Common use of Protección del Vehículo y Gastos de traslado Clause in Contracts

Protección del Vehículo y Gastos de traslado. En caso de siniestro que amerite indemnización en los términos de la póliza, que afecte las coberturas de II.1 Daños Materiales o II.2 Robo o Hurto Total, la Compañía se hará cargo de los gastos de protección del vehículo y los de traslado del mismo al taller de reparaciones más cercano. El límite de responsabilidad de la Compañía para estos gastos será hasta por el 20% del costo convenido de las reparaciones, o de 110,000 colones, si esta suma fuere superior a la cantidad que resultare al aplicar el porcentaje mencionado. En caso de que el vehículo se encuentre con carga y este no pueda ser descargado, se genera un costo adicional del servicio y en caso de que se pueda realizar con la misma grúa, el costo del servicio queda a cargo del Asegurado, previa cotización telefónica y aceptación del Asegurado por medio de una carta responsiva en la que se deslinde de cualquier responsabilidad a la Compañía y al prestador del servicio por daños a la unidad o a la carga. En caso de que no se pueda realizar el servicio con la misma grúa, los costos correrán a cuenta y riesgo del Asegurado por el traslado de la carga. Si el Asegurado opta por trasladarlo a un lugar distinto del elegido por la Compañía, ésta sólo responderá por este concepto, hasta por la cantidad equivalente a 75,000 colones.

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Samples: Convenio De Plan De Pago, Convenio De Plan De Pago, Formato De Solicitud De Seguro

Protección del Vehículo y Gastos de traslado. En caso de siniestro que amerite indemnización en los términos de la póliza, que afecte las coberturas de II.1 Daños Materiales o II.2 Robo o Hurto Totaldel Vehículo Asegurado, la Compañía se hará cargo de los gastos de protección del vehículo y los de traslado del mismo al taller de reparaciones más cercano. El límite de responsabilidad de la Compañía para estos gastos será hasta por el 20% del costo convenido de las reparaciones, o de 110,000 colones$20 dólares de los Estados Unidos de América, si esta suma fuere superior a la cantidad que resultare al aplicar el porcentaje mencionado. En caso de que el vehículo se encuentre con carga y este no pueda ser descargado, descargado se genera un costo adicional del servicio y en caso de que se pueda realizar con la misma grúa, el costo del servicio queda a cargo del Asegurado, previa cotización telefónica y aceptación del Asegurado por medio de una carta responsiva en la que se deslinde de cualquier responsabilidad a la Compañía y al prestador del servicio por daños a la unidad o a la carga. En caso de que no se pueda realizar el servicio con la misma grúa, los costos correrán a cuenta y riesgo del Asegurado por el traslado de la cargaAsegurado. Si el Asegurado opta por trasladarlo a un lugar distinto del elegido por la Compañía, ésta sólo responderá por este concepto, hasta por la cantidad equivalente a 75,000 colones$150 dólares de los Estados Unidos de América.

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Samples: Convenio De Plan De Pago