PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el ANEXO I del presente PCAP. La duración del Contrato se establece entre la fecha de la firma del contrato y la devolución de la fianza definitiva que habrá de constituir el adjudicatario para responder de la correcta ejecución del servicio. Podrá ser prorrogado el contrato que tenga carácter de renovable y cuya prórroga o prórrogas esté o estén prevista(s) en el ANEXO I del presente PCAP. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización del contrato, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 303.1 del TRLCSP. En los contratos que sean complementarios de contratos de obras o de suministro, cuyo objeto se considere necesario para la correcta realización de la prestación o prestaciones objeto del contrato principal, el plazo de ejecución será el establecido en el artículo 303.2 y 4 del TRLCSP. En los casos de tramitación abreviada del expediente, tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, contados desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada. Asimismo, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en el texto refundido para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo el plazo de QUINCE días hábiles establecido en el párrafo primero del artículo 156.3 del TRLCSP como período de espera antes de la formalización del contrato.
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Samples: Service Agreement, Contract for External Prevention Service, Service Agreement
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el ANEXO I del presente PCAP. La duración del Contrato se establece entre la fecha de la firma del contrato y la devolución de la fianza definitiva que habrá de constituir el adjudicatario para responder de la correcta ejecución del serviciosuministro. Podrá ser prorrogado el contrato que tenga carácter de renovable y cuya prórroga o prórrogas esté o estén prevista(s) en el ANEXO I del presente PCAP, permaneciendo las características del contrato inalterable durante el periodo de ejecución de éstas. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación y será obligatoria para el empresario, sin que pueda producirse por mutuo acuerdo el consentimiento tácito de las partes antes de la finalización del contrato, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 303.1 del TRLCSPpartes. En los contratos que sean complementarios el contrato de contratos de obras o de suministroarrendamiento, cuyo objeto se considere necesario para la correcta realización de prórroga no podrá extenderse a un período superior a la prestación o prestaciones objeto mitad del contrato principal, el plazo de ejecución será el establecido en el artículo 303.2 y 4 del TRLCSPinmediatamente anterior. En los casos de tramitación abreviada del expediente, tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, contados desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada. Asimismo, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en el texto refundido para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo el plazo de QUINCE días hábiles establecido en el párrafo primero del artículo 156.3 del TRLCSP como período de espera antes de la formalización del contrato.
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Samples: Suministro De Gasóleo, Contract for Supply of Office Materials, Suministro De Sistema De Transmisiones
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el ANEXO I del presente PCAPPCAP o en su caso el propuesto por el adjudicatario en su programa de trabajo que no podrá ser superior al previsto en el citado apartado. Este plazo comenzará a contar a partir de la fecha de la firma del Acta de Comprobación de Replanteo con resultado viable. La duración del Contrato se establece entre la fecha de la firma del contrato y la devolución de la fianza definitiva que habrá de constituir el adjudicatario para responder de la correcta ejecución del serviciode la obra. Podrá ser prorrogado el contrato que tenga carácter de renovable y cuya prórroga o prórrogas esté o estén prevista(s) en el ANEXO I del presente PCAP. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación y será obligatoria para el empresario, sin que pueda producirse por mutuo acuerdo el consentimiento tácito de las partes antes de la finalización del contrato, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 303.1 del TRLCSP. En los contratos que sean complementarios de contratos de obras o de suministro, cuyo objeto se considere necesario para la correcta realización de la prestación o prestaciones objeto del contrato principal, el plazo de ejecución será el establecido en el artículo 303.2 y 4 del TRLCSPpartes. En los casos de tramitación abreviada del expediente, tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, contados desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada. Asimismo, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en el texto refundido para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo el plazo de QUINCE días hábiles establecido en el párrafo primero del artículo 156.3 del TRLCSP como período de espera antes de la formalización del contrato.
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Samples: Contract for Construction Services, Contract for Public Works, Contract for Public Works
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato será el establecido en el ANEXO I del presente PCAP. La duración del Contrato se establece entre la fecha de la firma del contrato y la devolución de la fianza definitiva que habrá de constituir el adjudicatario para responder de la correcta ejecución del serviciocontrato. Podrá ser prorrogado el contrato que tenga carácter de renovable y cuya prórroga o prórrogas esté o estén prevista(s) en el ANEXO I del presente PCAP. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación y será obligatoria para el empresario, sin que pueda producirse por mutuo acuerdo el consentimiento tácito de las partes antes de la finalización del contrato, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 303.1 del TRLCSP. En los contratos que sean complementarios de contratos de obras o de suministro, cuyo objeto se considere necesario para la correcta realización de la prestación o prestaciones objeto del contrato principal, el plazo de ejecución será el establecido en el artículo 303.2 y 4 del TRLCSPpartes. En los casos de tramitación abreviada del expediente, tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, contados desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada. Asimismo, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en el texto refundido Texto Refundido para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo el plazo de QUINCE días hábiles establecido en el párrafo primero del artículo 156.3 del TRLCSP como período de espera antes de la formalización del contrato.
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Samples: Contract for Insurance Policies, Contratación Del Seguro De Vida Del Personal, Seguro De Vida
PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. 7.1. El plazo contrato de servicios se ejecutará durante el periodo de dos años comprendido entre el 1 de enero de 2.008 y el 31 de diciembre de 2.009, si bien podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo expreso de ambas partes por periodos anuales hasta un máximo de dos años más, acuerdo de prórroga que deberá acordarse al menos con cuatro meses de antelación a la finalización del contrato o de la primera prórroga.
7.2. La ejecución del servicio que se contrata se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, que no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas o desperfectos de los elementos del servicio, sino en los casos de fuerza mayor.
1. En el supuesto de que la Administración Municipal se pronuncie en el sentido de asumir la responsabilidad del daño, instruirá para su efectividad el procedimiento previsto en el R.D. 429/93, de 26 xx xxxxx, del Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial.
2. En el supuesto de que la Administración Municipal se pronuncie en el sentido de imputar el daño a la empresa contratista, ésta deberá proceder a su resarcimiento o desestimación, dando cuenta a la Administración de la decisión que adopte. A estos efectos y a la firma del contrato, el contratista deberá presentar copia de seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima por siniestro de 600.000,00.-Euros. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
7.3. La ejecución del servicio se medirá en términos mensuales, teniendo por referencia el número de horas mensuales de servicio prestado, que en consecuencia diferirá en función del número de días hábiles de cada mes, u otras incidencias que determinen la no apertura al público de los inmuebles cuyo servicio de limpieza se contrata, por ejemplo las vacaciones, bajas de enfermedad etc. del personal destinado en los edificios cuya limpieza se contrata, pudiendo incluso suspenderse la ejecución del contrato será si se cerraran dichos edificios, sin que el establecido en el ANEXO I del presente PCAPcontratista adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
7.4. La duración del Contrato contrato se establece fija entre la fecha las fechas de la firma notificación del contrato acuerdo de adjudicación y la devolución de la fianza definitiva que habrá de constituir el adjudicatario para responder de la correcta ejecución del servicio. Podrá ser prorrogado el contrato que tenga carácter de renovable y cuya prórroga o prórrogas esté o estén prevista(s) en el ANEXO I del presente PCAP. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación por mutuo acuerdo de las partes antes de la finalización del contrato, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 303.1 del TRLCSP. En los contratos que sean complementarios de contratos de obras o de suministro, cuyo objeto se considere necesario para la correcta realización de la prestación o prestaciones objeto del contrato principal, el plazo de ejecución será el establecido en el artículo 303.2 y 4 del TRLCSP. En los casos de tramitación abreviada del expediente, tramitación urgente, el plazo de inicio de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, contados desde la formalización. Si se excediese este plazo, el contrato podrá ser resuelto, salvo que el retraso se debiera a causas ajenas a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivada. Asimismo, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en el texto refundido para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán a la mitad, salvo el plazo de QUINCE días hábiles establecido en el párrafo primero del artículo 156.3 del TRLCSP como período de espera antes de la formalización del contratogarantía definitiva.
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PLAZO DE EJECUCIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo contractual o de ejecución máximo del contrato será contrato, así como, los plazos parciales máximos son los fijados en los puntos 5 y 6 de la Carátula de este pliego, si bien, los plazos parciales de entrega y, en los contratos de tracto único (aquéllos cuyo objeto se agota en único acto de transferencia, sin perjuicio de las entregas parciales, en su caso acordadas) el establecido plazo o fecha límite de entrega, podrán ser reducidos por las empresas en su oferta en el ANEXO I del presente PCAPcaso de que el plazo constituya criterio de valoración de las ofertas. La duración del Contrato se establece entre la fecha El plazo total comienza a contar desde el día siguiente al de la firma del contrato y la devolución contrato, salvo en el supuesto de que en el expediente haya recaído declaración de urgencia, en cuyo caso se podrá, previa constitución de la fianza garantía definitiva que habrá de constituir el adjudicatario para responder de cuando fuera exigible, iniciar la correcta ejecución del servicio. Podrá ser prorrogado el contrato que tenga carácter de renovable y cuya prórroga o prórrogas esté o estén prevista(s) en el ANEXO I del presente PCAP. La prórroga se acordará por el Órgano de Contratación por mutuo acuerdo de las partes antes de sin la finalización del contrato, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamenteprevia formalización, de acuerdo con lo previsto en el artículo 303.1 del TRLCSP96.2.c) de la LCSP. En los contratos que sean complementarios de contratos de obras o de suministro, cuyo objeto se considere necesario para la correcta realización de la prestación o prestaciones objeto del contrato principal, estos casos el plazo de ejecución será se computará desde la orden de inicio emanada por escrito de la Administración y, en caso de no producirse ésta, desde el establecido día siguiente al recibo de la notificación de adjudicación definitiva. Así mismo, en el supuesto de que se trate de un contrato de tracto sucesivo (aquél que tiene por objeto prestaciones reiterables o una actividad continuada) o de un arrendamiento de bienes, podrá preverse la prórroga o prórrogas, dentro del máximo establecido por el artículo 303.2 279.1 de la LCSP y 4 sin perjuicio del TRLCSPsupuesto excepcional contemplado en dicho artículo. En el contrato de arrendamiento, la prórroga no podrá extenderse a un periodo superior a la mitad del contrato inmediatamente anterior (artículo 266.2 LCSP). En todo caso, los casos de tramitación abreviada del expediente, tramitación urgente, el plazo de inicio plazos podrán ampliarse cuando la empresa contratista no pudiere cumplirlo por causas que no le sean imputables (artículo 197.2 de la ejecución del contrato no podrá ser superior a QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, contados desde LCSP). En el supuesto de que en el punto 7 de la formalización. Si se excediese este plazoCarátula lo establezca, el contrato podrá ser resueltoprorrogado por mutuo acuerdo de las partes con la finalidad de reiterar las prestaciones, salvo siempre que sus características permanezcan inalterables durante el retraso periodo de duración de la prórroga y que la concurrencia para la adjudicación del contrato haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los periodos de prórroga (artículo 279.1 LCSP). La prórroga se debiera a causas ajenas acordará de forma expresa sin que pueda producirse por el consentimiento tácito de las partes (artículo 23.2 de la LCSP). A tal efecto, la parte adjudicataria, con dos meses de antelación como mínimo al vencimiento del contrato, deberá remitir a la Administración contratante y al contratista y así se hiciera constar en la correspondiente resolución motivadapropuesta de prórroga. Asimismo, acordada la apertura del procedimiento de adjudicación, los plazos establecidos en el texto refundido para la licitación, adjudicación y formalización del contrato se reducirán Previamente a la mitadprórroga, salvo la Administración habrá de instruir el plazo oportuno expediente contradictorio, donde preceptivamente habrá de QUINCE días hábiles establecido en el párrafo primero del artículo 156.3 del TRLCSP como período de espera antes figurar informe jurídico y de la formalización del contratoIntervención municipal.
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