Common use of PROPUESTAS CONJUNTAS Clause in Contracts

PROPUESTAS CONJUNTAS. Los licitantes que elijan participar a través de propuestas conjuntas, deberán cumplir con los requisitos establecidos en los puntos 5.2 y 5.3 de conformidad con los artículos 34 de la LEY y 44 del REGLAMENTO, debiendo designar por escrito un representante común quien firmará la documentación contenida en su propuesta. No tendrán necesidad de constituir una sociedad o, en caso de personas xxxxxxx, nueva sociedad, siempre que ninguna de ellas se encuentre en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 50 de LA LEY. Asimismo, se deberá establecer en la proposición y en el contrato con precisión las obligaciones de cada una de las personas integrantes de la propuesta conjunta, así como la manera en que se exigiría su cumplimiento, indicando en el mismo las obligaciones específicas que corresponderá a cada una de ellas, así como su manera en la que exigirá su cumplimiento. De conformidad con el Anexo 3, bajo protesta de decir verdad, deberán manifestar que ninguno de los integrantes está sancionado o suspendido por la Secretaría de la Función Pública, de igual manera, si alguno de ellos tuvo un periodo de suspensión, deberá presentar el comprobante de pago de la multa correspondiente ante el Sistema de Administración Tributaria o carta manifestando que cumplió con lo anterior. Cuando la proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato.

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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional

PROPUESTAS CONJUNTAS. Los licitantes Cuando se acredite en la investigación xx xxxxxxx que elijan participar a través permitiendo propuestas conjuntas se incrementará el número de propuestas conjuntasconcursantes independientes en la licitación, deberán cumplir con los requisitos establecidos en los puntos 5.2 y 5.3 de conformidad con los artículos 34 de la LEY y 44 del REGLAMENTO, debiendo designar por escrito un representante común quien firmará la documentación contenida en su propuesta. No tendrán dos o más personas podrán presentar conjuntamente una propuesta sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad o, en caso de personas xxxxxxx. Para tales efectos, nueva sociedad, siempre que ninguna de ellas se encuentre en alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 50 de LA LEY. Asimismo, se deberá establecer en la proposición propuesta y en el contrato se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de las personas integrantes de la propuesta conjuntaellas, así como la manera en que se exigiría su cumplimiento, indicando en el mismo las obligaciones específicas que corresponderá a cada una de ellas, así como su manera en la que exigirá su cumplimiento. De conformidad con el Anexo 3Los participantes que presentan propuestas conjuntas declararán por escrito, bajo protesta de decir verdad, deberán manifestar la imposibilidad de presentar propuestas de manera individual. La propuesta conjunta contenida en el sobre cerrado deberá ser firmada autógrafamente por el representante común que ninguno para ese acto haya sido designado por las personas que la presenten. En caso de que se empleen medios electrónicos, deberá garantizarse la seguridad y confidencialidad de la propuesta y la firma se realizará por los integrantes está sancionado o suspendido medios de identificación electrónica autorizados por la Secretaría de la Función Pública, de igual manera, si alguno de ellos tuvo un periodo de suspensión, deberá presentar el comprobante de pago de la multa correspondiente ante el Sistema de Administración Tributaria o carta manifestando que cumplió con lo anteriorlegislación respectiva. Cuando la proposición propuesta conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposiciónpropuesta, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la propuesta conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de propuesta conjunta, siempre y cuando se mantengan en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.

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Samples: Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Contratación De Servicios, Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Contratación De Servicios