Common use of PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA Clause in Contracts

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente:  La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación.  Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato.  Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación.  Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios sufridos al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato.  La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, en los términos del Contrato.  La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más.  Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación.  La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo.  La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA  Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar y ejecutar el Contrato. Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación. Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por los perjuicios sufridos al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERAcausados a la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por las obligaciones que se deriven de las Propuestas y del Contrato. La inclusión en los estatutos de una cláusula del contrato de sociedad que se promete celebrar según la cual aquellos accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERAde la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, en los términos del Contrato. Que el objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural se encuentre directamente relacionado con el objeto del presnete proceso. La duración del mismo no podrá ser inferior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo.  La mismo y la declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA  la Agencia Logística de las Fuerzas Militares. Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los tres cinco (35) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la oferta.

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Samples: Contrato De Compraventa

PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA a la entidad uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en por el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: a) La promesa irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana a más tardar dentro de los tres cinco (35) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. b) Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contratocontrato objeto del presente proceso de selección.  Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación.  c) Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero 3 del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . d) Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . e. La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán que responde solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad por sociedad: (i) Por los perjuicios sufridos al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, por la Entidad derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y por presentado. (ii) Por las obligaciones que se deriven de las Propuestas la(s) Propuesta(s) y del Contrato. e) La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que hayan socios que: (i) Xxxxx aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o hayan o; (ii) Xxxxx aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán . NOTA: No pueden ceder su participación accionaria societaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, de la Entidad en los términos del Contrato.  La f) Una duración del mismo no podrá ser inferior a de la del sociedad que comprenda el plazo de ejecución del contrato contrato, el término previsto para su liquidación y cinco un (51) años másaño más contados a partir de su constitución. g) Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicaciónadjudicación. h) La participación que cada uno de los promitentes tendrá debe tener en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo.  La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA  i) Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública o documento de constitución de la sociedad prometida que se requiera conforme a las normas comerciales vigentes y tenerla tenerlo debidamente inscrita inscrito ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, a más tardar dentro de los tres cinco (35) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera haya otorgado y registrado la escriturael documento de constitución, se considerará considera que no existe interés para suscribir el Contrato objeto del proceso y se hará hace efectiva la Garantía de Seriedad presentada en de la ofertaOferta. 9.1.1.8.

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PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA a EL FONDO uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa es irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres siete (37) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección.  Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación.  Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad sociedad; (i) por los perjuicios sufridos al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, por EL FONDO derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y y, (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas propuestas y del Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que que; (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o o, (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, de EL FONDO en los términos del Contratocontrato de prestación de servicios. La duración del mismo no podrá de la sociedad debe ser inferior igual o superior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco tres (53) años máscontados a partir de su constitución. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicaciónadjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo.  La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA  Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los tres siete (37) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato contrato de prestación de servicios y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la ofertaSeriedad.

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PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. Las Cuando se trate de personas que participen bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura deben presentar al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA a EL FONDO uno de los originales de una promesa escrita de contrato de sociedad con el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 119 del Código de Comercio, en la cual debe consignarse, entre otros, lo siguiente: La promesa es irrevocable de constituir e inscribir ante el registro mercantil, con arreglo a la ley colombiana, una sociedad colombiana dentro de los tres siete (37) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Que se trata de una sociedad constituida con el único objeto de celebrar celebrar, ejecutar y ejecutar liquidar el Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección.  Que su objeto social coincida con el objeto de la presente contratación.  Que la responsabilidad y sus efectos respecto de los firmantes de la promesa y de los socios o accionistas, una vez se constituya, se rige por las disposiciones previstas para los consorcios, tal como lo dispone el parágrafo tercero del artículo 7 de la Ley 80 de 1993; . Las estipulaciones mínimas legales del contrato de sociedad que se promete constituir; . La manifestación expresa de cada uno de los promitentes responderán de que responderá solidariamente con los demás promitentes y con la sociedad sociedad; (i) por los perjuicios sufridos al MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, por EL FONDO derivados del incumplimiento de la obligación de suscribir el contrato de sociedad prometido en los mismos términos consignados en el contrato de promesa presentado y y, (ii) por las obligaciones que se deriven de las Propuestas propuestas y del Contratocontrato que se derive del presente proceso de selección. La inclusión en los estatutos de una cláusula del en el contrato de sociedad que se promete celebrar sociedad, según la cual aquellos accionistas que que; (i) hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros o o, (ii) hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia, no podrán ceder su participación accionaria en la sociedad prometida sino únicamente mediante autorización previa y expresa del MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, de EL FONDO en los términos del Contratocontrato de prestación de servicios. La duración del mismo no podrá de la sociedad debe ser inferior igual o superior a la del plazo de ejecución del contrato y cinco tres (53) años máscontados a partir de su constitución. Que el único condicionamiento que existe para la constitución de la sociedad prometida es la Adjudicaciónadjudicación. La participación que cada uno de los promitentes tendrá en el capital suscrito de la sociedad prometida y el monto del mismo.  La declaración de que ninguno de los promitentes se encuentra inhabilitado o tiene incompatibilidades para contratar con el MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - COMANDO GENERAL -DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA  Los integrantes asociados bajo la modalidad de Promesa de Sociedad Futura Futura, deben suscribir la escritura pública de constitución de la sociedad prometida y tenerla debidamente inscrita ante el registro mercantil, en los mismos términos y condiciones pactados en la promesa, dentro de los tres siete (37) días hábiles siguientes a la notificación del acto de Adjudicaciónadjudicación. Vencido este plazo sin que se hubiera otorgado y registrado la escritura, se considerará que no existe interés para suscribir el Contrato contrato de prestación de servicios y se hará efectiva la Garantía de Seriedad presentada en la ofertaSeriedad.

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