Precios Y Liquidacion De Cuentas Cláusulas de Ejemplo

Precios Y Liquidacion De Cuentas 

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  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES Los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, no podrán ser cedidos, enajenados, gravados o traspasados por parte de “EL PROVEEDOR” a terceros por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, salvo los derechos de cobro a que se refiere el último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

  • LIQUIDACION Cualquiera que sea la causa que da lugar a la terminación del contrato, deberá iniciarse el proceso de liquidación a fin de extinguir las obligaciones pendientes hasta ese momento, a más tardar dentro de los 2 meses siguientes a la terminación del plazo de ejecución, donde será necesario suscribir el acta de liquidación del contrato por parte de EL CONTRATISTA y LA CÁMARA, en la cual quedará constancia entre otras cosas del estado contable del contrato, los datos actualizados de las garantías otorgada por EL CONTRATISTA o de las pólizas pactadas con sus respectivos amparos y vigencias, la certificación de la Supervisión o Interventoría respecto del cumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato, la relación y constancia del recibo a satisfacción de los entregables del servicio contratado, que demuestra que EL CONTRATISTA se encuentra x xxx y salvo, si a ello hubiere lugar, o en su defecto la relación y constancia de las prestaciones cumplidas e incumplidas que estaban a su cargo, la constancia de las multas y sanciones que se hayan impuesto a EL CONTRATISTA, así como, los demás aspectos técnicos relevantes que se deban considerar. Si transcurrido el termino de 3 días hábiles siguientes al recibo del acta de liquidación no se presentaren observaciones por parte de EL CONTRATISTA, se entenderá aceptado en su integridad su contenido y prestará merito ejecutivo.

  • ACEPTACION DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • PRESTACION DE SERVICIOS ODT-342-2005 10/03/2005 860524654- ASEGURADORA SOLIDARIA DE COLOMBIA LTDA. ENTIDAD COOPERATIVA CONSTITUIR GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS OBLIGACIONES CONTRAIDAS; GARANTIA DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES EN VIRTUD DEL CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL NO. ID-079-21 DE FEBRERO 16 DE 2005 ENTRE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES - OIM Y LA CVC 232.808 SEGUROS ODT-343-2005 10/03/2005 802020477- SOLUCIONES T.I. E.U. SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO PARA LA REALIZACIÓN DEL SEMINARIO INTERNACIONAL DE RESIDUOS PELIGROSOS, A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE CALI, DURANTE LOS DÍAS DEL 7 AL 3.690.000 PRESTACION DE SERVICIOS ODT-344-2005 10/03/2005 29332666- CARDENAS VERGARA TERESITA DE JESUS ASESORIA TECNICA DE COORDINACION, CONTROL, SUPERVISION SUPERVISION E INTERVENTORIA DE LAS ACTIVIDADES DEFINIDAS PARA EL A?O 2005 EN EL DESARROLLO DE LA PRIMERA FASE DEL SUBPROYECTO 1171 : RED DE SEGURIDAD ALIMENTARIA RESA - PARA EL VALLE DEL CAUCA, EN EL AREA DE JURISDICCION DE LA CVC. 8.928.000 CONSULTORIA COV-13-2005 11/03/2005 805020553- FUNDACION JARDIN BOTANICO DE CALI IMPULSAR LA CONSERVACION Y LA RECUPERACION DE LADERAS ANDINAS DEGRADADAS EN LA CUENCA MEDIA DEL RIO CALI, MEDIANTE EL INCREMENTO DE LA COBERTURA VEGETAL NATIVA Y FACILITAR LA PARTICIPACION DE INSTITUCIONES Y ORGANIZACIONES DE BASE EN LOS PROCESOS DE GENERACION DE CONOCIMIENTO, FORMACION AMBIENTAL Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE NATURAL 128.856.000 CONVENIOS COV-14-2005 11/03/2005 891900945- MUNICIPIO DE BOLIVAR AUNAR ESFUERZOS TECNICOS Y ECONOMICOS PARA LA CONSTRUCCION DE OBRAS COMPLEMENTARIAS EN EL CENTRO DE EDUCACION AMBIENTAL DEL EMBALSE GUACAS, MUNICIPIO DE BOLIVAR - VALLE 19.500.000 CONVENIOS COV-15-2005 11/03/2005 891380115- MUNICIPIO DE PRADERA AUNAR ESFUERZOS Y RECURSOS ECONOMICOS Y TECNICOS PARA EJECUTAR EL DISE?O DE OBRAS DE MITIGACION POR AVENIDAS TORRENCIALES DEL RIO BOLO EN LAS ZONAS URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE PRADERA. 80.000.000 CONVENIOS ODC-3-2005 11/03/2005 800074912- OFIMARCAS LTDA COMPRA DE UNIDAD DUPLEX PARA IMPRESORA KYOCERA MITA, A CARGO DEL GRUPO DE GESTION DE FACTURACION Y CARTERA, LA CUAL SERA UTILIZADA EN LA IMPRESION DE LAS FACTURAS QUE REQUIEREN LLEVAR EN SU PARTE ALTERNA LAS CONDICIONES. 896.718 ADQUISICION DE BIENES ODT-345-2005 11/03/2005 890311958- FRANCISCO LUIS ARANGO Y CIA. LTDA. ASESORÍA EN EL ÁREA DEL DERECHO LABORAL A TRAVÉS DE SU GERENTE, EL DOCTOR FRANCISCO LUIS ARANGO VALLEJO, LA CUAL COMPRENDE LA ATENCIÓN DE CONSULTAS, RECLAMACIONES Y EN GENERAL LAS RELACIONADAS CON EL TEMA, QUE DUANTE LA EJECUCIÓN DE ESTA ORDEN DE TRABAJO REQUIERA LA ADMINSITRACIÓN DE LA CORPORACIÓN A TRAVÉS DE LA SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA O DE LOS FUNCIONARIOS 5.041.363 PRESTACION DE SERVICIOS ODT-346-2005 11/03/2005 14995048- VALLECILLA VERGARA DIMAS EMISIÓN DE MENSAJES ALUSIVOS A LA CAMPAÑA DE CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL PROGRAMA EL LECTOR DE LA SEMANA, QUE SE EMITE JUEVES Y DOMINGOS DE 8:00 A 8:30 A.M. POR UNIVALLE STEREO

  • Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Hay que entender que también quedan comprendidas las medidas acordadas en Convenio Colectivo. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. En particular, los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a: 1. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. 3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad. 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al Servicio de Prevención, sobre cualquier situación que a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Autoridad Laboral competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6. Xxxxxxxx con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones seguras de trabajo.

  • OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD “LA ENTIDAD” se obliga y compromete a:

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS Quedarán en propiedad de la Administración tanto el servicio recibido como los derechos inherentes a los trabajos realizados, su propiedad industrial y comercial, reservándose la Administración su utilización, no pudiendo ser objeto de comercialización, reproducción u otro uso no autorizado expresamente por la Administración, y ésta, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento la entrega de los documentos o materiales que la integren, con todos sus antecedentes, datos o procedimientos. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial llevarán aparejada la cesión de éste a la Administración contratante. El contratista tendrá la obligación de proporcionar en soporte informático a la Administración todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración de los trabajos. Los trabajos que constituyan objeto de propiedad intelectual, se entenderán expresamente cedidos en exclusiva a la Administración contratante, salvo en el caso de derechos preexistentes, en los que la cesión puede no ser con carácter de exclusividad.

  • ESTADOS DE CUENTA  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.