Otros criterios: Valoración técnica de la oferta Cláusulas de Ejemplo

Otros criterios: Valoración técnica de la oferta. 1 Sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido. Cualquier referencia a aquel Impuesto debe entenderse realizada, igualmente, al Impuesto General Indirecto Canario o al Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación, en los territorios en que rijan estas figuras impositivas. Se valorará con una puntuación máxima de 30 puntos conforme al siguiente desglose y criterios: Método de valoración: Se valorará con 7 puntos los siguientes aspectos: - Instalaciones o centros que disponen en la zona o ámbito de actuación de cada lote. - Nº de empleados, nº de supervisores que dispone en la zona en la que se solicita el servicio. - Otros datos que considere que permitan valorar la capacidad operativa del licitador en la zona. Cualitativo de 0 a 10 Se valorará con 5 puntos los siguientes aspectos: - Definición de las incidencias, recursos que destinará para su resolución, capacidad de respuesta. Cualitativo de 0 a 10 Se valorará con 5 puntos los siguientes aspectos: - Propuesta horas anuales del servicio de periódico de limpieza de cada centro, justificando las variaciones que permitan optimizar el proceso, en caso de que sea posible. Cualitativo de 0 a 10 Método de valoración (5 puntos): Se valorará el Plan formativo inicial y de reciclaje del personal asignado al servicio que presenten las empresas licitadoras con el detalle de, centro en el que se impartirá, las sesiones de formación a todos sus empleados/as, los cursos previstos y su planificación. Cualitativo de 0 a 10 Método de valoración (5 puntos): Se valorará el Plan formativo en medio ambiente y tratamiento de residuos que presenten las empresas licitadoras con el detalle de, centro en el que se impartirá, las sesiones de formación a todos sus empleados/as, los cursos previstos, su planificación y su contenido. Cualitativo de 0 a 10 Método de valoración (3 puntos): Se valorará aquellos aspectos que no se han considerado en los pliegos y que el licitador considere que son idóneos para el buen desarrollo del servicio en los siguientes aspectos: un sistema de información que garantice que el servicio que se está realizando con la calidad suficiente, modelo de reporting mensual de funcionamiento y reuniones periódicas. Cualitativo de 0 a 10 Toda la documentación requerida para optar a la presente licitación se entregará en soporte papel del tamaño DIN A4, y en soporte CD o USB con tamaño de letra Arial 10 e interlineado sencillo, con un índice numerado de acuerdo a los apartados definidos y un máxim...
Otros criterios: Valoración técnica de la oferta. Se valorará con una puntuación máxima de 49 puntos conforme al siguiente desglose y criterios:  Memoria sobre la prestación del servicio: se valorará en este apartado, con un máximo de 29 puntos, la memoria de prestación del servicio en la que deberá indicar como se dará cumplimiento a lo estipulado en el punto 4 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y sus sucesivos apartados.  Muestras de los envases: se valorará en este apartado, con un máximo de 10 puntos, las muestras presentadas de envases en los que se realizarán las recogidas de los residuos que se indican en el punto 3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. cualitativo de 0 a 10  Informe mensual y acumulado anual: se valorará en este aparatado, con un máximo de 10 puntos, el informe mensual y acumulado anual, que se indica en el punto 9 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.  Se valorará la presentación de los modelos de informe solicitados de acuerdo a lo establecido en el apartado nº 5 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.  Se valorará que la empresa adjudicataria informe a Mutua Universal de qué tecnologías dispone y cómo tiene organizado el circuito documental entre los diferentes interlocutores. Cualitativo de 0 a 10 Toda la documentación requerida para optar a la presente licitación se entregará en soporte papel del tamaño DIN A4, y en soporte CD o USB con tamaño de letra Arial 10 e interlineado sencillo, con un índice numerado de acuerdo a los apartados definidos y un máximo de 30 páginas . En caso de que se presenten proposiciones técnicas con más de 30 páginas, solo se valorará el contenido de las 30 primeras páginas. La puntuación mínima, de la oferta técnica, para ser adjudicatario será

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.