PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de HDI Seguros quedarán extinguidas: 1. Si se demuestra que el Asegurado, el Beneficiario o sus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones. 2. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, del Beneficiario 3. Si se demuestra que el Asegurado, Beneficiario o sus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que HDI Seguros solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo. 4. En términos del artículo 47 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, cualquier omisión o inexacta declaración por parte del Contratante, facultará a HDI Seguros para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro.
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PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de HDI Seguros quedarán extinguidas:
1. Si se demuestra que el Asegurado, el Beneficiario o sus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones.
2. Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, del BeneficiarioBeneficiario o de sus respectivos causahabientes.
3. Si se demuestra que el Asegurado, Beneficiario o sus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que HDI Seguros solicite sobre hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.las
4. En términos del artículo 47 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, cualquier cualquiera omisión o inexacta declaración por parte del Contratante, facultará a HDI Seguros para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro.
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PÉRDIDA DEL DERECHO A SER INDEMNIZADO. Las obligaciones de HDI Seguros quedarán extinguidas:
1. Si se demuestra que el Asegurado, el Beneficiario o sus Representantes, con el fin de hacerla hacer incurrir en errorel error a HDI Seguros, disimulan o declaran inexactamente hechos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones.
2. Si hubiere en el siniestro dolo Siniestro Dolo o mala fe Mala Fe del Asegurado, del BeneficiarioBeneficiario o de sus respectivos causahabientes.
3. Si se demuestra que el Asegurado, Beneficiario o sus Representantes, con el fin de hacerla incurrir en error, no proporcionan oportunamente la información que HDI Seguros solicite sobre hechos relacionados con el siniestro Siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.
4. En términos del artículo 47 de la Ley Sobre sobre el Contrato de Seguro, cualquier omisión o inexacta declaración por parte del Contratante, facultará a HDI Seguros para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestroSiniestro.
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