Common use of Protección a la maternidad Clause in Contracts

Protección a la maternidad. El empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o durante el periodo de lac- tancia natural a los riesgos determinados en la evaluación que se refiere en el artí- culo 16 de la Ley 31/95, que puedan afec- tar a la salud de las trabajadoras, del feto o del lactante, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada, en los términos previstos en el artículo 26 de la menciona- da Ley y de conformidad con el cual se tendrá en cuenta así mismo las posibles li- mitaciones en la realización de trabajo nocturno y a turnos. En la evaluación de riesgos se contem- plará la idoneidad para la mujer embara- zada o durante el periodo de lactancia na- tural de los puestos, régimen horario y condiciones de trabajo, siempre que me- die prescripción facultativa.

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Samples: www.ccoo.cat, industria.ccoo.es

Protección a la maternidad. El empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en situación situa- ción de embarazo, parto reciente o durante el periodo de lac- tancia lactancia natural a los riesgos determinados en la evaluación que se refiere en el artí- culo artículo 16 de la Ley 31/95, que puedan afec- tar afectar a la salud de las trabajadoras, del feto o del lactante, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada, en los términos previstos en el artículo 26 de la menciona- da mencionada Ley y de conformidad con el cual se tendrá en cuenta así mismo las posibles li- mitaciones limitaciones en la realización de trabajo nocturno y a turnos. En la evaluación de riesgos se contem- plará contemplará la idoneidad para la mujer embara- zada embarazada o durante el periodo de lactancia na- tural natural de los puestos, régimen horario y condiciones de trabajo, siempre que me- die medie prescripción facultativa.

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Samples: istas.net

Protección a la maternidad. El empresario adoptará las medidas necesarias para evitar La evaluación de los riesgos, a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo, embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o durante el periodo condiciones de lac- tancia natural a los riesgos determinados en la evaluación que se refiere en el artí- culo 16 de la Ley 31/95, trabajo que puedan afec- tar a influir negativamente en la salud de las trabajadoras, del feto trabajadoras o del lactantefeto, en cualquier actividad susceptible de presentar riesgo específico. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo la lactancia de las citadas trabajadoras el empresario adoptará medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada, en los términos previstos en el artículo 26 de la menciona- da Ley y de conformidad con el cual se tendrá en cuenta así mismo las posibles li- mitaciones en la realización de trabajo nocturno y a turnos. En la evaluación de riesgos se contem- plará la idoneidad para la mujer embara- zada o durante el periodo de lactancia na- tural de los puestos, régimen horario y condiciones de trabajo, siempre que me- die prescripción facultativa.

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Samples: Convenio Avanza Externalizacion Servicios

Protección a la maternidad. El empresario La empresa adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o durante el periodo de lac- tancia lactancia natural a los riesgos determinados en la evaluación que se refiere en el artí- culo artículo 16 de la Ley 31/95, que puedan afec- tar afectar a la salud de las trabajadoras, del feto o del lactante, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada, en los términos previstos en el artículo 26 de la menciona- da mencionada Ley y de conformidad con el cual se tendrá en cuenta así mismo las posibles li- mitaciones limitaciones en la realización de trabajo nocturno y a turnos. En la evaluación de riesgos se contem- plará contemplará la idoneidad para la mujer embara- zada embarazada o durante el periodo de lactancia na- tural natural de los puestos, régimen horario y condiciones de trabajo, siempre que me- die medie prescripción facultativa.

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Samples: www.uso-fim.es

Protección a la maternidad. El 1. La evaluación de los riesgos prevenidas en el artículo 16 de la Ley 31/95, deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico, con especial mención en el caso de las trabajadoras que prestan servicios en los puntos de venta del manejo de cargas. Si los resultados de la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la salud o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o durante el periodo de lac- tancia natural a los riesgos determinados en la evaluación que se refiere en el artí- culo 16 de la Ley 31/95, que puedan afec- tar a la salud de las trabajadoras, del feto o del lactantedicho riesgo, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada. Dichas medidas incluirán, en los términos previstos en el artículo 26 de cuando resulte necesario, la menciona- da Ley y de conformidad con el cual se tendrá en cuenta así mismo las posibles li- mitaciones en la no realización de trabajo nocturno y o de trabajo a turnos. En la evaluación de riesgos se contem- plará la idoneidad para la mujer embara- zada o durante el periodo de lactancia na- tural de los puestos, régimen horario y condiciones de trabajo, siempre que me- die prescripción facultativa.cve: BOE-A-2014-13050

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Samples: www.boe.es

Protección a la maternidad. El empresario Secom adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o durante el periodo de lac- tancia lactancia natural a los riesgos determinados en la evaluación que se refiere en el artí- culo artículo 16 de la Ley 31/9531/1995, que puedan afec- tar afectar a la salud de las trabajadoras, del feto o del lactante, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada, en los términos previstos en el artículo 26 de la menciona- da mencionada Ley y de conformidad con el cual se tendrá en cuenta así mismo las posibles li- mitaciones limitaciones en la realización de trabajo nocturno y a turnos. En la evaluación de riesgos se contem- plará contemplará la idoneidad para la mujer embara- zada embarazada o durante el periodo de lactancia na- tural natural de los puestos, régimen horario y condiciones de trabajo, siempre que me- die medie prescripción facultativa.

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Samples: www.carm.es

Protección a la maternidad. El empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o durante el periodo de lac- tancia lactancia natural a los riesgos determinados en la evaluación que se refiere en el artí- culo artículo 16 de la Ley 31/9531/1995, que puedan afec- tar afectar a la salud de las trabajadoras, del feto o del lactante, a través de una adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada, en los términos previstos en el artículo 26 de la menciona- da mencionada Ley y de conformidad con el cual se tendrá en cuenta así mismo las posibles li- mitaciones limitaciones en la realización de trabajo nocturno y a turnos. En la evaluación de riesgos se contem- plará contemplará la idoneidad para la mujer embara- zada embarazada o durante el periodo de lactancia na- tural natural de los puestos, régimen horario y condiciones de trabajo, siempre que me- die medie prescripción facultativa.

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Samples: www.carm.es