Common use of Prácticas Corruptivas Clause in Contracts

Prácticas Corruptivas. El Banco exige que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de una donación y el Contratante), así como los oferentes, contratistas y consultores que participen en proyectos con financiamiento del Banco, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación o de ejecución de un contrato. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación, constituyen las más comunes, pero estas acciones pueden no ser exhaustivas. Por esta razón, el Banco actuará frente a cualquier hecho similar o reclamación que se considere corrupto, conforme al procedimiento establecido. “Soborno”, consiste en el acto de ofrecer o dar algo de valor con el fin de influir sobre las acciones o las decisiones de terceros, o el de recibir o solicitar cualquier beneficio a cambio de la realización de acciones u omisiones vinculadas al cumplimiento de deberes. “Extorsión” o “Coacción”, es el acto o práctica de obtener alguna cosa, obligar a la realización de una acción o de influenciar una decisión por medio de intimidación, amenaza o el uso de la fuerza, pudiendo el daño eventual o actual recaer sobre las personas, su reputación o sobre sus bienes. “Fraude”, es todo acto u omisión que intente tergiversar la verdad con el fin de inducir a terceros a proceder asumiendo la veracidad de lo manifestado, para obtener alguna ventaja injusta o causar daño a un tercero. “Colusión”, es un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad o de obtener un fin ilícito. Si se comprueba, de acuerdo con el procedimiento administrativo del Banco, que un funcionario público, o quien actúe en su lugar, y/o el participante o adjudicatario propuesto en un proceso de adquisición llevado a cabo con motivo de un financiamiento del Banco, ha incurrido en prácticas corruptivas, el Banco: Rechazará cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate; y/o declarará a una firma y/o al personal de ésta directamente involucrado en las prácticas corruptivas, no elegibles para ser adjudicatarios o ser contratados en el futuro con motivo de un financiamiento del Banco. La inhibición que establezca el Banco podrá ser temporal o permanente; y/o cancelará o acelerará el reembolso de la porción del Contrato o de la donación destinados a un contrato, cuando exista evidencia que representantes del Prestatario o de un Beneficiario del Contrato xx Xxxxxxxx o donación han incurrido en Prácticas Corruptivas, sin que el Prestatario o Beneficiario haya tomado las acciones adecuadas para corregir esta situación, en un plazo razonable para el Banco y de conformidad con las garantías del debido proceso establecidas en la legislación del país prestatario. El Oferente deberá declarar las comisiones o gratificaciones que hayan sido pagadas o a ser pagadas a agentes, representantes, o comisionistas relacionados con esta licitación o con la ejecución del contrato. La información proporcionada deberá incluir, como mínimo, el nombre y dirección del agente, representante, o comisionista, monto y moneda, y el propósito de la comisión o gratificación

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Samples: Loan Agreement, Loan Agreement

Prácticas Corruptivas. 59.1 El Banco Estado Hondureño exige a todos los organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que los Prestatarios a todas las firmas, entidades o personas oferentes por participar o participando en procedimientos de contratación, incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo los beneficiarios de una donación sus respectivos funcionarios, empleados y el Contratanterepresentantes), así como los oferentes, contratistas y consultores que participen en proyectos con financiamiento del Banco, observen observar los más altos niveles éticos, ya sea éticos durante el proceso de licitación selección y las negociaciones o de la ejecución de un contrato. 59.2 Las prácticas corruptivas están prohibidas. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación, constituyen las más comunes, pero estas acciones pueden no ser exhaustivas. Por esta razón, el Banco Contratante actuará frente a cualquier hecho similar o reclamación que se considere corruptopráctica corrupta, conforme al procedimiento establecido. a) SobornoColusión, consiste . Consiste en el acto de ofrecer o dar algo de valor con el fin de influir sobre las acciones o las decisiones entre Oferentes destinadas a que se obtengan precios de terceroslicitación a niveles artificiales, o el no competitivos, capaces de recibir o solicitar cualquier beneficio a cambio privar al Contratante de la realización los beneficios de acciones u omisiones vinculadas al cumplimiento de deberesuna competencia libre y abierta. b) “Extorsión” o “Coacción”. Consiste en el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, es en su persona, honra, o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el acto o práctica proceso de obtener alguna cosa, obligar a la realización de una acción licitación o de influenciar una decisión por medio contratación de intimidaciónconsultores o durante la ejecución del contrato correspondiente, amenaza ya sea que el objetivo se hubiese o el uso de la fuerza, pudiendo el daño eventual o actual recaer sobre las personas, su reputación o sobre sus bienesno logrado. c) “Fraude”, es todo acto u omisión que intente tergiversar . Consiste en la verdad tergiversación de datos o hechos con el fin objeto de inducir a terceros a proceder asumiendo la veracidad influir sobre el proceso de lo manifestado, para obtener alguna ventaja injusta o causar daño a un tercero. “Colusión”, es un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad licitación o de obtener un fin ilícitocontratación o la fase de ejecución del contrato, en perjuicio del Contratante y de otros participantes. Si se compruebad) “Soborno” (“Cohecho”). Consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar indebidamente cualquier cosa de acuerdo con el procedimiento administrativo del Banco, valor capaz de influir en las decisiones que un funcionario públicodeban tomar funcionarios públicos, o quien actúe quienes actúen en su lugar, y/o el participante o adjudicatario propuesto lugar en un proceso de adquisición llevado a cabo con motivo de un financiamiento del Banco, ha incurrido en prácticas corruptivas, el Banco: Rechazará cualquier propuesta de adjudicación relacionada relación con el proceso de adquisición licitación o de contratación de que se trate; y/consultores o declarará a una firma y/o al personal de ésta directamente involucrado en las prácticas corruptivas, no elegibles para ser adjudicatarios o ser contratados en el futuro con motivo de un financiamiento del Banco. La inhibición que establezca el Banco podrá ser temporal o permanente; y/o cancelará o acelerará el reembolso de la porción del Contrato o de la donación destinados a un contrato, cuando exista evidencia que representantes del Prestatario o de un Beneficiario del Contrato xx Xxxxxxxx o donación han incurrido en Prácticas Corruptivas, sin que el Prestatario o Beneficiario haya tomado las acciones adecuadas para corregir esta situación, en un plazo razonable para el Banco y de conformidad con las garantías del debido proceso establecidas en la legislación del país prestatario. El Oferente deberá declarar las comisiones o gratificaciones que hayan sido pagadas o a ser pagadas a agentes, representantes, o comisionistas relacionados con esta licitación o con durante la ejecución del contrato. La información proporcionada deberá incluir, como mínimo, el nombre y dirección del agente, representante, o comisionista, monto y moneda, y el propósito de la comisión o gratificacióncontrato correspondiente.

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Samples: Documento Para La Contratación De Obras Por Licitación Pública Nacional, Documento Para La Contratación De Obras Por Licitación Pública Nacional

Prácticas Corruptivas. El Banco exige que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de una donación y el Contratante), así como los oferentes, contratistas y consultores que participen en proyectos con financiamiento recursos del Banco, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación y/o de concurso o bien durante la ejecución de un contrato. Las definiciones de acciones que constituyen el Banco reconoce como prácticas corruptivas y que corruptivas, sin pretender ser exhaustivas, se transcriben describen a continuación: 2.1 Soborno” (”Cohecho”). Consiste en ofrecer, constituyen las más comunesdar, pero estas acciones pueden no ser exhaustivas. Por esta razón, el Banco actuará frente a cualquier hecho similar o reclamación que se considere corrupto, conforme al procedimiento establecido. “Soborno”, consiste en el acto de ofrecer o dar algo de valor con el fin de influir sobre las acciones o las decisiones de terceros, o el de recibir o solicitar indebidamente cualquier beneficio a cambio cosa de valor capaz de influir en las decisiones que deban tomar funcionarios públicos, o quienes actúan en su lugar en relación con el proceso de licitación o de contratación de Consultores, o durante la realización de acciones u omisiones vinculadas al cumplimiento de deberesejecución del contrato correspondiente. 2.2 “Extorsión” o “Coacción”. Consiste en el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, es en su persona, honra, o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el acto o práctica proceso de obtener alguna cosa, obligar a la realización de una acción licitación o de influenciar una decisión por medio contratación de intimidaciónConsultores o durante la ejecución del contrato correspondiente, amenaza ya sea que el objeto se hubiere o el uso de la fuerza, pudiendo el daño eventual o actual recaer sobre las personas, su reputación o sobre sus bienesno logrado. 2.3 “Fraude”, es todo acto u omisión que intente tergiversar . Consiste en la verdad tergiversación de datos o hechos con el fin objeto de inducir a terceros a proceder asumiendo influir sobre el proceso de una licitación o de contratación de Consultores o la veracidad fase de lo manifestadoejecución del contrato, para obtener alguna ventaja injusta o causar daño a un terceroen perjuicio del Banco y de otros participantes. 2.4 “Colusión”. Consiste en las acciones entre oferentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a niveles artificiales, es un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención no competitivos, capaces de defraudar o causar daño a privar al Banco de los beneficios de una persona o entidad o de obtener un fin ilícitocompetencia libre y abierta. Si se comprueba, de acuerdo con el procedimiento administrativo del Banco, que un funcionario público, público o quien actúe en su lugar, y/un participante, o el participante o adjudicatario propuesto Adjudicatario en un proceso de adquisición llevado una licitación llevada a cabo con motivo de un del financiamiento del Banco, ha incurrido en prácticas corruptivas, el Banco: Rechazará cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate; y/o declarará a una firma y/o al personal de ésta directamente involucrado en las prácticas corruptivas, no elegibles para ser adjudicatarios o ser contratados en el futuro con motivo de un financiamiento del Banco. La inhibición que establezca el Banco podrá ser temporal o permanente; y/o cancelará o acelerará el reembolso de la porción del Contrato o de la donación destinados a un contrato, cuando exista evidencia que representantes del Prestatario o de un Beneficiario del Contrato xx Xxxxxxxx o donación han incurrido en Prácticas Corruptivas, sin que el Prestatario o Beneficiario haya tomado las acciones adecuadas para corregir esta situación, en un plazo razonable para el Banco y de conformidad con las garantías del debido proceso establecidas en la legislación del país prestatario. El Oferente deberá declarar las comisiones o gratificaciones que hayan sido pagadas o a ser pagadas a agentesse reserva el derecho, representantesentre otros, o comisionistas relacionados con esta licitación o con la ejecución del contrato. La información proporcionada deberá incluir, como mínimo, el nombre y dirección del agente, representante, o comisionista, monto y moneda, y el propósito de la comisión o gratificacióna:

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Samples: Supervisión De La Construcción

Prácticas Corruptivas. El Banco exige que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de una donación y el Contratante), así como los oferentes, contratistas y consultores que participen en proyectos con financiamiento recursos del Banco, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación y/o de concurso o bien durante la ejecución de un contrato. Las definiciones de acciones que constituyen el Banco reconoce como prácticas corruptivas y que corruptivas, sin pretender ser exhaustivas, se transcriben describen a continuación, constituyen las más comunes, pero estas acciones pueden no ser exhaustivas. Por esta razón, el Banco actuará frente a cualquier hecho similar o reclamación que se considere corrupto, conforme al procedimiento establecido. : 2.1 “Soborno” (Cohecho”). Consiste en ofrecer, consiste en el acto de ofrecer o dar algo de valor con el fin de influir sobre las acciones o las decisiones de tercerosdar, o el de recibir o solicitar indebidamente cualquier beneficio a cambio cosa de valor capaz de influir en las decisiones que deban tomar funcionarios públicos, o quienes actúan en su lugar en relación con el proceso de licitación o de contratación de Consultores, o durante la realización de acciones u omisiones vinculadas al cumplimiento de deberesejecución del contrato correspondiente. 2.2 “Extorsión” o “Coacción”. Consiste en el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, es en su persona, honra, o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el acto o práctica proceso de obtener alguna cosa, obligar a la realización de una acción licitación o de influenciar una decisión por medio contratación de intimidaciónConsultores o durante la ejecución del contrato correspondiente, amenaza ya sea que el objeto se hubiere o el uso de la fuerza, pudiendo el daño eventual o actual recaer sobre las personas, su reputación o sobre sus bienesno logrado. 2.3 “Fraude”, es todo acto u omisión que intente tergiversar . Consiste en la verdad tergiversación de datos o hechos con el fin objeto de inducir a terceros a proceder asumiendo influir sobre el proceso de una licitación o de contratación de Consultores o la veracidad fase de lo manifestadoejecución del contrato, para obtener alguna ventaja injusta o causar daño a un terceroen perjuicio del Banco y de otros participantes. “Colusión”. Consiste en las acciones entre oferentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a niveles artificiales, es un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención no competitivos, capaces de defraudar o causar daño a privar al Banco de los beneficios de una persona o entidad o de obtener un fin ilícitocompetencia libre y abierta. Si se comprueba, de acuerdo con el procedimiento administrativo del Banco, que un funcionario público, público o quien actúe en su lugar, y/un participante, o el participante o adjudicatario propuesto Adjudicatario en un proceso de adquisición llevado una licitación llevada a cabo con motivo de un del financiamiento del Banco, ha incurrido en prácticas corruptivasPrácticas Corruptivas, el BancoBanco se reserva el derecho, entre otros, a: Rechazará cualquier propuesta de Cancelar la adjudicación relacionada del contrato o el contrato correspondiente, relacionado con el proceso de adquisición o contratación de que se trate; y/Declarar al proveedor, contratista, consultor individual o declarará a una firma y/o Firma Consultora y al personal de ésta éstos directamente involucrado en las prácticas corruptivas, Prácticas Corruptivas no elegibles elegible para ser adjudicatarios Adjudicatarios o ser contratados en el futuro con motivo de un financiamiento del Banco. La inhibición que establezca el Banco podrá ser temporal o permanente; y/o cancelará o acelerará el reembolso de la porción del Contrato o de la donación destinados a un contrato, cuando exista evidencia que representantes del Prestatario o de un Beneficiario del Contrato xx Xxxxxxxx o donación han incurrido en Prácticas Corruptivas, sin que el Prestatario o Beneficiario haya tomado las acciones adecuadas para corregir esta situación, en un plazo razonable para el Banco y de conformidad con las garantías del debido proceso establecidas en la legislación del país prestatario. El Oferente deberá declarar las comisiones o gratificaciones que hayan sido pagadas o a ser pagadas a agentes, representantes, o comisionistas relacionados con esta licitación o con la ejecución del contrato. La información proporcionada deberá incluir, como mínimo, el nombre y dirección del agente, representante, o comisionista, monto y moneda, y el propósito de la comisión o gratificación.

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Samples: Consultancy Agreement

Prácticas Corruptivas. El Banco 37.1 Se exige que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de una donación y el Contratantelos préstamos), así como los oferentes, proveedores/contratistas y consultores que participen en proyectos con financiamiento del Banco, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación o de ejecución de un contrato. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación, constituyen representan las más comunes, pero estas acciones pueden no ser son exhaustivas. Por esta razón, el Banco actuará frente a cualquier hecho similar o reclamación reclamo que se considere como corrupto, conforme al procedimiento establecido. “Soborno”. a) Xxxxxxx (cohecho) significa todo acto u omisión que, consiste en función de su cargo o investidura, realice un funcionario público o quien actúe en su lugar, contrario a sus deberes y en especial el acto de ofrecer o dar algo de valor con el fin de influir sobre las acciones o las decisiones de tercerosofrecer, o el de dar, recibir o solicitar cualquier beneficio a cambio cosa de valor que sea capaz influir en las decisiones durante el proceso de licitación de contratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente. Se incluyen en esta definición los actos de la realización misma naturaleza realizados por los Oferentes o terceros en beneficio propio; b) Extorsión o Coacción significa el hecho de acciones u omisiones vinculadas al cumplimiento amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de deberes. “Extorsión” su familia, en su persona, honra, o “Coacción”bienes, es un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el acto proceso de licitación o práctica de obtener alguna cosacontratación de consultores o durante la ejecución del contrato correspondiente, obligar a ya sea que el objetivo se hubiese o no logrado; c) Fraude significa la realización tergiversación de datos o hechos con el objeto de influir sobre el proceso de una acción licitación o la fase de influenciar ejecución del contrato, en perjuicio del Prestatario y de los participantes; y d) Colusión son las acciones entre Oferentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar al Prestatario de los beneficios de una decisión por medio de intimidación, amenaza o el uso de la fuerza, pudiendo el daño eventual o actual recaer sobre las personas, su reputación o sobre sus bienes. “Fraude”, es todo acto u omisión que intente tergiversar la verdad con el fin de inducir a terceros a proceder asumiendo la veracidad de lo manifestado, para obtener alguna ventaja injusta o causar daño a un tercero. “Colusión”, es un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad o de obtener un fin ilícito. competencia libre y abierta. 37.2 Si se comprueba, de acuerdo con el procedimiento administrativo del Banco, comprueba que un funcionario público, o quien actúe en su lugar, y/o el participante o adjudicatario propuesto en un proceso de adquisición llevado a cabo con motivo de un financiamiento del Banco, ha incurrido en prácticas corruptivas, el Banco: Rechazará Banco podrá: a) Rechazar cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate; y/o declarará o b) Declarar a una firma y/o al personal de ésta directamente involucrado en las prácticas corruptivas, no elegibles elegible para ser adjudicatarios o ser contratados en el futuro adjudicataria de contratos futuros que se lleven a cabo con motivo de un financiamiento del Banco. La inhibición que establezca el Banco podrá ser temporal o permanente; y/o cancelará o acelerará el reembolso de la porción del Contrato o de la donación destinados a un contrato, cuando exista evidencia que representantes del Prestatario o de un Beneficiario del Contrato xx Xxxxxxxx o donación han incurrido en Prácticas Corruptivas, sin que el Prestatario o Beneficiario haya tomado las acciones adecuadas para corregir esta situación, en un plazo razonable para el Banco y de conformidad con las garantías del debido proceso establecidas en la legislación del país prestatario. El Oferente deberá declarar las comisiones o gratificaciones que hayan sido pagadas o a ser pagadas a agentes, representantes, o comisionistas relacionados con esta licitación o con la ejecución del contrato. La información proporcionada deberá incluir, como mínimo, el nombre y dirección del agente, representante, o comisionista, monto y moneda, y el propósito de la comisión o gratificación.

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Samples: Loan Agreement