Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. 37.1 De acuerdo con lo establecido en la cláusula 2 xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley. 37.2 En los procedimientos que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato deberá darse audiencia al contratista. Antes de la adopción del acuerdo se requerirá el informe de la Asesoría Jurídica de la Universidad, salvo en los casos de resolución por ejecución defectuosa y/o demora. Asimismo, cuando se formule oposición por parte del contratista, será preceptivo el informe de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid. 37.3 Los Acuerdos dictados por el Órgano de Contratación podrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de que contra los mismos los interesados podrán interponer Recurso de Reposición, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnados directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de la aplicación en su caso de lo dispuesto en el artículo 44 de la LCSP. 37.4 El Órgano competente para la resolución de cualquier recurso especial en materia de contratación interpuesto en el ámbito de un procedimiento de contratación de la Universidad xx Xxxxxx es el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
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Samples: Service Agreement, Contrato De Servicios Profesionales
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. 37.1 De acuerdo con lo establecido en la cláusula 2 xxxxxxx xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.
37.2 En . Si el contrato tiene un valor estimado superior a 100.000 euros, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los procedimientos anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. A estos efectos se instruyan para consideran actos de trámite los acuerdos de admisión o exclusión de licitadores o la adopción admisión o exclusión de acuerdos relativos a la interpretación, modificación ofertas. También son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales que incumplan lo dispuesto en los artículos 204 y resolución del contrato deberá darse audiencia al contratista. Antes 205 de la adopción del acuerdo se requerirá LCSP. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el informe escrito de interposición en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Asesoría Jurídica Ley 39/2015, de la Universidad1 de octubre, salvo en los casos del Procedimiento Administrativo Común de resolución por ejecución defectuosa y/o demoralas Administraciones Públicas. Asimismo, cuando se formule oposición por parte podrá presentarse en el registro del contratistaórgano de contratación o del competente para la resolución, será preceptivo en el informe plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Comisión Jurídica Asesora LCSP, o en el plazo previsto en el artículo 50.2 cuando el recurso se funde en alguna de las causas de nulidad enumeradas en él. Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al Tribunal de manera inmediata y de la Comunidad forma más rápida posible. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo. Administraciones Públicas que no reúnan los requisitos del apartado 1 del artículo 44 de Madrid.
37.3 Los Acuerdos dictados por el Órgano la LCSP podrán ser objeto de Contratación podrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivosrecurso, sin perjuicio de que contra los mismos los interesados podrán interponer Recurso de Reposición, en los términos previstos conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnados directamente ante Públicas, así como en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio . Madrid a 4 xx xxxxx de 2019 CONFORME: EL CONTRATISTA Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXX XXXXX Organización: COMUNIDAD DE MADRID La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1018477855147547575396 Huella dig.: 361246427477661d719f89d566153bec045ceeb6 ANEXO I.1. PROPOSICIÓN ECONÓMICA Nombre y apellidos de la aplicación persona/s que firma/n la oferta: DNI/NIE D./Xx <Representante> <DNI> D./Xx <Representante> <DNI> actuando en su caso nombre propio o en representación de lo dispuesto (nombre y apellidos/razón social del licitador): NIF <Licitador> <NIF> con domicilio en (domicilio del licitador): Vía / número: <Dirección> Localidad: <Municipio> Consultado el artículo 44 anuncio de la LCSP.
37.4 El Órgano competente para la resolución licitación del contrato: publicado en: Perfil de cualquier recurso especial contratante <Fecha perfil> La autenticidad de este documento se puede comprobar en materia xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de contratación interpuesto verificación: 1018477855147547575396 Enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en el ámbito los pliegos de un procedimiento cláusulas administrativas y de contratación prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de la Universidad xx Xxxxxx es el Tribunal Administrativo las obligaciones sobre protección del medio ambiente y las relativas a las condiciones sobre protección del empleo, condiciones de Contratación Pública trabajo y prevención de riesgos laborales vigentes en la Comunidad de Madrid, contenidas en la normativa en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, así como las obligaciones contenidas en el convenio colectivo que le sea de aplicación, sin que la oferta realizada pueda justificar una causa económica, organizativa, técnica o de producción para modificar las citadas obligaciones, comprometiéndose a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en las condiciones siguientes: Base imponible (a) euros IVA (10%) (b) euros Importe total de la oferta: .. euros
a) Indicar la Base Imponible Total, que no podrá ser superior a 184.550,00 €.
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Samples: Contract for Services
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. 37.1 De acuerdo con lo establecido en la cláusula 2 primera xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene ostenta la facultad prerrogativa de interpretar el contrato, resolver cuantas cuestiones se susciten las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, declarar la responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del contrato, suspender la ejecución del mismo, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Corresponde al responsable del contrato, y en su defecto los servicios dependientes del órgano de contratación, impartir las instrucciones para la interpretación del clausulado y pliegos del contrato. Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente direcciónhttps://xxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxxxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=00x0xxx000000x00 Asimismo, el órgano de contratación ostenta las facultades de inspección de las actividades desarrolladas por el contratista durante la vigencia ejecución del mismo sobre su interpretacióncontrato, modificación, efectos en los términos y extinción, dentro de con los límites y con sujeción a los requisitos señalados establecidos en la ley.
37.2 En los procedimientos LCSP. Los actos del órgano de contratación que se instruyan para la adopción de acuerdos relativos a la interpretacióndicten en contratos no comprendidos en el artículo 44 LCSP serán inmediatamente ejecutivos, modificación y resolución del contrato deberá darse audiencia al contratista. Antes de la adopción del acuerdo se requerirá el informe de la Asesoría Jurídica de la Universidad, salvo en los casos de resolución por ejecución defectuosa y/o demora. Asimismo, cuando se formule oposición por parte del contratista, será preceptivo el informe de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
37.3 Los Acuerdos dictados por el Órgano de Contratación podrán poniendo fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de que contra los mismos los interesados podrán interponer Recurso de Reposiciónreposición o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en los términos previstos en de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnados directamente ante y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la aplicación en su caso de lo dispuesto en el artículo 44 de la LCSP.
37.4 El Órgano competente para la resolución de cualquier recurso especial en materia de contratación interpuesto en el ámbito de un procedimiento de contratación de la Universidad xx Xxxxxx es el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
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Samples: Contrato De Servicios
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. 37.1 De acuerdo con lo establecido en la cláusula 2 xxxxxxx xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.
37.2 En los procedimientos . De acuerdo con lo previsto en el artículo 40 del TRLCSP, si el contrato está sujeto a regulación armonizada, circunstancia que se instruyan indica en el apartado 4 de la cláusula 1, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de contratación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se consideran actos de trámite los acuerdos de exclusión de licitadores de la Mesa de Contratación. No serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales no previstas en el pliego que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 105 a 107 del TRLCSP, sea preciso realizar una vez adjudicado el contrato, tanto si acuerdan como si no la resolución y la celebración de nueva licitación. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el escrito de interposición en el registro del órgano de contratación o del competente para la adopción resolución, en el plazo de acuerdos relativos quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP, previo anuncio por escrito al órgano de contratación. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá la interpretacióninterposición del recurso contencioso- administrativo. Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, modificación y resolución así como los que se dicten en contratos no comprendidos en el artículo 40 del contrato deberá darse audiencia al contratista. Antes de la adopción del acuerdo se requerirá el informe de la Asesoría Jurídica de la UniversidadTRLCSP serán inmediatamente ejecutivos, salvo en los casos de resolución por ejecución defectuosa y/o demora. Asimismo, cuando se formule oposición por parte del contratista, será preceptivo el informe de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
37.3 Los Acuerdos dictados por el Órgano de Contratación podrán poniendo fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivosadministrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, sin perjuicio contado a partir del siguiente al de que contra los mismos los interesados podrán interponer Recurso notificación de Reposición, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas resolución o ser impugnados impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa. CONFORME EL ADJUDICATARIO Fdo: Madrid 19 xx xxxx de 2014 EL JEFE DEL AREA DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO REGIONAL DE BIENESTAR SOCIAL Fdo: Xxxxx Xxxx Xxxxxxx ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA D./Xx............................................................................., sin perjuicio con DNI número .................................... [en nombre propio] [actuando en representación de (empresa)…........................], con NIF ............................., domicilio en ……..................................................................... calle/plaza .............................................................................., número.................., consultado el anuncio de licitación del contrato de:………………………………………………………..………………..……………………. ……………………, publicado en el (BOCM, BOE, DOUE) ............. del día................. de.............. de............. y enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medio ambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en las siguientes condiciones: A/ DESCUENTO OFERTADO (conforme a cláusula 7.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas) sobre el precio de referencia que figura en el Anexo II al Pliego de Prescripciones Técnicas, expresado en céntimos de euro/Kg =…..……. - COSTE DE COMERCIALIZACIÓN (para el caso de que dejaran de publicarse en el B.O.E. los precios de referencia por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, fijando el precio máximo de venta antes de impuestos de los gases licuados del petróleo a granel a empresas distribuidoras de gases licuados del petróleo por canalización, se tendrá en cuenta la aplicación del coste de comercialización conforme a cláusula 24ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas) expresado en su caso céntimos de euro/Kg = ……. B/ IMPORTE OFERTADO DEL MANTENIMIENTO sobre el precio de referencia que figura en el Anexo III al Pliego de Prescripciones Técnicas BASE IMPONIBLE = ………....…. Euros IVA (21%) =………………..……. Euros IMPORTE TOTAL =……………..…. Euros Fecha y firma del licitador. Nota: - Descuento ofertado sobre el precio de referencia (conforme a la cláusula 7.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas) PRESIDENTE DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO REGIONAL DE BIENESTAR SOCIAL ANEXO II MODELO DE GARANTÍA MEDIANTE VALORES ANOTADOS (CON INSCRIPCIÓN) Don (nombre y apellidos), en representación de, NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad PIGNORA a favor de: (órgano administrativo, organismo autónomo o entidad de derecho público) los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue: Número valores Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión Código valor Referencia del Registro Valor nominal unitario Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción En virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía), para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el artículo 44 contrato), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida, código postal, localidad, por la cantidad de: (en letra y en cifra). Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la LCSPCaja General de Depósitos. (Nombre o razón social del pignorante) (firma/s). Con mi intervención, el Notario (firma). Don ..., con DNI ..., en representación de ..... (entidad adherida encargada del registro contable), certifica la inscripción de la prenda, (fecha) (firma) ANEXO III MODELO DE AVAL La entidad…………….
37.4 El Órgano competente ………………..(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF…………………….., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………....….., en la calle/plaza/avenida……………………...…………, CP…………….., y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)…………………., …................................................................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la resolución parte inferior de cualquier recurso especial este documento, AVALA A (nombre y apellidos o razón social del avalado)……………………..…………………….., NIF ……………………….., en materia virtud de contratación interpuesto lo dispuesto por (norma/s y artículos/s que impone/n la constitución de esta garantía)…………………………para responder de las obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el ámbito contrato)……………, ante (órgano administrativo, Organismo Autónomo, o Ente Público) ….…………………… ………………por importe de un procedimiento de contratación (en letra y en cifra)………………………............……….euros. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Universidad xx Xxxxxx es el Tribunal Administrativo Ley de Contratación Pública Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Comunidad de Madrid, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del sector público, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. El presente aval estará en vigor hasta que (indicación del órgano de contratación) ………… o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con número…………………….. ………………………….(Xxxxx y fecha) …….………(Razón social de la entidad) ...……………(Firma de los apoderados) VERIFICACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN POR EL SERVICIO JURÍDICO EN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. PROVINCIA FECHA CÓDIGO ANEXO IV MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN Certificado número………………………….. La entidad aseguradora (1)………………………....…………..en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………………., calle……..………………, y NIF…………………debidamente representado por D. (2)…………………..........................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento
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Samples: Contrato De Suministro
Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. 37.1 La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0981228021878533926486 De acuerdo con lo establecido en la cláusula 2 xxxxxxx xxx xxxxxx, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.
37.2 En . Si el contrato está sujeto a regulación armonizada, serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación los procedimientos anuncios de licitación, los pliegos y documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, la adjudicación y los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, a estos efectos se instruyan para consideran actos de trámite los acuerdos de admisión o exclusión de licitadores o la adopción admisión o exclusión de acuerdos relativos a la interpretación, modificación y resolución del contrato deberá darse audiencia al contratista. Antes ofertas de la adopción del acuerdo se requerirá Mesa de Contratación. También son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos dictados en relación con las modificaciones contractuales. El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, pudiendo presentarse el informe escrito de la Asesoría Jurídica de la Universidad, salvo interposición en los casos lugares establecidos en el artículo 16.4 de resolución por ejecución defectuosa y/o demora. Asimismo, cuando se formule oposición por parte del contratista, será preceptivo el informe de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
37.3 Los Acuerdos dictados por el Órgano de Contratación podrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de que contra los mismos los interesados podrán interponer Recurso de Reposición, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o del competente para la resolución, en el plazo de quince días hábiles computados conforme a lo dispuesto en el artículo 50.1 de la LCSP. Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al Tribunal de manera inmediata y de la forma más rápida posible. La resolución dictada será directamente ejecutiva y solo cabrá contra ella la interposición del recurso contencioso-administrativo. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0981228021878533926486 Los actos del órgano de contratación no susceptibles de recurso especial, así como los que se dicten en contratos no comprendidos en el artículo 44.1 de la LCSP serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse recurso de reposición, ante el órgano de contratación, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, o ser impugnados impugnadas directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa. POR LA ADMINISTRACIÓN, sin perjuicio EL SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN CONFORME: ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA EL ADJUDICATARIO (P.E.G. de 00 xx xxxx xx 2018 (BOCM 01/06/2018). FECHA Y FIRMA Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXX Organización: COMUNIDAD DE MADRID Fecha: 2018.07.09 09:44:32 CEST Huella dig.: dd7831822b0c019ff991effb7d8beae3d7181f87 ANEXO I.1. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Nombre y apellidos de la aplicación persona/s que firma/n la oferta: DNI/NIE D./Xx <Representante> <DNI> D./Xx <Representante> <DNI> actuando en su caso nombre propio o en representación de lo dispuesto (nombre y apellidos/razón social del licitador): 1 NIF <Licitador> <NIF> con domicilio en (domicilio del licitador): Vía / número: <Dirección> Localidad: <Municipio> Consultado el artículo 44 anuncio de la LCSP.
37.4 El Órgano competente para la resolución licitación del contrato: <Expediente> <Descripción extendida> publicado en: Perfil de cualquier recurso especial contratante <Fecha perfil> La autenticidad de este documento se puede comprobar en materia xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de contratación interpuesto verificación: 0981228021878533926486 Enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en el ámbito los pliegos de un procedimiento cláusulas administrativas y de contratación prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de la Universidad xx Xxxxxx es el Tribunal Administrativo las obligaciones sobre protección del medio ambiente y las relativas a las condiciones sobre protección del empleo, condiciones de Contratación Pública trabajo y prevención de riesgos laborales vigentes en la Comunidad de Madrid., contenidas en la normativa en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, así como las obligaciones contenidas en el convenio colectivo que le sea de aplicación, sin que la oferta realizada pueda justificar una causa económica, organizativa, técnica o de producción para modificar las citadas obligaciones, comprometiéndose a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, cuando sea requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en las condiciones siguientes: Fecha y firma del licitador. 2
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Samples: Suministro De Combustible