Common use of Precios de la Oferta y Descuentos Clause in Contracts

Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los precios y descuentos cotizados por el oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la lista de precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. 14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista de precios detalla artículos pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista de precios, se asumirá que no está incluido en la oferta y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. 14.4 El oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario de Presentación de la Oferta. 14.5 Las expresiones DDP, DPA y otros términos afines, se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL. Los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario de Lista de Precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguiente: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.

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Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los precios y descuentos cotizados por el oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta oferta y en la lista de precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. 14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista de precios detalla artículos artículos, pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista de precios, se asumirá que no está incluido en la oferta y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. 14.4 El oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario de Presentación de la Oferta. 14.5 Las expresiones DDP, DPA y otros términos afines, se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL. Los DDL los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario formulario de Lista lista de Precios precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguiente: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado llamado a Licitación licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula Subcláusula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.

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Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los precios y descuentos cotizados por el oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la lista de precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. 14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista de precios detalla artículos pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista de precios, precios se asumirá que no está incluido en la oferta y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. 14.3 14.4 El oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario de Presentación de la Oferta. 14.5 Las expresiones DDP, DPA y otros términos afines, se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL. Los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario de Lista de Precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguiente: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.

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Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los precios y descuentos cotizados por el oferente Oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la lista Lista de precios Precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. 14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista Lista de precios Precios detalla artículos pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista Lista de precios, Xxxxxxx se asumirá que no está incluido en la oferta oferta, y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. 14.4 El oferente Oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario formulario de Presentación de la Oferta. 14.5 Las expresiones DDP, DPA y otros términos afines, afines se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL. DDL Los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario formulario de Lista de Precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador Comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador Comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente Oferente podrá incluir Concepto Descripción costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente Oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguientesiguiente manera: (i) El i el precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo ii todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que obligue Honduras obligue a pagar sobre los bienes Bienes en caso de ser adjudicado el contrato Contrato al oferenteOferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente Oferente serán fijos durante la ejecución del contrato Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y y, en consecuencia consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente Oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contratoContrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas rechazadas, y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la Subcláusula subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) % de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) % de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes Oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, contrato deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula Subcláusula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.

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Samples: Convenio O Contrato

Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los precios y descuentos cotizados por el oferente Oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la lista Lista de precios Precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. 14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista Lista de precios Precios detalla artículos pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista Lista de precios, Xxxxxxx se asumirá que no está incluido en la oferta oferta, y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. 14.4 El oferente Oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario formulario de Presentación de la Oferta. 14.5 Las expresiones DDP, DPA y otros términos afines, afines se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL. DDL Los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario formulario de Lista de Precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador Comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador Comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente Oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente Oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguientesiguiente manera: (i) El el precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que obligue Honduras obligue a pagar sobre los bienes Bienes en caso de ser adjudicado el contrato Contrato al oferenteOferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente Oferente serán fijos durante la ejecución del contrato Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y y, en consecuencia consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente Oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contratoContrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas rechazadas, y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) % de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) % de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes Oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, contrato deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula Subcláusula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.

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Samples: h1.honducompras.gob.hn

Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los precios y descuentos cotizados por el oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la lista Lista de precios Precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. 14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista de precios detalla artículos artículos, pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista de precios, se asumirá que no está incluido en la oferta y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. 14.4 El oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario de Presentación de la Oferta. 14.5 Las expresiones DDPDDP (Delivered Duty Paid: Entregado Derechos Pagados, lugar de destino convenido), DPA (Delivered At Place: Entrega en lugar de destino convenido) y otros términos afines, se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL. Los DDL los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario formulario de Lista lista de Precios precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguientesiguiente manera: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado llamado a Licitación licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) % de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) % de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula Subcláusula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.

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Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los precios y descuentos cotizados por el oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la lista Lista de precios Precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. 14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista de precios detalla artículos artículos, pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista de precios, se asumirá que no está incluido en la oferta y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. 14.4 El oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario de Presentación de la Oferta. 14.5 Las expresiones DDPDDP (Delivered Duty Paid: Entregado Derechos Pagados, lugar de destino convenido), DPA (Delivered At Place: Entrega en lugar de destino convenido) y otros términos afines, se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx), según se indique en los DDL. Los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario de Lista de Precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguiente: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.siguiente manera:

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Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los 14.1.Los precios y descuentos cotizados por el oferente Oferente en el Formulario de la Presentación de la Oferta y en la lista Lista de precios Precios, deberán ajustarse a los requerimientos que se indican especifican a continuación. 14.2 Todos 14.2.Todos los lotes y artículos ítems del Programa de Suministros deberán enumerarse y cotizarse por separado indicarse en el Formulario de la Lista de Precios, por separado y con su precio correspondiente. Si una lista Lista de precios detalla artículos pero no los cotizaPrecios incluye ítems sin precio, se asumirá entenderá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista de precios, se asumirá que no el precio faltante está incluido en el precio de otros ítems. Se considerará que los ítems no incluidos en la oferta Lista de Precios tampoco lo están en la oferta. En este caso, y de considerarse siempre que la oferta cumple sustancialmentese ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, se aplicarán los ajustes correspondientesaplicará el ajuste correspondiente, siguiendo para ello lo indicado en la Sub-Cláusula 28.3 de las IAO. 14.3.El precio que se debe cotizar en la Presentación de Oferta, de conformidad con la Sub-Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario de Presentación de la Oferta deberá ser 12.1(c), será el precio total de la oferta, excluyendo oferta con exclusión de cualquier descuento que se ofrezcahubiese PROGRAMA DE CONVERSION DE DEUDA POR EDUCACION PARAGUAY - ESPAÑA 17 propuesto. 14.4 14.4.Los descuentos que cotice el Oferente no deberán contener condiciones. El oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método Oferente deberá establecer la metodología para la aplicación de aplicación los descuentos cotizados, en el Formulario de la Presentación de Oferta, de conformidad con la OfertaSub-Cláusula 12.1(d) de las IAO. 14.5 Las expresiones DDP14.5.Los términos EXW, DPA CIF, CIP y otros términos afinessimilares, se regirán por las normas prescritas indicadas en la edición vigente de Incoterms Incoterms, publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx)Internacional, que esté vigente a la fecha del Llamado a Licitación, o según se indique especifique en los DDL. Los 14.6.Los precios deberán cotizarse como se indica propuestos en cada Formulario de la Lista de Precios incluidos en la Sección IVpara bienes y servicios conexos, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los preciosserán desagregados, el oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegiblecuando corresponda, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguiente: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así según se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.continuación:

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Samples: Convenio De Conversión De Deuda

Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los precios y descuentos cotizados por el oferente Oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta y en la lista Lista de precios Precios deberán ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación. 14.2 Todos los lotes y artículos deberán enumerarse y cotizarse por separado en el Formulario de Lista de Precios. Si una lista Lista de precios Precios detalla artículos pero no los cotiza, se asumirá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista Lista de precios, Xxxxxxx se asumirá que no está incluido en la oferta oferta, y de considerarse que la oferta cumple sustancialmente, se aplicarán los ajustes correspondientes, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El 14.3El precio cotizado en el Formulario formulario de Presentación de la Oferta deberá ser el precio total de la oferta, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca. 14.4 El oferente 14.4El Oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método de aplicación en el Formulario formulario de Presentación de la Oferta. 14.5 Las 14.5Las expresiones DDPCIP, DPA FCA, CPT y otros términos afines, afines se regirán por las normas prescritas en la edición vigente de Incoterms publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx)Internacional, según se indique en los DDL. Los 14.6Los precios deberán cotizarse como se indica en cada Formulario formulario de Lista de Precios incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador Comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador Comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los precios, el oferente Oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegible, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente Oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguiente: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.siguiente manera:

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Samples: Contrato De Prestamo

Precios de la Oferta y Descuentos. 14.1 Los 14.1.Los precios y descuentos cotizados por el oferente Oferente en el Formulario de la Presentación de la Oferta y en la lista Lista de precios Precios, deberán ajustarse a los requerimientos que se indican especifican a continuación. 14.2 Todos 14.2.Todos los lotes y artículos ítems del Programa de Suministros deberán enumerarse y cotizarse por separado indicarse en el Formulario de la Lista de Precios, por separado y con su precio correspondiente. Si una lista Lista de precios detalla artículos pero no los cotizaPrecios incluye ítems sin precio, se asumirá entenderá que los precios están incluidos en los precios de otros artículos. Asimismo, cuando algún lote o artículo no aparezca en la lista de precios, se asumirá que no el precio faltante está incluido en el precio de otros ítems. Se considerará que los ítems no incluidos en la oferta Lista de Precios tampoco lo están en la oferta. En este caso, y de considerarse siempre que la oferta cumple sustancialmentese ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, se aplicarán los ajustes correspondientesaplicará el ajuste correspondiente, siguiendo para ello lo indicado en lo indicado en la Sub-Cláusula 28.3 de las IAO. 14.3.El precio que se debe cotizar en la Presentación de Oferta, de conformidad con la Sub-Cláusula 31 de las IAO. 14.3 El precio cotizado en el Formulario de Presentación de la Oferta deberá ser 12.1(c), será el precio total de la oferta, excluyendo oferta con exclusión de cualquier descuento que se ofrezcahubiese propuesto. 14.4 PROGRAMA DE CONVERSION DE DEUDA POR EDUCACION PARAGUAY - ESPAÑA 14.4.Los descuentos que cotice el Oferente no deberán contener condiciones. El oferente cotizará cualquier descuento incondicional e indicará su método Oferente deberá establecer la metodología para la aplicación de aplicación los descuentos cotizados, en el Formulario de la Presentación de Oferta, de conformidad con la OfertaSub-Cláusula 12.1 (d) de las IAO. 14.5 Las expresiones DDP14.5.Los términos EXW, DPA CIF, CIP y otros términos afinessimilares, se regirán por las normas prescritas indicadas en la edición vigente de Incoterms Incoterms, publicada por la Cámara de Comercio Internacional (xxx.xxxxxx.xxx)Internacional, que esté vigente a la fecha del Llamado a Licitación, o según se indique especifique en los DDL. Los 14.6.Los precios deberán cotizarse como se indica propuestos en cada Formulario de la Lista de Precios incluidos en la Sección IVpara bienes y servicios conexos, Formularios de la Oferta. El desglose de los componentes de los precios se requiere con el único propósito de facilitar al comprador la comparación de las ofertas. Esto no limitará de ninguna manera el derecho del comprador para contratar bajo cualquiera de los términos ofrecidos. Al cotizar los preciosserán desagregados, el oferente podrá incluir costos de transporte cotizados por empresas transportadoras registradas en cualquier país elegiblecuando corresponda, de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Asimismo, el oferente podrá adquirir servicios de seguros de cualquier país elegible de conformidad con la Sección V, Países Elegibles. Los precios deberán registrarse de la manera siguiente: (i) El precio de los bienes cotizados entregados en el lugar de destino convenido en Honduras especificado en los DDL, incluyendo todos los derechos de aduana y los impuestos a la venta o de otro tipo ya pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes; (ii) Todo impuesto a las ventas u otro tipo de impuesto que Honduras obligue a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato al oferente. 14.6 Los precios cotizados por el oferente serán fijos durante la ejecución del contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. Una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado y en consecuencia será rechazada de conformidad con la Cláusula 30 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL, los precios cotizados por el oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. 14.7 Si así según se indica en la Subcláusula 1.1 de las IAO, el Llamado a Licitación será por ofertas para contratos individuales (lotes) o para combinación de contratos (grupos). A menos que se indique lo contrario en los DDL, los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los artículos indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) de las cantidades indicadas para cada artículo de un lote. Los oferentes que deseen ofrecer reducción de precios (descuentos) por la adjudicación de más de un contrato, deberán indicar en su oferta los descuentos aplicables de conformidad con la Subclaúsula 14.4 de las IAO, siempre y cuando las ofertas por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.continuación:

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Samples: Convenio De Conversión De Deuda