Recuperación ambiental. Al momento de la firma del contrato, el Contratista deberá presentar al Contratante el Plan de Gestión Ambiental (PGA) y el Plan de Acción ante Contingencias (PACo), aprobados por la Dirección de Obra, y conteniendo como mínimo las medidas y responsabilidades establecidas en el Manual Ambiental para Obras Viales. La empresa Contratista debe estar dispuesta a la realización de simulacros de respuesta ante lo estipulado en su Plan de Contingencias, en caso de ser requerido por el Contratante. El Contratista deberá cumplir con las especificaciones contenidas en el Plan de Gestión Ambiental para Obras Viales y los documentos aplicables asociados, considerándose los costos de todos estos trabajos incluidos en el rubro 71 denominado “Gestión Ambiental”, cuyo importe sin impuestos ni leyes sociales no podrá ser inferior al 3% del monto de obra del componente A. Si el rubro Recuperación Ambiental no se cotizara o se cotizara por debajo del porcentaje establecido, el porcentaje establecido o el saldo hasta él se considerará prorrateado entre los rubros cotizados que la Administración a su juicio estime pertinentes, de los que se descontará hasta la concurrencia con el porcentaje indicado para este rubro. El importe del rubro “Gestión Ambiental” (RGA) del monto de obra del componente A se certificará conforme al siguiente cronograma: a) El 50 % del rubro en montos mensuales iguales de forma de completar esta fracción en el plazo de obra. b) El 50 % restante con el ATO de cada componente. c) Ante cualquier incumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, en estas o en el PGA, se suspenderá la certificación del RGA hasta que el Constructor corrija la falta. La certificación suspendida no se reintegrará. El monto a no certificar se determinará tomando como base que el monto diario del RGA es el cociente entre el monto mensual dividido 30.
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Recuperación ambiental. Al momento de la firma del contrato, el Contratista deberá presentar al Contratante el Plan de Gestión Ambiental (PGA) y el Plan de Acción ante Contingencias (PACo), aprobados por la Dirección de Obra, y conteniendo como mínimo las medidas y responsabilidades establecidas en el Manual Ambiental para Obras Viales. La empresa Contratista debe estar dispuesta a la realización de simulacros de respuesta ante lo estipulado en su Plan de Contingencias, en caso de ser requerido por el Contratante. El Contratista deberá cumplir con las especificaciones contenidas en el Plan de Gestión Ambiental para Obras Viales y los documentos aplicables asociados, considerándose los costos de todos estos trabajos incluidos en el rubro 71 denominado “Gestión Ambiental”, cuyo importe sin impuestos ni leyes sociales no podrá ser inferior al 3% del monto de obra del componente A. Si el rubro Recuperación Ambiental no se cotizara o se cotizara por debajo del porcentaje establecido, el porcentaje establecido o el saldo hasta él se considerará prorrateado entre los rubros cotizados que la Administración a su juicio estime pertinentes, de los que se descontará hasta la concurrencia con el porcentaje indicado para este rubro. El importe del rubro “Gestión Ambiental” (RGA) del monto de obra del componente A se certificará conforme al siguiente cronograma:
a) El 50 % del rubro en montos mensuales iguales de forma de completar esta fracción en el plazo de obra.
b) El 50 % restante con el ATO de cada componente.
c) Ante cualquier incumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, en estas o en el PGA, se suspenderá la certificación del RGA hasta que el Constructor corrija la falta. La certificación suspendida no se reintegrará. El monto a no certificar se determinará tomando como base que el monto diario del RGA es el cociente entre el monto mensual dividido 30.
d) Para el caso de que por alguna circunstancia que no haya podido ser prevista en el PGA el Contratista solicite autorización para no realizar la recuperación de la totalidad o parte de los padrones que estuvieron afectados a la obra a través de una nota fundamentada suscrita por su Técnico Ambiental, la Dirección de Obra podrá acceder recabando previamente el aval escrito del Departamento Gestión Ambiental y Calidad (DEGAC). En tal caso, no se certificará el monto correspondiente del RGA. Para el Componente C la gestión ambiental se considerará incluida en el rubro “c” previsto en la cláusula 34: Pagos al Contratista por cumplimiento del Componente C. La Dirección de Obra podrá aplicar adicionalmente multas al Contratista por incumplimientos en materia de gestión ambiental, de acuerdo con lo especificado en la cláusula 43: Procedimiento de Imposición de Penalidades.
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Recuperación ambiental. Al momento de la firma del contrato, el Contratista deberá presentar al Contratante el Plan de Gestión Ambiental (PGA) y el Plan de Acción ante Contingencias (PACo), aprobados por la Dirección de Obra, y conteniendo como mínimo las medidas y responsabilidades establecidas en el Manual Ambiental para Obras Viales. La empresa Contratista debe estar dispuesta a la realización de simulacros de respuesta ante lo estipulado en su Plan de Contingencias, en caso de ser requerido por el Contratante. El Contratista deberá cumplir con las especificaciones contenidas en el Plan de Gestión Ambiental para Obras Viales y los documentos aplicables asociados, considerándose los costos de todos estos trabajos incluidos en el rubro 71 denominado “Gestión Ambiental”, cuyo importe sin impuestos ni leyes sociales no podrá ser inferior al 3% del monto de obra del componente A. A o B según corresponda. Si el rubro Recuperación Ambiental no se cotizara o se cotizara por debajo del porcentaje establecido, el porcentaje establecido o el saldo hasta él se considerará prorrateado entre los rubros cotizados que la Administración a su juicio estime pertinentes, de los que se descontará hasta la concurrencia con el porcentaje indicado para este rubro. El importe del rubro “Gestión Ambiental” (RGA) del monto de obra del componente A o B según corresponda se certificará conforme al siguiente cronograma:
a) El 50 % del rubro en montos mensuales iguales de forma de completar esta fracción en el plazo de obra.
b) El 50 % restante con el ATO de cada componente.
c) Ante cualquier incumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, en estas o en el PGA, se suspenderá la certificación del RGA hasta que el Constructor corrija la falta. La certificación suspendida no se reintegrará. El monto a no certificar se determinará tomando como base que el monto diario del RGA es el cociente entre el monto mensual dividido 30.
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Recuperación ambiental. Al momento Junto con el Acta de la firma del contratoreplanteo, el Contratista deberá presentar al Contratante el Plan de Gestión Ambiental (PGA) y el Plan de Acción ante Contingencias (PACo)para su aprobación, aprobados por a la Dirección de ObraObra y a la Administración Contratante el plan de gestión ambiental y un plan de contingencias, y conteniendo en el que deberán constar como mínimo las medidas a aplicar para prevenir la ocurrencia de derrames, incendios y accidentes, así como las responsabilidades establecidas y formas de actuación en caso de que ocurrieran, incluyendo las acciones requeridas para minimizar el daño ambiental, una lista de contactos claves (bomberos, servicio de limpieza de derrames, etc.), y los planes de comunicación interna y externa; capacitar a su personal en la aplicación de las medidas previstas en el Manual Ambiental plan, tanto si se trata de personal permanente como contratado; presentar a la Dirección de obra y a la Contratante la constancia de haber realizado dicha capacitación, incluyendo la nómina del personal capacitado; presentar para Obras Vialessu aprobación, a la Dirección de Obra y a la Contratante, un estudio y plan de seguridad de la obra, antes de la implantación de la misma; deberá incluir en sus informes trimestrales, el listado de los accidentes ambientales ocurridos en el período la evaluación posterior al accidente y de la eficacia de la capacitación brindada a su personal en la aplicación de las medidas previstas en el plan. La empresa Contratista debe estar dispuesta a la realización de simulacros de respuesta ante lo estipulado en su Plan de Contingencias, en caso de ser requerido por el Contratanterequerido. El Contratista deberá cumplir con presentar semestralmente al Contratante los Informes de las especificaciones contenidas en el Plan Auditorías Internas y/o Externas de su Sistema de Gestión Ambiental para Obras Viales y los documentos aplicables asociados, considerándose los costos de todos estos trabajos incluidos en el rubro 71 denominado “Gestión Ambiental”, cuyo importe sin impuestos ni leyes sociales no podrá ser inferior al 3% del monto de obra del componente A. Si el rubro Recuperación Ambiental no se cotizara o se cotizara por debajo del porcentaje establecido, el porcentaje establecido o el saldo hasta él se considerará prorrateado entre los rubros cotizados que la Administración a su juicio estime pertinentes, de los que se descontará hasta la concurrencia con el porcentaje indicado para este rubro. El importe del rubro “Gestión Ambiental” (RGA) del monto de obra del componente A se certificará conforme al siguiente cronograma:
a) El 50 % del rubro en montos mensuales iguales de forma de completar esta fracción en el plazo de obra.
b) El 50 % restante con el ATO de cada componente.
c) Ante cualquier incumplimiento de lo establecido en la legislación vigente, en estas o en el PGA, se suspenderá la certificación del RGA hasta que el Constructor corrija la falta. La certificación suspendida no se reintegrará. El monto presentación de dicha documentación generará una no conformidad y habilitará al Contratante a no certificar se determinará tomando como base realizar las auditorías correspondientes, quedando el Contratista sujeto a la responsabilidad del levantamiento de las No Conformidades que el monto diario del RGA es el cociente entre el monto mensual dividido 30puedan surgir de las mismas.
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