Permisos no retribuidos. Además de las licencias legalmente establecidas, los trabajadores podrán disfrutar de un permiso, sin derecho a retribución, de hasta 30 días al año, dividido, como máximo, en dos períodos no inferiores a 7 días por motivos personales o familiares de carácter inexcusable siguientes: Exámenes para obtener titulaciones oficialmente reconocidas o con motivo de la insuficiencia, por la gravedad o prolongación de los supuestos que dan derecho a los permisos retribuidos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo anterior. La petición del trabajador habrá de hacerse por escrito y la empresa concederá estos permisos no retribuidos siempre que haya causa justificada. En caso de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho del trabajador o trabajadora, quedando huérfano un hijo menor de catorce años, dicho trabajador o trabajadora tendrá derecho a una excedencia especial no retribuida. Esta excedencia deberá ser justificada y tendrá una duración máxima de sesenta días naturales, contados a partir del cuarto o sexto día, según proceda, del fallecimiento y deberá ser solicitada al empresario por el beneficio mediante el correspondiente escrito, en el que deberá aparecer la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo, que será automática.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Permisos no retribuidos. Además de las licencias legalmente establecidas, los trabajadores y trabajadoras podrán disfrutar de un permiso, sin derecho a retribución, de hasta 30 treinta días al año, dividido, como máximo, en dos períodos periodos no inferiores a 7 siete días por motivos personales o familiares de carácter inexcusable siguientescomo son: Exámenes exámenes para obtener titulaciones oficialmente reconocidas o con motivo de la insuficiencia, por la gravedad o prolongación de los supuestos que dan derecho a los permisos retribuidos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo anterior. Asimismo, podrá disfrutarse un día no retribuido para la asistencia a celebraciones relevantes en el ámbito familiar, diferentes a las situaciones previstas para los permisos retribuidos. La petición del trabajador o trabajadora habrá de hacerse por escrito y la empresa concederá las empresas concederán estos permisos no retribuidos siempre que haya causa justificada. En caso de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho del trabajador o trabajadora, quedando huérfano un hijo menor de catorce años, dicho trabajador o trabajadora tendrá derecho a una excedencia especial no retribuida. Esta excedencia deberá ser justificada y tendrá una duración máxima de sesenta días naturales, contados a partir del cuarto o sexto día, según proceda, del fallecimiento y deberá ser solicitada al empresario por el beneficio beneficiario mediante el correspondiente escrito, en el que deberá aparecer la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo, que será automática.
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Samples: Convenio Marco Estatal, Convenio Colectivo Marco Estatal
Permisos no retribuidos. Además de las licencias legalmente establecidas, los trabajadores podrán disfrutar de un permiso, sin derecho a retribución, de hasta 30 días al año, dividido, como máximo, en dos períodos no inferiores a 7 días por motivos personales o familiares de carácter inexcusable siguientescomo son: Exámenes exámenes para obtener titulaciones oficialmente reconocidas o con motivo de la insuficiencia, por la gravedad o prolongación de los supuestos que dan derecho a los permisos retribuidos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo anterior. La petición del trabajador habrá de hacerse por escrito y la empresa concederá las empresas concederán estos permisos no retribuidos siempre que haya causa justificada. En caso de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho del trabajador o trabajadora, quedando huérfano un hijo menor de catorce años, dicho trabajador o trabajadora tendrá derecho a una excedencia especial no retribuida. Esta excedencia deberá ser justificada y tendrá una duración máxima de sesenta días naturales, contados a partir del cuarto o sexto día, según proceda, del fallecimiento y deberá ser solicitada al empresario por el beneficio mediante el correspondiente escrito, en el que deberá aparecer la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo, que será automática.
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Samples: Convenio Colectivo
Permisos no retribuidos. Además de las licencias legalmente establecidas, los trabajadores podrán disfrutar de un permisoper- miso, sin derecho a retribución, de hasta 30 días al año, dividido, como máximo, en dos períodos pe- ríodos no inferiores a 7 días por motivos personales o familiares de carácter inexcusable siguientessi- guientes: Exámenes para obtener titulaciones oficialmente reconocidas o con motivo de la insuficiencia, por la gravedad o prolongación de los supuestos que dan derecho a los permisos retribuidos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo anterior. La petición del trabajador habrá de hacerse por escrito y la empresa concederá estos permisos permi- sos no retribuidos siempre que haya causa justificada. En caso de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho del trabajador o trabajadora, quedando huérfano un hijo menor de catorce años, dicho trabajador o trabajadora tendrá derecho a una excedencia especial no retribuida. Esta excedencia deberá ser justificada y tendrá una duración dura- ción máxima de sesenta días naturales, contados a partir del cuarto o sexto día, según procedapro- ceda, del fallecimiento y deberá ser solicitada al empresario por el beneficio mediante el correspondiente co- rrespondiente escrito, en el que deberá aparecer la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo, que será automática.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Permisos no retribuidos. Además de las licencias legalmente establecidas, los trabajadores podrán disfrutar 1. El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un permiso, sin año tendrá derecho a retribución, que se le reconozca un permiso sin sueldo de hasta 30 días al añoun mes de duración, divididoque podrá disfrutarse en periodos mínimos de quince días, como máximo, en dos períodos no inferiores a 7 días por motivos personales o familiares de carácter inexcusable siguientes: Exámenes para obtener titulaciones oficialmente reconocidas o con motivo de la insuficiencia, por la gravedad o prolongación atender alguno de los supuestos que dan derecho extraordinarios siguientes: necesidad de asistencia a los permisos retribuidos contemplados en los apartados 2 y un familiar de primer grado por enfermedad grave, hospitalización o discapacidad del mismo; sometimiento a técnicas de reproducción asistida.
2. El trabajador podrá solicitar también un Permiso no retribuido por estudios del empleado, de un mínimo de 3 del artículo anterior. La petición del trabajador habrá meses hasta un máximo de hacerse por escrito y la empresa concederá estos permisos no retribuidos siempre que haya causa justificada. En caso 12 meses, con reserva de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho del trabajador o trabajadora, quedando huérfano un hijo menor de catorce años, dicho trabajador o trabajadora tendrá derecho a una excedencia especial no retribuida. Esta excedencia deberá ser justificada y tendrá una duración máxima de sesenta días naturales, contados a partir del cuarto o sexto día, según proceda, del fallecimiento y deberá ser solicitada al empresario por el beneficio mediante el correspondiente escrito, en el que deberá aparecer la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo. Para este supuesto se requiere al menos una antigüedad de 18 meses en la empresa. El acceso a este permiso se efectuará por escrito acreditando la circunstancia que lo motiva con un mes de antelación, como mínimo, a la fecha en que debiera comenzar a tomar efecto. Igualmente a su terminación, será automáticapreciso un preaviso de 1 mes para que el correspondiente derecho a la reincorporación al trabajo pueda hacerse efectivo.
3. El trabajador que la hubiera disfrutado no podrá acogerse a otra por la misma circunstancia hasta que hubiese transcurrido un periodo mínimo de un año desde el término de la anterior.
4. Los permisos o licencias sin sueldo establecidas en el presente artículo conllevarán la suspensión del contrato de trabajo, no computando a efectos de antigüedad en la empresa por el tiempo de su duración.
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Samples: Convenio Colectivo
Permisos no retribuidos. Además de las licencias legalmente establecidas, los trabajadores y trabajadoras podrán disfrutar de un permiso, sin derecho a retribución, de hasta 30 treinta días al año, dividido, como máximo, en dos períodos periodos no inferiores a 7 siete días por motivos personales o familiares de carácter inexcusable siguientescomo son: Exámenes para obtener titulaciones oficialmente reconocidas o con motivo de la insuficiencia, por la gravedad o prolongación de los supuestos que dan derecho a los permisos retribuidos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo anterior. Asimismo podrá disfrutarse un día no retribuido para la asistencia a celebraciones relevantes en el ámbito familiar, diferentes a las situaciones previstas para los permisos retribuidos. La petición del trabajador o trabajadora habrá de hacerse por escrito y la empresa concederá estos las empresas concederán éstos permisos no retribuidos siempre que haya causa justificada. En caso de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho del trabajador o trabajadora, quedando huérfano un hijo menor de catorce años, dicho trabajador o trabajadora tendrá derecho a una excedencia especial no retribuida. Esta excedencia deberá ser justificada y tendrá una duración máxima de sesenta días naturales, contados a partir del cuarto o sexto día, según proceda, del fallecimiento y deberá ser solicitada al empresario por el beneficio beneficiario mediante el correspondiente escrito, en el que deberá aparecer la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo, que será automática.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Empresas Organizadoras Del Juego Del Bingo
Permisos no retribuidos. Además En caso de las licencias legalmente establecidasenfermedad de una hija o hijo, los trabajadores y cuando trabajen padre y madre, tendrán derecho hasta tres días de permiso no retribuido, pudiendo optar al mismo uno solo de ellos. Asimismo, se podrán disfrutar solicitar hasta tres días de un permiso, sin derecho a retribución, de hasta 30 días al año, dividido, como máximo, en dos períodos permiso no inferiores a 7 días retribuido por motivos personales o familiares de carácter inexcusable siguientes: Exámenes para obtener titulaciones oficialmente reconocidas o con motivo de la insuficiencia, por la gravedad insuficiencia o prolongación de los supuestos que dan derecho a los permisos retribuidos contemplados en el art. 34 a) de este convenio. El personal que así lo solicite, con justificación de la causa, podrá disfrutar de un permiso no retribuido de siete días al año para realizar los apartados 2 trámites de adopción o acogimiento de menor, ampliables en tres días más no retribuidos en los casos de adopción internacional. Sin perjuicio de lo regulado en cada momento en la legislación vigente sobre esta materia, aquellos trabajadores y 3 trabajadoras que, de acuerdo con la empresa, se matriculen en un centro oficial o reconocido por el Ministerio, a fin de seguir estudios de E.S.O., carrera universitaria o similares, gozarán de los mismos derechos que los expuestos en el apartado primero del artículo anterior37 de este convenio, siempre que las horas lectivas coincidan con la jornada de trabajo. La petición del trabajador habrá de hacerse En general, la empresa podrá otorgar cualquier otra licencia no retribuida, previa solicitud por escrito y justificada en la medida de lo posible con una antelación mínima de 48 horas al inicio de la misma y, tras esta, la empresa concederá estos permisos no retribuidos siempre que haya causa justificada. En caso podrá requerir el justificante del empleo de fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho del trabajador o trabajadora, quedando huérfano un hijo menor de catorce años, dicho trabajador o trabajadora tendrá derecho a una excedencia especial no retribuida. Esta excedencia deberá ser justificada y tendrá una duración máxima de sesenta días naturales, contados a partir del cuarto o sexto día, según proceda, del fallecimiento y deberá ser solicitada al empresario por el beneficio mediante el correspondiente escrito, en el que deberá aparecer la fecha de reincorporación a su puesto de trabajo, que será automáticapermiso.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo