Programa de Operación Detallado Cláusulas de Ejemplo

Programa de Operación Detallado. Para cada uno de los servicios (rutas) definidos en el Programa de Operación General, el Centro de Gestión y Control definirá un Programa de Operación Detallado. Este Programa de Operación Detallado contendrá, como mínimo, lo siguiente: • Tabla de Operación: detalle de hora de salida (despacho) y retorno a terminal (estacionamiento) de cada uno de los buses a lo largo del día, con identificación de cada bus que operará en la tabla de operación. • Número de buses máximo para el periodo de mayor demanda. • Kilómetros totales comerciales a lo largo del día. • Velocidad comercial promedio (kilómetros totales comerciales sobre tiempo de operación) • Distribución de la flota por unidad de negocio y concesionario. El Programa de Operación Detallado se realizará para periodos de una semana (Lunes x Xxxxxxx) y será enviado a los Operadores a más tardar el miércoles inmediatamente anterior. En caso de no remisión del Programa de Operación Detallado, o de inconsistencias con el Programa de Operación General, los operadores aplicarán el Programa de Operación Detallado de la semana inmediatamente anterior, sin perjuicio de las penalidades contractuales establecidas. Protransporte definirá el formato y el procedimiento de transmisión del Programa de Operación Detallado. El Programa de Operación Detallado será la herramienta de despacho y verificación de cumplimiento de órdenes de servicio por parte del Centro de Control. Cada uno de los buses programados en la Tabla de Operación se presentará en el terminal de inicio establecido a más tardar un minuto antes del inicio de servicio y se reportará al Centro de Control. El Centro de Gestión y Control requerirá la identificación del bus y del Conductor. Sólo podrán ser despachados buses y conductores que cuenten con el Certificado de Habilitación. Una vez identificado el bus será despachado de acuerdo con el itinerario programado y sus ajustes a lo largo del día. El Centro de Gestión y Control podrá realizar los siguientes ajustes al Programa de Operación Detallado, entre otros: • Eliminar despachos (ciclos) en caso que las condiciones de operación así lo exijan. • Autorizar el cambio de orden de operación de buses asignados a solicitud de los operadores (entre buses del mismo concesionario). • Autorizar el reemplazo de buses programados a solicitud de los operadores (entre buses del mismo concesionario). • Ordenar el reemplazo de buses en caso de detección xx xxxxxx. • Autorizar el reemplazo de un conductor a solicitud de l...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.