m. con remaches metálicos y llevará marcas para facilitar la lectura de 2 m. de ambas caras y en forma acumulativa, estará provista de caja metálica que permita la extracción de la cinta; cantidad: Dos (2); podrá ser sustituida por cintas de igual longitud de tela o plástico indeformable y constatada.
Xxxxxx xx xxxxx de 2m. con tratamiento anti óxido, estará alojada en caja metálica, tendrá graduación milimétrica y será de tipo automático, retráctil con freno; cantidad: Dos (2);
Miras graduadas para nivelación de tipo telescópica realizada en aluminio. Tendrá una longitud total de 4 metros dispuesta en 3 tramos, la graduación será a dos colores tipo alemana o similar, de imagen derecha;
Medidor de distancia digital.
El Contratista podrá disponer de equipos que difieran de los citados precedentemente en la medida que puedan realizar los trabajos necesarios con iguales o mejores tolerancias, siempre y cuando la sustitución sea aprobada por la inspección.
Los equipos detallados en este apartado son los previstos para la medición y control en el tramo.
Correrá también por cuenta del Contratista la provisión, alquiler o contratación de los equipos y elementos necesarios para realizar en laboratorio aquellos ensayos y comprobaciones que esta documentación licitatoria y la Inspección de Obra determine.
ARTÍCULO 21° - Servicios y Elementos para la Inspección
Salvo mención en contrario, todos los elementos integrantes de la oficina de la Inspección de Obra son propiedad del Contratista, quien mantendrá la limpieza permanente y conservación de las instalaciones afectadas a la tarea de inspección, hasta la Recepción Provisoria.
El Contratista instalará en lugar próximo a sus propias oficinas de obra o en una ubicación alternativa con el acuerdo de la Inspección, Un (1) local para la oficina de la Inspección.
El local contará con adecuada ventilación e iluminación natural y acceso a sanitarios para uso del personal de inspección en las inmediaciones. Correrá por cuenta del Contratista proveer a su cargo los servicios eléctricos, de gas y telefónico al local, con sus correspondientes artefactos en perfectas condiciones de funcionamiento.
La oficina contará con las características, moblaje y equipamiento básico que a continuación se indica:
- UN (1) Equipo de Aire Acondicionado Frío – Calor de mínimo 5000 frigorías.
- UNA (1) Computadora Portátil Tipo Notebook, la cual contará con una configuración mínima de las siguientes características (Procesador Intel Corel i7, Memoria RAM 8GB, Disco rígido 750 GB, Monitor de 15.6” o mayor), con sus respectivos Software de base: Windows 7 profesional 64 bits, Office Professional, Xxxxxx antivirus, Software adicional AUTOCAD 2010 cada uno con sus respectivas licencias.
- Una cámara fotográfica digital para documentar las distintas etapas de la obra, nueva, con una resolución de 16 mega píxeles y una tarjeta de memoria de 8 Gb.
- Servicio de DOS (2) conexiones de Internet móvil y de mínimo 2 MB.
- UNA (1) impresora láser blanco y negro, de velocidad mínima de impresión 16ppm.
- Servicio de elementos de papelería de oficina e informática.
- DOS (2) equipos impermeables completos.
- DOS (2) pares xx xxxxxxx de seguridad.
- CUATRO (4) cascos.
- UNA (1) Equipo de primeros auxilios
- DOS (2) escritorios de 1,40 metros de ancho como mínimo con tres cajones cada uno.
- CUATRO (4) sillas ergonómicas.
- DOS (2) estanterías o muebles para la guarda de documentación.
- Servicio de limpieza, mantenimiento y reparación de la oficina e instalaciones.
La provisión de la Oficina y demás productos y servicios complementarios indicados en este artículo regirá a partir de los Quince (15) días siguientes a la fecha de inicio de obra y continuará hasta la Recepción Provisoria, salvo que sea parcial o que en la misma se asienten defectos que deban ser reparados durante el periodo de garantía, caso en el cual, se prolongará la provisión de los bienes y servicios indicados hasta la subsanación de las observaciones. El incumplimiento de las obligaciones de este artículo devengará una multa diaria equivalente a la aplicable por incumplimiento de Orden de Servicio.
ARTÍCULO 22° - Movilidad a proveer por el Contratista.
El Contratista proveerá y pondrá a disposición permanente para uso de BCyL S.A. desde el inicio de la obra 1 (UN) vehículo con no más de 50.000 km, modelo no mayor a 3 (TRES) años de antigüedad respecto del inicio de la obra, tipo Camioneta doble cabina, con caja y cubierta estanca, para 4 (CUATRO) pasajeros, con motor diesel turbo de potencia superior a los 150 CV y de tracción integral (4X4). Si el Comitente así lo determina, el Contratista deberá prestar a su cargo los servicios de un chofer habilitado para la conducción del vehículo durante el horario laboral y hasta la Recepción Provisoria. El equipamiento mínimo del vehículo deberá comprender faros delanteros antiniebla, dirección asistida, vidrios polarizados reglamentarios, sistema ABS en las cuatro ruedas, cinturones inerciales para todos los pasajeros, estribos laterales, calefacción y aire acondicionado.
El mantenimiento, revisiones eventuales o de rutina, servicios de auxilio, reparaciones, provisión de combustibles y lubricantes, seguros, patentes e impuestos y todos aquellos gastos aparejados por el uso del vehículo estarán a cargo del Contratista que no recibirá pago directo alguno por las obligaciones descriptas en este punto. El Contratista deberá proveer estos servicios referidos a la movilidad hasta que opere la Recepción provisoria y toda vez que, durante el plazo de garantía hasta la Recepción Definitiva, la Inspección de Obra lo requiera para cumplir las actividades de supervisión de las obras de reparo que se presenten hasta la Recepción Definitiva.
ARTÍCULO 23° - Mantenimiento, Limpieza y Conservación de la Obra.
A partir de que inicie trabajos, el Contratista estará obligado a realizar las tareas de mantenimiento, conservación y limpieza del sector derivado con la obra.
El Contratista deberá proceder a la limpieza completa de toda la zona de vía y adyacencias a la misma que fueran afectadas por los trabajos correspondientes a la obra, retirando todos los desechos y restos de materiales que se acumulen durante el desarrollo de esta tarea.
El mismo criterio se aplicará durante la marcha de los trabajos manteniendo la obra en perfecto estado de limpieza y ordenamiento.
Finalizados los trabajos y por los plazos que corresponda, el Contratista arbitrará los medios para mantener en condiciones la zona intervenida y realizará las nuevas operaciones de limpieza que resulten necesarias.
Quedarán a cargo del Contratista hasta la Recepción Definitiva, todas aquellas tareas de mantenimiento o reparación que resulten necesarias al solo juicio de la Inspección de Obra frente a vicios aparentes de las obras, aún aquellas no previstas.
ARTÍCULO 24° - Obradores - Depósitos.
El Contratista deberá arbitrar los medios para obtener terrenos de propiedad de terceros a su exclusiva cuenta, cargo y responsabilidad.
Cuando la instalación se realice en propiedad de BCyL S.A., la Inspección autorizará al Contratista a realizar todos los arreglos necesarios para la ubicación de materiales, herramientas, equipos, etc. Estas tareas las realizará el Contratista de completo acuerdo con la Inspección de Obra, la cual dará las directivas precisas sobre la ubicación del sitio y la superficie definitiva a ocupar.
El obrador contará con oficinas, depósito, vestuario y locales sanitarios, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.
BCyL S.A. no garantiza la provisión de agua y electricidad en el sitio, por tanto queda a cargo del Contratista arbitrar los medios necesarios para procurarse dichos suministros.
El Contratista deberá cercar perfectamente el obrador de manera tal que quede claramente separado del resto de las instalaciones de BCyL S.A.
Una vez finalizados los trabajos, el Contratista deberá proceder al retiro de todas las instalaciones, construcciones, depósitos, etc., dejando los sitios ocupados en perfecto estado de limpieza y a entera satisfacción de la Inspección de Obra.
Los obradores y depósitos que el Contratista estimara necesarios estarán incluidos dentro del precio total cotizado.
ARTÍCULO 25° - Serenos y Personal de Seguridad y Vigilancia.
La responsabilidad respecto de la vigilancia continua de la obra para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios le incumbe al Contratista.
La adopción de las medidas de vigilancia y seguridad a las que se alude precedentemente no eximirá al Contratista de las consecuencias de los hechos referidos.
Los gastos generados por las medidas de seguridad deberán ser afrontados por el Contratista.
La obligación de vigilancia y el régimen de responsabilidad establecido en el presente artículo rigen durante todo el período comprendido entre el Inicio de la Obra y la Recepción Definitiva.
El personal necesario para servicio de serenos y mantenimiento en todas las precauciones que se implanten en toda la extensión de obra a realizar y, en especial, en el sector de los trabajos, será provisto por el Contratista, incluso durante las horas en las cuales no se realicen tareas.
El Comitente se reserva el derecho de colocar agentes adicionales a su cargo, cuando lo considere conveniente.
Se incluyen también a cargo del Contratista todos los elementos e instalaciones necesarias para que el personal de serenos cumpla correctamente con la tarea a su cargo.
ARTÍCULO 26° - Material producido de la obra.
Todo material sustituido y/o producido de la obra sujeto del presente, deberá ser clasificado y custodiado por el Contratista, para ser devuelto x Xxxxxxxx Cargas y Logística S.A. en el momento que ésta indique.
Para tal fin, el Contratista confeccionará un Inventario de Material Producido de Obra que formará parte de las Actas de Medición y llevará acabo todo lo establecido en el inc. 3 del apartado ALCANCE GENERAL DE LOS TRABAJOS de la Sección 3 del presente documento.
ARTÍCULO 27° - Recepción de las Obras.
27.1. Documentación final de obra
Una vez terminados los trabajos, y antes de la Recepción Provisoria, el Contratista deberá realizar el relevamiento final, y los planos conforme a obra, los cuales deberán estar aprobados para lograr dicha Recepción Provisoria.
Los planos se realizarán en AUTOCAD, entregando al Comitente una copia en CD, y Tres (3) copias en papel; los mismos comprenderán los tramos de vía tratados con los datos que la Inspección determine, debiendo ser entregados a la Inspección de Obra Cinco (5) días antes de la Recepción Provisoria.
Las tareas incluidas en este apartado no merecerán pago directo alguno, considerándoselas incluidas dentro del monto cotizado.
27.2. Recepción Provisoria
A todos los efectos los trabajos encomendados se consideran en conjunto como parte de una única obra integral y, por tanto, los períodos de garantía y las devoluciones de las garantías y fondos de reparo estarán condicionados a la terminación y recepción de la totalidad de los trabajos involucrados.
La Recepción Provisoria será efectuada después de haber examinado y verificado en el lugar que se hayan respetado y cumplido las exigencias requeridas, tanto para la colocación del material, armado y así mismo respecto a las obras complementarias.
En caso de que alguna de las comprobaciones efectuadas se encuentre fuera de la tolerancia admitida, no cumpla con las reglas del arte, no se realizará la Recepción Provisoria solicitada, dejando constancia en el Acta correspondiente de los motivos de tal determinación.
El Contratista deberá efectuar todas las correcciones indispensables antes de solicitar una nueva Recepción Provisoria, estando la Inspección facultada para realizar, en este segundo pedido de recepción, todas las comprobaciones que resulten necesarias.
Si nuevamente se comprueban defectos no se concretará la recepción, quedando constancia en el Acta. La Inspección podrá entonces disponer las medidas necesarias para regularizar las obras motivo del rechazo, quedando a cargo del Contratista todos los gastos que ello demande.
27.3. Recepción Definitiva
El Plazo de Garantía de la obra será de 180 (Ciento Ochenta) días corridos. Durante el Período de Garantía de las obras (luego de la Recepción Provisoria), el Contratista deberá prever realizar los ajustes propios derivados del tránsito de formaciones sobre la vía, al solo requerimiento de la Inspección de Obra, documentado por una Orden de Servicio.
Cuando se solicite la Recepción Definitiva, la Inspección de Obra, conjuntamente con el Contratista, procederán a efectuar todas las verificaciones indispensables para asegurar que los trabajos puedan ser recibidos definitivamente, efectuándose la Liquidación Final de la Obra y devolución de las pólizas constituidas en Garantía de Cumplimiento de Contrato y como Fondo de Reparo.
Para la Recepción Definitiva valen todas las condiciones y normas establecidas para la Recepción Provisoria. El personal y elementos de medición y verificación necesarios para efectuar las comprobaciones, serán provistos sin cargo por el Contratista, tanto para la Recepción Provisoria como para la Definitiva.
Si las verificaciones son correctas se procederá a labrar el Acta de Recepción Definitiva, que será firmada por ambas partes. En caso contrario, se obrará en la misma forma que lo dispuesto para la Recepción Provisoria.
ARTÍCULO 28° - Multas.
Los atrasos en la ejecución del Plan de Trabajos o el incumplimiento del plazo de finalización de los trabajos implicarán la aplicación de una multa equivalente al TRES POR MIL (0,3%) del Monto Total de la Obra por cada DOS POR CIENTO (2%) de atraso respecto del Plan de Trabajos o por día corrido de atraso en el plazo de finalización de los trabajos.
Si el atraso alcanzara los Veinte (20) días corridos, BCyL S.A. estará en condiciones de intervenir en la obra con los recursos que considere necesarios, por sí o por terceros, para acelerar las tareas, sin perjuicio de las penalidades que correspondiera aplicar.
Si el atraso alcanzara los Cuarenta y Cinco (45) días corridos, BCyL estará en condiciones de proceder a la rescisión del Contrato en los términos del Artículo 98º del PBCG.
ARTÍCULO 29°- Premio por Terminación Anticipada.
Si la Recepción Provisoria de la obra procediera en forma anticipada a la fecha prevista para el Plazo Total de la obra indicado en la Sección 2, el Contratista tendrá derecho a un premio por terminación anticipada.
Para ello, a la fecha de la Recepción Provisoria el Contratista deberá haber cumplimentado la totalidad del alcance de los trabajos y obligaciones previstas en el Contrato, sin que subsistan observaciones de ninguna índole por parte de BCyL S.A. En este caso, el Contratista tendrá derecho al cobro de un premio por día corrido de adelanto equivalente al UNO POR MIL (0.1
%) del Monto de Total la Obra Contratada. Dicho monto será calculado a valores de la adjudicación. El premio máximo que podrá percibir el Contratista en este concepto será el equivalente a una terminación anticipada del VEINTE POR CIENTO (20%) respecto a la fecha originalmente prevista según el Plazo Total de la obra.
La percepción del premio podrá ser solicitada inmediatamente de efectuada la Recepción Provisoria de la obra y el trámite de certificación y pago se ajustará a lo establecido para los restantes certificados de obra, incluyendo la ampliación de la garantía de ejecución del contrato equivalente al CINCO (5) por ciento del monto del premio y la constitución del Fondo de Reparo correspondiente por los porcentajes establecidos.
A los efectos de la percepción del premio indicado en este Artículo, se considerará el Plazo Total indicado en la Sección 2 y, al solo efecto del cómputo del mismo, el Contratista sólo podrá solicitar la extensión de esos plazos por incumplimiento parcial o total de las obligaciones contractuales de BCyL S.A., debidamente documentado y acreditado. No podrá solicitarse, por el contrario, la extensión del plazo total de la obra para el cómputo de estos premios por causas y/o circunstancias imputables al Contratista, razones de caso fortuito o fuerza mayor ni por hechos y/o situaciones y/o responsabilidad de terceros ajenos a BCyL S.A.
SECCION 2.
DATOS DEL LLAMADO.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL BCyL Nº 07/2015:
“EJECUCION DE ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, PARA EL REFORZAMIENTO DE LOS PIES DE FUNDACIONES XXX XXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - KM 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 Y KM 295,000 - RAMAL CC - ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE”
ARTÍCULO 1° - Ubicación:
LINEA XXXXXXXX
x XXXXXX 0: XX 000 XX XX 000
SECTOR 2: XXXXXX XXXXX Xx XXXXXXXXX - XX 000,000 XXXXXXXXX XX XXXXX XX
ARTÍCULO 2° - Presupuesto Oficial
Pesos DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL ($17.960.000,00) (más IVA)
ARTÍCULO 3° - Plazo Previsto para la Obra: Plazo Total: CIENTO VEINTE (120) DÍAS CORRIDOS. | ART 6 | PBCG |
ARTÍCULO 4° - Sistema de Contratación Ajuste Alzado y Unidad de Medida con presupuesto oficial no detallado. | ART 8.4. | PBCG |
ARTÍCULO 5° - Variantes y Ofertas Alternativas No aplica | ||
ARTÍCULO 6° - Venta, Costo y Retiro de Pliegos Costo xxx Xxxxxx: PESOS ARGENTINOS QUINCE MIL ($ 15.000) |
Dicha suma deberá depositarse o transferirse en la cuenta corriente del Banco Nación Argentina N° 180051641 Sucursal 0074 CBU 01100181-20001800516416 a nombre del BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA S.A. C.U.I.T Nº 30-71410144-3.
Lugar: Xx. Xxxxx Xx 0000 - Xxxx 0x.
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Plazo para Venta y Retiro: Hasta el día 00 XX XXXXX XX 0000 (INCLUSIVE).
Xxxxxxx y Requisitos: En días hábiles de 10:00 a 16:00 horas, previo aviso a la
Gerencia de Abastecimiento al 0000-0000 xxx 000. Las personas que retiren el pliego deberán estar muñidas de una autorización de la firma para ello y acompañar la debida constancia del depósito o transferencia.
En el caso de que el Oferente sea una UTE o Consorcio será suficiente que un integrante adquiera el Pliego, al nombre del cual se extenderá el correspondiente recibo de adquisición, siempre que dicho integrante identifique ante BCyL S.A. en el término de CUARENTA Y OCHO HORAS (48 hs) los restantes miembros de la UTE o Consorcio de que se trate.
ARTÍCULO 7° - Consultas y Aclaraciones xxx Xxxxxx.
El pliego del presente llamado a Licitación Pública Nacional podrá ser consultado en la sede de BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA S.A. sita en Av. Santa Fe Nº 4636, 2º Piso, CP 1425, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Jefatura de Compras de la Gerencia de Abastecimiento, Tel./Fax,
(000) 0000-0000 presentando la correspondiente constancia de compra xxx xxxxxx.
Asimismo, los interesados podrán efectuar consultas y pedidos de aclaraciones, por escrito hasta CINCO (5) días hábiles antes de la fecha de apertura de 10:00 hs a 16:00 hs.
Las aclaraciones xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales y xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, podrán ser emitidas de oficio o en respuesta a consultas de los adquirentes, cuando XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A. considere su pertinencia, a través de Circulares Aclaratorias.
En todos los casos las aclaraciones, con copia de la consulta, serán comunicadas a todos los que hayan retirado el PBC, hasta DOS (2) días hábiles antes de la fecha de apertura.
ARTÍCULO 8° - Forma y Presentación de las Ofertas. ART18 PBCG Etapa Múltiple
ARTÍCULO 9° Cronograma del llamado a licitación
27 y 30 xx Xxxxx de 2015: Publicidad de llamado a Licitación mediante la publicación de avisos en por lo menos dos periódicos de mayor circulación en el país.
27 y 30 xx Xxxxx de 2015: Publicidad de llamado a Licitación mediante publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
A partir del 27 xx Xxxxx de 2015: Publicidad en página web de BCyL (xxxx://xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx.xxx).
ARTÍCULO 10° - Cierre de Presentación de Ofertas.
Lugar de Presentación: Xx. Xxxxx Xx 0000 - Xxxx 0x.
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Plazo y Xxxxxxx: 28 xx Xxxxx de 2015 a las 15.00hs.
ARTÍCULO 11° - Fecha y Lugar de Apertura. ART 17 PBCG Lugar de Apertura: Xx. Xxxxx Xx 0000 - Xxxx 0x.
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Fecha de Apertura: 28 xx Xxxxx de 2015 a las 15.30hs.
ARTÍCULO 12° - Requisitos de Admisibilidad de las Ofertas. ART 20.1.g PBCG
Cada oferente deberá acompañar la información y documentación que a continuación se detalla, salvo aquella que hubiera sido suministrada con anterioridad en otra oferta; a excepción de la detallada en el inc. b) 2 (certificado RNCOP) el que deberá estar vigente y presentarse en cada una de las licitaciones en las que participe. En este caso, el Oferente deberá adjuntar una Declaración Jurada que detalle la Licitación en la cual se ha entregado dicha información y documentación y que la misma se encuentra plenamente válida y actualizada a la fecha.
a) Documentación que acredita la Capacidad Financiera del Oferente.
1. Presentar Estados Contables (balance general, memoria, estado de situación patrimonial, estado de resultados, de evolución del patrimonio neto, de origen y aplicación de fondos, cuadros, anexos y notas respectivas) de cada uno de los DOS (2) últimos ejercicios anuales como mínimo, firmados por Contador Público Nacional y Certificados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas competente y auditados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados en el país de constitución del oferente.
2. El oferente deberá exhibir una sólida situación económica y financiera de acuerdo a lo que resulta de sus estados contables. Los parámetros contables económico- financieros que se exigen son:
Índice de solvencia (activo totales/ Pasivos Totales) mayor a uno coma tres (1,3).
Índice de Liquidez (Activos Corrientes + Accesos a Créditos)/ Pasivos Corrientes) mayor a uno como tres (1,3).
Patrimonio neto superior al 30 % del Presupuesto Oficial.
3. Información sobre los principales clientes del sector público y privado, detallando monto de la facturación de los últimos 3 años.
b) Documentación que acredita la Capacidad Técnica del Oferente.
1. Un Informe sobre su Capacidad Técnica (antecedentes empresariales donde se acrediten y detallen los trabajos ejecutados a Ferrocarriles Argentinos y/u otros Ferrocarriles ó Empresas de otra índole, indicando fecha del Contrato, plazo de ejecución, fecha de entrega y monto de la obra).
2. Detalle de todos los compromisos contractuales en obras contratadas por BCyL y/o sus accionistas y que se encuentren vigentes a la fecha del llamado, de los cuales deberá indicar: i) La identificación de la Obra y lugar de emplazamiento; ii) Fecha de Inicio de los trabajos; iii) Fecha de Recepción Provisoria y Recepción Definitiva; iv) Participación que le correspondiera en la ejecución (Porcentaje, subcontrato, etc.); v) Características técnicas salientes de la Obra que permitan encuadrar su Naturaleza y Complejidad en los términos de lo exigido por la presente Licitación; vi) el monto en que fuera contratada inicialmente la Obra y sus sucesivas modificaciones.
3. Constancia del Certificado de Capacidad en Obras de Ingeniería de RNCOP.
Para el caso de las UTE, cada uno de los integrantes o socios podrán completar sus antecedentes respecto de los requisitos establecidos en el presente articulo en el inc b) 1; el cual podrá ser alcanzado por suma de los antecedentes acreditados por cada uno de los integrantes.
Cuando la oferta tuviera defectos de forma, el oferente será intimado por la JEFATURA DE COMPRAS de la GERENCIA DE ABASTECIMIENTO a subsanarlos dentro del término de DOS (2) días hábiles. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada, sin más trámite.
ARTÍCULO 13° - Incisos no aplicables del ART 19. ART 19 PBCG Para esta Licitación son aplicables todos los incisos del Artículo 19 del PBC.
ARTÍCULO 14° - Visita al Lugar de Obra. ART19.8PBCG
Se emitirán Actas de Constancias de Visita al Lugar de Obra, la que se hará con el personal designado por BCyL S.A. en fecha y lugar a coordinar. El Acta de Constancia de Visita al Lugar Obra debidamente firmado, será un documento que obligatoriamente debe ser incluido en la
Oferta. Se agrega como Anexo III de la Sección 4 el correspondiente modelo de Acta de Constancia de Visita al Lugar Obra.
ARTÍCULO 15° Carta de Crédito.
De acuerdo a lo expresado en ART. 19 inc. 13 del PBCG.
En caso de que el Oferente no alcanzara los índices y requisitos establecidos en el Art. 12 Inc.
a) 2 de la presente Sección, deberá acompañar Carta/s Compromiso/s que garanticen el financiamiento y acceso a crédito necesario para afrontar financieramente la ejecución de la obra, por un monto mínimo equivalente al faltante.
ARTÍCULO 16° - Validez de las Ofertas.
Se deberá mantener la validez de la oferta presentada por sesenta (60) días a partir del acto de apertura de ofertas. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima xx XXXX (10) días al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
ARTÍCULO 17° - Garantía de Mantenimiento de Oferta. ART19.5 PBCG
Monto de la Garantía de Oferta por la obra será del CINCO POR CIENTO (5%) del monto del Presupuesto Oficial con IVA incluido, establecido en el Artículo 2 de la presente Sección.
ARTÍCULO 18° - Monto de la Garantía de Impugnación. ART 21 PBCG Uno Por Ciento (1%) del Presupuesto Oficial con IVA incluido.
Se ejecutará de no prosperar la impugnación
ARTÍCULO 19° - Compre Argentino. ART 19.9 PBCG
El oferente deberá presentar la Declaración Jurada correspondiente, conforme Art. 4º, Inciso
j) de la Sección 1 del presente Pliego.
ARTÍCULO 20° - Garantía de Cumplimiento de Contrato
Monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato será xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto total del contrato (IVA Incluido) a suscribir luego de la adjudicación.
Dicha garantía deberá contener en sus Condiciones Generales, las siguientes clausulas:
- Modificaciones del Contrato: “La garantía que instrumenta la presente póliza mantendrá su pleno efecto aun cuando el asegurado conviniere con el Tomador modificaciones o alteraciones en el Contrato de obra original, siempre que estén previstas en la ley aplicable o en dicho Contrato¨.
- Configuración del siniestro: “Una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito interno de la asegurado, que establezca la responsabilidad del tomador por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir el pago pertinente al asegurador, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago, no siendo necesaria otra interpelación ni acción".
- Pago y efectos: “El siniestro tendrá fecha cierta la de recepción por parte del asegurador de la documentación pertinente, debiendo este hacer efectivo el importe garantizado dentro de los 15 días”
- Prescripción liberatoria: “Las acciones contra el asegurador prescriben al mismo tiempo que prescriben las acciones del asegurado contra el tomador”.
ARTÍCULO 21° - Seguros que debe contratar el Contratista.
Por Responsabilidad Civil extra contractual y contra terceros, cuya suma asegurada sea de
$3.700.000,00 (Pesos Tres Millones Setecientos Mil), debiendo además contener la ¨Cláusula de Responsabilidad Civil Cruzada¨).
Por accidentes personales de los integrantes de la Inspección de Obra: PESOS CIENTO OCHENTA MIL ($ 180.000.-)
Seguro contra todo Riesgo de Obra por un monto equivalente al Monto de Contrato (IVA incluido).
Las pólizas de seguro contempladas en este Artículo deberán:
-Designar x XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A. como asegurado adicional o coasegurado;
-Incluir una cláusula en la que la Compañía de Seguros renuncia a subrogarse de los derechos del contratista en contra o respecto xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A., mediante la correspondiente “cláusula de no repetición¨;
-Incluir la indicación de que BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA S.A. será notificada por escrito con quince (15) días de anticipación por parte de los aseguradores de cualquier cancelación o cambio en la cobertura.
Para el caso que se produjeran daños de cualquier naturaleza, el Contratista deberá efectuar la denuncia ante la compañía de Xxxxxxx y/o autoridad policial si correspondiera, dentro del plazo fijado por la Ley Nacional de Seguros N° 17.418, y notificar x Xxxxxxxx Cargas y Logística
S.A. de manera fehaciente y dentro de las 24 hs. de ocurrido el siniestro, remitiendo copia de la denuncia formulada ante la Compañía aseguradora.
El Contratista proporcionará, a solicitud xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGISTICA S.A., prueba satisfactoria de los seguros.
ARTÍCULO 22° - Materiales e Insumos.
De acuerdo a lo expresado en ART. 19 inc. 22 del PBCG.
BCyL S.A. proveerá los materiales necesarios para la obra, conforme los plazos, cantidades y las especificaciones indicadas en el inciso b) de Provisión de Materiales de la Sección 3.
El Contratista proveerá los materiales necesarios para la obra, conforme los plazos, cantidades y las especificaciones indicadas en el inciso A) de Provisión de Materiales de la Sección 3. Los Oferentes deberán acompañar, al momento de presentar el Sobre Nº 1, un listado de potenciales proveedores y los compromisos de éstos, en forma documentada.
ARTÍCULO 23° - Equipamiento del Contratista en Obra.
De acuerdo a lo expresado en ART. 19 inc. 21 del PBCG.
El Contratista proveerá los equipos necesarios para la obra, conforme los plazos, cantidades y las especificaciones indicadas en el inciso Equipamiento del Contratista en Obra de la Sección 3.
En ese orden, los Oferentes deberán acompañar en el Sobre Nº 1, un listado que detalle el equipo de su propiedad que considera esencial para la ejecución de la obra, identificando fehacientemente cada equipo de que se trate e indicando marca, modelo, año, potencia y localización actual; en los casos que corresponda.
Los Oferentes podrán optar por presentar el compromiso de compra o el de alquiler del equipo esencial para la obra, incluyendo en su oferta la documentación que afiance el cumplimiento de esos compromisos en tiempo y forma, cuya aceptación quedará a exclusiva resolución xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGÌSTICA S.A.
ARTÍCULO 24° - Plazo de Garantía de los Trabajos. ART 22.3PCP Sección 1
El plazo de garantía entre la Recepción Provisoria de la Obra y la Recepción Definitiva será de CIENTO OCHENTA (180) DIAS CORRIDOS.
ARTÍCULO 25° - Documentación Laboral a Presentar por el Contratista (Control de Terceros).
Se detalla en el Anexo VII, la documentación laboral que el Contratista deberá remitir en los plazos establecidos al Área de Control de Terceros.
ARTÍCULO 26° - Domicilio de BCyL para Recibir Notificaciones
Xxxxxxx Xxxxx Xx 0000 – 2do. Piso CP 1425 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
SECCION 3.
ESPECIFICACIONES Y MEMORIA TÉCNICA (PGO – I – 255)
“EJECUCION DE ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, PARA EL REFORZAMIENTO DE LOS PIES DE FUNDACIONES XXX XXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - KM 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 Y KM 295,000 - RAMAL CC - ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE”
OBJETO DE LA COTIZACIÓN
El objetivo de la presente contratación es realizar los estudios técnicos pertinentes, el proyecto ejecutivo y los trabajos necesarios, para el reforzamiento de los pies de las fundaciones (estribos y pilas) xxx xxxxxx sobre el Xxxxxx Saladillo (4 Tramos – 45 m de longitud total), ubicado en el Xx 000,000 - Xxxxx XX – Xxxxxxx – Xxxxxxxxx Xxxxx Xx; y la ejecución de trabajos de mejoramiento de vía entre el Km 290,000 y 295,000 – Ramal CC – Rosario – Provincia Santa Fe, de la Línea Belgrano.
UBICACIÓN
Zona de Trabajo - Pte A° Saladillo Km. 292,772 - CC
PROVISIÓN DE MATERIALES
En las siguientes planillas se indican un resumen de las cantidades de los principales materiales a utilizar en los trabajos de la Obra
a. A proveer por el CONTRATISTA
MATERIALES | UNIDAD | CANTIDAD |
Piedra Balasto | Tn | 1.875 |
Durmientes especiales para copa encarriladora de Q°C° o Q°B° tratado de 0,12m x 0,24m x 2,70/3,50 m (longitud variable) | N° | 48 |
Durmientes especiales para puentes (vigas) de Q°C° de 0,15/0,18 x 0,24 x 2,00 m | N° | 91 |
Durmientes comunes de Q°C° o Q°B° tratado de 0,12m x 0,24m x 2,00m | N° | 2.715 |
Fijaciones Pandrol Gauge Lock | N° | 10.668 |
Tirafondos B0 de 23x125 mm | N° | 10.668 |
Tirafondos A0 de 23x105 mm | N° | 21.484 |
Bulones de anclaje para puentes | N° | 364 |
Soldaduras aluminotérmicas | N° | 20 |
Encarriladores de Q°C° (2 por juego) | Juegos | 4 |
Tablestacas xx xxxxx para 3 plias | m2 | 270 |
Tablestacas xx xxxxx para 2 estribos | m2 | 120 |
b. A proveer por el COMITENTE
MATERIALES | UNIDAD | CANTIDAD |
Rieles producidos de 49,6 Kg/m o similar | m | 228 |
Los rieles se encuentran depositados en Estación BARRANCAS, o Estación XXXXXX, Xxxxx F1 Línea Belgrano (Provincia de Santa Fe), y serán del tipo 49,6 kg/m o 50,504 Kg/m respectivamente. Todos estos materiales deberán ser retirados por la Contratista de los acopios indicados y trasladados a obra estando incluido el costo de dicha tarea en los distintos ítems que componen la Planilla de Cotización.
Los materiales a suministrar serán de la mejor calidad entre los de su clase y satisfarán, en cuanto a forma y dimensiones, lo estipulado en la presente documentación, en los planos
respectivos y en las normas U.I.C. o Normas FA, con la aprobación y certificación I.R.A.M. para aquellos que estén normalizados.
En todos los casos se efectuarán los ensayos de control de calidad que la Inspección entienda necesarios, aun los no especificados, con la debida anticipación, previo a su uso, por cuenta y cargo del Contratista.
Se proveerá el personal necesario para la toma y traslado de muestras, ejecución de ensayos y otras tareas de control de calidad que le sean exigidas.
La remisión de los materiales a obra se realizará en forma progresiva y a medida que se vayan realizando los trabajos.
EQUIPAMIENTO DEL CONTRATISTA EN OBRA
Todas las máquinas y/o equipos y herramientas necesarias para la completa ejecución de los trabajos que se licitan serán provistos por el Contratista.
Aquellos equipos que deban hacer uso de la vía deberán ser aprobados y estar dotados de todos los elementos de seguridad a tal fin según la reglamentación vigente.
El personal para el manejo de todo vehículo que deba transitar por la vía deberá poseer licencia habilitante, como también ser apto para conducir, debiéndose someter a examen médico ante requerimiento de la autoridad competente. Dicho personal deberá conocer la reglamentación vigente.
Es condición indispensable que se disponga de los equipos mecanizados básicos como, agujereadoras de rieles, tronzadores de rieles, expansores hidráulicos, abulonadoras y tirafondeadoras, antes del comienzo de los trabajos.
MEDIDAS DE SEGURIDAD – CORTES DE VÍA
El Contratista será responsable por los daños y/o accidentes a terceros, incluso linderos al Ferrocarril, que puedan producirse por ejecución de las obras, debiendo proveer el personal necesario para efectuar la protección de los lugares de trabajo de acuerdo a las instrucciones que dará el Inspector de Obra y el REGLAMENTO OPERATIVO.
No se permitirá el empleo de equipos mecánicos sobre la vía sin autorización expresa de la Inspección para la ocupación de la misma, debiendo interrumpirse el trabajo y librar la vía dentro del tiempo autorizado en cada caso. Se deberá coordinar con la Inspección de Obras y colocar las señales de advertencia de trabajos en la xxxx xx xxx x xxxxx xx xxxx, xx xxxxxx que los trenes, vehículos y personas circulen por la zona con la debida precaución y conocimiento de “personal trabajando en zona de vías”. Para ello el jefe de Obra deberá adoptar todas las medidas necesarias, para evitar accidentes.
La obra se desarrollará bajo tráfico, solo en los períodos que la operación ferroviaria lo permita, siendo interrumpido de forma programada, por razones de extrema necesidad, las
que deberán estar debidamente fundadas por el Contratista y por un corto plazo de tiempo a determinar con el Inspector de Xxxx.
Las tareas podrán desarrollarse sin restricciones respecto al horario durante las 24 hs. del día, con adecuadas medidas de seguridad, iluminación e higiene en el trabajo.
Ante emergencia de tráfico, el Contratista deberá prever y proveer las acciones para restablecer la circulación segura de trenes dentro de las 3 (tres) horas de requerido el paso.
De requerirse cortes de circulación, los mismos deberán ser planificados y solicitados en tiempo y forma a la Inspección de obra quien los gestionará y sólo una vez acordados se podrán concretar.
Cuando el Contratista necesite ingresar a la vía con sus vehículos deberá ajustarse al Reglamento Operativo en vigencia.
Los oferentes deberán tener en cuenta que los trabajos se ejecutarán en forma tal que no afecten, salvo las precauciones del caso, la circulación de los trenes.
Todo trabajo parcial comenzado en la vía fuera de las zonas de precauciones, consiguientemente sin reducción de la velocidad de los trenes, deberá quedar completamente terminado en el transcurso de la jornda de trabajo.
El Contratista deberá concluir todos los trabajos en el período otorgado para tal fin en cada jornada laboral y asegurar la vía para una circulación segura en todo momento.
Para efectuar ocupaciones de vía el Contratista deberá contar con la correspondiente AUV (Autorización para Uso de Vía) y/o la del Jefe de Patio según corresponda, en la cual se fijará el tiempo de utilización del sector de vía a ocupar.
A los efectos de cortar la vía para ejecutar trabajos, solo se dispondrá de las horas que establezca la Oficina de CCO y las correspondientes AUV y/o autorización del Jefe de patio según corresponda, pudiéndose efectuar en un solo pedido o fraccionado.
El tiempo real xx xxxxx será determinado por el Inspector en sitio.
La carga y descarga de materiales se deberá efectuar en el mismo plazo.
El Contratista deberá presentar los días viernes ante la Inspección una programación estimada de los trabajos a ejecutar y los sectores a intervenir en la semana siguiente a fin de programar los cortes de vía.
Los cortes de vía serán solicitados mediante el libro de obra por el Contratista con 24 horas de anticipación a los efectos que el Inspector tramite la correspondiente AUV a las oficinas de CCO y/o al jefe de patio de la estación correspondiente.
Aprobado el corte por el CCO, el Inspector comunicará a través de dicho libro qué ventana de trabajo se concede, notificándose al Contratista, quien además tendrá conocimiento de los trenes en circulación y los programados.
La anulación y/o reducción de los cortes programados no dará derecho a ningún reclamo por parte del Contratista y solamente será contemplado a juicio de la Inspección para una potencial ampliación del plazo de obra.
Para aquellos tramos que eventualmente las condiciones de circulación lo permitieran, se coordinará de común acuerdo, entre el Contratista y la Inspección de Obra, la ejecución xx xxxxxx de jornada completa y/o de mayor duración, siempre que ello implique una significativa mejora en el avance de los trabajos.
Dada la posibilidad eventual del carácter nocturno de los trabajos que pudiese adoptar el Contratista, para esa instancia sólo se autorizarán los cortes de vía si el Contratista dispone de los equipos de iluminación adecuados que aseguren un nivel de visibilidad necesaria para la seguridad de los trabajos y del personal.
El Contratista informará a la Inspección de Obra y ésta a su vez al CCO, las precauciones temporarias de velocidad que se establezcan, para que sean de su conocimiento y se las notifique a todos los trenes que circulan en el sector.
ALCANCE GENERAL DE LOS TRABAJOS
A los efectos prácticos, esta obra se divide en DOS (2) Trabajos, de acuerdo a lo siguiente:
1- REPARACION DE LA INFRAESTRUCTURA DE APOYO XXX XXXXXX
a. PRIMERA ETAPA – ESTUDIOS y PROYECTO EJECUTIVO
Consiste en realizar los estudios, ensayos, análisis y preparación de los documentos técnicos de proyecto necesarios, para la ejecución de las reparaciones en los 2 estribos y 3 pilas de mampostería de ladrillos y hormigón.
Para una mejor ilustración y detalle de dimensiones, se agregan seguidamente copia del Plano de Planta y Xxxxx xxx Xxxxxx N° 115 D, y 115 A-D (Ampliación de un Tramo), incluidos ambos documentos en apartado 4 “Normativa a Considerar”.
Las tareas que incluirá esta etapa de obra - dadas con carácter enunciativo y no taxativo-
, son las siguientes:
1) Efectuar los estudios, análisis y ensayos sobre las estructuras, xxxxxx y su suelo de fundación (el que se asume que en principio cuenta con resistencia suficiente), tales que permitan definir los parámetros, las obras y los procedimientos de trabajo, para alcanzar más eficaz y eficiente para reparar los daños relevados y evaluados.
2) Proponer la mejor solución al problema, partiendo de la base que los trabajos encomendaos pretenden extender la vida útil de la obra de arte, en particular de
la infraestructura de apoyo sin modificar, en principio la sección hidráulica y/o afectarla lo menos posible.
3) Una vez aprobados los estudios de la solución técnica por parte del Comitente, elaborar el Proyecto Ejecutivo con las siguientes condiciones de borde:
a) Mantener la sección de escurrimiento lo más libre posible de obstáculos, dando una solución técnica que hidrodinámicamente funcione, de manera aceptable.
b) Ejecutar la siguiente solución:
(1) Tres (3) Pilas Intermedias - Tablestacado a modo de Pantalla de Confinamiento (Acero), tal que hincado a una profundidad no menor a 5 m desde el nivel del Cimiento de Fundación, en el perímetro de las bases, rellenado y sellado con hormigón y xxxxxxxx (Zunchado) - de manera que se confine el suelo de apoyo y actúe como una camisa -, se transfiriera la descarga (bulbo de tensiones) a la mayor profundidad posible, según el siguiente esquema:
~5 m
Bulbo de presiones Fundación directa
Desplazado
Dañado
Cimiento Fundación Directa
Inalterado
ESTADO ACTUAL
ESTADO ORIGINAL
ESTADO ESPERADO
·
·
·
Perímetro por Pie Pila ~ 18 m Longitud tablestaca ~ 5 m Superficie por Pila ~ 90 m2
Zuncho perimetral de tablestacas
~7.5 m
Ta blesta cas xx xxxxx
1.2 m
~5,00 m
Se xxxxx de coronamiento
Cimiento de
concreto, pie de pila
– 0,50 m de espesor
Pila
PLANTA
PERSPECTIVA
(2) Dos (2) Estribos Extremos - Tablestacado a modo de Pantalla de Confinamiento (Acero), tal que hincado a una profundidad no menor a 5 m desde el nivel del Cimiento de Fundación, en el frente, rellenado y sellado con hormigón y xxxxxxxx (Zunchado) - de manera que se confine el suelo de apoyo y actúe como una pantalla / defensa -, se transfiriera la descarga (bulbo de tensiones) a la mayor profundidad posible, según el siguiente esquema:
Vista Superior
Frente cada Estribo ~ 12 m Longitud tablestaca ~ 5 m Superficie por estribo ~ 60
Pantalla tablestacas acero
~2,80 m
2,40 m
Cimiento H°
Bulbo de Presiones ----
original; modificado
Corte terraplén
~12,00 m
~5,00 m
2,40 m
6,80 m
Estribo
Vista Frente
Notas Importantes:
Las dimensiones dadas son en general aproximadas y deberán ajustarse a la realidad y necesidad que resulte del cálculo, incluso la geometría de las tablestacas (Plana, U, etc.).
En el caso de los refuerzos al pie de los estribos, deberá tenerse en cuenta en el diseño limitar al máximo, la posibilidad de socavaduras extremas al pie de las alas, extendiendo la protección en lo que resulte apropiado y brindar el anclaje resultante de las necesidades de cálculo.
4) La solución que se propone – y si existe a juicio del oferente otra alternativa más beneficiosa (superadora) - desde el punto de vista técnico / económico, debe:
a) Evitar el progreso y/o recurrencia de los efectos observados (socavaduras al pie de pilas y estribos).
b) Ser práctica y de ninguna manera colocar al puente fuera de servicio o en condiciones de mayor riesgo, durante la ejecución de los trabajos.
c) Permitir la eventual reparación de las estructuras bajo agua (con depresión del nivel freático) de ser necesario o en caso contrario, contemplar la implementación de procedimientos adecuados para trabajar en seco (ataguías, achique, etc.).
d) Ser lo más económicas, sin que por ello condicione la seguridad y vida útil de las obras de reparo que se propongan y aprueben.
5) Los productos (materiales) a utilizar, deberán reunir las siguientes características:
a) Ser de 1ra calidad y marca reconocida.
b) Disponer de los certificados de calidad correspondientes, incluye ensayos.
c) Tener resistencia mecánica, a impactos y ser ignífuga con una larga vida útil, libre de mantenimiento.
d) Preferiblemente serán xx xxxxx de origen y fabricación nacional.
e) Ser xx xxxxxx fabricación e instalación.
6) La documentación de proyecto a elaborar y presentar - previo a iniciar las reparaciones -, estará compuesta por:
a) Estudio Hidráulico, de Suelos y todo otro contribuyente a la finalidad de los trabajos.
b) Plano General y Detalles, con indicación de las zonas a intervenir.
c) Memoria Técnica y de Cálculo, de las estructuras de refuerzo, con indicación de los productos a utilizar, las tareas a realizar, con explicitación de la secuencia constructiva y sus tiempos (programa de trabajo).
d) Protocolo de las medidas de seguridad, particularmente en la instalación.
e) Cómputo métrico y especificaciones de los materiales, incluye la protección anticorrosiva de las tablestacas xx xxxxx, si corresponde.
f) Exigencias de calidad y control.
b. SEGUNDA ETAPA - EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
En correspondencia con lo establecido en la documentación de proyecto, se deberán realizar los trabajos de reforzamiento de los pies de las tres (3) pilas y los dos (2) estribos, incluyendo el ordenamiento general del cauce, según el siguiente detalle:
1) Trabajos de ordenamiento general del cauce:
a) Estos tenderán a adecuar la Xxxx xx Xxxxx del A° bajo el puente, de manera de facilitar el libre (no orientado) y laminar (no turbulento) escurrimiento de las aguas.
b) Se entiende como Zona de Xxxxx xxx Xxxxxx a la superficie delimitada por el cauce natural (xxx xxx xxxxxx ~ 45 m) y 15 m a cada lado de la línea eje xx xxxxxx (aguas arriba y abajo del mismo). Total: 1.320 m2
c) Se restringirán al máximo los movimientos de suelo con máquinas y equipos viales, evitando la rotura innecesaria lateral y de fondo del cauce xxx xxxxxx.
2) Trabajos en la infraestructura de apoyo (fundaciones) - 2 estribos y 3 pilas de apoyo intermedio:
a) Realizar la preparación de las superficies a tratar, mediante el retiro de todo el material suelto, de manera que queden las mismas, en condiciones de ser reforzadas y aplicárseles los productos y materiales que correspondan
b) Efectuar la reparación de la fisuración y desprendimiento de hormigón, brindándole a las mismas, una adecuada restitución o refuerzo de las partes afectadas de las secciones, con apropiada protección y reparación superficial, para reintegrarles la geometría y estado original.
c) En cuanto al reforzamiento de los pies de pila y estribos se aplicarán los procedimientos y productos aprobados, de acuerdo a las normas vigentes y reglas del arte, teniendo en cuenta que:
(1) Las tablestacas provean un apropiado confinamiento del suelo, al pie de pilas y estribos y, al borde superior del cimiento existente, de modo que cumpla con la finalidad de la reparación.
(2) Conforme el cálculo, se materialicen los zunchos y anclajes que resulten necesarios. La cantidad y ubicación de los mismos, estará vinculada con el descenso esperado del lecho y el comportamiento estructural ante las acciones hidráulicas.
Notas Importantes:
1) Las obras de reparo contemplan todos los trabajos tendientes a la restitución, reparación y reposición de la geometría y capacidad resistente de cada una de las fundaciones, conforme lo proyectado, aunque no se encuentre explícitamente citado en estas Especificaciones.
2) El Contratista deberá coordinar con el Personal del Distrito Vías y Obras ROSARIO, con el Coordinador de Infraestructura ROSARIO / CORDOBA / MENDOZA, e Inspección de Obra, la ejecución de las tareas y trabajos vinculados con el contrato.
3) Tendrá especialmente en cuenta,
a) Garantizar el cumplimiento de todos los aspectos referidos a la Seguridad contra Accidentes (propios y de terceros), impartiendo las instrucciones pertinentes y exigiendo su cumplimiento. Copia de las mismas la pondrá en conocimiento de la Inspección de Obra, previo al inicio de los trabajos, para supervisión.
b) Prever y proveer todas las operaciones de manipuleo, carga, descarga y transporte, de los materiales no recibiendo pago directo alguno al respecto.
c) Velar por la custodia y vigilancia de los materiales entregados por el Comitente y los provistos por la Contratista, a fin de evitar pérdidas y daños.
d) Disponer del personal, máquinas, herramientas y en general todos los medios de trabajo (andamios, etc.) apropiados y que satisfagan las normas de seguridad, no sólo para efectuar los trabajos contratados, sino para el movimiento de materiales en y para la obra.
e) Finalmente, de considerar el Oferente que - analizado el problema -, existe una solución alternativa a estos trabajos que podría ofrecer y que desde el punto de vista técnico es superadora a la indicada, podrá incluir la misma a consideración y evaluación por parte del Comitente.
Medición y Certificación: Esta tarea se certificará cumplimentados todos los trabajos de reparación especificados, incluyéndose los estudios previos, el proyecto de la solución y la documentación Conforme a Obra, debiendo contar con la aprobación de la Inspección.
2- REPARACION DE LA INFRAESTRUCTURA DE VIA
a. El propósito de los trabajos encomendados en este ítem, busca el mejoramiento de 5 Km de vía con sus obras de arte y pasos a nivel, los que se han visto afectados por sucesivos descarrilos, que han llevado a precaucionar la circulación de trenes, a una velocidad máxima de 6/12 Km/h. Se busca en concreto, elevar la velocidad de circulación a no menos de 40 Km/h.
b. En el xxxxxx xx xxx x xxxxxx - xxxxx xx Xx 000,000 a 295,000 de la Línea CC -, se encuentran las siguientes particularidades:
Progresiva (Km) | Particularidad | Descripción | Aclaración |
291,132 | Puente | 2 tramos – luz 12 m total | |
291,771 | Puente | 4 tramos – luz 45 m total | A° Saladillo |
292,743 | Paso a Nivel | Público | Pavimentado |
293,286 | Paso a Nivel | Público | Tierra |
294,520 | Paso a Nivel | Público | Pavimentado |
294,940 | Paso a Nivel | Público | Tierra |
c. Las características de la vía - en el sector - son:
1) Riel 49,6 Kg/m, en barras de 30/36 m.
2) Fijación mixta (tirafondos y clavos elásticos).
3) Balasto xx xxxxxx, colmatado.
4) Densidad de durmientes, 1.600 unidades/Km.
d. Los trabajos a realizar en la infraestructura de vía, son los siguientes:
1) Mejoramiento de vía en los 5 Km con reemplazo parcial de durmientes y bulones de eclisa, total de fijaciones con tirafondos A0 en los durmientes de reempleo, y con fijación Pandrol y tirafondo B0 en los durmientes nuevos que se coloquen (excepto sobre los puentes, donde se fijaran todos los durmientes con tirafondos A0). Incluye alineación y nivelación, con xxxxxxxx xx xxxxxx balasto y soldadura
de juntas. Complementariamente, se efectuará el desmalezado del sector y, el completamiento de descarriladores para zorra.
2) En los puentes, además de los trabajos generales de vía que incluyen el reemplazo parcial de vigas con sus bulones de anclaje, se colocarán contraríeles y encarriladores y, mejorará la señalización.
3) En los pasos a nivel, además de los trabajos generales de vía que incluyen el reemplazo parcial de durmientes, se completará y acondicionará correctamente la cama de rieles y se mejorará la señalización.
La cuantificación de los trabajos especificados es la siguiente:
a. En el Puente Km 291,132 (2T – 12 m)
1) Reemplazar 19 durmientes especiales de Q°C° de 0,15x0,24x2,00 m, nuevos, en el Puente.
2) Transportar, fabricar y colocar 48 m xx xxxx para contraríeles.
3) Proveer y colocar:
a) 76 bulones de anclaje en los durmientes xx xxxxxx nuevo reemplazados.
b) 24 durmientes especiales de 0,12x0,24x2,70 m de Q°C° o B° tratados, nuevos para reemplazar 12 piezas, en cada copa encarriladora de 7 m.
c) 24 durmientes de vía de 0,12x0,24x2,00 m de Q°C° o B° tratados, nuevos, reemplazando parcialmente 12 piezas en cada cuello encarrilador de 15 m vía, a cada lado de los estribos.
d) 228 fijaciones (tirafondos A0) para durmientes nuevos al riel de corrida.
e) 2 juegos de encarriladores xx xxxxxx dura Q°C° fabricados e instalados según indicaciones de la Inspección de Obra, con sus fijaciones.
Medición y Certificación: Se certificará cumplimentados todos los trabajos de mejoramiento de la infraestructura de vía sobre el puente y aprobados por la Inspección de Obra.
b. En el Puente 291,771 (4 T – 45 m) – A° Saladillo
1) Reemplazar 72 durmientes especiales de Q°C° (0,15 x 0,24 x 2,00 m), nuevos, en el Puente.
2) Transportar, fabricar y colocar 180 m xx xxxx para contraríeles.
3) Proveer y colocar:
a) 288 bulones de anclaje en los durmientes xx xxxxxx nuevo reemplazados.
b) 24 durmientes especiales de 0,12x0,24x2,70 m de Q°C° o B° tratados nuevos, para reemplazar 12 en cada copa encarriladora de 7 m.
c) 24 durmientes de vía de 0,12x0,24x2,00 de Q°C° o B° tratados nuevos, reemplazando parcialmente 12 piezas en cada cuello encarrilador de 15 m vía, a cada lado de los estribos.
d) 288 fijaciones (tirafondos) para durmientes nuevos al riel de corrida.
e) 2 juegos de encarriladores xx xxxxxx dura Q°C° fabricados e instalados según indicaciones de la Inspección de Obra, con sus fijaciones.
Medición y Certificación: Se certificará cumplimentados todos los trabajos de mejoramiento de la infraestructura de vía sobre el puente, aprobados por la Inspección de Obra.
c. En los 5,000 Xx xx xxx, xxxxx Xx 000,000 / 295,000
1) Desmalezar 60.000 m2 de la xxxx xx xxx, 0 x a cada lado del eje de vía, en toda la longitud (5.000 m), incluye riego herbicida, a la entrega provisional de la obra.
2) Destapar la vía en toda la extensión, a nivel de cara superior de durmiente, para permitir individualizar durmientes en mal estado, facilitar la remoción y reemplazo de las fijaciones, etc.
3) Proveer y reemplazar:
a) 2.667 durmientes de vía de Q°C° o B° tratados (0,12 x 0,24 x 2,00 m), nuevos y entallados.
b) 10.668 tirafondos B0 23x125 mm y Pandrol nuevos, a colocar en todos los durmientes nuevos.
c) 20.968 tirafondos A0 23x105 mm nuevos, a colocar en todos los durmientes usados – en buen estado - que permanecen, efectuándose el entarugado correspondiente con tarugos xx xxxxxx apropiados. Dicho costo deberá estar incluido en este Ítem. No recibirá pago independiente alguno y está a cargo del Contratista.
4) Efectuar el corrimiento de rieles y alineación de juntas, en todo el sector a tratar, realizando el despunte y perforación para bulones de eclisas, en hasta 20 rieles, a determinar por la Inspección de Obra.
5) Proveer y realizar 20 soldaduras aluminotérmicas en rieles de vía, de manera de conformar barras de 30/36 m, suprimiendo cupones y tales que posibiliten el
escuadrado de juntas eclisadas, en toda la extensión de vía a tratar (incluye en los puentes).
6) Efectuar el completamiento de balasto xx xxxxxx nueva, colocando hasta 1.250 m3, para contribuir a la compactación de bajo de los durmientes, en las tareas de nivelación y finalmente, en la alineación y perfilado, hasta nivel superior de durmientes.
7) Reconstruir 10 descarriladores para zorra, conforme la normativa vigente.
8) Acondicionar señales de advertencia (2 obras de arte y 4 pasos a nivel). Incluye trabajos sencillos xx xxxxxxxx, pintura y su correcta instalación (verticalidad de los postes y amurado al piso).
Medición y Certificación: Se certificará cumplimentados todos los trabajos de mejoramiento de la infraestructura de vía, contándose con la aprobación de la Inspección de Obra.
Los Pasos a Nivel se certificarán por unidad xx xxxxx ejecutado en su totalidad y aprobada por la Inspección de Obra conforme a lo indicado en la Planilla de Cotización (Sección 4 – Anexo I)
Notas Importantes:
1) En este caso el Contratista debería “trabajar x xxxx volcado” de manera que permita efectuar los trabajos de corrimiento y alineación/soldadura de juntas, etc., sin contratiempos y de manera eficiente.
2) Los Durmientes Especiales para Puente en la cantidad y calidad necesarias, serán provistos por el Contratista.
La Contratista:
a) Ejecutará las tareas necesarias para acondicionar convenientemente los durmientes (vigas) para su empleo, efectuándole todas aquellas tareas previas que posibiliten el más rápido y eficiente reemplazo e instalación, conforme las normas vigentes (perforación, entallado, cepillado de las caras, entarugado, etc.), asegurando el espesor (altura), de manera de presentar un plano de apoyo uniforme para los rieles de vía y contraríeles en toda la xxxx xx xxxxxx.
b) Asegurará la adecuada instalación, para garantizar la alineación y nivelación de la infraestructura de vías, en el puente coincidente con el eje de vía y nivel, efectuando todas aquellas tareas menores de escuadrado de durmientes en el puente.
3) Los Tirafondos a colocar en los rieles de corrida (de vía) y bulones de eclisa, se computan dentro de los trabajos de vía en los 5 Km. En la xxxx xx xxxxxx no se colocará fijación Pandrol, haciéndolo en todo durmiente de vía nuevo que se coloque y, siempre y cuando sea posible.
4) Para la reparación / reconstrucción de la Infraestructura de Seguridad (contraríeles y encarriladores) de todo el puente, se tendrá en cuenta que:
a) La colocación de los Contraríeles en el puente y Encarriladores (en ambas cabeceras – copa y cuello encarrilador), deberá ajustarse a lo establecido en la normativa vigente, tomando como referencia los Planos TN 397, 9314, 9596 y 42277B y detalles que especifique en particular la Inspección de Obra, para el riel de vía de 49,6 Kg./m (ARA), o el disponible a proveer por el Comitente.
b) Los materiales para contrarieles (producidos), en cuanto a eclisas, bulones de eclisas y demás medios de fijación, serán provistos por el Contratista.
c) El Contratista deberá ajustar en forma y dimensiones los rieles para contraríeles interiores y exteriores, de las copas encarriladoras. No existirá ítem particular para esos trabajos menores.
d) Los durmientes de vía 0,12x0,24x2,00 m, especiales para copa encarriladora de 0,12 x 0,24 x 2,70/3,50 m de Q°C° o B° tratados, y los durmientes especiales para puente (vigas) de 0,15/0,18x0,24x2,00 m serán provistos por el Contratista, entallados según corresponde.
e) Los juegos encarriladores (5 piezas por boca), para los 2 puentes, serán fabricados en madera dura (Q°C°) según las indicaciones a dar por la Inspección de Obra, asegurando su correcta fabricación e instalación.
f) Los rieles necesarios serán provistos por la Comitente y cargados, transportados y descargados en obra desde Estación BARRANCAS x XXXXXX por la contratista.
5) Todo el material de rezago, producto del desarmado de la infraestructura existente (durmientes, rieles, tirafondos, etc.), que no se re-emplee en la obra, deberá ser recuperado y entregado a la Inspección de Obra, donde ésta indique - estableciéndose en principio, Estación SORRENTO de BCyL -, perfectamente clasificado y acopiado (ordenado).
6) Dentro del total de Soldaduras asignadas para los trabajos de vía, en el caso particular de los puentes, se suprimirán aquellas que introduzcan golpes innecesarios compatible con la longitud xxx xxxxxx y la existencia xx xxxxxx de 36 m xx xxxx, dejando eventualmente una junta escuadra y eclisada, dentro de la xxxx xx xxxxxx, a la mitad de la luz de un tramo, apropiadamente eclisada y abulonada.
7) El material de construcción para los descarriladores de zorra (durmientes, rieles y fijaciones) será parte del producido y lo entregará la Inspección de obra. Dentro
de este ítem, todos los movimientos de suelo y compactación que resulten necesario para la ejecución de los terraplenes, está incluido en el valor del ítem y no tendrá pago directo independiente.
8) Concluidas las tareas de reemplazo de durmientes y previo a la nivelación, se efectuarán las actividades de completamiento / reforzamiento de terraplén y perfilado (balasto xx xxxxxx). En el caso de los Pasos a Nivel (PaN) pavimentados, el Contratista deberá prever – efectuada la reparación encomendada a la vía – restituir el volumen y superficie de pavimento asfaltico o de hormigón. Este costo debe ser incluido dentro del precio de la obra y no tendrá ítem de certificación independiente, ni pago separado.
9) La piedra balasto necesaria para la ejecución de los trabajos, será provista por el Contratista.
10) Los trabajos en vía incluyen la necesaria nivelación y alineación en todo el sector de obra que incluye a la vía sobre el puente, debiendo quedar claramente representada en la Documentación Conforme a Obra.
11) Para el perfilado/reforzamiento del terraplén, se aprovechará y utilizará el producido de balasto xx xxxxxx colmatado, retirado por destape de vía.
3- MATERIAL PRODUCIDO
Los materiales producidos, que sean producto de la ejecución de los trabajos objeto de esta licitación y que no sean aprovechados en la obra, deberán ser retirados, transportados y descargados, para su clasificación y acopio por parte del Contratista, en Estación SORRENTO (Rosario), Provincia de Santa Fe, conforme indique la Inspección de Obra y estarán a su cargo todas las tareas necesarias para llevar a cabo lo anteriormente establecido.
La clasificación deberá merecer la aprobación por parte de la Inspección de Obra.
Todo manipuleo que requiera el material a utilizar, o a ser retirado en la misma obra será a cargo del Contratista y no recibirá pago directo alguno, considerándose incluido dentro del monto cotizado.
Las entregas de material producido durante el mes, deberán asentarse en una planilla que a tal efecto facilitará la Inspección.
El control del material removido se efectuará diariamente con nota en duplicado y la recepción se hará mensualmente.
El Contratista será responsable, durante el período de ejecución de la obra, por las pérdidas o sustracciones que pudieran producirse, aunque los materiales se encuentren depositados en terrenos del Comitente.
Los retiros parciales de materiales que pueda efectuar el Comitente para su reutilización inmediata, ya sea en la obra u otro destino, se dejarán debidamente documentadas en el Libro de Ordenes de Servicio.
La limpieza de los terrenos que sean indispensables para el depósito de los materiales serán efectuadas por el Contratista, a su exclusivo cargo. En todos los casos deberá acondicionarse el lugar, efectuarse el desmalezado con aplicación de herbicidas autorizados por la Inspección previamente, nivelación, ejecución de contrafuegos, cercado, etc.
La descarga en obrador o depósito del material producido incluye el desarme, en el caso que algún elemento esté sin desarmar, se clasificará y depositará en las condiciones indicas anteriormente y en particular:
–a Rieles:
Se clasificarán por clase técnica según las Normas provisorias de clasificación de materiales de
F.A. y se separarán en pilas o planchadas según su clase técnica para su acopio.
Para el manipuleo de los rieles se utilizarán tenazas y se tendrá especial cuidado en que los mismos no reciban golpes ni sean sometidos a esfuerzos que puedan dañarlos.
–b Durmientes comunes:
Se marcarán conforme a las normas vigentes y se apilarán de acuerdo a su clasificación técnica, en grupos de 100 unidades (siguiendo lo establecido en NormaTécnicaV.O.N°13).
Las pilas se separarán entre sí cinco (5) metros. Además a los efectos de detectar sustracciones se efectuarán marcas con pintura blanca siguiendo las instrucciones de la Inspección.
Se prestara especial cuidado y custodia a todos los durmientes producidos de obra que sean del tipo de Quebracho Blanco Tratado con CCA y/o con creosota.
–c Eclisas:
Las eclisas serán clasificadas, y aquel par que pertenezca a una misma junta, previa limpieza general con cepillo de alambre acerado, serán vinculadas entre sí con ataduras de alambre y acopiadas convenientemente en bolsas para su posterior traslado al depósito.
–d Material metálico chico:
A los bulones de las juntas, con anterioridad a su desarme, se le lubricarán los filetes y tuercas para lograr un desarme sin esfuerzos excesivos
Luego de retirados, se clasificarán y colocándole nuevamente a cada bulón su arandela y tuerca, para luego embolsarlos para su traslado al depósito.
Los elementos de fijación, serán depositados en obrador sin clasificar por clase técnica pero separando lo reutilizable de la chatarra. Además serán separados por tipo de elementos para su posterior carga y despacho a granel.
Medición y Certificación: Mensualmente el Contratista confeccionará un Inventario de Material Producido de Obra que formará parte de las Actas de Medición. Esta tarea no recibirá pago directo alguno.
4- NORMATIVA A CONSIDERAR
Las Normas y Reglamentos que regirán la ejecución de esta obra, en lo que sea de aplicación, son entre otras las siguientes:
Ley General de Ferrocarriles Nacionales y sus Modificatorias, Reglamento General de ferrocarriles aprobado por Decreto 90325/36 y sus actualizaciones.
Ley Nº 19.587/72 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, su Decreto Reglamentario Nº 351/79 y Normas Complementarias. Decreto Nº 351/96 de Higiene y Seguridad de la Industria de la Construcción y Normas Complementarias. Ley 24051 de Residuos peligrosos y su Decreto Reglamentario Nº 831/93.
Normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Normas mínimas de seguridad de vía elaboradas por la CNRT.
Reglamento Operativo del FCGB, FCGU y FCGSM (RO).
Normas ISO 9000, Calidad de los Trabajos y Suministros.
Normas Transitorias para la clasificación de materiales de vía (FA – CNRT).
Norma Técnica VO N° 13 - Acopio de Durmientes.
Normas IRAM FA L para eclisas, bulones de vía, arandelas para bulones de vía.
Especificaciones FA 7030 y ALAF 5-022.
Norma IRAM FA 7009
Norma FA 7001 y ALAF 5032.
Normas IRAM – ASTM – AASHTO – DNV, en general.
Normas Técnicas para Soldadura Aluminotérmica.
Condiciones para soldadura eléctrica a xxxx xx xxxxxx RENFE P.R.V-3-0-1.0. Marzo 1981.
Norma UIC 860-0 - Suministro de rieles.
Norma Técnica de colocación, vigilancia y conservación de rieles largos soldados. [NT VO Nº 9]
Especificaciones Técnicas para trabajos de movimiento de tierra y limpieza de terrenos (Resolución D. Nº 887/66).
Perfiles transversales tipo de vías principales balastadas con piedra o material similar y de las sendas norma FA 7040/75. [NTVO N° 2 A].
Normas Técnicas - Construcción y Renovación de Vías. (Resolución D. Nº 887/66). [ NT VO Nº 4] y las modificaciones a los Artº 56, 57 y 58.
Norma Técnica - Trabajos de reacondicionamiento de Vía. (Resolución D. N° 764/66).
Norma Técnica - Colocación de la vía, peralte, curvas de transición y enlaces [NT VO Nº
3].
Norma Técnica - Cruces entre caminos y vías férreas (Resolución SETOP 7/81 – Decreto Nº 747/88).
Instrucción Técnica sobre Estudios Geotécnicos para Fundación de Obras de Arte. [I GVO(OA) 006 - Mayo de 1990].
Instrucciones para la Presentación de Documentación Técnica xx Xxxxxxx Ferroviarios [I GVO (OA) 008].
Instrucción Técnica Complementaria para el Cálculo Estructural xx Xxxxxxx Ferroviarios [I GVO (OA) 009 – 1991].
Reglamento xx Xxxxxxx Ferroviarios de Hormigón Armado y su Anexo y xx Xxxxxxx Metálicos, para puentes ferroviarios de Ferrocarriles Argentinos.
Plano N° Plano Nro 115 D y 115 A-D – Puente A° SALADILLO – Km 292,771 – Línea CC
Plano 42277B – Encarriladores y contraríeles en puentes con rieles 37 Kg/m.
Pliego Único de Especificaciones Generales para la Construcción de Obras Básicas y Calzadas de la Dirección Provincial de Vialidad – Buenos Aires.
Otras Normas Técnicas de Vías y Obras: Consultar pagina Web xxx.xxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxx.xxx
Notas Importantes:
- El listado de normas antes detallado es meramente enunciativo y no taxativo ni excluyente.
- El Oferente y Contratista, deberá ajustar todos los procedimientos de trabajo, cálculo y dimensionamiento de piezas, soldaduras, etc. y en lo referido a la calidad de los materiales, clasificación de operadores, etc., a toda normativa de carácter específico propio de los trabajos que se encomiendan, sean estos derivados de los fabricantes, institutos de racionalización de materiales, de alcance nacional e internacional.
SECCIÓN 4
ANEXOS
ANEXO I. PLANILLA DE COTIZACIÓN
PLANILLA DE COTIZACIÓN DE LA OFERTA:
Licitación Pública Nacional N° 07-2015 Oferente:
Fecha:
N° | RUBRO - ITEM | UNIDAD | CANT./KM | CANT. TOTAL | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL | COMENTARIO |
RUBRO BAJO SISTEMA DE AJUSTE ALZADO | |||||||
1 | Reparación de infraestructura Puente A° Saladillo (Km 292,772) | Gl | 1 | ||||
2 | Mejoramiento de vía sobre Puente A° Saladillo (45m de longitud total) | Gl | 1 | ||||
3 | Mejoramiento de vía sobre Puente Km 291,771 (12m de longitud total) | Xx | 0 | ||||
0 | Xxxxxxxxxxxx xx xxx xx Xxxxxx Xx 000,000 – Km 295,000 | Gl | 1 | ||||
SUB-TOTAL |
RUBRO BAJO SISTEMA DE UNIDAD MEDIDA
5 | Renovación de Pasos a Nivel Pavimentados | N° | 2 | ||||
6 | Renovación de Pasos a Nivel de Tierra | N° | 2 | ||||
SUB-TOTAL | |||||||
TOTAL |
. Nota Importante: Los Ítems mencionados son a los efectos de la cotización. Se deberán ejecutar todos los trabajos enunciados en las Especificaciones Técnicas (Sección 3) aunque no figuren específicamente en la misma.
ANEXO II. INCIDENCIA EN OBRA
INCIDENCIA EN OBRA | ||
Máquinas y Equipos | % | 23% |
Mano de Obra | % | 26% |
Materiales | % | 44% |
Transporte | % | 1% |
Combustibles y Lubricantes | % | 6% |
Total | 100 % |
Anexo III. ACTA DE CONSTANCIA DE VISITA AL LUGAR DEOBRA
ACTA DE CONSTANCIA DE VISITA AL XXXXX XX XXXX
Xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx, a los ….. días del mes de de 2015,
se deja constancia que la empresa ………………………….., representada por el Sr………………………..
DNI…………………………….. ha cumplimentado con la VISITA al lugar de OBRA, en el marco de la Licitación Pública Nacional BCyL Nº: 07/2015 “EJECUCION DE ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, PARA EL REFORZAMIENTO DE LOS PIES DE FUNDACIONES XXX XXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - KM 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 Y KM 295,000 - RAMAL CC - ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE”,
conforme a lo establecido en el Artículo 14º de la Sección 2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
La presente tiene carácter de declaración jurada.
Se confeccionan TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
……………….. …………………
Representante Empresa Representante BCyL S.A.
ANEXO IV. CARTA DE PRESENTACIÓN LICITACION PÚBLICA NACIONAL Nº 07/2015
De mi consideración:
Habiendo analizado los Documentos de a la Planilla de Cotización que se adjunta como ANEXO I al presente y que es parte La Licitación Pública Nacional Nº 07/2015, cuya recepción se confirma por el presente, quienes suscriben esta carta ofrecemos ejecutar los trabajos por el monto que ha de establecerse conforme integral de esta Oferta.
Asimismo aceptamos todas las condiciones xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales de Obra, y del correspondiente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y demás previsiones que rigen la licitación.
Si nuestra Oferta fuese aceptada nos comprometemos a comenzar y completar la ejecución de los trabajos según las Especificaciones Técnicas y conforme al Plan de Trabajos que se adjunta al presente.
Acordamos regirnos por esta propuesta durante un período de 60 días desde la fecha límite fijada para la recepción de las Ofertas, la que resultará vinculante para quienes suscriben y podrá ser aceptada en cualquier momento antes del vencimiento de dicho plazo.
Comprendemos que ustedes no se encuentran obligados a aceptar cualquier Oferta que reciban.
Fechado en este día / mes / del año Firma y sello/aclaración
(En su calidad de)
Debidamente autorizado/a, según surge del poder adjunto, a firmar la Oferta en nombre y representación de la empresa/institución:
ANEXO X. XXX Y DECLARACIÓN JURADA DE COMPRE TRABAJO XXXXXXXXX
Xxx 25.551. Régimen de compras del Estado Nacional y concesionarios de Servicios Públicos. Alcances.
Sancionada: Noviembre 28 de 2001. Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza xx Xxx:
REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS
"Compre Trabajo Argentino"
ARTÍCULO 1° — La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de Obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y Obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley.
ARTÍCULO 2° — Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción.
ARTÍCULO 3° — Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas.
Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional.
La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las Obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos.
En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente.
ARTÍCULO 4° — Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas xxx xxxxxxx nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir.
ARTÍCULO 5° — Los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, sin perjuicio de cumplir otras normas vigentes en la materia, de modo de facilitar a todos los posibles oferentes el acceso oportuno a la información que permita su participación en las mismas. Los pliegos de condiciones generales, particulares y técnicas de la requisitoria no podrán tener un valor para su adquisición superior al cinco por mil (5‰) del valor del presupuesto de dicha adquisición.
ARTÍCULO 6° — Los proyectos para cuya materialización sea necesario realizar cualquiera de las contrataciones a que se alude en la presente ley, se elaborarán adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes de origen nacional. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias en cuanto a su prestación.
ARTÍCULO 7° — Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países y organismos internacionales, que estén condicionadas a la reducción del margen de protección o de preferencia para la industria nacional, por debajo de lo que establece el correspondiente derecho de importación o el presente régimen, se orientarán al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) El proyecto deberá fraccionarse con la finalidad de aplicar el préstamo gestionado para cubrir exclusivamente la adquisición de aquella parte de bienes que no se producen en el país;
b) En ningún caso se aplicarán las condiciones del acuerdo de financiación a las compras no cubiertas por el monto de la misma.
En el caso de haber contradicción entre las previsiones expuestas en los incisos a) y b) y las que surgieren de los convenios de financiación, prevalecerán estas últimas.
Cuando la oferta de bienes de origen no nacional se acompañe por algún tipo de plan de pagos o financiamiento, los oferentes de bienes de origen nacional podrán recurrir al BICE a fin de obtener el financiamiento necesario para equiparar las condiciones financieras ofrecidas.
ARTÍCULO 8° — Quienes aleguen un derecho subjetivo, un interés legítimo, o un interés difuso o un derecho colectivo, podrán recurrir contra los actos que reputen violatorios de lo establecido en la presente ley, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde que tomaron o hubiesen podido tomar conocimiento del acto presuntamente lesivo.
Cuando el agravio del recurrente consista en la restricción a su participación en las tratativas precontractuales o de selección del proveedor o Contratista deberá reiterar o realizar una oferta en firme de venta o locación para la contratación de que se trate, juntamente con el recurso, aportando la correspondiente garantía de oferta.
El recurso se presentará ante el mismo Comitente que formuló la requisitoria de contratación, el que podrá hacer lugar a lo peticionado o, en su defecto, deberá remitirlo juntamente con todas las
actuaciones correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde su interposición, cualquiera fuere su jerarquía dentro de la administración pública o su naturaleza jurídica a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que será el órgano competente para su sustanciación y resolución y que deberá expedirse dentro de los treinta (30) días, contados desde su recepción.
La resolución del Secretario de Industria, Comercio y Minería establecerá el rechazo del recurso interpuesto o, en su caso, la anulación del procedimiento o de la contratación de que se trate y agotará la vía administrativa.
ARTÍCULO 9° — El recurso previsto en el artículo anterior tendrá efectos suspensivos respecto de la contratación de que se trate, hasta su resolución por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, únicamente en los siguientes casos:
a) Cuando el recurrente constituya una garantía adicional a favor del Comitente que formuló la requisitoria de contratación del tres por ciento (3%) del valor de su oferta, en aval bancario o seguro de caución, que perderá en caso de decisión firme y definitiva que desestime su reclamo;
b) Cuando se acredite la existencia de una declaración administrativa por la que se haya dispuesto la apertura de la investigación antidumping previstas en el Código Aduanero, o por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, respecto a los bienes que hubieren estado en trámite de adjudicación y/o contratación o haber sido favorecidos por la decisión impugnada.
Cuando la Secretaría de Industria y Comercio Exterior hiciere lugar al recurso, quedará sin efecto el trámite, procedimiento o acto recurrido, se devolverá al recurrente la garantía adicional y se remitirán las actuaciones al Comitente que elevó las actuaciones al citado organismo.
Cuando no se hiciere lugar al recurso, se remitirán las actuaciones al Comitente que formuló la requisitoria de contratación para que continúe con el trámite en curso, sin perjuicio de la responsabilidad del recurrente por los daños y perjuicios que le fueren imputables.
ARTÍCULO 10. — Cuando se compruebe que en un Contrato celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de Obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro Contrato, concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes.
ARTÍCULO 11. — La Sindicatura General de la Nación y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la presente y propondrán las sanciones previstas precedentemente.
ARTÍCULO 12. — La preferencia del 7% establecida en el artículo 3° de la presente ley será aplicable a las contrataciones que realicen los organismos de seguridad en la medida que no se trate de materiales, insumos o bienes de capital estratégicos cuya adquisición deba permanecer en secreto, a juicio del Poder Ejecutivo nacional.
ARTÍCULO 13. — El texto de la presente ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, a los que deberá adjuntarse copia del mismo.
ARTÍCULO 14. — Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no concurriere otro delito reprimido con una pena mayor, los funcionarios públicos y los administradores y empleados, cualquiera sea su jerarquía y función, de las entidades mencionadas en el artículo 1° sujetas a la presente ley o a las leyes similares que dicten las provincias, en cuanto omitieren o hicieren omitir, rehusaren cumplir, no cumplieran debidamente las normas declaradas obligatorias por la presente ley, su reglamentación o las normas concordantes dictadas en el ámbito provincial.
ARTÍCULO 15. — El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal.
ARTÍCULO 16. — El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que adopten las medidas legales apropiadas en sus jurisdicciones, regímenes similares al contenido en esta ley.
ARTÍCULO 17. — Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de la presente ley y, en la medida que sea factible, en aquellas en que por no haber todavía situaciones firmes fuera posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen.
ARTÍCULO 18. — Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de Obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos.
ARTÍCULO 19. — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente.
ARTÍCULO 20. — Las denominaciones "Compre Argentino, Compre Nacional y Contrate Nacional" se han de tener como equivalentes en las normas que así lo mencionen y se asimilarán a la presente.
ARTÍCULO 21. — Serán aplicables al presente las leyes 24.493, de mano de Obra nacional y 25.300, de pymes, y sus decretos reglamentarios.
ARTÍCULO 22. — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro del término de sesenta (60) días de su promulgación.
ARTÍCULO 23. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.— REGISTRADA BAJO EL N° 25.551 —XXXXXX
XXXXXXX. — XXXXX X. XXXXXX. — Xxxxxxxxx Xxxxxxxx. — Xxxx X. Xxxxxxx.
DECLARACIÓN JURADA I1
2, de de 201 . A los efectos previstos en el Régimen de Compre Trabajo Argentino (Ley N° 25.551, el Decreto N° 1600/2002 y sus normas complementarias) y con relación a la Licitación Pública Nacional N° 07/2015 cursada por BELGRANO CARGAS Y LOGÌSTICA S.A., en mi carácter de 3 de 4, manifiesto en calidad de declaración jurada que las obras / los servicios cotizados / los bienes por mi representada son 5.
6
1 Impresa en una hoja con el membrete de la empresa ofertante. 2 Localidad.
3 Representación que invoca. 4 Nombre de la empresa.
5 Locales o extranjeros. 6 Firma y sello.
DECLARACIÓN JURADA II7
8, de de 201 . A los efectos previstos en el Régimen de Compre Trabajo Argentino (Ley N° 25.551, el Decreto N° 1600/2002 y sus normas complementarias) y con relación a la Licitación Pública Nacional N° 07/2015 cursada por BELGRANO CARGAS Y LOGÌSTICA S.A, en mi carácter de
9 de 10, manifiesto en calidad de declaración jurada que mi representada encuadra dentro de la categoría de 11.
12
7 Impresa en una hoja con el membrete de la empresa ofertante. 8 Localidad.
9 Representación que invoca. 10 Nombre de la empresa.
11 PyME / MIPyME/GE.
12 Firma y sello.
ANEXO VI: FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA
APELLIDO: .......................................................................................................................... |
NOMBRE:.............................................................................................................. ............ |
D.N.I./C.I./L.E./L.C. Nº: .......................................................................................................................... |
RAZON SOCIAL: .......................................................................................................................... |
DOMICILIO: .......................................................................................................................... |
HABILIDAD PARA CONTRATAR
EL OFERENTE DE LA LICITACION PÚBLICA NACIONAL BCyL 07/2015. ESTA INCURSO EN ALGUNA DE LAS | S I | N O |
CAUSALES DE INHABILIDAD PARA CONTRATAR CON ESTADO NACIONAL Y/O SUS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, Y/X XXXXXXXX CARGAS Y LOGÍSTICA S.A., Y/O ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, Y/O SOCIEDAD OPERATIVA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO Y/O ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (tachar lo que no corresponda) |
DEUDAS – RECLAMOS ADMINISTRATIVOS – JUICIOS CON EL ESTADO NACIONAL
MANTIENE DEUDAS, RECLAMOS ADMINISTRATIVOS Y/O JUICIOS COMO PARTE DEMANDADA CON EL | S I | ||
ESTADO NACIONAL y/o sus | |||
entidades descentralizadas , | |||
y/x XXXXXXXX CARGAS Y | |||
LOGÍSTICA S.A. y/o | |||
Administración de | |||
Infraestructuras Ferroviarias | |||
Sociedad del Estado y/o | |||
Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado y/o | N O | ||
Administración General de | |||
Puertos Sociedad del Estado (TACHAR LO QUE NO CORRESPONDA) | |||
DE SER AFIRMATIVA LA RESPUESTA INDICAR XXXXX, XXXXXXX, N° DE EXPEDIENTE, ENTIDAD DEMANDANTE Y MONTO RECLAMADO. | |||
............................................................................................................................. ............................................................................................................................. ............ |
PRESTO CONFORMIDAD CON TODO EL CONTENIDO DEL PRESENTE PLIEGO, ASÍ COMO RENUNCIO A RECURRIR A LA VÍA JUDICIAL EN CASO DE DESCALIFICACIÓN, NO CALIFICACIÓN, DESESTIMACIÓN DE LA PROPUESTA O CUALQUIER OTRA RESOLUCIÓN QUE ADOPTE EL ORGANISMO CONTRATANTE.TAMBIÉN ACEPTO EXPRESAMENTE QUE LA ÚNICA VIA RECURSIVA ES LA PREVISTA EN EL PRESENTE PLIEGO
EL QUE SUSCRIBE DON....................................................................................................................... .... | |
EN SU CARÁCTER DE.......................................................................................................................... .... | |
AFIRMA QUE LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA SON CORRECTOS Y QUE SE HAN CONFECCIONADO SIN OMITIR NI FALSEAR DATO ALGUNO QUE DEBA CONTENER, SIENDO FIEL EXPRESIÓN DE LA VERDAD. | |
LUGAR Y FECHA | FIRMA |
ANEXO VII. CONTROL DE TERCEROS.
Consideraciones Generales:
De acuerdo a la situación fiscal y previsional del Proveedor o Contratista, éste deberá entregar -durante todo el periodo que preste servicios-la documentación que le corresponda, tanto para ingresar a ejecutar los trabajos, obras o servicios descriptos en la Orden de Compra o Contrato, como para obtener el pago de los mismos, todo ello teniendo en cuenta lo siguiente:
Enviar toda la documentación de cada mes, en forma completa, evitando hacerlo por partes.
La documentación deber remitirse -sin intermediarios- al Área de Control de Terceros de lunes a viernes de 9 a 18 hs., a través de:
o Correo electrónico: xxxxxxx0@xxxx.xxx.xx, en formato PDF o JPG, (límite por envío de 2 megas)
o Correo Postal: Área de Control de Terceros - Xx. Xxxxx Xx Xx 0000 - 0xx. Xxxx, (X0000XXX) -
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
La documentación enviada tiene que limitarse exclusivamente al personal que ingresa a los predios del Belgrano Cargas y Logística S.A.
Informar por nota formal (membrete, fecha, firma y aclaración de un apoderado) en todo momento:
- Altas o bajas de personal que se produzcan, acompañando las constancias respectivas.
- Desafectaciones del personal en los trabajos detallados en la Orden de Compra.
En el caso de existir subcontratación, el proveedor o contratista:
- Debe informar por nota formal la subcontratación y adjuntar copia de la Constancia de Inscripción ante AFIP del subcontratista.
- Debe presentar la documentación del subcontratista (en forma separada de la del contratista) con los mismos alcances que se aplican al contratista (consultar al Área de Control de Terceros por la documentación a presentar si la situación jurídica y fiscal del subcontratista difiere de la del contratista).
- es el responsable de remitir al Área de Control de Terceros la documentación del subcontratista.
El Área de Control de Terceros:
- cuenta con 5 (cinco) días hábiles para controlar la documentación, una vez recepcionada por este sector.
- solo se responsabiliza por la documentación solicitada.
- solo brinda información correspondiente a la documentación requerida para autorizaciones de ingreso y conformidad de pagos.
- Teléfono de contacto: (000) 0000-0000
Sin perjuicio de la entrega de los requisitos que se describen a continuación para los distintos casos de personal en relación de dependencia, Belgrano Cargas y Logística S.A. se reserva el derecho de solicitar queel Proveedor o Contratista entregue al Área de Control de Terceros copia del Libro Especial (Art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo).
CERTIFICADO DE OBRA Nº
CERTIFICO QUE LA EJECUCIÓN DE ESTE TRABAJO Y LOS VALORES INDICADOS SE CORRESPONDEN CON LOS TÉRMINOS DEL C
SON PESOS …..(EN LETRAS)
Inspección de Obra
Representante Técnico
DESCRIPCION DE OBRA:
LOGO EMPRESA CONSTRUCTORA
XXXXX XXXX – MODELO DE CERTIFICADO
DATOS DEL CONTRATO | |
CONTRATISTA | |
DOMICILIO | |
MONTO ORIGINAL CONTRATO (sin IVA) | |
FECHAS DE INICIO | |
PLAZO VIGENTE DÍAS |
DATOS DEL CERTIFICADO | |
NRO DE CERTIFICADO | |
TIPO DE CERTIFICADO: | Ajuste alzado / Unidad de medida |
DESDE: | |
HASTA EL: | |
FECHA DE EMISIÓN: |
I T E M S P O R A J U S T E A L Z A D O | |||||||||||
Item N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD (U) | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO ($/U) s/IVA | SUBTOTAL ($) | CANTIDAD EJECUTADA | IMPORTE | ||||
HASTA CERTIFICADO ANTERIOR (%) | HASTA CERTIFICADO PRESENTE (%) | PRESENTE CERTIFICADO (%) | HASTA CERTIFICADO ANTERIOR ($) | HASTA CERTIFICADO PRESENTE ($) | PRESENTE CERTIFICADO ($) | ||||||
Subtotales |
IT E M S P O R U N I D A D D E M E D I D A | ||||||||||||
Item N° | DESCRIPCIÓN | UNIDAD (U) | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO ($/U) s/IVA | SUBTOTAL ($) | CANTIDAD EJECUTADA | IMPORTE | |||||
HASTA CERTIFICADO ANTERIOR (U) | HASTA CERTIFICADO PRESENTE (U) | PRESENTE CERTIFICADO (U) | HASTA CERTIFICADO ANTERIOR ($) | HASTA CERTIFICADO PRESENTE ($) | PRESENTE CERTIFICADO ($) | |||||||
Subtotales |
TOTAL sin IVA | SUBTOTAL 1 (sin IVA) | ||||
IVA | ANTICIPO (X) % del SUBTOTAL 1 | ||||
TOTAL con IVA | SUBTOTAL 2 (sin IVA) | ||||
FONDO de REPARO (X) % | |||||
TOTAL | |||||
IVA | |||||
TOTAL con IVA |
Visados - Uso Interno | |||
Responsable Proyecto | Subgerencia Administración de Contratos | Gerencia de Desarrollo de la Infraestructura | Compras y Contrataciónes |
Tesorería | Contabilidad y Presupuesto | Gerencia de Administración |
Anexo IX. NOTA DE APROBACIÓN DE LA INSPECCIÓN DE OBRA
NOTA APROBACIÓN CERTIFICADO NºXXX – XXX DE 2015
Licitación | PÚBLICA NACIONAL BCyL Nº 07/2015 |
Obra | EJECUCION DE ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, PARA EL REFORZAMIENTO DE LOS PIES DE FUNDACIONES XXX XXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - KM 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 Y KM 295,000 - RAMAL CC - ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE |
Contratista | |
Inspector |
Mediante la presente se da aprobación a TODA la documentación que conforma el Certificado correspondiente a las tareas del mes de Xxxx de 2014 de la Obra de la referencia.
Se hace notar que la documentación responde fehacientemente a las tareas ejecutadas en la Obra, a las exigencias de la Documentación Contractual y se compone de:
1- Memoria Descriptiva de los Trabajos 2- Informe de Avance
3- Documentación fotográfica 4- Acta de Medición
5- Certificado Básico
6- Plan de Trabajo Aprobado
7- Plan de Certificación y Curva de Inversión Aprobada 8- Inventario del Material Producido
Del análisis de la documentación presentada ante esta Inspección, el que suscribe indica que:
a- SI/NO CUMPLE la integridad y con exactitud con lo establecido en el Artículo 12de la Sección 1 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares
b- Plan de Trabajos: SI/NO CUMPLE con lo establecido en el Artículo 10.2de la Sección 1 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y Artículo 85.1 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales
c- Fondo de Reparos: SI/NO CUMPLE con lo establecido en el Artículo 13de la Sección 1 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
d- Multas: SI/NO son APLICABLES las Multas establecidas en el Artículo 28de la Sección 1 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y Artículo 107 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales.
e- El MONTO A ABONAR correspondiente al presente período es de $X.XXX.XXX,XX (son Pesos XXXXX XXXXXX XXXX XXX con XX/100)
……………………….. …………………….
Representante Técnico Inspector
(Denominación Contratista) BCyL S.A.
ANEXO X– CARTELES DE OBRA
El Contratista deberá proveer, instalar, mantener y retirar oportunamente todos los carteles que resulten necesarios para anunciar las obras en ejecución.
Los carteles de anuncio de obra se emplazarán en cada una de las vías de acceso ferroviarias, viales o peatonales a la zona de obra, en los lugares que indique la Inspección, con la anticipación y dimensiones que resulten necesarias para su correcta visualización. Como mínimo se emplazarán dos carteles cuyas dimensiones no serán menores a Cuatro (4) y Cinco (5) metros respectivamente por lado.
Los textos, colores y tipografías de los carteles de anuncio de obra serán aprobados por la Inspección de Obra. La sujeción de los carteles será la apropiada, pudiendo exigir la Inspección de Obra medidas de sujeción adicionales. Cuando la circulación nocturna lo amerite, la Inspección de Obra podrá ordenar la iluminación de los carteles, la que correrá por cuenta del Contratista.
La disposición de carteles de anuncio de obra indicada será replicada en cada uno de los andenes de trabajo.
En caso de que la Inspección designada por la BCyL S.A. compruebe de manera fehaciente el no cumplimiento de lo indicado, la Contratista será pasible de las sanciones y/o multas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones de la presente contratación.
Las dimensiones definitivas, como su contenido y otras características del cartel de obra serán definidas por a través del área de la Inspección de Obra, previo al inicio de obra.
ANEXO XI. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN MATERIA AMBIENTAL
1. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
El Estudio de Impacto Ambiental (ESIA) deberá cumplir en todos sus términos, lo establecido en la legislación nacional, provincial y municipal vigente al respecto. El índice temático del ESIA será propuesto por el Contratista y aprobado por las áreas específicas de la BCyL y deberá tener como contenidos mínimos los establecidos en la Resolución Nº 501/1995 de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano.
El ESIA del proyecto deberá ser un documento autosuficiente, que contenga toda la información considerada relevante para el estudio, incluyendo un análisis de la situación actual y su relación con el proyecto, tal que permita al lector sacar sus conclusiones sobre la factibilidad ambiental del proyecto. Deberá darse énfasis a los aspectos analíticos, evitando que el documento sea meramente descriptivo incluyendo información proveniente de estudios secundarios.
El ESIA del proyecto deberá incluir obligatoriamente, entre otros, los siguientes aspectos:
a) Descripción del proyecto. Con base en los diseños de ingeniería, identificar las actividades de construcción y/o mejoramiento que podrían producir alteraciones al medio ambiente físico, biológico y socioeconómico del área de influencia del proyecto. Particular atención deberá ser dada a la identificación y localización, en mapas en escala adecuada de: (i) los sitios de extracción de materiales xx xxxxxxxx; (ii) lugares de disposición de los materiales excedentes y los desechos de construcción; (iii) obradores y campamentos; y (iv) eventuales caminos de acceso necesarios para la ejecución de la obra.
b) Línea de Base Socio-ambiental o Diagnóstico Socio-ambiental del área de influencia del proyecto. Deberá ser utilizada la información secundaria más reciente. El diagnóstico deberá caracterizar la situación ambiental actual de las áreas afectadas y de influencia del proyecto, considerando los aspectos físicos, bióticos, socioeconómicos y culturales. El diagnóstico deberá ser presentado en niveles de detalle distintos para las áreas de influencia directa e indirecta, e incluirá mapas en escala adecuada, de cada uno de los temas considerados relevantes para la evaluación de los impactos ambientales del proyecto.
c) Análisis de los impactos socio ambientales del proyecto. Identificación, descripción y valoración de los posibles impactos directos e indirectos del proyecto tanto durante las fases de proyecto y construcción, como en la de operación. Esta parte del estudio incluirá el análisis de la naturaleza, importancia, magnitud, intensidad y temporalidad de los impactos. La descripción de los impactos deberá hacerse, en lo posible, en forma esquemática/gráfica, indicando la localización de los impactos de mayor relevancia, su extensión, superficies afectadas, y otras características. Se dará énfasis a los impactos debidos a: (i) interferencia con el sistema de drenaje natural existente; (ii) expropiaciones y reasentamientos de poblaciones de bajos ingresos; (iii) cambios en los patrones de uso y de ocupación del suelo;(iv) cambios en la situación de tenencia de tierras; (v) posible efecto barrera de la ferrovía; (vi) eventuales accidentes con vehículos que transportan productos agrícolas de la zona especialmente en
cruces urbanos. El análisis de impactos deberá concluirse con una valorización económica de los impactos considerados más significativos,.
d) Proposición de programas de mitigación. Con base en el resultado del análisis de los impactos ambientales se propondrán programas de prevención, corrección y mitigación de los impactos negativos, o promotores de los impactos positivos. Dichos programas deberán estar integrados en un Plan de Manejo Socio ambiental (PMSA) o PGA que será parte integral del ESIA.
e) Análisis Prospectivos. El análisis prospectivo comprende la evaluación y comparación de la situación ambiental y socio económica futura del área de influencia sin proyecto con aquella resultante de la implantación del proyecto y de las medidas de mitigación; y, consecuentemente, la verificación de la viabilidad ambiental del proyecto de mejoramiento propuesto para la traza.
f) Análisis conclusivo sobre la factibilidad ambiental de proyecto. Resumen ejecutivo del ESIA realizado, presentando los argumentos y metodologías utilizadas por el equipo de consultores que consideran el proyecto viable desde el punto de vista ambiental. El ESIA debe indicar los nombres de los autores del mismo. Todas las hojas de los informes deberán estar foliadas y firmadas por el Director del Proyecto.
g) Plan de Manejo Socio-Ambiental – PMSA. El PMSA comprenderá la identificación y el detalle de las medidas propuestas en el ESIA, así como su correlación con los impactos previstos, especificando las acciones requeridas para su implementación, equipos y procedimientos operativos.
El PMSA contendrá un Plan de Monitoreo, describiendo las acciones que serán adoptadas con miras a hacer posible la identificación de los efectos ambientales provocados por el proyecto y la implementación de medidas de mitigación y/o correctivas.
El PMSA también establecerá los estándares a seguir para el control de la contaminación del agua y el aire por las actividades de construcción de los proyectos ferroviarios.
El PMSA definirá con detalle las normas ambientales vigentes y aplicables al proyecto así como los mecanismos para garantizar su cumplimiento.
De la aprobación del EIA
El Contratista realizará las gestiones necesarias con las autoridades correspondientes y/o particulares, con el fin de concretar en tiempo y forma la aprobación del EIA, que permitirá comenzar la obra.
2. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL
El Contratista deberá presentar ante la autoridad competente el Plan de Gestión Ambiental (PGA) desarrollado para la Etapa de Construcción, desde el inicio hasta la recepción definitiva de la obra, de acuerdo a la normativa sectorial y/o nacional, provincial y local vigente.
El Plan incluirá al conjunto de acciones dirigidas a conservar, mitigar y/o mejorar el ambiente afectado por la ejecución de las obras.
Las medidas y acciones previstas resultantes del desarrollo del Plan de Gestión Ambiental, deberán fundamentarse en aspectos preventivos, adoptados en el marco del Estudio de Impacto Ambiental y del análisis de los riesgos propios del medio en el que se desarrollará la obra, métodos constructivos, recursos humanos y materiales utilizados para la construcción.
Las medidas y acciones que conformarán el Plan de Gestión Ambiental (PGA) deberán integrarse en un conjunto de Programas organizados en actividades singulares dentro de cada uno de ellos, pero a la vez planificados dentro de una red de actividades complementarias, relacionadas entre sí con el objeto de optimizar los objetivos de la Obra, atenuar sus efectos negativos y evitar conflictos.
Si bien el PGA, debe ser elaborado para la etapa constructiva, las actividades deberán estar programadas para toda la vida útil de la obra, por lo que el Contratista deberá incorporar aquellos Programas requeridos para el buen manejo del sistema ambiental.
Ante cualquier modificación que se realice al proyecto, o a la metodología propuesta para su ejecución, el Contratista deberá ajustar el PGA, que también deberá ser aprobado por la inspección.
En cada uno de los programas del PGA, se deberán incluir las siguientes secciones, sin perjuicio de agregar aquellas que se consideren necesarios para la mejor interpretación del mismo:
Objetivos
Metodología
Medidas a Implementar.
Materiales e Instrumental
Cronograma de tareas
Personal afectado y responsabilidades
Resultados esperables
Entre otros, los programas que, como mínimo, se deberán incluir en el PGA, debiendo complementarse con otros que surjan de los Monitoreos u otros procedimientos de gestión que el Contratista considere importante incluir.
- De ordenamiento de la circulación
Tendiente a asegurar la continuidad de la circulación de peatones y vehículos y el ordenamiento de la circulación de maquinarias, camiones y vehículos en general que se encuentren al servicio del Contratista.
- De manejo del subsistema natural
Deberá indicar todas las medidas de protección, conservación y uso racional de los recursos naturales (suelo, agua, aire, fauna y flora, etc.).
- De vigilancia y monitoreo
Entre otros será de importancia el monitoreo de los siguientes ítems:
1. Calidad de agua
2. Calidad del aire
3. Ecosistemas acuáticos y terrestres
4. Estado de estructuras, descargas, conductos y celdas, etc.
- De atenuación de las afectaciones a los servicios públicos e infraestructura
Deberá identificar toda obra de infraestructura y de servicios públicos factible de ser afectada como consecuencia de la construcción de las obras, comprendiendo las obras principales y complementarias, las actividades de transporte de insumos o de movimiento de equipos y maquinarias que pudieran generar deterioro en la infraestructura o limitación en la prestación del servicio.
- De manejo y disposición de residuos, desechos y efluentes líquidos
Deberá especificarse en detalle la disposición final de la totalidad de desechos y residuos producidos, tanto por las obras principales como las complementarias.
- De contingencias
Deberá diseñar un programa de contingencias comprendiendo planes particulares según los distintos riesgos, especialmente programas para lluvias e inundaciones, incendio, vuelcos y/o derrames, accidentes, vandalismo, etc.
Los programas integrantes del Plan de Gestión Ambiental deberán ser debidamente aplicados en el marco de la operación del mismo a la totalidad de las tareas que integran el alcance de las obras.
3. OPERACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL
Desde el inicio de los trabajos hasta la conclusión de los mismos (Recepción Definitiva) el Contratista deberá operar y será único responsable de la correcta aplicación del Plan y responderá por los eventuales perjuicios que pudiera ocasionar su no cumplimiento. Los gastos inherentes que demande su cumplimiento se considerarán incluidos en los gastos generales de la obra.
El PGA definirá con detalle las normas ambientales vigentes y aplicables al proyecto así como los mecanismos para garantizar su cumplimiento.
También identificará los agentes responsables por la implementación de las medidas de mitigación y de monitoreo, lo que debe conducir a mecanismos e instrumentos necesarios para una adecuada articulación institucional.
El cronograma detallado de implementación de las medidas de mitigación y de monitoreo, debidamente compatibilizado con el cronograma de ejecución del proyecto estará presentado en el PGA.
De la aprobación del PGA
El Contratista realizará las gestiones necesarias con las autoridades correspondientes y/o particulares, con el fin de concretar en tiempo y forma la aprobación del PGA, que permitirá comenzar la obra.
ANEXO XII. MODELO DE CONTRATO
Entre BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANONIMA (BCyL), representada en este acto por………………………………….., DNI………………., en su carácter de… , por una parte,
en adelante "el COMITENTE", y por la otra la firma… , representada en este acto por el
Señor …………., DNI………………., en su carácter de…………. (Representante Legal / Apoderado), cuya personería demuestra con la documentación que para constancia se agrega al presente, en adelante, “el CONTRATISTA”, denominadas en conjunto y en lo sucesivo “las PARTES”, acuerdan suscribir el presente Contrato de Locación de Obra, con sujeción a las siguientes Cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
El presente CONTRATO de LOCACIÓN DE OBRA tiene por objeto la ejecución de la obra denominada “EJECUCION DE ESTUDIOS, PROYECTO EJECUTIVO Y TRABAJOS NECESARIOS, PARA EL REFORZAMIENTO DE LOS PIES DE FUNDACIONES XXX XXXXXX SOBRE EL A° SALADILLO - KM 292,772 Y EL MEJORAMIENTO DE VÍAS ENTRE KM 290,000 Y KM 295,000 -
RAMAL CC - ROSARIO – PROVINCIA DE SANTA FE”, ref. Licitación Pública Nacional Nº 07/2015 xx Xxxxxxxx Cargas y Logística S.A.
CLÁUSULA SEGUNDA: SISTEMA DE CONTRATACIÓN
La modalidad de la contratación es del tipo mixta y combina el sistema de Ajuste Alzado y Unidad de Medida.
CLÁUSULA TERCERA: MONTO
El COMITENTE encomienda al CONTRATISTA la ejecución de la obra mencionada en la cláusula primera, por un total de PESOS………… ($ ), sin considerar el IVA.
CLÁUSULA CUARTA: PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
El plazo máximo para la ejecución de la totalidad de la obra es de…………….. (……..) días corridos, conforme lo establecido el Art. 10.1.3, Sección X xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
CLÁUSULA QUINTA: CRONOGRAMA DE TRABAJOS. CONTROL
Las partes se remiten a los Artículos 10º y 12º, Sección I, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
Asimismo se adjunta al presente como Anexo I al Plan de Trabajos Definitivo, en virtud de lo establecido por el Artículo 10.2, Sección 1, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
CLÁUSULA SEXTA: ANTICIPO FINANCIERO
La presente obra prevé el pago de un Anticipo Financiero por un monto equivalente al DOCE POR CIENTO (12%) del monto establecido en la cláusula tercera del presente, IVA incluido, conforme lo previsto en el Art. 11, Sección I, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
Para acceder a dicho Anticipo Financiero, el CONTRATISTA deberá solicitarlo luego de la firma del presente Contrato, de acuerdo a lo establecido en el Art. 11, Sección I, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
CLÁUSULA SEPTIMA: DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
La documentación que conforma el CONTRATO, la cual debe interpretarse en el orden de prelación establecido a continuación, está integrada por:
El CONTRATO y sus anexos.
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas y sus correspondientes anexos y circulares modificatorias y aclaratorias.
El Pliego de Bases y Condiciones Generales de Obras (PBCG).
La Oferta presentada por el CONTRATISTA en el proceso licitatorio involucrado.
Las aclaraciones, normas o instrucciones complementarias expedidas por escrito por la Inspección de Obra.
Si durante la ejecución del presente CONTRATO se produjesen discrepancias o incompatibilidades en cuanto a lo indicado o previsto en los diversos documentos que rigen la OBRA mencionada en la cláusula primera, la controversia se resolverá a favor de lo contenido en aquel documento que, tratando el tema en cuestión, tenga prioridad de acuerdo al orden de prelación indicado.
CLÁUSULA OCTAVA: SUBCONTRATACIÓN
El CONTRATISTA declara en este acto que no realiza subcontratación alguna para la ejecución de la OBRA objeto del presente.
Si eventualmente el CONTRATISTA optase por efectuar una Subcontratación, previo a ello, deberá notificar fehacientemente al COMITENTE de dichas intenciones y contar con su expresa aprobación. Todo ello conforme lo establecido por el Art. 78 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales de Obras.
Cabe destacar que si se efectuara una subcontratación, el CONTRATISTA permanecerá como principal obligado ante el COMITENTE, respecto de la ejecución global del presente y será responsable de ejercer el debido control sobre los subcontratistas, (Arts. 56 y 79 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales de Obras). Esta responsabilidad no podrá ser delegada en terceros.
Asimismo, El CONTRATISTA será el responsable de controlar y hacerle cumplir al Subcontratista todas las obligaciones y deberes que por la presente se ha obligado al Contratista, así como de todas las obligaciones emanadas del derecho del trabajo y los organismos de seguridad social conforme artículo 30º de la Ley 20.744 y sus modificatorias, incluyendo lo establecido en cuanto a Seguros en el Art. 103 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales de Obras. Cualquier incumplimiento, daño y perjuicio que se hubiere originado por acción u omisión - ya sea con dolo o culpa - por parte del Subcontratista hacia el COMITENTE, será considerado al CONTRATISTA como responsable del mismo sin perjuicio del derecho que a éste le asista frente al Subcontratista.
CLÁUSULA NOVENA: PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTOS
Conforme Artículo 28º xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, el incumplimiento del Plazo de Finalización de Obra implicará la aplicación de una multa equivalente al Tres por Mil (0,3%) del Monto Total de la Obra contratada por día corrido de atraso.
En cualquiera de ambos plazos, si el atraso alcanzara los Veinte (20) días corridos, el COMITENTE estará en condiciones de intervenir en la obra con los recursos que considere necesarios, por sí o por terceros, para acelerar las tareas, sin perjuicio de las penalidades que correspondiera aplicar.
Si el atraso alcanzara los Cuarenta y Cinco (45) días corridos, el COMITENTE estará en condiciones de proceder a la rescisión del Contrato en los términos del Artículo 98º del PBCG.
CLÁUSULA DECIMA: RESCISIÓN DEL CONTRATO
El COMITENTE queda facultado a rescindir el presente CONTRATO con antelación a su cumplimiento, en forma inmediata y sin que el CONTRATISTA tenga derecho a indemnización alguna, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Artículo 98º del PBCG.
CLÁUSULA DECIMO PRIMERA: SEGUROS
El CONTRATISTA deberá presentar, en oportunidad de suscribirse el ACTA DE INICIO DE OBRA, la documentación que acredite la contratación de los seguros indicados en el Artículo 21º, Sección 2 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
CLÁUSULA DECIMO SEGUNDA: CONTROL DE TERCEROS
Se detalla en el Anexo II del presente, la documentación laboral respecto al personal afectado a los trabajos objeto del presente, que el Contratista deberá remitir en los plazos establecidos al Área de Control de Terceros, de acuerdo a lo establecido en el Art. 25, Sección II, xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: DESABASTECIMIENTO DE MATERIALES O INCUMPLIMIENTO DE LOS PROVEEDORES DE COMPONENTES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
El CONTRATISTA obrará con la debida diligencia, de modo de evitar que posibles demoras o falta de suministro por parte de las personas físicas o jurídicas con quien hubiere contratado la provisión de los materiales o componentes necesarios para la ejecución de la OBRA afecten el cronograma de ejecución del mismo. En caso de que, no obstante actuar con la debida diligencia, el CONTRATISTA viera afectado el normal suministro de partes o componentes necesarios para la ejecución de la OBRA, conforme a la OFERTA, comunicará de inmediato dicha circunstancia a la INSPECCIÓN DE OBRA, a fin de que las PARTES puedan adoptar las medidas que consideren pertinentes. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 28º, Sección 1 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares, y el Artículo 107º del PBCG sobre Multas y Sanciones.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 37º del PBCG el CONTRATISTA afianza en este acto el cumplimiento del presente CONTRATO, mediante la presentación de Póliza de Seguro
de Caución Nº emitida por , por la suma de , que forma parte del presente, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total del presente CONTRATO, quedando estipulado que la misma responderá por el fiel cumplimiento de las obligaciones emergentes y será devuelta al CONTRATISTA de conformidad a lo previsto en el Artículo 97º del PBCG.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: ENTRADA EN VIGENCIA, COMPROMISO Y DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA
El presente CONTRATO entrará en vigencia para la ejecución a partir de la fecha de su suscripción.
El CONTRATISTA se compromete y obliga a ejecutar la obra, en los plazos, términos, condiciones y características técnicas establecidas, siendo asimismo el responsable de gestionar las habilitaciones, autorizaciones y/o permisos municipales, y/o provinciales y/o nacionales que correspondan, en cumplimiento con la normativa nacional, provincial y/o municipal en materia de higiene y seguridad, bajo apercibimiento de lo establecido en el Artículo 15º Sección X xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
El CONTRATISTA declara no tener objeción que formular a la documentación contractual y conocer todas las normas legales que resultan de aplicación.
Se establece que el COMITENTE no se responsabilizará por los daños y perjuicios de cualquier índole y que por cualquier causa sufra o cause el Contratista y/o sus cosas y/o su personal, a cosas o propiedades de terceros o a terceros y que puedan originarse por la ejecución de este contrato o por el vicio o riesgo propio de las cosas de que se sirva para su ejecución.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
El precio del CONTRATO incluye únicamente los impuestos, tasas, contribuciones, derechos y cargas obligatorias, especiales y/o específicas establecidas a nivel municipal, provincial y nacional, los costos y gastos de importación y de nacionalización en caso de corresponder.
Si el Impuesto de Xxxxxx aplicara al presente, el COMITENTE asumirá el pago de la totalidad de dicho concepto, descontando al CONTRATISTA el 50% de lo abonado al momento de pagarle la factura correspondiente al primer certificado de obra.
CLÁUSULA DÉCIMO SEPTIMA: CASO FORTUITO, FUERZA MAYOR
Los hechos de caso fortuito o fuerza mayor tendrán el alcance establecido en los artículos 513 y 514 del Código Civil.
Para que proceda el reconocimiento de cualquier suceso como caso fortuito o fuerza mayor, el CONTRATISTA deberá comunicar a la COMITENTE en forma inmediata esta circunstancia y presentar en un plazo de TRES (3) días corridos toda la documentación respaldatoria que acredite claramente la existencia del caso fortuito o fuerza mayor.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTABA: INDEMNIDAD
El CONTRATISTA deberá mantener al COMITENTE, sus representantes , Directores y empleados indemnes de cualquier reclamo, demanda, daño, pérdida, gasto, acción, juicio u otros
procedimientos ejercitados por terceras partes que surjan o resulten, o que fueran atribuibles a cualquier acto u omisión de cualquier naturaleza por parte del CONTRATISTA y/o subcontratistas, en relación a la obra objeto del presente. Dicha indemnidad se aplicará a todos los reclamos que resulten aún después de que el CONTRATISTA haya finalizado la Obra y durante el período de garantía.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente CONTRATO se encuentra regido por las disposiciones previstas en el Código Civil para la Locación de Obra, en cuanto fuere aplicable. No será de aplicación la Ley 13.064, sus normas reglamentarias y complementarias.
Por su parte, será de aplicación en lo que corresponda la Ley N° 25.551, sus normas reglamentarias y complementarias.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y NOTIFICACIONES
20.1 Toda controversia que surgiere entre las PARTES será solucionada mediante negociaciones directas, y, si ellas fracasaren, habrá de ser sometida a la jurisdicción de los Tribunales Federales Ordinarios, con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El CONTRATISTA hace renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción nacional o internacional, ya sea ésta judicial o arbitral, que pudiere corresponder.
20.2. A todos los efectos vinculados con el presente CONTRATO, las PARTES constituyen domicilio en los indicados a continuación:
El COMITENTE: Xx. Xxxxx Xx 0000, 0x Xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. El CONTRATISTA:
La constitución efectuada precedentemente importará que todas las comunicaciones que se realicen en los domicilios indicados serán plenamente válidas.
Para surtir efectos, el cambio de domicilio constituido deberá ser comunicado de modo fehaciente por la parte de que se trate con TREINTA (30) días de anticipación.
En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los ………. días del mes de de 2015.
Anexo I al Contrato.
Plan de Trabajos Definitivo
[Se incorpora documento con Plan de Trabajos Definitivo] Anexo II al Contrato.
CONTROL DE TERCEROS
Consideraciones Generales:
De acuerdo a la situación fiscal y previsional del Proveedor o Contratista, éste deberá entregar
-durante todo el periodo que preste servicios- la documentación que le corresponda, tanto para ingresar a ejecutar los trabajos, obras o servicios descriptos en la Orden de Compra o Contrato, como para obtener el pago de los mismos, todo ello teniendo en cuenta lo siguiente:
Enviar toda la documentación de cada mes, en forma completa, evitando hacerlo por partes.
La documentación deber remitirse -sin intermediarios- al Área de Control de Terceros de lunes a viernes de 9 a 18 hs., a través de:
o Correo electrónico: xxxxxxx0@xxxx.xxx.xx, en formato PDF o JPG, (límite por envío de 2 megas)
o Correo Postal: Área de Control de Terceros - Xx. Xxxxx Xx Xx 0000 - 0xx. Xxxx, (X0000XXX) -
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
La documentación enviada tiene que limitarse exclusivamente al personal que ingresa a los predios del Belgrano Cargas y Logística S.A.
Informar por nota formal (membrete, fecha, firma y aclaración de un apoderado) en todo momento:
- Altas o bajas de personal que se produzcan, acompañando las constancias respectivas.
- Desafectaciones del personal en los trabajos detallados en la Orden de Compra.
En el caso de existir subcontratación, el proveedor o contratista:
- Debe informar por nota formal la subcontratación y adjuntar copia de la Constancia de Inscripción ante AFIP del subcontratista.
- Debe presentar la documentación del subcontratista (en forma separada de la del contratista) con los mismos alcances que se aplican al contratista (consultar al Área de Control de Terceros por la documentación a presentar si la situación jurídica y fiscal del subcontratista difiere de la del contratista).
- es el responsable de remitir al Área de Control de Terceros la documentación del subcontratista.
El Área de Control de Terceros:
- cuenta con 5 (cinco) días hábiles para controlar la documentación, una vez recepcionada por este sector.
- solo se responsabiliza por la documentación solicitada.
- solo brinda información correspondiente a la documentación requerida para autorizaciones de ingreso y conformidad de pagos.
- Teléfono de contacto: (000) 0000-0000
Sin perjuicio de la entrega de los requisitos que se describen a continuación para los distintos casos de personal en relación de dependencia, Belgrano Cargas y Logística S.A. se reserva el
derecho de solicitar que el Proveedor o Contratista entregue al Área de Control de Terceros copia del Libro Especial (Art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo).
A. Documentación a presentar para ingresar a los predios :
Declaración Jurada con el listado del personal, presentada en hoja membretada y en orden alfabético (Anexo A)
Certificado de ART de los empleados que prestarán servicio para Belgrano Cargas y Logística S.A., con Cláusula de NO REPETICIÓN y la inclusión a favor del asegurado y los coasegurados (Anexo B), emitido a partir del día 27 del mes anterior al ingreso siendo la última fecha para emitirlo el día 5 del mismo mes a autorizar.
Por única vez:
Altas tempranas (se deberá enviar cada vez que ingrese nuevo personal y deberán tener “Fecha de impresión” vigente al momento de comenzar los trabajos contratados)
Certificado de Seguro de Vida Obligatorio de los empleados que prestarán servicio para el Belgrano Cargas y Logística S.A., emitido a partir del día 27 del mes anterior al ingreso siendo la última fecha para emitirlo el día 5 del mismo mes a autorizar.
Número de Cuenta Corriente Bancaria.
Copia de la Constancia de Inscripción ante AFIP del subcontratista (en el caso que lo hubiere)
Presentar esta documentación con una anticipación de cinco (5) días hábiles, tanto al inicio de los trabajos, como al comienzo de cada mes -hasta que finalicen los trabajos contratados- (a partir del día 27 del mes anterior al ingreso siendo la última fecha de entrega el día 5 del mismo mes a autorizar).
El proveedor o contratista debe esperar a recibir la autorización por parte del Área de Control de Terceros para coordinar su ingreso.
B. Documentación a presentar para dar el conforme de documentación para liberar el pago del trabajo o servicio:
Una vez realizados los trabajos o servicios, deberá presentar la siguiente documentación correspondiente al mes trabajado (entre el día 1° y el día 20 del mes posterior a la realización de los trabajos):
Copia del Formulario N° 931 - AFIP, con el acuse de recibo y comprobante de pago.
Copia de la nómina que surge del aplicativo SIJP (Resaltar sólo el personal afectado a la Orden de Compra o Contrato).
Copia de los recibos xx xxxxxx del personal afectado a la Orden de Compra o Contrato, debidamente firmados por los empleados.
El conforme de documentación para pagos se liberará cuando esté TODA la documentación, incluyendo la del subcontratista (en el caso de que los hubiere).
Nota: Para todos los casos en que las fechas mencionadas no sean días hábiles, se debe considerar el primer día hábil siguiente.
ANEXO IIA
Localidad, ## de Mes de 20##
Señores
Belgrano Cargas y Logística S.A. Xx. Xxxxx Xx 0000 0xx Xxxx
X0000XXX – Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx Ref: Licitación Pública Nacional Nº 07/2015
DECLARO BAJO JURAMENTO, que el siguiente personal está bajo nuestra relación de dependencia y estará afectado a los trabajos descritos en la Orden de Compra de la referencia, en las instalaciones de Lugar a trabajar en UP / Provincia durante el mes de ## de 20##:
APELLIDO Y NOMBRE | CUIL |
FIRMA ACLARACIÓN
SELLO O CARGO EN LA EMPRESA
ANEXO II B
ASEGURADO POR POLIZA: Belgrano Cargas y Logística S.A. CUIT N° 30-71410144-3
COASEGURADOS POR POLIZA: Ministerio del Interior y Transporte CUIT N° 30-54666236-1 y/o Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF S.E.) CUIT N° 30- 71069599-3 y/o Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOF S.E.) CUIT N° 30-71068177-1 y/o Administración General de Puertos Sociedad del Estado (AGP S.E.) CUIT N° 30-54670628-8 y/o contratistas y/o subcontratistas.
ANEXO XIII. METODOLOGÍA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
1. De la Metodología.
La presente metodología de redeterminación de precios será aplicable a obras ferroviarias conforme lo establecido en el presente documento, utilizando la expresión matemática desarrollada en el punto 2, únicamente para aquellos casos que los precios estén fijados en PESOS, tanto para las obras en ejecución, en proceso de contratación y a realizarse en el futuro, con aplicación directa a obras de renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, adquisición de suministros, compra, fabricación, reconstrucción y modernización de material rodante tractivo y remolcado.
La expresión matemática se compone de DOS (2) factores principales. El primero es un polinomio que refleja la variación en los Precios Directos de la obra, mientras que el segundo refleja las variaciones de los Costos Financieros, el cual solo se activará en caso de verificarse la existencia de préstamos y siempre que los anticipos financieros recibidos no superen el QUINCE POR CIENTO (15%) del valor original de la obra.
Cada término del polinomio representa los componentes del costo directo y a su vez está compuesto por DOS (2) factores: UN (1) coeficiente de ponderación, que determina la incidencia del costo del componente respectivo, y UN (1) factor de variación de precios, que representa la variación de precios o indicadores de precios del componente del costo respectivo. Los precios básicos serán los fijados al momento de la oferta o del valor del contrato suscripto, según corresponda.
La solicitud de redeterminación puede ser requerida por el Contratista cuando los costos de los rubros que conforman el precio reflejen una variación promedio del precio de la obra superior al DIEZ POR CIENTO (10%). A tal efecto, se tomará como precio base, el previsto en la cotización de la oferta, en el contrato o el precio definido en la última redeterminación, según corresponda.
A los efectos de aplicar la presente metodología se tomará como “mes base” para la primer redeterminación de precios el mes calendario anterior al mes en el cual se presentó la oferta económica objeto del contrato.
A cada nueva redeterminación de precios se aplicará la expresión matemática tomando como base los precios o indicadores utilizados en la última redeterminación.
Para las obras ferroviarias, se tipifican las fórmulas polinómicas, donde se determinan los índices a emplearse para cada componente de la fórmula.
La redeterminación de las obras ferroviarias se realizará de acuerdo a las fórmulas enunciadas para cada una, donde se determinan los índices a emplearse para cada componente de la fórmula.
Los nuevos precios se determinarán ponderando los siguientes factores:
a) El precio de los materiales y de los demás bienes incorporados a la obra.
b) El costo de la mano de obra de la construcción.
c) La amortización de equipos y sus reparaciones y repuestos.
d) Todo otro elemento que resulte significativo a criterio del comitente.
La ponderación de cada uno de éstos, tendrá origen en el análisis de precios previsto en la cotización de la oferta o en el contrato, según corresponda, y se mantendrá constante en todo momento.
Un DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total del contrato se mantendrá fijo e inamovible durante la vigencia del mismo.
La redeterminación no procederá en forma automática, sino que el contratista deberá solicitarla expresamente a la Dirección de Obra xx Xxxxxxxx Cargas y Logística S.A. adjuntando toda la documentación pertinente en papel y versión digital (planilla de cálculo de redeterminación, certificado básico, índices de INDEC, etc.) y, asimismo, no deberá encontrarse en situación xx xxxx o incumplimiento respecto a sus obligaciones
El Cronograma de Obra o Plan de Trabajos del contrato establecerá las etapas y los plazos de ejecución de obra, y, en caso de verificarse incumplimientos por atrasos significativos imputables al Contratista para aquellas obras que se ejecuten fuera de los plazos aprobados, los precios de las mismas serán ajustados hasta el mes en que debió haberse ejecutado o terminado la obra, según cronograma aprobado.
Cuando la redeterminación implique un incremento del costo de la obra, conforme las premisas definidas en los párrafos precedentes, se firmará un acta de redeterminación de precios donde: a) se fijará el nuevo monto redeterminado del contrato; b) constará que el Contratista renuncia a reclamos ulteriores en concepto de mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza; c) el Contratista se compromete a presentar el incremento del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, el cual debe ser garantizado con la misma modalidad y por los mismos garantes o fiadores de la garantía inicial, caso contrario, deberá constituirse nueva garantía a satisfacción del Comitente por el monto total; d) el Contratista se compromete a presentar el/los certificado/s de redeterminación de precios y su/s correspondiente/s factura/s de la respectiva
redeterminación, dentro de los TREINTA (30) días corridos desde la suscripción del acta de redeterminación de precios.
2. Expresión matemática del Factor de Redeterminación (FR)
A continuación se presenta la fórmula matemática para el cálculo de las variaciones de las obras ferroviarias que se utilizarán:
2.1. EXPRESIONES GENERALES DE APLICACIÓN
2.1.1. Fórmula General del Precio Redeterminado de la Obra Faltante de Ejecución.
Donde:
Precio de la obra faltante de ejecución redeterminado (i: nueva redeterminación)
Precio de la obra faltante de ejecución al momento de la redeterminación, expresada en valores básicos del monto del contrato.
Anticipo financiero expresado en tanto por uno.
Factor de reajuste de la redeterminación identificada como “i”.
Factor de reajuste en la redeterminación vigente al momento del pago del anticipo, completar en
números con dos decimales. Si el anticipo no se hubiera pagado al momento de la redeterminación de precios, será reemplazado por FRi.
2.1.2. Fórmula General del Factor de Reajuste.
Donde:
Factor de variación de precios del componente Materiales. Mediante la expresión matemática que se desarrolla, pondera las variaciones de los precios de los principales materiales de cada obra. | |
Factor de variación de precios del componente Equipos y Máquinas. Mediante la expresión matemática que se desarrolla, pondera la variación de los precios correspondientes a utilización de equipo de construcción (amortización, repuestos y reparaciones) | |
Factor de variación de precios del componente Mano de Obra. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al mes de la redeterminación ( ) y el indicador de precio al mes Base (). | |
Factor de variación de precios del componente - Transporte Carretero. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al Mes de la Redeterminación (Ti) y el indicador de precio al mes Base (To), | |
Factor de variación de precios del componente - Combustible y Lubricantes. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al Mes de la Redeterminación ( ) y el indicador de precio básico (). | |
Coeficientes de ponderación. Representan la incidencia del costo de los componentes en el costo directo total de la obra, conforme se indica en el punto 2.2. Costo directo es el precio total menos los impuestos, la utilidad, el costo financiero, los gastos indirectos y los gastos generales. |
Factor de variación del componente Costo Financiero. Se calcula según las siguientes expresiones: | ||
Indicador correspondiente al Costo Financiero. Es la Tasa Nominal Anual Activa a 30 días del Banco de la Nación Argentina expresada en coeficiente, considerando el valor del día 15 del mes de la redeterminación, o en su defecto el día hábil posterior. | ||
Ídem anterior, considerando el valor del día 15 del mes Base del Contrato, o en su defecto el día hábil posterior. | ||
Días de plazo establecidos para el pago de los certificados. | ||
Coeficiente de ponderación del costo financiero. En caso de corresponder se definirá la forma de cuantificación en el pliego de contratación. |
2.1.3. Fórmula General de la Variación de precios del componente Materiales.
Donde:
Precios o indicadores de precios de los distintos materiales considerados. Según corresponda, del mes de redeterminación “i” o del mes básico |
“0” | |
Coeficientes de ponderación de los materiales. Representan la incidencia de los n materiales más representativos en el costo total del componente materiales. |
2.1.4. Fórmula General de la Variación de precios del componente Equipos y Máquinas.
Se evaluará aplicando la siguiente expresión que pondera la variación de los subcomponentes Amortización de Equipos (AE) y Reparaciones y Repuestos (RR) de la obra:
Donde:
Precios o indicadores de precios de los distintos materiales considerados. Según corresponda, del mes de redeterminación “i” o del mes básico “0” | |
Factor de variación de precios del componente Mano de Obra. Es la relación entre el indicador de precio correspondiente al mes de la redeterminación ( ) y el indicador de precio al mes Base (). | |
Coeficientes de ponderación de los subcomponentes Amortización de Equipos “CAE” y Reparaciones y Repuestos “CRR”. Representan la incidencia de estos subcomponentes en el precio total del componente Equipos y Máquinas en el total de la obra de recuperación y debe verificarse que: CAE + CRR = 1 |
2.2. VALORES DE APLICACIÓN PARA EL CONTRATO
Valores a considerar para la fórmula del Factor de Reajuste | ||
Componente(A DESIGNAR) | Factor | Índice o Valor a Considerar |
Materiales (FM) | Según Fórmula 2.1.3 | |
Equipos y Máquinas (FEM) | Según esté | Según Fórmula. 2.1.4 |
definido en | Índice “Mano de Obra” cuadro 1.4 del “Capítulo Mano de Obra” publicado en el marco del decreto 1295/2002” del INDEC informa (“ANEXO INDEC”) | |
los pliegos | ||
Mano de Obra (MO) | particulares | |
de | ||
contratación, | ||
la cotización | ||
de la oferta | Índice Camión con Acoplado; DMT 450km, | |
Transporte (T) | o en el | publicado por Vialidad Nacional para la |
contrato, | aplicación del decreto 1295/02 | |
según | ||
corresponda. | Índice CIIU-3 2320/CPC 33360-1 - Gas Oil - | |
Combustibles y Lubricantes (CL) | Cuadro IPIB publicado en el marco del decreto 1295/2002” del INDEC informa “ANEXO INDEC” |
Valores a considerar para la fórmula del componente Materiales | ||
Material | Factor | Índice o Valor a Considerar |
Sujeciones, eclisas, etc. | Según esté definido en los pliegos particulares de | IPIB 2710- 41251-01. Perfiles xx xxxxxx. “ANEXO INDEC” |
Durmientes de hormigón y otros elementos de hormigón pre moldeado | Índice Ponderado 40% Mat. Elem. 37510-11 Hormigón elaborado. 60% Mat. Elem. 41242-11. Acero p/armadura |
contratación, la cotización de la oferta | aleteado, conformado. Ambos obtenidos del “ANEXO INDEC” | |
Xxxxxxx, Sub balasto, piedras y otros agregados | o en el contrato, según | IPIB 1410 15320-1 Piedras. “ANEXO INDEC” |
corresponda. | IPIB 0000-00000-0 Maderas aserradas. “ANEXO | |
Durmientes xx xxxxxx | INDEC” |
Valores a considerar para la fórmula del componente Equipos y Maquinas | |
Componente | Índice o Valor a Considerar |
Amortización de Equipos (AE) | Índice Ponderado 35% Tabla SIPM- Importado- Índice Equipos - Amortización de equipo 65% Tabla IPIB-Máquina Vial Autopropulsada- Índice CIIU3 2924/CPC 44427-1 Ambos obtenidos del “ANEXO INDEC” |
Mano de Obra (MO) | Índice “Mano de Obra” cuadro 1.4 de l “Capítulo Mano de Obra” publicado en el marco del decreto 1295/2002” del INDEC informa (“ANEXO INDEC”) |
Coeficiente Amortización CAE | Se adopta 0,7 |
Coeficiente Rep. y Rep. CRR | Se adopta 0,3 |
2.3. FÓRMULAS APLICABLES A LA REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DE LA PROVISIÓN DE DURMIENTES DE HORMIGÓN POR UNIDAD DE
MEDIDA
=
− 1 > 0,010
→ = × , + , ×
Donde:
Variación de referencia de la Unidad Durmiente entre i (mes de cálculo) y o (mes básico o de la última redeterminación)
Indicadores de la variación del Hormigón Elaborado para el mes de cálculo y el básico o de última redeterminación. Índice Hormigón elaborado. 37510-11 Anexo INDEC
Indicadores de la variación xxx Xxxxx para Pretensado para el mes de cálculo y el básico o de última redeterminación. Índice Artículos pretensados 0000-00000-0 ANEXO INDEC
Precio básico o de la última redeterminación de la Unidad Durmiente
Precio de la nueva redeterminacion de la Unidad Durmiente
Variación de referencia de la Unidad Transporte entre i (mes de cálculo) y o (mes básico o de la última redeterminación)
Indicadores para la Unidad Transporte para el mes de cálculo y el básico o de última redeterminación.
Índice Camión con Acoplado; DMT 450km, publicado por Vialidad Nacional para la aplicación del decreto 1295/02
Precio redeterminado de la Unidad Transporte (i: nueva redeterminación)
Precio básico o de la última redeterminación de la Unidad Transporte
2.4. FÓRMULA APLICABLE A LA REDETERMINACIÓN DE PRECIOS PARA LAS OBRAS DE MATERIAL RODANTE
Para las Obras de Material Rodante la fórmula de cálculo para el factor de redeterminación será acorde a lo establecido a continuación conforme los índices y códigos detallados en el Glosario adjunto.
El siguiente glosario enumera y describe los índices que se utilizan en la fórmula de este punto. Cabe señalar que los índices utilizados deberán aplicarse incluyendo, en caso de corresponder, los códigos específicos que figuran en cada caso, que no fueron incluidos en las fórmulas tipificadas al efecto de simplificarlas.