Períodos de pago. El pago de las remuneraciones deberá realizarse en uno de los siguientes períodos:
a) Al personal mensualizado, al vencimiento de cada mes calendario.
b) Al personal remunerado a jornal o por hora, por semana o quincena.
c) Al personal remunerado por pieza o medida, cada semana o quincena respecto de los trabajos concluidos en los referidos períodos, y una suma proporcional al valor del resto del trabajo realizado, pudiéndose retener como garantía una cantidad no mayor de la tercera parte de dicha suma.
Períodos de pago. El pago de las remuneraciones deberá realizarse en uno de los siguientes períodos:
Períodos de pago. El pago de las remuneraciones deberá realizarse en uno de los siguientes períodos:
a) Al personal mensualizado, al vencimiento de cada mes calendario.
Períodos de pago. Ejemplo: quincenales mensuales (uno de los dos o los dos).
Períodos de pago quincenales
Períodos de pago. El precio de arrendamiento deberá ser fijado en pagos que correspondan a períodos mensuales, y este pago debe realizarse durante el mes en que transcurre la ocupación del inmueble alquilado.
Períodos de pago. El salario se pagará al trabajador directamente o a la persona que él autorice por escrito así:
Períodos de pago. Remuneraciones accesorias
Períodos de pago. 1. La tasa por realización de actividades en Escuelas Deportivas se efectuará en el momento de la inscripción en el Patronato Deportivo, que comprenderán: • Del 1 al 15 de septiembre los usuarios empadronados en Toledo capital. Deberán estar empadronados con anterioridad al 31 xx xxxx del año en curso. • A partir del 16 de septiembre los usuarios no empadronados en Toledo capital.
2. La tasa por prestación de servicios de uso de instalaciones se ingresará en el momento que se realiza la reserva de la instalación.
Períodos de pago. E pago de as remuneraciones deberá reaizarse en uno de os siguientes períodos:
a) A persona mensuaizado a vencimiento de cada mes caendario.