Common use of PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD Clause in Contracts

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD. Los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal y el concordante artículo 82.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, en relación con el artículo 88.5 del mismo y el Reglamento General (UE) 2016/679 de Protección de Datos. Para el caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable SOGAMA, aquél que tendrá la consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a estos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 12.2 y 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a SOGAMA o al encargado de tratamiento que ésta hubiese designado. El tercero encargado del tratamiento, conservará debidamente bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con la entidad responsable del tratamiento. En el caso de que un tercero trate los datos personales por cuenta del contratista, encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:

Appears in 3 contracts

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir El Contrato, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir El Contrato, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir El Contrato

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y CONFIDENCIALIDAD. Los contratos que impliquen el tratamiento de datos de carácter personal deberán respetar en su integridad el artículo 12.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal y el concordante artículo 82.1 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, en relación con el artículo 88.5 del mismo y el Reglamento General (UE) 2016/679 de Protección de Datos. .Para el caso de que la contratación implique el acceso del contratista a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable SOGAMA, aquél que tendrá la consideración de encargado del tratamiento. En este supuesto, el acceso a estos datos no se considerará comunicación de datos, cuando se cumpla lo previsto en el artículo 12.2 y 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. Cuando finalice la prestación contractual los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos a SOGAMA o al encargado de tratamiento que ésta hubiese designado. El tercero encargado del tratamiento, conservará debidamente bloqueados los datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con la entidad responsable del tratamiento. En el caso de que un tercero trate los datos personales por cuenta del contratista, encargado del tratamiento, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Habrá De Regir El Contrato