PERSONAL MÍNIMO. Se deberán presentar los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la experiencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido, para la ejecución del contrato, el cual se describe a continuación:
PERSONAL MÍNIMO. El personal mínimo del que el adjudicatario deberá disponer para el cumplimiento del objeto del contrato será el siguiente: • Un Coordinador con titulación universitaria superior o media con experiencia mínima de 4 años en gestión de edificios de las características de los que son objeto del contrato y con formación específica en prevención de riesgos laborales, referida especialmente a los trabajos relativos a la ejecución del presente contrato. Será el responsable del buen funcionamiento del edificio o conjunto de edificios y el único interlocutor válido con los responsables municipales del Distrito. Ejercerá las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios de la empresa adjudicataria. Coordinará al personal adscrito al edificio y redactará los informes necesarios para que el Distrito esté perfectamente informado del cumplimiento de las prescripciones establecidas en el presente Pliego. Dichos informes se realizarán de manera independiente para cada uno de los servicios previstos en los Anexos y se presentarán con periodicidad mensual. La presencia del Coordinador ante los responsables del Distrito podrá ser requerida en cualquier momento debiendo ser atendida por aquél. • Un técnico responsable con titulación técnica de grado medio o superior responsable de los Anexos II, III, IV y VIII. Un responsable para los Anexos V, VI y VII. • Demás personal descrito en cada uno de los Anexos integrantes del presente Pliego de prescripciones técnicas y específico para la ejecución de las tareas relacionadas. Este personal, a su vez, estará apoyado técnica y profesionalmente por la organización y estructura de la empresa adjudicataria. El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado en sus funciones con el personal de oficios que resulte necesario para la mejor ejecución del contrato, disponiéndose de tantos operarios como se estimen necesarios para la realización de las tareas especificadas en cada Anexo. En el eventual supuesto de huelga legal de los trabajadores adscritos a los diferentes servicios, la empresa adjudicataria deberá informar a los responsables del Distrito sobre su desarrollo y servicios mínimos que se vayan a realizar. Una vez finalizada la huelga el adjudicatario deberá presentar un informe indicando cuáles son los servicios mínimos efectivamente realizados, el número de horas que, en su caso, se haya dejado de prestar y la dependencia en la que se haya producido el incumplimiento. Comprobada la defectuosa...
PERSONAL MÍNIMO. El adjudicatario dispondrá en todo momento del personal necesario (de ejecución directa de los servicios y personal indirecto) para prestar eficazmente los servicios objeto de este contrato, de acuerdo con las directrices y especificaciones de este Pliego de Prescripciones Técnicas y en sus anexos. Los licitadores realizarán en sus ofertas una propuesta detallada de la previsión de plantilla que consideren necesaria para garantizar la correcta prestación de los servicios y las tareas encomendadas, teniendo en cuenta posibles eventualidades (trabajos urgentes, bajas por IT, vacaciones, permisos, etc.). El adjudicatario tendrá la obligación de asumir a todo el personal adscrito al servicio en el momento de iniciar éste, con las condiciones económicas, laborales y sociales recogidas en el Convenio colectivo vigente. Se adjuntan como anexo XX la relación de personal actualmente afecto a las distintas prestaciones de servicios, detallando tipo de contrato y categoría, antigüedad, a efectos de lo previsto en la legislación laboral y en los convenios colectivos correspondientes. Si fuese necesario nuevo personal para prestar los nuevos servicios que se prevén en este pliego, su selección se hará cumpliendo con los principios de capacidad, publicidad y mérito. Asimismo se considerarán criterios sociales de forma que se favorezca la contratación de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral, fomentando, asimismo, la igualdad de género. En el anexo XX se adjuntan igualmente los convenios colectivos actualmente vigentes, que deberán ser asumidos por el adjudicatario durante toda la prestación del servicio, sin perjuicio de las negociaciones posteriores entre las partes. El cumplimiento de las obligaciones laborales derivadas de los convenios que resulten de aplicación tiene el carácter de obligación contractual esencial. El Ayuntamiento no tendrá ninguna relación jurídica, laboral, ni de cualquier otra índole con el personal del adjudicatario, siendo de cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con ocasión de este contrato.
PERSONAL MÍNIMO. El Contratista deberá ofrecer una organización adecuada para cumplir con los servicios de supervisión para la Obra Contratada, para la supervisión de las obras complementarias y trabajos extraordinarios no considerados en el contrato del proyecto integral a precio alzado y tiempo determinado, y para la elaboración del Libro Blanco, a través de la revisión de la documentación, comprobación y ejecución de obra con los recursos federales asignados a la Dependencia que se utilizaron y utilizarán en el diseño, construcción y equipamiento de la Línea 12 del Metro, en el entendido de que al menos deberá integrarse con el siguiente equipo de especialistas y profesionistas, integrados al proyecto de tiempo completo sin participar en algún otro: Director General 1 Coordinador General 4 En Sistema de Vías 1 En Talleres e Instalaciones Mecánicas 2 En Suministro de Energía Eléctrica y Subestaciones de Rectificación 1 En Sistema Operativo y Mando y Centralizado 1 En Pilotaje Automático 1 En Sistemas de Señalización 1 En sistemas de Telecomunicaciones 1 En Sistemas de Peaje 1 Especialista en Aspectos Contables 3 Especialista en Obra Civil y Estructuras 5 Auxiliar A Obra Civil 3 Especialista para la elaboración del Libro Blanco y Expediente de Obra 3 Apoyo Logistico 3 Total de especialistas 31 El Contratista deberá proponer la aplicación de una metodología de supervisión detallada para la Obra Contratada, y para las obras complementarias y trabajos extraordinarios no considerados en el contrato del proyecto integral a precio alzado y tiempo determinado que permita efectuar la planeación de las actividades a realizar por parte de la empresa, la interacción con la Instancia Ejecutiva, con las empresas constructoras, el control de la información, su análisis y seguimiento, así como la detección y el manejo de desviaciones, incluyendo la mención de las herramientas que se van a utilizar, en su caso software, diagramas xx Xxxxx, programas detallados de cada especialidad, indicando los aspectos críticos o relevantes que deben ser objeto de atención especial en cuanto a su ejecución y cumplimiento. En cuanto al manejo de las desviaciones, el Contratista sugerirá las medidas preventivas y correctivas, en su caso, necesarias, que deben fundamentarse en el conocimiento de los requisitos técnicos, financieros y programáticos que deben cumplir cada una de las actividades relacionadas con la Obra Contratada, y con las obras complementarias y trabajos extraordinarios no considerados en...
PERSONAL MÍNIMO. El servicio será atendido, en todo momento, por personal suficiente. En todo momento cada usuario será atendido correcta y dignamente, evitando que el servicio quede desatendido. En la cocina, para atender los servicios de comida y cena deberá haber un mínimo de un cocinero cada cien comensales además del Jefe de Cocina. En caso de ausencia deberán ser sustituidos por otros con la misma cualificación profesional. Para asegurar la mejor prestación del servicio el adjudicatario contará con un efectivo de la empresa con categoría de Jefe de Cocina o Chef, que tendrá preparación suficiente y titulación adecuada (como por ejemplo Técnico Superior en Cocina y Gastronomía o Dirección y Gestión de Cocina). El Jefe de Cocina o Chef tiene la responsabilidad final del producto. Velará por el producto, por la calidad y el funcionamiento del servicio (ritmo en la entrega, lectura de comandas, vigilancia del comedor, etc.). Deberá tener dotes de mando, imagen, prestigio personal y respeto por los cocineros. El Jefe de Cocina tendrá las siguientes funciones: dirigir la cocina responsabilizándose del buen funcionamiento del servicio, cuidar de que los platos que se sirvan cumplan las condiciones exigidas, distribuirá el trabajo en la cocina, supervisará la higiene, instalación, y grado de rendimiento del conjunto, confeccionará el menú, llevará el cuadrante de horarios de trabajo, días libres y vacaciones, así como velar por su cumplimiento. Vigilar la limpieza, orden, aptitudes y actitudes del personal, estar en la mesa caliente, cantando en ocasiones las comandas, y revisando antes de su pase, tanto la presencia del plato como la correspondencia entre éste y el pedido realizado, vigilar la preparación y disposición de los platos, condimentando algunos, en su caso vigilar el cumplimiento de las medidas legales, tanto del personal, como de las instalaciones , supervisar el mantenimiento de utensilios, batería, menaje, fogones, electrodomésticos y de la cocina y el comedor en su conjunto. En caso de ausencia deberá ser sustituido por otra persona de la misma categoría profesional.
PERSONAL MÍNIMO. Se deberán presentar los soportes correspondientes que acrediten las calidades y la expe- riencia general y específica del siguiente personal mínimo requerido, para la ejecución del contrato, el cual se describe a continuación:
ETAPA 1: VERIFICACIÓN TÉCNICA
PERSONAL MÍNIMO. El Adjudicatario dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año para la buena ejecución de los trabajos incluidos en el contrato; no obstante, vendrá obligado a mantener un personal mínimo que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en la oferta, y que contemplará la plantilla equivalente y la estimación de personal de sustitución necesario, de modo que siempre queden cubiertos todos los puestos ofertados cubriendo bajas, vacaciones, permisos, horas sindicales, etc. Tan solo en aquellas tareas que supongan incremento de las frecuencias mínimas establecidas o sean servicios ofertados adicionales a los exigidos, se permitirá una implantación progresiva, en función de la incorporación de los medios materiales. En este caso la implantación total de los servicios deberá completarse dentro del primer año desde la firma del Contrato.
PERSONAL MÍNIMO. El contratista dispondrá al menos en cada servicio el personal mínimo que se señale en el pliego de prescripciones técnicas. Dicho personal establecido en el pliego de condiciones técnicas se incrementará en su caso conforme a las instrucciones escritas de la Sociedad Regional en cuyo caso se aplicará el módulo corrector correspondiente. En caso de otros eventos diferentes de los señalados de manera específica en el pliego de prescripciones, el personal a disposición mínimo será el señalado por la Sociedad Regional con cumplimiento de la normativa en materia de seguridad en espectáculos públicos. En caso de discrepancia el contratista deberá hacerla constar mediante propuesta por escrito.
PERSONAL MÍNIMO. Residente de gases, profesional en arquitectura o ingeniería civil, con experiencia general mayor o igual a cinco (5) años, demostrar mediante certificación donde conste que ha ejecutado mantenimientos y/o instalación de gases similares a las del objeto de esta invitacion.
PERSONAL MÍNIMO. 4.2.4 Huelga