PLAN DE TRABAJOS. Dentro de los diez (10) días contados a partir de la fecha de la firma del contrato, el Contratista presentará para su aprobación por la Administración, el Plan de Trabajos definitivo, ajustado a los meses calendario del año y con el detalle de todas las tareas objeto del contrato, suficientemente discriminado para posibilitar el seguimiento de las mismas. El Plan de Trabajos deberá incluir el plazo de finalización de los mismos y los plazos parciales de grandes Ítem de Obra así como aquellos que se requieran particularmente en el Pliego de Condiciones Particulares. El Plan de Trabajos se complementará con la cuantificación de las tareas o imprevistos a precios de contrato, lo que servir de base para las certificaciones y para la aplicación del régimen de congelamiento de variaciones de costo. La Administración podrá observar total o parcialmente el Plan de trabajos cuando:
a) No fuera considerado técnicamente conveniente.
b) Pudiera interrumpir cualquier servicio Público sin motivo insalvable.
c) Cuando mediaren observaciones, las mismas deberán ser puntualizadas por la administración y el Contratista deberá presentar un nuevo plan de acuerdo a ellas dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado. No se iniciará la obra sin aprobación previa del Plan de Trabajos la que deberá producirse por la Administración en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles administrativos, en cuyo defecto y no mediando observación quedará consentido. La aprobación del Plan de Trabajos no implica responsabilidad alguna de la Administración por el incumplimiento de los plazos ni por los montos estimados y determinados en el mismo. Cuando a juicio de la Administración la importancia de la obra lo justifique, en el Pliego de Condiciones Particulares se establecerán las exigencias que deberá satisfacer el Plan de Trabajos.
PLAN DE TRABAJOS. La obra deberá ejecutarse de acuerdo con el plan de trabajos aprobado. La ejecución de cualquier parte en desacuerdo con ese programa, sin el con- sentimiento previo y expreso de la DO, será motivo suficiente para que la DO pueda ordenar la suspensión temporal de la parte de la obra en desacuerdo con el programa de trabajos, salvo en casos de urgencia manifiesta debida- mente comprobada. Si se hubieran verificado atrasos, el Contratista deberá proponer y adoptar las medidas necesarias para mejorar el ritmo de los trabajos, incluyendo el au- mento del número de turnos de trabajo, de cuadrillas, de días de trabajo, de sobretiempo y/o de las plantas y equipos, sin costo adicional para SBASE. Xxxx, sin perjuicio de las que le pudiera exigir la DO en el mismo sentido. Si durante el transcurso de los trabajos, la DO considerase que el programa no está suficientemente detallado o actualizado, no es práctico o es deficiente en cualquier aspecto, lo comunicará al Contratista, quien dentro del plazo que aquélla le fije, deberá suministrar un plan revisado o información más detalla- da sobre la realización de la obra o de cualquiera de sus partes.
PLAN DE TRABAJOS. Dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación, el adjudicatario presentará el Plan de Trabajos corregido de acuerdo con las observaciones comunicadas por EANA. Esta modificación no podrá alterar el importe total de la obra ni su plazo de ejecución. En caso de que las correcciones realizadas no cumplieran con lo indicado por el Comitente, éste intimará al adjudicatario a presentar nuevamente el plan corregido dentro de los tres (3) días siguientes En caso de que el adjudicatario no presentara las correcciones requeridas por el Licitante o aún la tercera presentación del plan corregido adoleciera xx xxxxxx o no se hubieran cumplido con las modificaciones indicadas por EANA, ésta podrá revocar la adjudicación con pérdida de la garantía de oferta en caso de corresponder por el modo de contratación. El PCP podrá modificar los plazos previstos precedentemente cuando las características o la complejidad de la obra lo justifiquen. Bajo ninguna circunstancia se procederá a la emisión de la Orden de Compra y/o la firma del Contrato sin que el Plan de Trabajos se encuentre debidamente aprobado. La aprobación del plan por el Licitante no libera al Contratista de su responsabilidad directa con respecto a la correcta terminación de la Obra en el plazo estipulado.
PLAN DE TRABAJOS. El contratista deberá actualizar el plan de trabajos propuesto de acuerdo al plazo de ejecución, en forma gráfica y numérica, según se detalla a continuación: - Desarrollo de los trabajos, en cantidad no menor a los ítems o rubros del presupuesto. Gráfico xx Xxxxxx. - Gráfico de las certificaciones mensuales de obra, parcial y acumulado en función del desarrollo anterior. De estimarlo necesario, la Municipalidad podrá exigir en cualquier momento el detalle de personal ocupado, plantel, equipo y cualquier otro detalle que estime corresponder. El plan de trabajos será actualizado en función de cada variante autorizada por la Municipalidad.
PLAN DE TRABAJOS. Dentro de los diez (10) días de la fecha de celebración emitida la Orden de Compra o, eventualmente, de suscripto el Contrato de Obra, el Contratista deberá presentar para su aprobación por parte del Comitente o quien este designe a tales efectos en la Documentación Contractual, el Plan de Trabajos para la ejecución de la Obra, así como el flujo de caja -cash flow- y la nómina del personal afectado a la Obra para cada etapa. El Plan de Trabajos discriminará: − los Trabajos a ejecutar en el sitio o lugar de la Obra directamente por el Contratista − los Trabajos a ejecutar en el sitio o lugar de la Obra por Subcontratistas − los Trabajos o preparación de suministros a ejecutar en talleres o fábricas, fuera del lugar de la Obra, por cuenta del Contratista o de sus Subcontratistas − cuando corresponda, las fechas de ingreso a Obra de Materiales a suministrar por el Comitente. A pedido de la IO y/o la Dirección de Obra el Contratista complementará el Plan de Trabajos con la valoración de las tareas previstas según el precio de la Contratación de Locación de Obra, lo que constituirá el plan de certificaciones. La IO y/o la Dirección de Obra formularán las observaciones que puedan merecerle ambos planes y el Contratista, ajustándose a ellas, los rectificará según se convenga de común acuerdo. Hasta el momento de la aprobación del Plan de Trabajos, el Contratista ajustará su actividad a las directivas que en tal sentido imparta la IO y/o la Dirección de Obra. El Contratista podrá, durante el transcurso de los Trabajos, introducir modificaciones al Plan de Trabajos, previa conformidad de la IO y/o la Dirección de Obra, según lo establezca el Contrato. En todos los casos, deberán ajustarse a los Plazos Contractuales acordados. En caso de que el Contratista incurra en atrasos en el cumplimiento del Plan de Trabajos, acompañará la liquidación mensual con un informe con los motivos del atraso y las medidas propuestas para su recuperación. A pedido de la IO y/o la Dirección de Obra el Contratista someterá a su consideración y aprobación un nuevo Plan de Trabajos. La IO y/o la Dirección de Obra exigirán el reajuste del Plan de Trabajos cuando modifique y/o determine nuevos Plazos Contractuales parciales y/o totales y la previsión financiera de la certificación quincenal. La aprobación del Plan de Trabajos por la IO y/o la Dirección de Obra no modifica las responsabilidades del Contratista por el cumplimiento del mismo.
PLAN DE TRABAJOS. El Oferente acompañará sus ofertas con un Plan de Trabajos detallado en concordancia con cada uno de los ítems que se detallan en la Planilla de Cotización que figura en el Pliego además de una Metodología Constructiva conforme a las características y plazo de la obra, los cuales serán analizados en la evaluación técnica de las ofertas. El Oferente elaborará un Plan de Trabajos desarrollado por el método Xxxxx, que permita el análisis de la ejecución completa de la obra. Dicho programa comprenderá la siguiente información: Detalle de todas las actividades a desarrollar con indicación, para cada una de ellas, de la duración. Detalle de las fechas de comienzo y finalización de cada actividad. Programa de inversiones por actividades, sobre la base del programa de trabajos. Las inversiones serán imputadas en ese programa en correspondencia con el mes en que se ejecutan las respectivas tareas. Plan de Certificación y Curva de Inversión Las actividades en las que se proponga detallar la obra estarán perfectamente definidas y serán desagregadas en una cantidad adecuada de forma de permitir su rápida interpretación y tendrán una significación homogénea, con duraciones acordes con la característica del emprendimiento. Además, las actividades o la composición de varias de ellas serán compatibles con los rubros o ítem en los que se indique la cotización de la obra. Se aclara que el plazo contractual está considerado sobre la base de una prestación de personal, herramental y equipos adecuados al trabajo a realizar. La Comisión Evaluadora verificará que el Plan de Trabajos presentado en la oferta cumpla con lo expresado y demás requisitos necesarios para determinar que la oferta resulta admisible. Sin perjuicio de ello, en el período existente entre la adjudicación de la obra y la firma del Contrato, BCyL S.A. podrá formular observaciones o requerir aclaraciones y detalles adicionales del Plan de Trabajos y Curva de Inversiones Definitivo a ejecutar, así como la metodología que el Contratista utilizará para su ejecución, los cuales pasarán a formar la documentación de la presente contratación. El Plan de Trabajos Definitivo será el que resulte de incorporar las observaciones del Comitente y de actualizar las fechas de acuerdo al Acta de Inicio. Luego de aprobado, se considerarán fijadas todas las fechas en que deberán quedar ejecutados cada uno de los trabajos y los importes parciales por certificar. De comprobarse demoras por insuficiencia de los recursos que ...
PLAN DE TRABAJOS. Pág. 15.
PLAN DE TRABAJOS. El artículo 1.6.4 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente: El Contratista debe organizar su trabajo previendo un número normal de días perdidos por razones climáticas y que se considerarán laborales. El Plan de Trabajo y Curva de Inversión definitivos serán aprobados o rechazados dentro de los tres (3) días hábiles, los cuales, en caso de ser aprobados, pasarán a formar parte de la documentación contractual. En caso de ser rechazados, el Contratista deberá proceder al ajuste de los mismos de acuerdo con las observaciones que efectúe la Inspección de Obra, sin alterar el plazo y el importe total. La Inspección de Obra determinará el plazo para su nueva presentación. Transcurrido el mismo y sin que el Plan de Trabajo haya sido elevado por el Contratista, la Inspección de obra lo efectuará de oficio y tendrá carácter definitivo. Si así se dispone en el P.E.T. deberá tenerse en cuenta lo estipulado en el punto 2.7.2, cuarto párrafo, del presente P.C.P. respecto de la posibilidad de incluir en la conformación de la oferta y en la programación de ejecución de la obra la posibilidad de realización de tareas en días y horarios que excedan la jornada normal de trabajo y/o en días sábados después de las 13hs, domingos o feriados.
2.6.4.1 Plan de Trabajos Definitivo.
PLAN DE TRABAJOS. La Empresa deberá presentar con suficiente anticipación al inicio de la obra Plan de Trabajos Detallado para ser aprobado por la Dirección de Obra, siendo requisito previo para autorizar el comienzo de los trabajos. El plan de trabajos deberá ser lo más detallado posible, abriendo los rubros que componen el presupuesto tarea por tarea y asignando los tiempos previstos para cada una de ellas. Una vez aprobado pasará a formar parte del Contrato, exigiéndose su estricto cumplimiento respecto de los plazos parciales y/o totales que se hayan programado y establecido. Este deberá cumplir con los horarios acordados con la Dirección de Obra, tal como se lo establece en el Ítem
PLAN DE TRABAJOS. 1. El suministro tendrá que hacerse en los plazos globales establecidos en el Pliego de cláusulas y/o de Prescripciones Técnicas.
2. En caso de que el adjudicatario no cumpliera los plazos establecidos para cada suministro, serán de aplicación las penalizaciones descritas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
3. El adjudicatario quedará obligado a suministrar en un plazo no superior a 5 días, todo aquel material que al efectuarse su recepción se observara defectuoso o con alguna anomalía.
4. La Dirección de Ejecución del Suministro será la encargada de aprobar los suministros y de comunicar al adjudicatario los defectos o anomalías detectadas. El Adjudicatario queda obligado a suministrar, en concepto de reparaciones o ampliaciones, el material que pida TERSA, manteniendo los precios de este Contrato, durante un periodo no inferior a cinco años desde la recepción del Contrato.