Principios de conducta. a) Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores, a su subordiados y a los restantes empleados públicos. b) El desempeño de un puesto público se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos. c) Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores de acuerdo con las funciones descritas en su puesto de trabajo y formular, en su caso las sugerencias que crea oportunas,. Si las ordenes fueran contrarias a la legalidad, podrá solicitar confirmación por escrito la discrepancia al jefe superior, no viéndose obligado a cumplirla si este no la reiterara por escrito. En ningún caso se cumplirán las órdenes que impliquen la comisión de un delito. d) Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. e) Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación. f) Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal. g) Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables. h) Procurar al máximo su propio perfeccionamiento personal, utilizando todos los medios que a este efecto disponga el Ayuntamiento. i) Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
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Samples: Acuerdo/Convenio Regulador De Las Condiciones De Trabajo
Principios de conducta. a) 1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores, a su subordiados superiores y a los restantes empleados públicos.
b) 2. El desempeño de un las tareas correspondientes a su puesto público de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
c) 3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores de acuerdo con las funciones descritas en su puesto de trabajo y formularsuperiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del procedimiento jurídico, en su cuyo caso las sugerencias que crea oportunas,. Si las ordenes fueran contrarias a la legalidad, podrá solicitar confirmación por escrito la discrepancia al jefe superior, no viéndose obligado a cumplirla si este no la reiterara por escrito. En ningún caso se cumplirán las órdenes que impliquen la comisión pondrán inmediatamente en conocimiento de un delitolos órganos de inspección procedentes.
d) 4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a de conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
e) 5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación.
f) 6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
g) 7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
h) Procurar al máximo 8. Mantendrán actualizada su propio perfeccionamiento personal, utilizando todos los medios que a este efecto disponga el Ayuntamientoformación y cualificación.
i) 9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboralsalud.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.
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Samples: Convenio Colectivo
Principios de conducta. a) De conformidad con lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid deberán observar los siguientes principios de conducta:
1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores, a su subordiados superiores y a los restantes empleados públicos.
b) 2. El desempeño de un las tareas correspondientes a su puesto público de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
c) 3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores de acuerdo con las funciones descritas en su puesto de trabajo y formularsuperiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en su cuyo caso las sugerencias que crea oportunas,. Si las ordenes fueran contrarias a la legalidad, podrá solicitar confirmación por escrito la discrepancia al jefe superior, no viéndose obligado a cumplirla si este no la reiterara por escrito. En ningún caso se cumplirán las órdenes que impliquen la comisión pondrán inmediatamente en conocimiento de un delitolos órganos de inspección procedentes.
d) 4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
e) 5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no los utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación.
f) 6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
g) 7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
h) Procurar al máximo 8. Mantendrán actualizada su propio perfeccionamiento personal, utilizando todos los medios que a este efecto disponga el Ayuntamientoformación y cualificación.
i) 9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados.
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Principios de conducta. a) 1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanosla ciudadanía, a sus superiores, a su subordiados superiores y a los restantes empleados públicos.
b) 2. El desempeño de un las tareas correspondientes a su puesto público de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
c) 3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores de acuerdo con las funciones descritas en su puesto de trabajo y formularsuperiores, salvo que consti- tuyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en su cuyo caso las sugerencias que crea oportunas,pondrán inme- diatamente en conocimiento de los órganos de inspección procedentes.
4. Si las ordenes fueran contrarias Informarán a la legalidad, podrá solicitar confirmación por escrito la discrepancia al jefe superior, no viéndose obligado a cumplirla si este no la reiterara por escrito. En ningún caso se cumplirán las órdenes que impliquen la comisión de un delito.
d) Informarán a los ciudadanos ciudadanía sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocercono- cer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
e) 5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismo, el deber de velar por su conservación.
f) 6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
g) 7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega entre- ga a sus posteriores responsables.
h) Procurar al máximo 8. Mantendrán actualizada su propio perfeccionamiento personal, utilizando todos los medios que a este efecto disponga el Ayuntamientoformación y cualificación.
i) Observarán 9. Cumplirán las normas sobre seguridad y salud laboral.
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que Consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecua- da competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención a la ciudadanía en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio.
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Principios de conducta. a) NOMBRE: Ayuntamiento xx Xxxxxx
1. Tratarán con atención y respeto a los ciudadanos, a sus superiores, a su subordiados superiores y a los restantes empleados públicos.
b) 2. El desempeño de un las tareas correspondientes a su puesto público de trabajo se realizará de forma diligente y cumpliendo la jornada y el horario establecidos.
c) 3. Obedecerán las instrucciones y órdenes profesionales de los superiores FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: 71C65F31F98B07D72EF108A4014A83595A0B3CC8 Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de acuerdo con las funciones descritas en su puesto de trabajo y formularVerificación: 22002IDOC212614D7463BB8E4B8C superiores, salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en su cuyo caso las sugerencias que crea oportunas,. Si las ordenes fueran contrarias a la legalidad, podrá solicitar confirmación por escrito la discrepancia al jefe superior, no viéndose obligado a cumplirla si este no la reiterara por escrito. En ningún caso se cumplirán las órdenes que impliquen la comisión pondrán inmediatamente en conocimiento de un delitolos órganos de inspección procedentes.
d) 4. Informarán a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.. 25/04/2022
e) 5. Administrarán los recursos y bienes públicos con austeridad, y no utilizarán los mismos en provecho propio o de personas allegadas. Tendrán, asimismoasí mismo, el deber de velar por su conservación.
f) 6. Se rechazará cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal.
g) 7. Garantizarán la constancia y permanencia de los documentos para su transmisión y entrega a sus posteriores responsables.
h) Procurar al máximo 8. Mantendrán actualizada su propio perfeccionamiento personal, utilizando todos los medios que a este efecto disponga el Ayuntamientoformación y cualificación.
i) 9. Observarán las normas sobre seguridad y salud laboral. PUESTO DE TRABAJO: Sello de Órgano
10. Pondrán en conocimiento de sus superiores o de los órganos competentes las propuestas que consideren adecuadas para mejorar el desarrollo de las funciones de la unidad en la que estén destinados. A estos efectos se podrá prever la creación de la instancia adecuada competente para centralizar la recepción de las propuestas de los empleados públicos o administrados que sirvan para mejorar la eficacia en el servicio.
11. Garantizarán la atención al ciudadano en la lengua que lo solicite siempre que sea oficial en el territorio. NOMBRE: Ayuntamiento xx Xxxxxx Con independencia de lo establecido en el Estatuto Básico del Empleado Público, las personas que ejerzan tareas de gestión, seguimiento y/o control que participen en la ejecución de las medidas del PRTR, prestarán especial atención en el cumplimiento del presente Código Ético y de Conducta en los siguientes aspectos y fases del procedimiento de gestión de proyectos financiados con fondos del MRR:
1. Se llevará a cabo el cumplimiento riguroso de la legislación de la FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: 71C65F31F98B07D72EF108A4014A83595A0B3CC8 Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 22002IDOC212614D7463BB8E4B8C Unión, nacional y/o regional aplicable en la materia de que se trate, especialmente en las materias siguientes: • Elegibilidad de los gastos. • Contratación pública. • Regímenes de ayuda. • Información y publicidad. 25/04/2022 • Medio Ambiente. • Igualdad de oportunidades y no discriminación.
2. Las personas empleadas públicas relacionadas con la gestión, seguimiento y control de los fondos del MRR ejercerán sus funciones basándose en la transparencia, un principio que implica claridad y veracidad en el tratamiento y difusión de cualquier información o datos que se den a conocer, tanto interna como externamente. PUESTO DE TRABAJO: Sello de Órgano Este principio obliga a responder con diligencia a las demandas de información, todo ello sin comprometer, de ningún modo, la integridad de aquella información que pudiera ser considerada sensible por razones de interés público.
3. Se tendrá especial cuidado en cumplir el principio de transparencia: • Cuando se den a conocer y comuniquen los resultados de procesos de concesión de ayudas financiadas por los fondos del MRR. • Durante el desarrollo de los procedimientos de contratación. NOMBRE: Ayuntamiento xx Xxxxxx
4. El cumplimiento del principio de transparencia no irá en detrimento del correcto uso que el personal debe de hacer de aquella información considerada de carácter confidencial, como pueden ser datos personales o información proveniente de empresas y otros organismos, debiendo FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: 71C65F31F98B07D72EF108A4014A83595A0B3CC8 Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 22002IDOC212614D7463BB8E4B8C abstenerse de utilizarla en beneficio propio o de terceros, en pro de la obtención de cualquier trato de favor o en perjuicio del interés público. 25/04/2022
5. Existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo por parte del personal empleado público de las funciones relacionadas con los fondos del MRR, se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política, de interés económico o por cualquier otro motivo, con los beneficiarios de las actuaciones cofinanciadas. Un conflicto de intereses surge cuando una o un empleado público puede tener la oportunidad de anteponer sus intereses privados a sus deberes profesionales. PUESTO DE TRABAJO: Sello de Órgano Se tendrá especial cuidado en que no se produzcan conflictos de intereses en el personal empleado público relacionado con los procedimientos de “contratación” y “concesión de ayudas públicas”, en operaciones financiadas por fondos del MRR.
A) Contratación pública. — En el supuesto de que se identifique un riesgo de conflicto de intereses se procederá a: • Analizar los hechos con la persona implicada para aclarar la situación. • Excluir a la persona en cuestión del procedimiento de contratación. NOMBRE: Ayuntamiento xx Xxxxxx • En su caso, cancelar el procedimiento. — En el caso de que efectivamente se haya producido un conflicto de intereses, se aplicará la normativa legal en materia de sanciones.
B) Ayudas públicas. FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO: — Los empleados públicos que participen en los procesos de selección, concesión y control de ayudas financiadas con fondos del MRR, se abstendrán de participar en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal. 25/04/2022 — En el caso de que efectivamente se produzca un conflicto de intereses, se aplicará la normativa legal en materia de sanciones.
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