Common use of PLAZOS CONTRACTUALES Clause in Contracts

PLAZOS CONTRACTUALES. Las obras deberán iniciarse, ejecutarse y terminarse en los plazos fijados en el presente pliego y, en todo caso, en cuanto los mejoren, en los que resulten del Programa de Trabajos incluidos en la proposición del contratista. En la resolución por la que se otorgue la adjudicación a la propuesta considerada más ventajosa, la Administración dejará constancia de los plazos contractuales, incluyendo tanto el plazo final como los parciales que, en su caso, resulten de la oferta elegida. Sin perjuicio de lo anterior, al aprobar el Programa de Trabajos se fijarán los plazos parciales correspondientes a los hitos que se señalen en su aprobación. Estos plazos se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. Los plazos contractuales sólo podrán modificarse por resolución posterior de la Administración. PROGRAMA DE TRABAJO El contratista, en el plazo máximo de quince días naturales, contados desde la formalización del contrato, deberá presentar a aprobación de la Dirección facultativa de las obras un desarrollo adecuado del Programa de Trabajos incluido en su oferta, conforme a lo establecido en el artículo 144.3 RGLCAP. El programa de trabajo no podrá introducir ninguna modificación en las condiciones contractuales, si bien podrá proponer reducción en el plazo total y modificaciones en los plazos parciales de ejecución de la obra, siempre que las disponibilidades de crédito de la Administración permitan efectuar los reajustes de anualidades que se pudieran derivar de tales modificaciones, y sin que, en ningún caso, pueda suponer incremento del presupuesto total de adjudicación de la obra. Los plazos parciales que resulten procedentes fijar al aprobar el programa de trabajo se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. El órgano competente de la Diputación Xxxxx resolverá sobre el programa dentro de los quince días naturales siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En base a dicha aprobación se fijarán, por la Administración, los plazos parciales correspondientes. Una vez aprobado el programa de trabajo, se incorporará al contrato, practicándose en su caso, el correspondiente reajuste de anualidades. El Programa de Trabajos deberá actualizarse por el contratista cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, procediendo a la fijación o actualización y puesta al día del mismo conforme a las instrucciones que reciba de la Administración. El contratista adaptará y coordinará su programa de trabajos con la retirada y reposición de los servicios afectados, tanto los que entran dentro del contrato como los correspondientes a empresas tales como Iberdrola, S.A., Telefónica, S.A., Euskaltel, S.A., Correos y Telégrafos, S.A. y empresas suministradoras de gas. El director de la obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que el contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo, sin derecho a intereses de demora, en su caso, por el retraso en el pago de estas certificaciones.

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Samples: Contract for Works

PLAZOS CONTRACTUALES. Las obras Los trabajos deberán iniciarse, ejecutarse y terminarse en los plazos fijados en el presente pliego ypliego. Salvo que de forma expresa la Administración determine otra fecha distinta, el cómputo de los plazos empezará a contarse a partir de la fecha de la firma del Acta de Inicio de los trabajos, cumpliéndose los plazos de ejecución y prioridades establecidos en todo casoel Pliego de Prescripciones Técnicas. A estos efectos, la fecha de la firma del Acta de Inicio se realizará en cuanto los mejoren, en los que resulten el plazo máximo de un mes desde la formalización del Programa de Trabajos incluidos en la proposición del contratistacontrato. En la resolución por la que se otorgue la adjudicación a la propuesta considerada más ventajosa, la Administración dejará constancia de los plazos contractuales, incluyendo tanto el plazo final como los parciales que, en su caso, resulten de la oferta elegida. Sin perjuicio de lo anterior, al aprobar el Programa de Trabajos se fijarán los plazos parciales correspondientes a los hitos que se señalen en su aprobación. Estos plazos se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. Los plazos contractuales sólo podrán modificarse por resolución posterior de la Administración. PROGRAMA DE TRABAJO En el plazo de quince días hábiles a contar desde la firma del Acta de Inicio de los trabajos, la dirección del contrato presentará a la empresa adjudicataria un listado de las actuaciones de reparación y refuerzo de la explanación que propone realizar a lo largo de la primera anualidad contable del contrato, coincidente con el año natural. Se incluirá la medición de la totalidad de los trabajos a desarrollar y el plazo en que él estima que deberán realizarse. Esta entrega se realizará por escrito y tras su análisis se formalizará una Orden de Ejecución firmada por la dirección del contrato y la jefa de Supervisión de Proyectos y Obras y Gestión de la Calidad. Esta Orden de Ejecución se realizará en un documento tipo preparado al efecto por la dirección del contrato, que recogerá su importe, plazos parciales y globales. En cuanto a los actuaciones previstas para la segunda y posteriores anualidades, se establecerán de igual forma que lo estipulado para la primera con la salvedad de que la Orden de Ejecución principal, que engloba el mayor porcentaje del presupuesto, se entregará en los tres primeros meses del año correspondiente, de forma que las actuaciones previstas en ella puedan ser objeto de una planificación y puedan iniciarse las mismas una vez que se haya aprobado el programa de trabajos. Estas órdenes de ejecución, denominadas principales, incluirán un porcentaje superior al 80 % del presupuesto anual asignado para este contrato, de tal manera que la empresa adjudicataria pueda conocer en esa fecha el alcance y la secuencia de las operaciones que deberá efectuar. El contratistaimporte restante hasta alcanzar el presupuesto asignado para cada anualidad, se materializará en la realización de otras actuaciones, que se determinarán también por órdenes de ejecución, de forma que el importe mínimo que incluya cada orden no sea inferior a 25.000,00 €. No obstante, si por necesidades del Servicio, sea necesario realizar actuaciones en las carreteras N-634 y GI-638, cuyo coste no exceda de la cifra anterior, se abonará una partida de “Puesta en marcha de la obra de reparación y refuerzo” que contemple conjuntamente todos los trabajos y que aparece reflejado en el Capítulo 4. La ejecución de las unidades incluidas en los Capítulos 5 “Obras de drenaje”, 6 “Elementos de contención” y 7 “Afirmado", irá siempre ligada a los tramos de las carreteras donde previamente se hayan realizado los trabajos de reparación y refuerzo de la explanación, actuando posteriormente en éstas mediante estas unidades, respetando las proporciones estimativas que aparecen en dicho capítulo, con las lógicas variaciones derivadas de las necesidades de las distintas carreteras. En el plazo de quince días hábiles a contar desde la entrega de cada Orden de Ejecución, la empresa adjudicataria presentará un programa de trabajos en el que concretará las fechas en las que prevé realizar cada una de las unidades previstas en dicha Orden de forma que el plazo total sea igual o inferior al asignado en la misma. Este programa de trabajos se informará, en el plazo máximo de quince días naturalesdías, contados desde por la formalización dirección del contrato y el/la Jefe de Supervisión de Proyectos y Obras y Gestión de la Calidad y permitirá valorar si el ritmo de ejecución de los trabajos se corresponde con el programa previamente aprobado. La dirección del contrato podrá introducir modificaciones a dicho programa, en relación al alcance, secuencia y ordenación de operaciones y en general de todas aquellas labores que puedan afectar al contenido de cada orden de ejecución, valorando posteriormente si el ritmo de ejecución de los trabajos se corresponde con el programa previamente aprobado. Todos los trabajos serán desarrollados en estrecha colaboración con la dirección del contrato, deberá presentar a cuya aprobación será preceptiva para que los trabajos previstos en la Orden de la Ejecución puedan iniciarse. La Dirección facultativa de las obras un desarrollo adecuado del Programa de Trabajos incluido en su oferta, conforme a lo establecido en el artículo 144.3 RGLCAP. El programa de trabajo no podrá introducir ninguna modificación en las condiciones contractuales, si bien podrá proponer reducción en el plazo total y modificaciones en los plazos parciales de ejecución de la obra, siempre que las disponibilidades de crédito de la Administración permitan efectuar los reajustes de anualidades que se pudieran derivar de tales modificaciones, y sin que, en ningún caso, pueda suponer incremento del presupuesto total de adjudicación de la obra. Los plazos parciales que resulten procedentes fijar al aprobar el programa de trabajo se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. El órgano competente de la Diputación Xxxxx resolverá sobre el programa dentro de los quince días naturales siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En base a dicha aprobación se fijarán, por la Administración, los plazos parciales correspondientes. Una vez aprobado el programa de trabajo, se incorporará al contrato, practicándose en su caso, el correspondiente reajuste de anualidades. El Programa de Trabajos deberá actualizarse por el contratista cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, procediendo a la fijación o actualización y puesta al día del mismo conforme a las instrucciones que reciba de la Administración. El contratista adaptará y coordinará su programa de trabajos con la retirada y reposición de los servicios afectados, tanto los que entran dentro del contrato como los correspondientes a empresas tales como Iberdrola, S.A., Telefónica, S.A., Euskaltel, S.A., Correos y Telégrafos, S.A. y empresas suministradoras de gas. El director de la obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que el la empresa contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo, sin derecho a intereses de demora, en su caso, por el retraso en el pago de estas certificacionescertificaciones El programa de trabajos será documento contractual a todos los efectos y especialmente, a los prevenidos en la cláusula correspondiente del presente Xxxxxx.

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Samples: Contract for Services

PLAZOS CONTRACTUALES. Las obras Los trabajos deberán iniciarse, ejecutarse y terminarse en los plazos fijados en el presente pliego y, en todo caso, en cuanto los mejoren, en los que resulten del Programa de Trabajos incluidos en la proposición del contratista. En la resolución por la que se otorgue la adjudicación a la propuesta considerada más ventajosa, la Administración dejará constancia de los plazos contractuales, incluyendo tanto el plazo final como los parciales que, en su caso, resulten de la oferta elegida. Sin perjuicio de lo anterior, al aprobar el Programa de Trabajos se fijarán los plazos parciales correspondientes a los hitos que se señalen en su aprobación. Estos plazos se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. Los plazos contractuales sólo podrán modificarse por resolución posterior de la Administración. PROGRAMA DE TRABAJO El contratistaCon respecto al desarrollo de los trabajos de redacción de proyectos, tras la firma de la orden de redacción de proyecto, en el plazo máximo las dos primeras semanas de quince días naturales, contados desde trabajo la formalización del contrato, deberá presentar a aprobación empresa contratista presentará al Director un programa de la Dirección facultativa de las obras un desarrollo adecuado del Programa de Trabajos incluido en su oferta, conforme a lo establecido trabajos en el artículo 144.3 RGLCAP. El programa de trabajo no podrá introducir ninguna modificación en las condiciones contractuales, si bien podrá proponer reducción en el plazo total y modificaciones en que se definan los plazos parciales de ejecución de la obra, siempre que las disponibilidades de crédito de la Administración permitan efectuar en los reajustes de anualidades que se pudieran derivar de tales modificacionescompletarán las diferentes fases más significativas del trabajo., y sin que, en ningún caso, pueda suponer incremento del presupuesto total de adjudicación de la obra. Los plazos parciales que resulten procedentes fijar al aprobar el programa de trabajo se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. El órgano competente de la Diputación Xxxxx resolverá sobre el programa dentro de los quince días naturales siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En base a dicha aprobación se fijarán, por la Administración, en su caso, los plazos parciales correspondientes, fijándose, de común acuerdo, un calendario de reuniones técnicas que faciliten el seguimiento y la coordinación de la tarea. Una vez aprobado el programa de trabajo, se incorporará al contrato, practicándose en su caso, el correspondiente reajuste de anualidades. Los plazos parciales que resulten, en su caso, procedentes fijar al aprobar el programa de trabajo se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. La empresa contratista informará obligatoriamente y por escrito a la Dirección del contrato, durante los cinco primeros días de cada mes, sobre la marcha general de los trabajos encomendados y el cumplimiento del programa de trabajos aprobado. La presentación de este informe será requisito indispensable para justificar los abonos a cuenta de las certificaciones. El Programa programa de Trabajos trabajos deberá actualizarse por el la empresa contratista cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, procediendo a la fijación o actualización y puesta al día del mismo conforme a las instrucciones que reciba de la Administración. El contratista adaptará y coordinará su programa de trabajos con la retirada y reposición de los servicios afectados, tanto los que entran dentro La Dirección del contrato como los correspondientes a empresas tales como Iberdrola, S.A., Telefónica, S.A., Euskaltel, S.A., Correos y Telégrafos, S.A. y empresas suministradoras de gas. El director de la obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que el la empresa contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo, sin derecho a intereses de demora, en su caso, por el retraso en el pago de estas certificaciones. El programa de trabajos será documento contractual a todos los efectos y especialmente, a los prevenidos en la cláusula correspondiente del presente Xxxxxx.

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Samples: Contract for Services

PLAZOS CONTRACTUALES. Las obras deberán iniciarse3.1 El/la Contratista P&C cumplirá sus obligaciones dentro de los siguientes plazos: a) confección de la documentación de proyecto y documentación ejecutiva en términos tales que permitan la iniciación de la obra y el cumplimiento en término del plan de trabajo, ejecutarse contemplando lapsos razonables para que el/la Comitente proceda a su revisión y terminarse aprobación, b) iniciación de la obra dentro de los.................................. ........... días a contar de la fecha del/la contrato, c) terminación de la documentación de proyecto dentro de los días a contar de la fecha de iniciación de la obra, d) terminación de la obra dentro de los. días a contar de la fecha de iniciación de la obra. El/la Contratista P&C ajustará su actividad al plan de trabajo mencionado en 1.2 y 6.3. 3.2 Los plazos se contarán en días corridos, salvo que se indique lo contrario. Serán causal de prórroga a los plazos fijados en el presente pliego establecidos, siempre que originen demoras a las tareas de documentación de la documentación de proyecto y documentación ejecutiva y, en todo caso, en cuanto los mejoren, en los que resulten del Programa de Trabajos incluidos en la proposición del contratista. En la resolución por la que se otorgue la adjudicación /o a la propuesta considerada más ventajosa, la Administración dejará constancia de los plazos contractuales, incluyendo tanto el plazo final como los parciales que, en su caso, resulten de la oferta elegida. Sin perjuicio de lo anterior, al aprobar el Programa de Trabajos se fijarán los plazos parciales correspondientes a los hitos que se señalen en su aprobación. Estos plazos se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. Los plazos contractuales sólo podrán modificarse por resolución posterior de la Administración. PROGRAMA DE TRABAJO El contratista, en el plazo máximo de quince días naturales, contados desde la formalización del contrato, deberá presentar a aprobación de la Dirección facultativa de las obras un desarrollo adecuado del Programa de Trabajos incluido en su oferta, conforme a lo establecido en el artículo 144.3 RGLCAP. El programa de trabajo no podrá introducir ninguna modificación en las condiciones contractuales, si bien podrá proponer reducción en el plazo total y modificaciones en los plazos parciales de ejecución de la obra: a) los lapsos necesarios para el estudio de modificaciones solicitadas por el/la Comitente, siempre que las disponibilidades b) los días de crédito huelga general, de gremios de la Administración permitan construcción o de paros de transporte, c) los días de lluvia y sus consecuencias que excedan los promedios estadísticos del mes, d) los atrasos causados por la provisión de materiales o equipos que provea el/la Comitente, e) los lapsos caídos por motivo de caso fortuito o causa mayor. 3.3 Si por causa que pueda justificar, el/la Contratista P&C estimase que tiene derecho a una prórroga deberá comunicarlo por escrito al Comitente dentro de los tres días hábiles de producida la causa. El/ la Comitente otorgará la prórroga solicitada o fundamentará su rechazo por escrito, dentro de los tres días hábiles de recibida la solicitud, de lo contrario la prórroga se considerará concedida. 3.4 El/la Comitente podrá aplicar al Contratista P&C, por incumplimiento de los plazos indicados en 3.1 una multa de pesos por cada día de atraso. El monto de la multa será debitado por el/la Comitente del primer pago que deba efectuar al Contratista P&C o de los reajustes créditos y garantías disponibles. 3.5 El/la Contratista P&C podrá acreditar un día de anualidades que se pudieran derivar de tales modificaciones, y sin que, en ningún caso, pueda suponer incremento del presupuesto total de adjudicación prórroga al plazo para la terminación de la obra. Los plazos parciales que resulten procedentes fijar al aprobar el programa , por cada día de trabajo se entenderán como integrantes del contrato a los efectos de su exigibilidad. El órgano competente de atraso incurrido por el/la Diputación Xxxxx resolverá sobre el programa dentro de los quince días naturales siguientes a su presentación, pudiendo imponer la introducción de modificaciones o Comitente en el cumplimiento de determinadas prescripciones, siempre que no contravengan las cláusulas del contrato. En base a dicha aprobación se fijarán, por la Administración, los plazos parciales correspondientes. Una vez aprobado el programa obligaciones de trabajo, se incorporará al contrato, practicándose pago dispuestas en su caso, el correspondiente reajuste de anualidades. El Programa de Trabajos deberá actualizarse por el contratista cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, procediendo a la fijación o actualización 2.2 y puesta al día del mismo conforme a las instrucciones que reciba de la Administración. El contratista adaptará y coordinará su programa de trabajos con la retirada y reposición de los servicios afectados, tanto los que entran dentro del contrato como los correspondientes a empresas tales como Iberdrola, S.A., Telefónica, S.A., Euskaltel, S.A., Correos y Telégrafos, S.A. y empresas suministradoras de gas. El director de la obra podrá acordar no dar curso a las certificaciones hasta que el contratista haya presentado en debida forma el programa de trabajo, sin derecho a intereses de demora, en su caso, por el retraso en el pago de estas certificaciones2.3.

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Samples: Contrato De Proyecto Y Construcción