Common use of Plazas vacantes Clause in Contracts

Plazas vacantes. La empresa cubrirá antes xx xxxx días las vacantes que se produzcan por causa de muerte y despido improcedente, sin tener en cuenta la plantilla, con personal fijo. En caso de excedencia o servicio militar se cubrirán interinamente por el tiempo que duren estas. Las bajas por incapacidad transitoria se cubrirán con personal interino a partir xxx xxxxxxx día de baja. La empresa tendrá en cuenta, a la hora de cubrir aquellas plazas de personal fijo que por cual- quier causa queden vacantes, a aquellos trabajadores eventuales con mayor antigüedad y días tra- bajados en el centro de trabajo por riguroso orden. A la hora de cubrir las libranzas, incapacidad temporal, excedencias o cualquier otra modalidad de contrato, estas plazas serán cubiertas por el trabajador con mayor antigüedad y días trabajados en el centro de trabajo, por riguroso orden de la lista de antigüedad. Si algún trabajador renunciase a cubrir cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo an- terior sin causa justificada, pasaría al último puesto. A los representantes de los trabajadores se les hará entrega a primeros de cada año de una re- lación de todo el personal, indicando la edad y antigüedad en la empresa, elaborándose un listado de orden en base a los criterios recogidos en el presente artículo.

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Samples: Convenio Colectivo

Plazas vacantes. La empresa cubrirá antes xx xxxx días las Las vacantes que se produzcan por causa jubilación total, precedida de muerte y despido improcedenteuna jubilación anticipada a jornada parcial, sin tener en cuenta la plantilla, con personal fijo. En caso de excedencia o servicio militar se cubrirán interinamente por el tiempo que duren estas. Las bajas por incapacidad transitoria se cubrirán con personal interino a partir xxx xxxxxxx día de baja. La empresa tendrá en cuenta, a la hora de cubrir aquellas plazas de personal fijo que por cual- quier causa queden vacantes, a aquellos trabajadores eventuales con mayor antigüedad y días tra- bajados en el centro de trabajo por riguroso orden. A la hora de cubrir las libranzas, incapacidad temporal, excedencias o cualquier otra modalidad de contrato, estas plazas serán cubiertas por su correspondiente relevista, sin perjuicio de la posterior promoción si el trabajador con mayor antigüedad y días trabajados jubilado total tenía una categoría de conductor o capataz en los términos recogidos en el centro de trabajoConvenio. Asimismo, por riguroso orden de la lista de antigüedad. Si algún trabajador renunciase a cubrir cualquiera las vacantes existentes, u otras que se produzcan distintas al supuesto recogido en el punto anterior (muerte, despido, baja voluntaria) serán cubiertas dentro de los supuestos señalados en el párrafo an- terior sin causa justificada, pasaría al último puesto. A los representantes de los diez días siguientes por trabajadores se les hará entrega a primeros de cada año de una re- lación de todo el personal, indicando la edad y antigüedad con contrato temporal en la empresa, elaborándose un listado siendo la preferencia el trabajador con contrato más antiguo en la empresa, con independencia de orden que sean a tiempo completo o a tiempo parcial. Cuando se convoquen plazas para cubrir vacantes de conductor o capataz, podrá concurrir a ellas el personal adscrito a esta contrata, siempre que reúna las condiciones que se establezcan para el puesto, teniendo preferencia en base caso de igualdad con otro aspirante ajeno a la Empresa. Cuando se realice algún tipo de contratación de personal nuevo se dará la oportunidad a los criterios recogidos trabajadores del turno de tarde y de noche para poder acceder al turno de mañana, pasando el nuevo contratado al turno de tarde o noche. Tiene preferencia el trabajador con contrato más antiguo en el la empresa. El presente artículoartículo será de aplicación en tanto esté cumplida la cuota de reserva de discapacitados establecida legalmente.

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Samples: Convenio Colectivo

Plazas vacantes. La empresa cubrirá antes xx xxxx días las Las vacantes que se produzcan por causa jubilación total, precedida de muerte y despido improcedenteuna jubilación anticipada a jornada parcial, sin tener en cuenta la plantilla, con personal fijo. En caso de excedencia o servicio militar se cubrirán interinamente por el tiempo que duren estas. Las bajas por incapacidad transitoria se cubrirán con personal interino a partir xxx xxxxxxx día de baja. La empresa tendrá en cuenta, a la hora de cubrir aquellas plazas de personal fijo que por cual- quier causa queden vacantes, a aquellos trabajadores eventuales con mayor antigüedad y días tra- bajados en el centro de trabajo por riguroso orden. A la hora de cubrir las libranzas, incapacidad temporal, excedencias o cualquier otra modalidad de contrato, estas plazas serán cubiertas por su correspondiente relevista, sin perjuicio de la posterior promoción si el trabajador con mayor antigüedad y días trabajados jubilado total tenía una categoría de conductor o capataz en los términos recogidos en el centro de trabajoConvenio. Asimismo, por riguroso orden de la lista de antigüedad. Si algún trabajador renunciase a cubrir cualquiera las vacantes existentes, u otras que se produzcan distintas al supuesto recogido en el punto anterior (muerte, despido, baja voluntaria) serán cubiertas dentro de los supuestos señalados en el párrafo an- terior sin causa justificada, pasaría al último puesto. A los representantes de los trabajadores se les hará entrega a primeros de cada año de una re- lación de todo el personal, indicando la edad y antigüedad diez días siguientes por personas trabajadoras con contrato temporal en la empresa, elaborándose un listado siendo la preferencia la persona trabajadora con contrato más antiguo en la empresa, con independencia de orden que sean a tiempo completo o a tiempo parcial. Cuando se convoquen plazas para cubrir vacantes de conductor o capataz, podrá concurrir a ellas el personal adscrito a esta contrata, siempre que reúna las condiciones que se establezcan para el puesto, teniendo preferencia en base caso de igualdad con otro aspirante ajeno a los criterios recogidos la Empresa. Cuando se realice algún tipo de contratación de personal nuevo se dará la oportunidad a las personas trabajadoras del turno de tarde y de noche para poder acceder al turno de mañana, pasando la nueva persona contratada al turno de tarde o noche. Tiene preferencia la persona trabajadora con contrato más antiguo en el la empresa. El presente artículoartículo será de aplicación en tanto esté cumplida la cuota de reserva de discapacitados establecida legalmente.

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Samples: Collective Agreement

Plazas vacantes. La empresa cubrirá antes xx xxxx Este artículo no será de aplicación durante la vigencia del presente convenio, quedando en suspenso de acuerdo con lo expuesto en la Disposición Transitoria Segunda. Las empresas contratarán a trabajadores/as como fijos, en el plazo de 10 días las vacantes que se produzcan por causa de muerte y despido improcedente, sin tener en cuenta la plantilla, por las vacantes que se produzcan debido a muerte o despido improcedente. Igualmente se actuará en los casos de invalidez que no supongan el reingreso del trabajador/a en la plantilla y tras la declaración definitiva de la misma, si no se hubiera cubierto con personal fijoanterioridad. En caso de excedencia o servicio militar se cubrirán interinamente por las vacantes durante el tiempo que duren estaséstas. En caso de jubilación se cubrirá la plaza mediante la contratación de un trabajador/a bonificado durante dos años. El 60 por ciento de todo tipo de vacantes fijas en la categoría de peón serán cubiertas mediante contrataciones fijas del personal procedente del colectivo de fines de semana que lleven al menos 6 meses de antigüedad en la contrata (o ampliaciones de contratos de jornada parcial a jornada completa, si el trabajador fuera fijo). Las bajas por incapacidad transitoria se cubrirán jubilaciones parciales serán cubiertas de acuerdo con personal interino a partir xxx xxxxxxx día de baja. La empresa tendrá en cuenta, a la hora de cubrir aquellas plazas de personal fijo que por cual- quier causa queden vacantes, a aquellos trabajadores eventuales con mayor antigüedad y días tra- bajados lo contemplado en el centro artículo correspondiente. Sin perjuicio de trabajo por riguroso orden. A la hora de cubrir las libranzaslo anterior, incapacidad temporal, excedencias o cualquier otra modalidad de contrato, estas plazas serán cubiertas por el trabajador con mayor antigüedad y días trabajados en el centro de trabajo, por riguroso orden de la lista de antigüedad. Si algún trabajador renunciase a cubrir cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo an- terior sin causa justificada, pasaría al último puesto. A los representantes de los trabajadores se les hará entrega a primeros de cada año año, se entregará a los Representantes Legales de los Trabajadores una re- lación relación de todo el personal, indicando la edad y personal adscrito a su Contrata indicando:  Nombre  Apellidos  Categoría  Fecha de antigüedad en la empresa, elaborándose un listado  Fecha de orden en base a los criterios recogidos en el presente artículo.nacimiento  Tipo de contrato

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Samples: Convenio Colectivo

Plazas vacantes. La empresa cubrirá antes xx xxxx Este artículo no será de aplicación durante la vigencia del presente convenio, quedando en suspenso de acuerdo con lo expuesto en la Disposición Tran- sitoria Primera. Las empresas contratarán a trabajadores/as como fijos, en el plazo de 10 días las vacantes que se produzcan por causa de muerte y despido improcedente, sin tener en cuenta la plantilla, por las vacantes que se produzcan debido a muerte o despido improcedente. Igualmente se actuará en los casos de invalidez que no supongan el reingreso del trabajador/a en la plantilla y tras la declaración definitiva de la misma, si no se hubiera cubierto con personal fijoanterioridad. En caso de excedencia o servicio militar se cubrirán interinamente por las vacantes durante el tiempo que duren estaséstas. En caso de jubilación se cubrirá la plaza mediante la contratación de un tra- bajador/a bonificado durante dos años. El 60 por ciento de todo tipo de vacantes fijas en la categoría de peón serán cubiertas mediante contrataciones fijas del personal procedente del colectivo de fines de semana que lleven al menos 6 meses de antigüedad en la contrata (o ampliaciones de contratos de jornada parcial a jornada completa, si el trabajador fuera fijo). Las bajas por incapacidad transitoria se cubrirán jubilaciones parciales serán cubiertas de acuerdo con personal interino a partir xxx xxxxxxx día de baja. La empresa tendrá en cuenta, a la hora de cubrir aquellas plazas de personal fijo que por cual- quier causa queden vacantes, a aquellos trabajadores eventuales con mayor antigüedad y días tra- bajados lo contemplado en el centro artículo correspondiente. Sin perjuicio de trabajo por riguroso orden. A la hora de cubrir las libranzaslo anterior, incapacidad temporal, excedencias o cualquier otra modalidad de contrato, estas plazas serán cubiertas por el trabajador con mayor antigüedad y días trabajados en el centro de trabajo, por riguroso orden de la lista de antigüedad. Si algún trabajador renunciase a cubrir cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo an- terior sin causa justificada, pasaría al último puesto. A los representantes de los trabajadores se les hará entrega a primeros de cada año año, se entregará a los Re- presentantes Legales de los Trabajadores una re- lación relación de todo el personal, indicando la edad y antigüedad en la empresa, elaborándose un listado personal adscrito a su Contrata indicando: - Nombre. - Apellidos. - Categoría. - Fecha de orden en base a los criterios recogidos en el presente artículoantigüedad. - Fecha de nacimiento. - Tipo de contrato.

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Samples: Convenio Colectivo