OTRAS OBLIGACIONES. 1.-Placa identificadora
OTRAS OBLIGACIONES. Serán por cuenta del contratista todos los gastos necesarios para la ejecución del contrato y cualesquiera impuestos o tasas que puedan gravar la operación y que no se encuentren expresamente excluidos en el presente pliego.
OTRAS OBLIGACIONES. 2.4 La organización deberá asegurarse de que las obligaciones a las que se refiere el presente convenio con arreglo a las disposiciones de las cláusulas 2.6, 5 (conflicto de intereses), 7 (protección de datos), 8 (comunicación y visibilidad), 16 (contabilidad y archivos) y 17 (acceso y controles financieros) se aplican, cuando proceda, a todos los contratistas y beneficiarios de subvenciones.
OTRAS OBLIGACIONES. La “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD” se asegurará que la persona que, en su caso, designe para retirar los Productos Petrolíferos Pemex cumpla con las medidas de seguridad industrial y operativa establecidas en el Punto de Entrega.
OTRAS OBLIGACIONES. Encargarse xxx xxxxx del césped del campo de fútbol (en este caso el club de fútbol comunicará con antelación suficiente los días en que debe ejecutarse esta actuación). — Mantener en perfectas condiciones, salvo los desgastes normales por el uso, el material recibido. — El adjudicatario, previo consentimiento expreso del Ayuntamiento, podrá realizar las obras de mejora que considere necesarias, aunque ello conlleve una modificación de la configuración del inmueble. — El adjudicatario, en caso de pretender instalar algún tipo de terraza-velador, lo solicitará previamente y seguirá las instrucciones que dicte el Ayuntamiento. Se deberá tratar al público con corrección, dentro de las normas de convivencia ciudadana. — Deberá conservar a su xxxxx los elementos muebles del local. — Además, el adjudicatario/contratista, se encargará del control de accesos a la piscina municipal, entendiendo como tal los siguientes aspectos: disposición de medios humanos y materiales necesarios para el control de usuarios en doble régimen de abonados y usuarios ocasionales; atención directa a usuarios; control de acceso diario; dar información sobre instalaciones, actividades y servicios que se prestan en el recinto objeto de este contrato; cobro de entradas y gestión de los tickets correspondientes durante el período de la prestación del servicio de piscina municipal ( esta actuación conlleva la comunicación mensual de ingresos por venta de tickets, ingreso y justificación en las oficinas municipales). También se encargará de la gestión de las fichas de la luz para el campo de fútbol Control de accesos al campo de fútbol y vestuarios y la consiguiente obligación de hacer guardar las normas de utilización de las instalaciones. Realización del cine xx xxxxxx, entendiendo como tal, los siguientes aspectos: Montaje, desmontaje y custodia del equipamiento técnico que el Ayuntamiento cederá para su realización (pantalla, proyectos, DVD y sus correspondientes accesorios) Suministro de las películas a proyectar previa autorización del Ayuntamiento (en todo caso, todos los filmes deberán ser aptos para todos los públicos) El contratista estará obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.- En el momento de la conclusión del contrato, se procederá a levantar acta, estando obligado el adjudicatario en el plazo máxim...
OTRAS OBLIGACIONES. 1. Este Contrato está sometido a las leyes de la República de Honduras, y en consecuencia todo lo relacionado con la ejecución del proyecto estará sometido a dichas leyes. Para suscribir modificaciones a este Contrato el Contratista deberá presentar los siguientes documentos:
OTRAS OBLIGACIONES. Queda entendido que todos los derechos e impuestos que deban pagarse por razón o con ocasión de éste contrato, establecidos o que se establezcan en el país, de acuerdo con las leyes colombianas, serán a cargo del CONTRATISTA. PARAGRAFO: Además de los derechos y deberes consignados expresamente en este contrato, el contratista también gozará de los derechos y deberá cumplir los deberes establecidos en el artículo cuarto y quinto de la Ley 80 de 1993.
OTRAS OBLIGACIONES. EL CONSULTOR, no transferirá, pignorará, asignará, transferirá o hará otras disposiciones de este contrato o cualquier parte del mismo, así como los derechos, reclamos u obligaciones de EL CONSULTOR, derivados de este contrato, a menos que tenga el consentimiento por escrito de EL CONTRATANTE, caso contrario dará lugar a la rescisión del contrato
OTRAS OBLIGACIONES. Son también obligaciones del adjudicatario todas las previstas en la cláusula 25 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares, todas las señaladas en el presente pliego de prescripciones técnicas, así como las que se señalan: Una vez realizada la adjudicación, si fuese el caso, se deberá efectuar el acondicionamiento del local y las obras con carácter revertible para el Ayuntamiento, previstas en la memoria técnica presentada por el licitador al concurrir al concurso, en el plazo de 2 meses. Transcurrido dicho plazo sin haber efectuado las obras e instalaciones previstas, podrá entenderse caducado el derecho del concesionario y cualquier modificación que posteriormente se pretenda efectuar en las instalaciones, deberá ser autorizada por el Ayuntamiento. Respetar el objeto de la concesión y los límites establecidos en la misma, debiendo destinar exclusivamente las instalaciones al uso pactado. Se deberán cumplir las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, debiendo satisfacer las retribuciones del personal que emplee en la explotación con arreglo a la legislación laboral quedando el Ayuntamiento exonerado de la responsabilidad por estos incumplimientos. Abstenerse en todo caso de colocar publicidad en las instalaciones, salvo la propia y adecuada al establecimiento, debiendo someter a la previa conformidad del Ayuntamiento los rótulos, carteles y anuncios xx xxxx tipo que figuren en el bar. Al término de la concesión, cualquiera que sea su causa, y en plazo máximo de un mes a contar desde el mismo, habrá de efectuar todas las correcciones y sustituciones que los Servicios Técnicos Municipales determinen, a fin de que el Ayuntamiento reciba las instalaciones en perfectas condiciones de uso, debiendo abandonar y dejar libre a disposición el local transcurrido dicho plazo.
OTRAS OBLIGACIONES. El Desarrollador deberá solicitar que los Subcontratistas