Common use of PROCEDIMIENTOS PARA LA CADUCIDAD Clause in Contracts

PROCEDIMIENTOS PARA LA CADUCIDAD. El Contrato quedará resuelto y la Concesión caducará de pleno derecho siempre que las Partes, según corresponda en cada caso, hayan cumplido previamente con todas las obligaciones y procedimientos previstos en el presente Contrato para efectos de la resolución del Contrato o la caducidad de la Concesión. Cualquier advertencia, requerimiento y/o decisión de resolución del Contrato que cursen las Partes deberá ser, simultáneamente, puesta en conocimiento de SEDAPAL y de los Acreedores Permitidos, a efecto que éstos tomen las medidas que juzguen necesarias en protección de sus intereses y/o en provecho de la continuidad y saneamiento de la Concesión. Esta notificación se cursará con carácter previo a la resolución del Contrato, con sesenta (60) Días Calendario de anticipación a la fecha prevista para la terminación anticipada, salvo en el caso de lo dispuesto en la Cláusula 15.1.6. Sesenta (60) Días Calendario antes que se produzca el vencimiento del plazo de la Concesión, se dará comienzo al Inventario Final de los bienes, con intervención de SEDAPAL, y deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario antes de la fecha de vencimiento del plazo de la Concesión. En el supuesto de Caducidad por mutuo acuerdo, el Inventario Final integrará este acuerdo como anexo del Contrato que se suscriba para tal efecto. Para los casos de resolución por incumplimiento, el Inventario Final de los bienes, que se realizará con intervención de XXXXXXX, deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario después de haber vencido el plazo para la subsanación del incumplimiento por parte del CONCESIONARIO. En los supuestos de caducidad por decisión unilateral del CONCEDENTE, el Inventario Final de los bienes que se realizará con intervención de SEDAPAL, deberá concluirse dentro de los diez (10) Días Calendario de notificada la decisión del CONCEDENTE. En los supuestos de caducidad por Fuerza Mayor o Caso Fortuito u otras causas no imputables a las Partes, el Inventario Final de los Bienes de la Concesión que se realizará con intervención de SEDAPAL, deberá concluirse dentro de los veinte (20) Días Calendario desde que la invocación de la causal de caducidad es notificada a la otra Parte.

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PROCEDIMIENTOS PARA LA CADUCIDAD. El Contrato quedará resuelto y la Concesión caducará de pleno derecho siempre que las Partes, según corresponda en cada caso, hayan cumplido previamente con todas las obligaciones y procedimientos previstos en el presente Contrato para efectos de la resolución del Contrato o la caducidad de la Concesión. Cualquier advertencia, requerimiento y/o decisión de resolución del Contrato que cursen las Partes deberá ser, simultáneamente, puesta en conocimiento de SEDAPAL y de los Acreedores Permitidos, a efecto que éstos tomen las medidas que juzguen necesarias en protección de sus intereses y/o en provecho de la continuidad y saneamiento de la Concesión. Esta notificación se cursará con carácter previo a la resolución del Contrato, con sesenta (60) Días Calendario de anticipación a la fecha prevista para la terminación anticipada, salvo en el caso de lo dispuesto en la Cláusula 15.1.6. Sesenta (60) Días Calendario antes que se produzca el vencimiento del plazo de la Concesión, se dará comienzo al Inventario Final de los bienes, con intervención de SEDAPAL, y deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario antes de la fecha de vencimiento del plazo de la Concesión. En el supuesto de Caducidad por mutuo acuerdo, el Inventario Final integrará este acuerdo como anexo del Contrato que se suscriba para tal el efecto. Para los casos de resolución por incumplimiento, el Inventario Final de los bienes, que se realizará con intervención de XXXXXXX, deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario después de haber vencido el plazo para la subsanación del incumplimiento por parte del CONCESIONARIO. En los supuestos de caducidad por decisión unilateral del CONCEDENTE, el Inventario Final inventario final de los bienes que se realizará con intervención de SEDAPAL, deberá concluirse dentro de los diez (10) Días Calendario de notificada la decisión del CONCEDENTE. En los supuestos de caducidad por Fuerza Mayor o Caso Fortuito u otras causas no imputables a las Partes, el Inventario Final de los Bienes de la Concesión que se realizará con intervención de SEDAPAL, deberá concluirse dentro de los veinte (20) Días Calendario desde que la invocación de la causal de caducidad es notificada a la otra Parte.

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PROCEDIMIENTOS PARA LA CADUCIDAD. El Contrato quedará resuelto y la Concesión caducará de pleno derecho siempre que las Partes, según corresponda en cada caso, hayan cumplido previamente con todas las obligaciones y procedimientos previstos en el presente Contrato para efectos de la resolución del Contrato o la caducidad de la Concesión. Cualquier advertencia, requerimiento y/o decisión de resolución del Contrato que cursen las Partes deberá ser, simultáneamente, puesta en conocimiento de la SUNASS, SEDAPAL y de los Acreedores Permitidos, a efecto que éstos tomen las medidas que juzguen necesarias en protección de sus intereses y/o en provecho de la continuidad y saneamiento de la Concesión. Esta notificación se cursará con carácter previo a la resolución del Contrato, con sesenta (60) Días Calendario de anticipación a la fecha prevista para la terminación anticipada, salvo en el caso de lo dispuesto en la Cláusula 15.1.6. Sesenta (60) Días Calendario antes que se produzca el vencimiento del plazo de la Concesión, se dará comienzo al Inventario Final de los bienes, con intervención de SEDAPAL, y deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario antes de la fecha de vencimiento del plazo de la Concesión. En el supuesto de Caducidad por mutuo acuerdo, el Inventario Final integrará este acuerdo como anexo del Contrato que se suscriba para tal el efecto. Para los casos de resolución por incumplimiento, el Inventario Final de los bienes, que se realizará con intervención de XXXXXXX, deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario después de haber vencido el plazo para la subsanación del incumplimiento por parte del CONCESIONARIO. En los supuestos de caducidad por decisión unilateral del CONCEDENTE, el Inventario Final inventario final de los bienes que se realizará con intervención de SEDAPAL, deberá concluirse dentro de los diez (10) Días Calendario de notificada la decisión del CONCEDENTE. En los supuestos de caducidad por Fuerza Mayor o Caso Fortuito u otras causas no imputables a las Partes, el Inventario Final de los Bienes de la Concesión que se realizará con intervención de SEDAPAL, deberá concluirse dentro de los veinte (20) Días Calendario desde que la invocación de la causal de caducidad es notificada a la otra Parte.

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PROCEDIMIENTOS PARA LA CADUCIDAD. El Contrato quedará resuelto y la Concesión caducará de pleno derecho siempre que las Partes, según corresponda en cada caso, hayan cumplido previamente con todas las obligaciones y procedimientos previstos en el presente Contrato para efectos de la resolución del Contrato o la caducidad de la Concesión. Cualquier advertencia, requerimiento y/o decisión de resolución del Contrato que cursen las Partes deberá ser, simultáneamente, puesta en conocimiento de SEDAPAL y de los Acreedores Permitidos, a efecto que éstos tomen las medidas que juzguen necesarias en protección de sus intereses y/o en provecho de la continuidad y saneamiento de la Concesión. Esta notificación se cursará con carácter previo a la resolución del Contrato, con sesenta (60) Días Calendario de anticipación a la fecha prevista para la terminación anticipada, salvo en el caso de lo dispuesto en la Cláusula 15.1.6. Sesenta (60) Días Calendario antes que se produzca el vencimiento del plazo de la Concesión, se dará comienzo al Inventario Final de los bienes, con intervención de SEDAPAL, y deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario antes de la fecha de vencimiento del plazo de la Concesión. En el supuesto de Caducidad por mutuo acuerdo, el Inventario Final integrará este acuerdo como anexo del Contrato que se suscriba para tal el efecto. Para los casos de resolución por incumplimiento, el Inventario Final de los bienes, que se realizará con intervención de XXXXXXX, deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario después de haber vencido el plazo para la subsanación del incumplimiento por parte del CONCESIONARIO. En los supuestos de caducidad por decisión unilateral del CONCEDENTE, el Inventario Final de los bienes que se realizará con intervención de SEDAPAL, deberá concluirse dentro de los diez (10) Días Calendario de notificada la decisión del CONCEDENTE. En los supuestos de caducidad por Fuerza Mayor o Caso Fortuito u otras causas no imputables a las Partes, el Inventario Final de los Bienes de la Concesión que se realizará con intervención de SEDAPAL, deberá concluirse dentro de los veinte (20) Días Calendario desde que la invocación de la causal de caducidad es notificada a la otra Parte.

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PROCEDIMIENTOS PARA LA CADUCIDAD. El Contrato quedará resuelto y la Concesión caducará de pleno derecho siempre que las Partes, según corresponda en cada caso, hayan cumplido previamente con todas las obligaciones y procedimientos previstos en el presente Contrato para efectos de la resolución del Contrato o la caducidad Caducidad de la Concesión. Cualquier advertencia, requerimiento y/o decisión de resolución del Contrato que cursen las Partes deberá ser, simultáneamente, puesta en conocimiento de SEDAPAL la SUNASS y de los Acreedores Permitidos, a efecto que éstos tomen las medidas que juzguen necesarias en protección de sus intereses y/o en provecho de la continuidad y saneamiento de la Concesión. Esta notificación se cursará con carácter previo a la resolución del Contrato, con sesenta (60) Días Calendario de anticipación a la fecha prevista para la terminación anticipada, salvo en el caso de lo dispuesto en la Cláusula 15.1.6. Sesenta (60) Días Calendario antes que se produzca el vencimiento del plazo de la Concesión, se dará comienzo al Inventario Final de los bienes, con intervención de SEDAPALla SUNASS, y deberá quedar concluido diez (10) Días Calendario antes de la fecha de vencimiento del plazo de la Concesión. En el supuesto de Caducidad caducidad por mutuo acuerdo, el Inventario Final integrará este acuerdo como anexo del Contrato que se suscriba para tal efecto. Para los casos de resolución por incumplimiento, el Inventario Final de los bienes, que se realizará con intervención de XXXXXXXXXXXXX, deberá quedar concluido diez veinte (1020) Días Calendario después de haber vencido el plazo para la subsanación del incumplimiento por parte del CONCESIONARIO. En los supuestos de caducidad por decisión unilateral del CONCEDENTE, el Inventario Final de los bienes que se realizará con intervención de SEDAPALSUNASS, deberá concluirse dentro de los diez veinte (1020) Días Calendario de notificada la decisión del CONCEDENTE. En los supuestos de caducidad por Fuerza Mayor o Caso Fortuito u otras causas no imputables a las Partes, el Inventario Final de los Bienes de la Concesión que se realizará con intervención de SEDAPALSUNASS, deberá concluirse dentro de los veinte (20) Días Calendario desde que la invocación de la causal de caducidad es notificada a la otra Parte.

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